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Impacto Minero


Enviado por   •  26 de Junio de 2015  •  6.890 Palabras (28 Páginas)  •  164 Visitas

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ESTUDIO DEL IMPACTO SOCIAL EN LAS ZONAS DE MINERIA DE CARBONPOR LA LEY DE INVERSION DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE REGALIAS EN EL DEPARTAMENTO DEL CESAR – COLOMBIA

LAW OF INVESTIMENT RESOURCES FROM ROYALTIES AND ITS SOCIAL IMPACT IN THE COAL MINING AREAS IN THE DEPARTMENT OF CESAR COLOMBIA

CELENA PALLARES CORDERO

SANDY VALLE RODRIGUEZ**

MARLON BASTIDAS BARRANCO***

RESUMEN:En este trabajo se presenta la evaluacióndel impacto social en regiones afectadas por la minería de carbón a gran escala del Departamento del Cesar-Colombia, para explicar la efectividad en la inversión de los recursos estipulados en la Ley de Regalías como herramienta principal para la solución de problemas económicos, sociales y ambientales.El estudio desarrolla un análisis detallado de la Ley, el cual se contrasta con puntos de vista de expertos y la percepción de las poblaciones afectadas por la explotación de minerales, mostrando que hay desarticulación con diferentes y variados alcances según el actor social consultado, quedando este documento como módulo que permite al estado y la sociedad encontrar puntos de acuerdo en pro del mejoramiento y el progreso de las comunidades.

Palabras Clave: Ley de Regalías, Recursos Naturales no Renovables, Impacto Social. Minería a Cielo Abierto.

ABSTRACT: This paper presents the evaluation of social impact in affected areas by coal mining on a large to the scale Cesar Department, Colombia, it is to explain the effectivity of investment resourcesstipulated in Royalties Law as the main tool for solving of economic, social and environmental problems. The study develops a detailed analysis of the law, which is contrasted with the point of view of some experts and perceptions of the affected people by the exploitation of minerals, showing that there is a disarticulation with different and varied scope according to consulted, social actor, leaving this document as a module that permit to the goverment and society to find common ground for the improvement and progress of the communities.

Key Words: Royalties Law, Non-Renewable Natural Resources, Social Impact, Surface Mining.

INTRODUCCION

Las regalías tienen diferentes connotaciones en varios países del orbe, que dependen del tipo de recursos explotados y los impactos sociales, económicos y ambientales que se generan por la actividad. Por ejemplo, en Turquía se realizó una reforma de la Ley de Regalías cuyo fundamento era la búsqueda de nuevos inversionistas extranjeros para el incremento de la producción de gas y petróleo (Aydin, 2012); en Suráfrica, país productor de carbón por excelencia, después de un dispendioso y complejo proceso de discusión, se introdujo una nueva Ley de Regalías que permitía la captación de nuevos recursos para el desarrollo de los derechos mineros; el objetivo principal de este trabajo, es analizar el estado de conocimiento de la temática en discusión, el fundamento teórico y los principales elementos de la Ley de Regalías (Cawood, 2010).En Alemania se desarrolló un trabajo que analizaba el efecto de la Ley de Regalías en ganadores y perdedores, debido a la actividad mediante la subasta de contratos de regalías por el uso de los recursos (Giebe y Wolfstetter, 2008). En Estados Unidos se desarrolló un trabajo que muestra la necesidad de implementar un alivio en las regalías debido a la producción y distribución del petróleo extraído de plataformas marítimas, con el fin de incrementar la actividad en este tipo de situaciones especiales (Hallwood, 2007), mientras que en un trabajo de connotaciones parecidas, se fundamentaron las diferencias entre el pago de una cuota fija o el pago de regalías por producción, encontrándose que el pago de regalías podría ser muy superior que el pago por cuotas para las licencias por la explotación de los recursos (Wang, 2002). En China se desarrolló un modelo computacional para evaluar proyectos de negociación de regalías (construcción, operación y transferencia), analizando diferencias para diferentes estructuras establecidos por el modelo y las necesidades de los inversionistas (Kang y otros, 2011; Kang y otros, 2012). En Inglaterra, también se hacen comparaciones de la implementaciones del pago por cuotas fijas por la explotación de los recursos y la implementación de regalías, considerando la variación del mercado del producto (Mukherjee, 2010). En Brasil, se realizó un trabajo donde se muestra el crecimiento económico de las poblaciones con respecto a las captaciones de regalías del petróleo, mostrando una coherencia entre los destinos que deben tener los recursos de regalías para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes cercanos a zonas productoras (Slaibe, 2009). En España se realiza un trabajo empírico sobre el uso de las regalías, en el que se muestra la obtención de acuerdos de licencias de regalías con respecto al valor teórico que debe pagar la concesión (San Martín y Saracho, 2010).

