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Derecho Mercantil


Enviado por   •  15 de Mayo de 2013  •  10.180 Palabras (41 Páginas)  •  264 Visitas

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TEMA 8

JUICIO ORDINARIO MERCANTIL

8.1.- CONCEPTO

El juicio ordinario es el más común, pues conforme a él deberán tramitarse todas las contiendas entre partes que no tengan señalada tramitación especial en las leyes mercantiles. Las disposiciones del juicio ordinario tienen carácter normativo, pues se aplican también a los procedimientos especiales en todo lo que la reglamentación de éstos sea omisa y no contradictoria con las normas del ordinario.

En el articulo 1377 del Código de Comercio dice “Todas las contiendas entre partes que no tengan tramitación en las leyes mercantiles se ventilaran en un juicio ordinario”.

8.2 FACES PROCESALES

El juicio ordinario mercantil en primera instancia se divide en cuatro fases:

1.- Etapa postulatoria o de fijación de la litis.

2.- Etapa probatoria

3.- Alegatos

4.- Sentencia.

Etapa postulatoria o de fijación de la litis.

Se fija mediante los escritos de demanda y contestación presentados, respectivamente, por el actor y el reo.

Ante el silencio del código, deberemos recurrir, una vez más, a la aplicación supletoria de los códigos locales, para reglamentar el contenido de los escritos de demanda y contestación.

Etapa probatoria

Contestada la demanda, el juez mandara recibir el negocio a prueba, en caso de que los litigantes lo hayan solicitado o de que él la estime necesaria.

El periodo de prueba se desenvuelve en tres etapas:

a) el ofrecimiento de las pruebas por las partes

b) su aceptación

c) su desahogo

Etapa de alegatos y sentencia

Mandada hacer la publicación de pruebas, se entregan los autos originales, primero al actor y después al demandado, por diez días a cada uno, para que aleguen de buena prueba, ordena el código. Señalemos que para que se inicie el término de alegatos, hasta con que se haya mandado hacer la publicación, y no es necesario esperar a que la secretaria del juzgado efectivamente la haga. El juez en un solo auto, a solicitud de parte, puede ordenar la publicación y decretar la entrega de los autos a las partes para alegatos.

Pasado que sea el término para llegar, serán citadas las partes para sentencia, misma que el juez pronunciara dentro de los quince días siguientes.

Citadas las partes para la sentencia, concluye la actividad que les corresponde dentro del proceso y que da la causa en mansos del juez, a fin de que éste realice el acto fundamental de sentenciar. Todos los estados contemporáneos coinciden en prohibir a los particulares que se hagan justicia por su propia mano, y afirman reservarse el monopolio de impartirla.

Las sentencias mercantiles son definitivas, si deciden el negocia principal, o interlocutorias, cuando deciden un incidente, un articulo sobre las excepciones dilatoria o una competencia.

La sentencia debe satisfacer el triple requisito de se congruente, motivada y exhaustiva. Congruente porque se ocupara exclusivamente de las acciones reducidas y de las excepciones opuestas respectivamente en la demanda y en la contestación.

8.3 ETAPA EXPOSITIVA

DEMANDA

El código de comercio es omiso aún con las reformas, en señalar cuales son los requisitos que debe contener el escrito de la demanda, ello no significa que no haya requisitos, puesto que en la especie se tiene aplicación supletoria lo que señala al respecto el Código de procedimientos civiles del estado en el artículo 331 y que señala los requisitos que debe contener la demanda y que son:

o El nombre del tribunal ante el que se promueve nombre del actor y del demandado.

o Los hechos en los que el actor funda su petición narrándolos sucintamente, con claridad y precisión de tal manera que el demandado pueda producir su contestación y defensa.

o Los fundamentos de derecho. Lo que se pide, designándolo con exactitud en términos claros y precisos. Debe cuidarse que la demanda no sea oscura irregular puesto que de ser así el juez debe pronunciar un auto preventivo indicándole al actor los defectos de la demanda en forma concreta, para que corrija esta, los que deberá hacerlo en un término de tres días, atendiendo lo dispuesto en la fracción VIII DEL ARTÍCULO 1079 DEL Código de comercio.

DOCUMENTOS EN LA DEMANDA

Con las reformas, se acompañan al escrito de demanda los siguientes documentos:

o Los relativos a acreditar la personalidad, cuando se comparece a nombre de otro.

o Los documentos en los que el actor funde su acción.

o Los documentos que habrán de servirle para demostrar su acción, si los tiene a su disposición, ( se entiende que los tiene a su disposición siempre que legalmente pueda pedir copia autorizada de los originales y exista obligación de expedírselos).

Si el actor no tuviera en su poder las documentales que habrán de servirle como prueba, debe acreditar en la demanda que ha pedido su expedición, con copia simple sellada por el archivo, protocolo o dependencia en donde obren los originales.

Si el actor no tuviera a su disposición los documentos lo hará así saber al juez, declarando bajo protesta de decir verdad no poderlos presentar para que el juez ordene su expedición a costa del interesado. Por lo tanto, la prueba documental debe presentarse u ofrecerse en el escrito de demanda puesto que de lo contrario no será admitida, salvo que se trate de pruebas superveniente, de igual manera en la demanda el actor debe de señalar el nombre y domicilio de los testigos que hayan presenciado los hechos contenidos en la demanda. Y presentar las copias simples necesarias de la demanda y de los documentos presentados para correr traslado.

Una

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