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Delitos agravantes a la genética humana


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2022  •  Ensayos  •  1.936 Palabras (8 Páginas)  •  101 Visitas

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Delitos agravantes a la genética humana

Ensayo

Como usted recordará, hablar acerca de los delitos relacionados con la genética humana es un tema que, si bien no es del todo nuevo, atiende a hechos que suceden en el contexto actual, es menester resaltar que en nuestro país estas prácticas son castigadas, a su vez en la Ciudad de México también reciben una sanción quienes practican este acto.

Con base en el estudio de esta unidad, así́ como lo planteado en el Código Penal para el Distrito Federal y el Código Penal Federal y el elabore un ensayo en donde explique y reflexione la tipificación de los delitos vistos en esta unidad, así́ como sus agravantes, considere que para ejemplificar sus argumentos puede retomar alguna vivencia personal o algún caso del que haya escuchado.

En la presente actividad se analizarán delitos relacionados con la genética humana los cuales se dan en diversas sociedades, pero en el presente ensayo nos enfocaremos en nuestra sociedad mexicana; explicaremos y reflexionaremos el cómo están tipificados en nuestro Código Penal.

En nuestros tiempos existe un gran avance en la tecnología, estos avances se pueden ver desde las comunicaciones hasta la misma reproducción humana. Los seres humanos han ido a través del tiempo perfeccionando todos los ámbitos que lo rodean. Sin embargo, estas necesidades no siempre están en el marco de la ley ya que muchas de las acciones son nuevas y no siempre son las más adecuadas para la salud de un ser humano en algunos casos pueden ir en contra de la salud del individuo e incluso en contra de su dignidad del mismo. En el presente ensayo se enfocará principalmente en la bioética con tres temas que son representativos dentro de esta rama: la procreación asistida, la manipulación genética y la esterilización forzada, este último lo considero el más grave de todos.

Al darse este tipo de casos ha sido necesario crear una normatividad, así como un marco legal que este enfocado en este tema; es de suma importancia que este marco legal siempre este dirigido con ética, dignidad y sobre todo que vele por los derechos humanos; se debe de salvaguardar la vida humana a como dé lugar, por ello es importante que las normas y el marco legal vayan de la mano con la experimentación y con los adelantos tecnológicos, para que con esto exista una libre decisión de la reproducción.

El tema de la genética humana es relativamente nuevo, alrededor de este se han originado conductas indebidas y sobre todo delictivas es por ello que es importante hablar sobre estos temas.

Procreación asistida o comúnmente conocida como inseminación proviene del latín inseminatum supino de inseminare que tiene como significado sembrar, se hace referencia a la implantación del esperma dentro del cuerpo de la mujer para que este sea fecundado.

Este procedimiento tiene origen debido a la necesidad de los problemas de infertilidad lo que imposibilitaba a parejas para tener hijos, para el desarrollo y la perfección de esta técnica se involucraron pruebas de laboratorio y la destrucción de óvulos fecundados, es entonces que surge la ambigüedad en otro tema actual y es el aborto, ¿cómo se deben de considerar a los óvulos que ya fueron fecundados y destruidos? ¿es la muerte de un ser humano?

Podemos observar que ya se encuentra regulado el tema de inseminación artificial, nuestro Código Penal para el Distrito Federal nos menciona:

Artículo 150. A quien, sin consentimiento, realice inseminación artificial en una mujer mayor de dieciocho años, se le impondrán de cuatro a siete años de prisión. Con el fin de un mejor entendimiento se separa y utiliza la legislación en sus elementos:

Tipicidad: elementos objetivos: Sujetos (pasivo y activo).

Artículo 151. Reglas generales para los anteriores delitos del Capitulo I.

Tratándose de incapaz para comprender el significado del hecho o para resistirlo, o de una menor de edad, aun con su consentimiento o de quien detente la guardia, custodia, atención o cuidado, tutela o patria potestad de la víctima, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes el delito básico. Cuando el delito se realice valiéndose en medios o circunstancias que le proporcione su empleo, cargo o comisión públicos, profesión, ministerio religioso o cualquier otra que implique subordinación por parte de la víctima, la pena se aumentara en una mitad de la señalada para el delito básico.

En el supuesto de que el delito se realice con violencia física o moral o psicoemocional aprovechándose de su ignorancia, extrema pobreza o cualquier otra circunstancia que hiciera más vulnerable a la víctima, se impondrá de cinco a catorce años de prisión.

El sujeto pasivo es cualquier persona mayor de dieciocho años con la agravante de que en caso de que se presentase en menores de edad o con incapacidad de comprensión del hecho.

El sujeto activo incluye la agravante para cuando quien autorice sea quien posee la guarda y custodia, tutela, etcétera; de la víctima.

Bien jurídico. El bien jurídico de tipo personal que encontramos en la inseminación artificial es el de libertad reproductiva, con acción para las personas que son mayores de edad o con agravante en caso de los menores de edad, sin posibilidad de apelación ya que, al realizar sin consentimiento de la mujer, está penado ya que conlleva al embarazo como resultado material, considerándolo de tipo doloso.

Penas. En caso de que la mujer sea mayor de edad sin consentimiento la pena es de cuatro a siete años con agravantes del aumento de dos terceras partes en mujeres menores de edad, si el sujeto tiene la tutela, custodia, patria potestad, etcétera, o en casos de violencia.

Esterilización forzada. la esterilización reproductiva es una medida de control poblacional que se ejerce de forma libre y evita la procreación, estala proporciona el Estado y es de forma gratuita.

Respecto a este tema la Ley General de Salud nos menciona:

Artículo 466. Al que sin consentimiento de una mujer o aun con su consentimiento, si esta fuere menor o incapaz, realice en ella inseminación artificial, se le aplicará prisión de uno a tres años, si no se produce el embarazo como resultado

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