Como se muestra en el recorrido anterior por varios países, Colombia no es el único que tiene implementado un sistema de regalías, amparado en una regulación que intenta ser perfecta; en el mundo se tiene diferentes sistemas que varían dependiendo de la situación y la necesidad de los países, lo que hace impredecible adoptar modelos establecidos en países exitosos de sistemas de regalías, sin tener en cuenta aspectos como el tipo de mineral extraído, las necesidades fundamentales de las regiones productoras, las condiciones medioambientales que se deben tener en consideración y las implicaciones sociales que trae consigo la producción en una zona cuya actividad económica es totalmente diferente a la minería.

La inversión de los recursos de regalías, debe ser objeto de un análisis que parte de la investigación científico-académica como un proceso profundo y de gran importancia para el desarrollo social; no obstante, esta requiere del empleo de métodos sistemáticos y organizados para la generación de un conocimiento oportuno y adecuado, viable a la solución de un problema de interés particular o general. En ese sentido, el derecho no es ajeno a la oportunidad de generar conocimiento en torno a todas las implicaciones y apreciaciones que se tienen sobre la normatividad de cualquier país, especialmente en Colombia, donde las dinámicas sociales tienen connotaciones especiales y requieren de una reglamentación seria para que puedan ser efectivas sus aplicaciones, principalmente cuando se refiere a los beneficios sociales y económicos de la nación.

Este trabajo pretende presentar un plan apropiado para evaluar el impacto social de la ley de Regalías en el departamento del Cesar, considerando que muchos de los recursos percibidos por regalías generados por la actividad minera, evidencian que la inversión de recursos económicos para el desarrollo de las poblaciones no se refleja en calidad de vida de los habitantes, por el contrario, se nota una gran deficiencia y atraso en aquellos territorios donde se explotan los recursos naturales, por lo que se hace interesante investigar la efectividad de la aplicación de esta ley.Para cumplir con el propósito de este trabajo, se realizará una búsqueda de posibles desajustes en el cumplimiento y la ejecución de la distribución en los recursos económicos provenientes de las regalías, recopilando información, documentación u otras alternativas que nos conlleven a la eficaz realización de los objetivos trazados. En este propósito, el trabajo muestra una descripción de la problemática abordada, justificada por los componentes sobre inversión de recursos de regalías para el progreso y con una metodología argumentada desde la normatividad que se ha venido generando desde el gobierno.

Finalmente, se hace un análisis de la normatividad referenciada en este trabajo, en concordancia con las necesidades de la población objetivo y las opiniones de personas que tienen injerencia con la aplicación de la Ley, lo que permite establecer puntos a favor y en contra, para de esta manera llegar a conclusiones que realmente permitan construir las recomendaciones que puedan reforzar los aspectos positivos y corregir aquellos que se consideran erráticos.

1. ANALISIS DE LA LEY DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS (Ley 1530 de 2012).

Para el análisis de la Ley del Sistema General de Regalías, se recolectó información primaria directamente con las personas afectadas tanto por la actividad minera y por la inversión de los recursos de las regalías, para ello se realizó encuestas a la población y entrevistas a las personas que tienen mayor incidencia en el manejo de los recursos de regalías. Vale resaltar, que en ellas, confluyen alcaldes, ingenieros civiles de minas, secretarios de planeaciones, investigadores, Comités de Seguimiento a la Inversión de Regalías (CSIR) Cesar y la comunidad en general; los cuales reciben los beneficios o impactos negativos como resultado de sus encajes productivos. También se tuvo en cuenta información secundaria recogida de las leyes, acuerdos, decretos, sentencias, libros, prensa, artículos científicos, para hacer una evaluación de lo que está documentado con la apreciación de las personas a las que les debe llegar este recurso. Para ello se tomó una población objetivo de la cual se extrajo una muestra.

Para realizar la investigación se hace necesario explorar la población objeto de estudio enmarcado en el Departamento del Cesar, específicamente en los municipios productores que reciben recursos de Regalías. La población que se tomó como objeto de estudio para este trabajo corresponde a los municipios: Chiriguaná, El paso, la Jagua de Ibirico y Becerril Cesar; los cuales tienen mayor asignación de recursos del Fondo Nacional de Regalías, como se evidencia en la Tabla 1.

