ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS. ESCUELA DE DERECHO


Enviado por   •  7 de Febrero de 2016  •  Prácticas o problemas  •  7.689 Palabras (31 Páginas)  •  348 Visitas

Página 1 de 31

UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS

- UAPA –

[pic 1]

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO.

ASIGNATURA

Derecho Procesal Civil I                                                                             PRESENTADO POR:

Yunio Ant. Durán De la Cruz          13-3744

Noemi De la Cruz Fernández                13-1782

Gregorio Antonio Durán                 13-2535

PRESENTADO A:

Licdo. Máximo Zapata

Santiago de los Caballeros                                                                                     República Dominicana                                                                                                 Agosto, 2015

INTRODUCCIÓN

En este trabajo presentaremos el procedimiento que se debe seguir para llevar a cabo una demande de nulidad de contrato y daños y perjuicios por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia y presentaremos un modelo de la misma.

La instancia es la sucesión de actos que los cuales inician con la demanda inicial y termina con la sentencia. La instancia tiene por efecto unir los litigantes, por medio a esta las partes incurren y colocan sus pre atenciones y pruebas ante las justicia para hacer sus reclamaciones, teniendo en cuenta los plazos y formalidades.

El punto inicial de la instancia está constituido por la demanda inicial y el punto final es la sentencia al fondo, dentro de estas se encuentran diferentes actos los cuales deben cumplir con los plazos y procedimientos establecidos por la ley. Desde que se lanza la demanda inicial surge una relación entre las partes y al mismo tiempo nace una obligación para el juez de fallar o decidir sobre el asunto.

La instancia tiene un carácter formal, pero principalmente procesal, no es algo simple, se podría decir que por el contrario esta puede agrupar dificultades; en la cual junto a ella pueden aparecer demandas conexas, indivisibles, co-obligados, la relación entre las partes puede surgir recíprocamente.

La instancia se inicia por acto de emplazamiento, el cual como ya he mencionado deberá llevar los siguientes:

Especificar el municipio, el lugar, así como el día, el mes en que se realiza y el año, de igual manera las generales del demandado y del demandante, la designación de abogado que lo defenderá expresando el domicilio del estudio del mismo ya sea de manera permanente o domicilio ad-hoc., deberá llevar también las generales del ministerial actuante, el objeto en que se incurre la demanda y la indicación del tribunal que conocerá del litigio.

 El emplazamiento es el acto por el cual se realizan las demandas en materia civil ordinaria por ante el Juzgado de Primera Instancia. Este acto se encuentra reglamentado por el artículo 61 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, el cual expresa cuales son las menciones esenciales de los emplazamientos, es decir que debe contener el acto para que con él se haya apoderado al Tribunal y, por consiguiente, se le dé inició a la demanda; estas menciones son señalas a pena de nulidad:

1. La común, el lugar, el día, el mes y el año del emplazamiento

2. Los nombres, profesión y domicilio del demandante

3.La designación del abogado que defenderá por él con expresión del estudio en el que se considerará haber elegido domicilio el intimante, si por el mismo acto no lo hace expresamente en otro lugar de la misma ciudad, salvo previsiones especiales de la ley.

4. El nombre y residencia del alguacil, así como el Tribunal donde ejerza sus funciones.

5. Los nombres y residencias del demandado

6. El nombre de la persona a la que se le entrega copia del emplazamiento.

7. El objeto de la demanda con la exposición sumaria de los medios. Indicación del Tribunal que deba conocer de la demanda, así como la del plazo para la comparecencia. El emplazamiento es un acto de alguacil, que lo hace un oficial ministerial a requerimiento de la parte demandante, y el cual, por aplicación del artículo 59 debe realizarse si se trata de materia personal a persona o domicilio. El plazo otorgado para la comparecencia en materia civil ordinaria es la octava franca de ley, más el aumento en razón de la distancia en caso de ser necesario. Con este acto se le da inicio a la instancia en materia civil ordinaria ante el Tribunal de Primera Instancia. Ahora bien, en la segunda instancia, que como ya dijimos es llevada por ante la Corte de Apelación, la instancia se inicia con un acto de apelación. El acto de apelación se realiza de la misma forma como se hace el emplazamiento, con las mismas menciones y concediendo a la parte apelada o recurrida el mismo plazo de la octava franca para su comparecencia ;es de nuestro conocimiento que el término para apelar es de un mes tanto en materia civil como en materia comercial.

Más adelante detallaremos de forma minuciosa el procedimiento de la instancia:

Primero se deposita la instancia ante la secretaría del tribunal de primera instancia, posterior a esto se procede a notificar vía alguacil a la parte demandada dentro de la octava franca de Ley.

 Después de notificada la parte demandada se procede a depositar esta notificación ante la secretaria del tribunal, posterior a esto se le solicita al tribunal fijación de sala y fecha de audiencia. Luego que el tribunal ha fijado fecha y ha asignado sala para la audiencia, se vuelve a notificar a la parte demandada para informarle la fecha y la sala donde se conocerá audiencia.

Al:                 Magistrado Juez Presidente del tribunal de primera instancia.

Vía:                 Secretaría  

Asunto:         Demanda de Anulación de Contrato.

Demandante: Napoleón Mercado

Abogado:         Yunio Durán de la Cruz.

Demandado: Vladimir Espinal.

Honorable Magistrado,

 Quien suscribe Lic. Yunio Duran De La Cruz,  actuando a requerimiento del señor, NAPOLEON MERCADO Español, mayor de edad, soltero, pensionado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 402-00000000-5, domiciliado y residente  en esta ciudad, el cual tiene como abogado constituido y apoderado especial al licenciado YUNIO DURAN DE LA CRUZ,  Dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, abogado de los tribunales de la República, con matrícula del colegio de abogados al día número,5555-214-000, con estudio profesional abierto en el modulo, numero 411 de la  cuarta 4 planta, Edif. Fernández, ubicada en centro de la ciudad, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana,  lugar donde mi requirente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto.------------- 

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (47 Kb)   pdf (285.7 Kb)   docx (425.7 Kb)  
Leer 30 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com