Tabla 1. Regalías directas 2013 -2014 (En millones de pesos)

Gobernación del Cesar $186.997

Aguachica $119

Codazzi $5.891

Becerril $29.702

Chiriguaná $12.330

El Paso $14.057

La Jagua de Ibirico $54.248

Rio de Oro $1.263

San Alberto $617

San Martin $4.605

Total $309.832

Referencia. Boletín Informativo El Observador, CSIR Cesar

La búsqueda de evidencias que sirvan como referencia para cumplir con los objetivos de investigación, permite delimitar el estudio a partir de los sujetos involucrados directamente en los municipios productores de regalías en los cuales existe explotación de carbón.

Los municipios seleccionados, que tienen mayores recursos provenientes de regalías cuentan con las siguientes asignaciones para el año 2013. (Ver tabla 2).

Tabla 2. Poblacion

Becerril 13.941

Chiriguana 22.146

El Paso 20.808

La Jagua de Ibirico 22.082

Total 78.977

Referencia. Censo DANE 2005

Esta investigación se establece dentro de un tipo natural, por cuanto no se recurrirá a la manipulación de variables, siendo referido el impacto social, donde éste va a estar desarrollado partiendo de la información recopilada por los encuestados y entrevistados a fin de dar cumplimiento a los objetivos planteados, con el propósito de analizar su incidencia e interrelación con el SGR.

2. ANÁLISIS DESCRIPTIVO DE LA LEY

Mediante la Ley 141 de 1994, por la cual se crea el Fondo Nacional de Regalías y la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones. Como lo señala la Ley, los recursos de regalías se distribuían de manera directa entre municipios y departamentos en los que existía explotación de recursos naturales no renovables (80%) y el Fondo Nacional de Regalías -FNR- (20%), como mecanismo de redistribución.

Sin embargo, el manejo descentralizado conllevó a procedimientos que generó inequidad social y económica, en las regiones que no percibían directamente recursos provenientes de las Regalías, visualizando corrupción administrativa por parte de los dirigentes, proyectos que no fueron ejecutados totalmente, por lo que se podría decir que los entes encargados de vigilar y controlar las inversiones no cumplían a cabalidad con sus funciones1. Cabe mencionar que las asignaciones directas debían destinarse para alcanzar las metas de coberturas y financiar los proyectos priorizados incluidos en los Planes de Desarrollo Municipales. Con recursos del FNR, se financiaban proyectos atendiendo los acuerdos sectoriales expedidos por el Consejo Asesor.

Por todos los flagelos derivados de la Ley anterior el gobierno nacional opta de conformidad con una iniciativa legislativa modificar el Fondo Nacional de Regalías, con el Acto Legislativo No. 05 de julio de 2011, declarado exequible por la Corte Constitucional, en sentencia C-317 de 2012, que dio lugar a la Ley 1530 de 2012 creando el nuevo Sistema General de Regalías (SGR), la cual unificó el control y manejo de la explotación de los recursos no renovables, generando los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) para evaluar, viabilizar, aprobar y priorizar la conveniencia y oportunidad de financiar y designar proyectos. Además, centralizar los recursos manejados por el Departamento Nacional de Planeación y dicta disposiciones de administración, regulación, participación ciudadana, entre otras. Con base en la situación actual, a continuación se desarrolla un análisis comentado de la Ley 1530 de 2012.

En sus artículos primero y segundo del Capítulo I, la Ley establece el objeto y los fines de la misma, propendiendo por un mejoramiento económico y desarrollo sostenible de las regiones, debido a los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables.

Teniendo en cuenta que la Ley entró en vigencia hace más de un año, se realizó un trabajo de campo que permitió correlacionar información obtenida de los municipios productores, en los cuales se evidencia algunas incongruencias de lo plasmado en la Ley con respecto a lo percibido por la población proveniente, ya sea del casco urbano o rural de los municipios; ya que a primera vista, la comunidad refleja temor al hablar del tema dejando entre ver la inseguridad del orden público como primera medida. En el avance de la investigación se palpa la descomposición ambiental, económica y social, de acuerdo a la encuesta realizada se obtuvo información primaria percibiéndose notoriamente que la mayoría de la población se sitúa en el nivel mínimo de estrato socioeconómico, la carencia de servicios públicos esenciales como agua potable; desempleo, incendios forestales, extinción de fauna y flora conllevando a una destrucción ambiental y calentamiento global en estas zonas.

Referente a los órganos de manejo y control, la población manifiesta que se invierte en educación, excluyendo condiciones de vida digna en una población rica en recursos naturales, pero maltratada por administraciones con escasas políticas administrativas que atrasan el desarrollo y la calidad de vida de las personas. La mano firme y la falta de compromiso de los entes de vigilancia y control facilitan el mal manejo de los recursos, por lo que en cada uno de los municipios existen alcaldes procesados penalmente. La Ley 1530 de 2013 en el título II señala las funciones, atribuciones y competencias de los órganos, fortaleciendo la administración y conducción idónea de las regalías. Sin embargo, se encuentran fallas para que sea calificado como efectivo, transparente y oportuno.

La Ley en el capítulo II, establece las reglas generales para los proyectos de inversión, los cuales se proporcionarán a través de la presentación de proyectos que deben estar sujetos a un perfil y al lleno de las exigencias y parámetros establecidos en la Ley, tales como: pertinencia, viabilidad, sostenibilidad, impacto y de acuerdo a la articulación con planes y políticas nacionales. La definición de los proyectos de inversión corresponderá a los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD). No obstante, en lo que va corrido de la vigencia de la Ley, no se ha logrado ejecutar proyectos que favorezca al desarrollo de las regiones; como en el caso del departamento del Cesar, no se logró priorizar ningún proyecto financiado con el Fondo Nacional de Ciencia y Tecnología de los recursos de regalías en el año 2012, se le atribuye según la entrevista realizada al Secretario de Planeación Departamental Dr. Federico Martínez y al Vicerrector de Investigación de la Universidad del Cesar el Dr. Raúl Bermúdez, a la saturación de propuestas a nivel nacional de otras regiones y el corto tiempo para evaluar y formularlas en la única cesión que logró celebrar el OCAD para esta vigencia.

Los proyectos deberán ser priorizados con carácter de relevancia y con criterios señalados por el artículo 27, no obstante, no prevalecen en los diferentes municipios la realización de proyectos de infraestructuras, educación, salud, económicos, sociales y proyectos dirigidos a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, comunidades indígenas y el pueblo Rom o gitano; con base en lo plateado, el Secretario de Planeación Municipal de Becerril, respondió que a tales comunidades, el SGR le asigna unos recursos, pero no se encuentran reconocidas ya que les falta el Registro del Ministerio del Exterior y el plan de vida desarrollado por la misma población.

La comunidad señala también que los diferentes proyectos no se terminan satisfactoriamente y solo existen programas en educación, pavimentación, saneamiento básico y remodelaciones continuas a instalaciones de Alcaldías.

El SGR en el capítulo II, estableció un fondo para Ciencia, Tecnología e innovación, cuya finalidad es el fortalecimiento de la investigación en el país; en el departamento del Cesar la institución encargada de la elaboración y ejecución de los proyectos, del manejo y control de los recursos de este fondo, sería la Universidad Popular del Cesar. De acuerdo a lo enunciado por el ingeniero investigador del Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico del Carbón (CIDTEC), Luis Carlos Díaz, debe existir un banco de expertos en formulación de proyectos que produzcan indicadores para el mejoramiento en las estadísticas de Ciencia y Tecnología del departamento, pero con el acompañamiento de los dirigentes, este concepto, al no contar con un apoyo directo del gobierno departamental resulta débil frente a los indicadores del promedio nacional en ciencia y tecnología. Sin embargo, en años anteriores se logró formular y presentar proyectos con personal capacitado, sin lograr los resultados esperados.

Cabe mencionar, que tal como lo establece la Ley, los departamentos participarán de la distribución de los recursos del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación en la misma proporción en que se distribuya la suma de los recursos del Fondo de Compensación Regional y del Fondo de Desarrollo; asignado un 10% de tales recursos al Fondo de Ciencia y Tecnología, ( Articulo 361 C.P. modificado por el acto legislativo 5 de 2011), para fondos de investigación que pretende formar científicos, expertos en formulación y elaboración de proyectos tecnológicos que actualmente se encuentran en vía de construcción, para avocar el propósito y superar los indicadores de ciencia y tecnología del Departamento del Cesar con relación a los diferentes departamentos del país en años anteriores. En la tabla 3, se muestra la articulación entre las empresas, las Instituciones de Educación Superior (IES) y el Estado en los departamentos del país; se observa que el departamento del Cesar no ha generado la dinámica para que las empresas accedan a los mecanismos de beneficios por inversión en ciencia y tecnología.

Tabla 3. Monto de solicitudes aprobadas para incentivos tributarios según entidad territorial, 2002 – 2011.

Entidad territorial Región Deducción por inversión Deducción por donación Exención de IVA Certificación de Software

Núm.

Núm. Monto (Millones $) Núm. Monto

(Millones $) Núm. Monto

(Millones $)

Antioquia 225 129.344 10 997 108 37.983 18

Atlántico 10 16.759 0 0 25 464 0

Bogotá D.C 244 738.490 15 24.067 410 10.442 64

Bolívar 7 6.013 1 2.241 4 38 2

Boyacá 0 0 0 0 1 2 0

Caldas 5 3.318 0 0 40 305 1

Cauca 7 6.801 0 0 22 149 1

Cesar 0 0 1 387 0 0 0

Choco 2 709 0 0 0 0 0

Córdoba 1 6.396 0 0 3 24 0

Cundinamarca 27 137.598 0 0 15 151 1

Huila 1 46 0 0 0 0 0

Magdalena 0 0 0 0 3 11 0

Nariño 0 0 0 0 6 27 0

N. de Santander 1 144 1 3.632 0 0 2

Quindío 0 0 0 0 13 200 0

Risaralda 6 702 0 0 14 171 0

Santander 279 262.405 0 0 80 1.162 2

Sucre 0 0 0 0 0 0 2

Tolima 0 0 0 0 1 6 0

Valle del cauca 24 14.896 2 42.591 136 1.090 14

Total 839 1.323.622 30 73.915 881 52.224 107

Fuente: Colciencias

Cálculo OC y T.

Siguiendo con el análisis y la recolección de información, el capítulo III de la Ley, enmarca los recursos provenientes de los Fondos de Desarrollo Regional y de Compensación Regional, que textualmente dice: “…tendrá como objeto mejorar la competitividad de la economía, así como promover el desarrollo social, económico, institucional y ambiental de las entidades territoriales, mediante la financiación de proyectos de inversión de impacto regional, acordados entre el Gobierno Nacional y las entidades territoriales en el marco de los esquemas de asociación que se creen…”. A criterio de la norma, se mejorarán los niveles de pobreza de las regiones del país, logrando un equiparameinto con aquellas poblaciones que despliegan necesidades básicas insatisfechas y no percibían recursos directos de regalías; a diferencia de lo anterior, la Alcaldesa (e) de Chiriguaná Dra. Anne Astrid Hernández Martínez, hace énfasis en lo favorable y desfavorables del SGR. Para ella, ha sido desfavorable en el sentido que la nueva Ley dejó poco recursos para inversión en los municipios productores ya que anteriormente se les otorgaba recursos alrededor de 22 mil millones de pesos y actualmente se están recibiendo solo 6 mil millones de pesos, situación que sitúa en desventaja a los municipios productores ya que es ahí donde se da el proceso de afectación por la explotación minera, generando descompensación entre los municipios.

En la tabla 4, se muestra la asignación de recursos en los últimos 10 años y se aprecia como en el último año, la reducción de los recursos ha sido del orden de 64%, lo que refleja un desacomodamiento en las finanzas que venían teniendo los alcaldes para hacer inversiones diferentes a las que estaban acostumbrados, teniendo que replantear las prioridades en proyectos de menor impacto y tener la necesidad de formular y ejecutar proyectos de envergadura que deben ser revisados y avalados por los OCAD para acceder a los diferentes fondos establecidos por la nueva normatividad.

Tabla 4. Recursos provenientes de regalías en el municipio de Chiriguaná en los últimos nueve años (pesos colombianos)

2004 $7.866.685.353

2005 $30.719.670.220

2006 $36.618.479.865

2007 $41.332.288.015

2008 $53.033.829.578

2009 $71.898.189.705

2010 $48.129.756.682

2011 $40.061.366.177

2012 $17.340.000.000

2013 $6.000.000.000

Fuente: Datos obtenidos de la Alcaldía de Chiriguana – Cesar.

Con respecto a la favorabilidad de la Ley, la doctora expresa que todas las regiones tienen oportunidad de acceder a los recursos del SGR como un mecanismo de promoción por la equidad social, de tal manera, que el departamento del Cesar ha invertido en obras, infraestructuras, salud, educación e inversión social como parques, amoblamiento urbano, entre otros; mientras que con la Ley anterior, sólo se podía invertir en educación, salud y saneamiento básico. A propósito de la asignación de fondos de recursos, en la tabla 5, se señala el presupuesto para el departamento del Cesar año 2013 – 2014, destacando que se tienen fondos diferenciados como el de ciencia y tecnología, que pretende articular el desarrollo del país con la innovación y el conocimiento tecnológico, fortaleciendo las instituciones de educación superior de las regiones menos favorecidas.Las asignaciones directas de las que trata el capítulo IV, se realizará en forma proporcional a la participación de cada municipio con el producido de su yacimiento. Con respecto a la investigación realizada en la Jagua de Ibirico, (municipio con producción directa) la población se reúsa a proporcionar información sobre el tema, sin embargo, se deduce en términos generales que el municipio ostenta desarrollo económico en lo referentemente a vías, amoblamiento urbano, alcantarillado pavimentación, etc. En contraste a lo anterior, se percibe un ambiente ecológico contaminado con los residuos de la explotación minera, denominado carboncillo o polvo de carbón, generando enfermedades respiratorias, pulmonares y de piel, lo cual preocupa a la comunidad.

En la visita realizada a la alcaldía de la Jagua de Ibirico, en un intento de dar respuesta a las inquietudes de la comunidad, la Ingeniera Civil del Banco de Proyectos de este municipio, Mary Carmen Ospina, diseña paquetes de proyectos encaminados a mejoramiento económico y apoyo a población en condiciones de vulnerabilidad con programas nutricionales, saneamiento básico y ayudas a instituciones educativas, dejando de lado la protección del medio ambiente.Con la explotación de recursos no renovables, en La Loma corregimiento del Paso Cesar, se observó en la comunidad situaciones precarias en las condiciones de vida, atribuidas a la poca inversión social por parte de las autoridades locales, desobligadas a crear bienestar a la población, esperanzada de alcanzar un mejoramiento económico producido por las Regalías, que enmarcadas en la realidad reflejan desinterés en el conocimiento del objeto y fines del SGR. La falta de capacitación y publicidad del manejo de Regalías conlleva a los habitantes atemorizarse cuando se les indaga sobre el conocimiento de los proyectos que ejecuta la administración para el desarrollo económico del sector. A los que algunos responden con desconocimiento a los planes de inversión del municipio y a la protección del ciudadano establecido en la Ley, en el artículo 58, Capítulo VII relativo a la Participación ciudadana y control social. La localidad del Paso carece de infraestructuras, pavimentación, agua potable, entre otras, se puede visualizar poco amoblamiento urbano, en donde el área central del municipio, se encuentra situado la alcaldía, la estación de policía y una tarima cultural como punto de recreación.Concerniente al medio ambiente sobre lo cual la población se atreve a manifestar el deterioro causado por la explotación de los recursos no renovables ha generado un daño ecológico irreversible, comprometiendo la fauna, la flora, el suelo, subsuelo y la salud de los habitantes y operarios de empresas mineras.

Después de haberse realizado el trabajo de campo en los cuatro municipios productores del Departamento del Cesar, cabe destacar que según las investigaciones desde todo punto de vista la explotación de los recursos no renovables ha sido desfavorable para la región, iniciando por el contrato de concesión a multinacionales extranjeras, significando la entrega de territorio nacional, reflejándose en aspectos sociales, económicos y ambientales.En cuanto al aspecto social, en las zonas de influencia ha aumentado la población en busca de mejores oportunidades laborales, desencadenando violencia, prostitución, desempleo, corrupción, dominio de grupos al margen de la ley.En el contexto económico se dejó de producir un alto porcentaje agrícola, por el abandono del campo para iniciar labores en las empresas mineras, con alto índice de desempleo.El impacto ambiental causado por la explotación minera con labores a cielo abierto y maquinas depredadoras, capaces de destruir una montaña completa genera destrucción en el ecosistema y se presentan enfermedades respiratorias, de piel, calentamiento global, etc.

En virtud de los aspectos planteados, se puede discernir que las empresas Carboníferas del Cesar, carecen de percepción de Responsabilidad con el entorno donde están circunscritas, su objetivo no solo debe destinarse a convertirse en una fuente de ventaja competitiva en términos económicos para generar productividad a través de un equilibrio hacia el alcance de sus objetivos, por el contrario, convertirse en un plan estratégico encausado en un medio social y ambiental para el desarrollo sostenible de las regiones, aspectos que no están debidamente señalados en la Ley.

En este orden de ideas, una vez establecido el compromiso consecuente, del gobierno y las multinacionales a través de los contratos de concesión, debe existir una rigurosidad legal, la cual de alguna manera obligue a las organizaciones a realizar sus operaciones, garantizando las prácticas y procedimientos éticos, con responsabilidad, permitiendo el mejoramiento hacia la sustentabilidad económica, social y ambiental. Finalmente, la norma en su forma positiva despliega todo un deber ser, que cumplida severamente alcanzaría un sistema óptimo compensatorio a la actividad de explotación de los recursos y que en la práctica no adolezca de una aplicación estricta que funcione en aras de conseguir el bien común.

3. DISCUSION Y ANALISIS DE RESULTADOS

Para el análisis de resultados se tuvo en cuenta la información obtenida de 106 personas de las poblaciones de estudio referenciadas en la Tabla 2, a través de encuestas y, la información evaluada en el capítulo anterior. La encuesta realizada tiene en cuenta tres aspectos fundamentales, i) las condiciones generales de la población que incluye la edad, el estrato y el nivel de ingresos; ii) conocimiento sobre los aspectos principales de la Ley 1530 de 2012 y iii) los componentes principales que debe atender la Ley en las poblaciones productoras.

3.1 DISTRIBUCIÓN DE LAS EDADES CON RESPECTO A LOS ESTRATOS SOCIALES DE LA POBLACIÓN ENCUESTADA

La población encuestada presentó edades que oscilaron entre los 18 y más de 50 años, lo cual es relevante para la seriedad y confiabilidad de la información recogida, en la figura 9, se muestra que la mayoría de la población pertenece al estrato 1 y edades entre 30 a 40 años, mientras que no hay población en estratos 4 y 5.

Figura 9. Distribución de edades de la muestra comparada con el estrato socioeconómico.

El fundamento de la Ley es mejorar la calidad de vida de las poblaciones, lo cual es una oportunidad para las zonas productoras considerando que la mayoría se ubica en estratos bajos, reflejándose a pesar de contar con buenas fachadas en algunas viviendas, necesidades básicas insatisfechas y bajo nivel académico. Teniendo en cuenta que la Ley 141 de 1994, conminaba al Estado a invertir en salud, educación y saneamiento básico y que la nueva Ley de regalías, Ley 1530 de 2012, establece fondos para invertir en necesidades adicionales de la población, incluyendo la ciencia y la tecnología para el desarrollo; aún no se refleja en los estratos de las poblaciones el impacto que se esperaba, puesto que el mayor estrato reflejado es 3 y las poblaciones en edades superiores a los 40 no vislumbran ningún desarrollo, según el estrato.

3.2 COMPARACIÓN DEL NIVEL DE INGRESOS Y EL ESTRATO DE LA POBLACIÓN OBJETIVO

Una de las prioridades de la inversión de los recursos de regalías, es mejorar el poder adquisitivo de las comunidades afectadas por la actividad minera; sin embargo en la figura 10 se muestra que la mayoría de la población tiene niveles de ingresos por debajo de un salario mínimo, lo cual significa que los recursos del fondo de desarrollo regional no está teniendo el efecto esperado en el corto plazo, toda vez que la Ley anterior a la vigente no contemplaba este aspecto.

Figua 10. Nivel de ingresos comparado con el estrato socioeconómico.

A pesar que hay poblaciones que están es el estrato 3, manejan ingresos menores al salario mínimo, lo que demuestra que no hay coherencia en las políticas de estado frente a los niveles socioeconomicos y los ingresos de la población, sino que es relevante la ubicación de la vivienda y las fachadas que estas tienen.

3.3 ASPECTOS RELACIONADOS CON EL CONOCIMIENTO, APLICACIONES E IMPACTOS DE LA LEY DE REGALÍAS.

En el marco de la Ley 1530 de 2012, establece en su artículo 57, la participacion ciudadana como mecanismo de control y la posibilidad de formular y ejecutar proyectos propios; sin embargo, la figura 11, muestra que no existe conocimiento de la comunidad de los controles para el cumplimiento y conocimiento de la Ley. En virtud de lo anterior, la carencia de publicidad y capacitación con respecto a la presente legislación, son aspectos fundamentales para la situación que se vive actualmente en los municipios productores.

Figura 11. Relación de la percepción del cumplimiento de la Ley con respecto a los procesos a mandatarios según el estrato.

A pesar del desconocimiento de los controles manifestados en la Ley, la comunidad expresa repetitivos procesos penales realizados a los diferentes alcaldes por malos manejos con los recursos de las Regalías, reflejando la percepción de la corrupción que se tiene sobre las administraciones y exteriorizan a su parecer, la ineficiencia del control de aplicabilidad concerniente a los entes de vigilancia, administración y manejo, para la efectividad de la Ley (ver figura 11). Lo mencionado se ratifica en la figura 12, la cual muestra como la población tiene un criterio consensuado frente a los controles que se deben tener para el cumplimiento de la Ley; en cada uno de los estratos delimitados por la población objetivo, se nota que no evidencian controles a la aplicación de los recursos de Regalías, siendo este aspecto discrecional de la administración sin la participación de los ciudadanos.

Figura 12. Efectividad del Control de la Ley según la apreciación de la Población por Estrato.

La Ley de regalías se fundamenta en la destinación de recursos para satisfacer las necesidades básicas y el mejoramiento económico de las poblaciones afectadas por la actividad minera; no obstante, en la figura 13 se muestra que las poblaciones escasamente cuentan con algunos servicios públicos. Resulta inexplicable que estas poblaciones no cuenten con agua potable y el nivel de acceso a las telecomunicaciones sea deficiente.

Figura 13. Acceso a los servicios públicos por estrato.

El servicio telefónico como fuente de comunicación es de vital importancia para el avance de las poblaciones, ya que de este se desprende la tecnología de la internet,indispensable para el aprendizaje acorde con la actualidad del mundo globalizado en instituciones educativas y como heramienta de consulta para la comunidad en general; la carencia de los servicios públicos esenciales representa una sociedad rezagada, debido a que las políticas adoptadas en las localidades estudiadas carecen del principio de equidad como mecanismo de desarrollo sostenible.

En la figura 14, se observa que se han realizado programas y proyectos con recursos de regalías, considerando que en cada uno de los estratos socioeconómicos de la población consultada tiene conocimiento de estas inversiones, de todas maneras el 32% del total de la población desconoce este tema, aspecto que muestra señales de debilidad en los mecanismos utilizados de participación ciudadana.

. Figura 14. Inversión en proyectos por estrato.

Es importante mencionar que los recursos invertidos por regalías se emplean en su mayoría a la promoción de programas educativos mediante el otorgamiento de auxilios de matriculas, sostenimiento de comedores escolares, mercados mensuales para la población estudiantil, entre otros. Por lo anterior, se nota que los recursos de regalías no se invierten en macro proyectos de sostenibilidad, desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de zonas influenciadas por la actividad minera. Por otra parte, los mandatarios de las poblaciones consultadas manifiestan que se hacen importantes inversiones en infraestructura vial, viviendas de interés social, saneamiento básico, amoblamiento urbano y acuducto pluvial ; aspectos importantes pero que carecen de bases sólidas para el sostenimiento de la sociedad, debido a que la política de inversión en regalías vista tanto de la población como de sus administradores, genera una costumbre del subsidio y limitan las posibilidades creativas del ser humano. Se considera que los recursos de regalías pueden generar mayores oportunidades si se utilizan en la formulación y ejecución de macro proyectos que promuevan la formación en educación superior y educación para el trabajo, para reforzar la vocación de las poblaciones y se puedan organizar industrias financiadas inicialmente con recursos de regalias, diseñadas con base en las fortalezas creativas de sus habitantes para que pueden soportar los servicios requeridos por las grandes compañias mineras y las potenciales empresas que necesitan estas zonas para mejorar la calidad de vida; esto quiere decir que no es suficiente invertir los recursos de regalías en infraestructura, es primordial pensar en soluciones a largo plazo para combatir el desempleo y la pobreza desde una visión autosostenible. Se aprecia el deterioro ambiental ocasionado por la actividad de la minería, por lo tanto los recursos de regalias necesariamente deben utilizarse para mitigar los impactos negativos que sufren las poblaciones cercanas, en la figura 15 la muestra seleccionada expresa su inconformidad por la negligencia e indiferencia, tanto de los administradores municipales como de las grandes compañias mineras para afrontar el tema ambiental y los daños en la salud que sufren todos los seres vivos.

Figura 15. Protección al medioambiente por actividad minera en las poblaciones consultadas.

En la figura 16, se muestra como hay algunas poblaciones que están muy cerca a los sitios de explotación, recibiendo los gases y material particulado directamente, ocasionando daños en la salud, manifestados en la población en enfermedades respiratorias y de piel. Por otra parte, actividades como la pesca se ha diezmado considerablemente porque la minería ha intervenido de manera indiscriminada los ríos y otros efluentes. Las poblaciones alhedañas a la minería y otras influenciadas por esta actividad directa e indirectamente, presentan sensaciones térmicas elevadas, con temperaturas que superan los 35ºC, llegando a niveles de calentamiento insospechados en otras épocas.

Figura 16 Vista de la cercanía entre la actividad minera y las poblaciones. Fuente: Caracterización del

caso El Hatillo (Gloria Holguín Reyes).

Teniendo en cuenta lo documentado por Olguín (2011) “…en el campo de la normatividad ambiental nacional, el derecho al medio ambiente está consagrado en los artículos 49, 79 y 80 de la Constitución Política de Colombia. Adicionalmente se cuenta con varias leyes y decretos que reglamentan estos derechos como la Ley 23 de 1973, cuyo propósito es prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del territorio nacional. Esta Ley define responsabilidades por daño ambiental. También está la Ley 09 de 1979, por medio de la cual se dictan normas sanitarias sobre protección del ambiente y control sanitario de los usos, suministro y potabilización del agua; los residuos sólidos y líquidos y la disposición de excretas, entre otros temas. Igualmente, la Ley 99 de 1993 establece una serie de directrices sobre el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, entre ellos el agua, aire y suelos. En materia de decretos, se cuenta con el Decreto 2811 de 1974 que es el Código de Recursos Naturales Renovables, donde se regula la utilización del recurso agua así como el uso y la regulación de los suelos y de los residuos, basuras, desechos y desperdicios, entre otros aspectos. Adicionalmente se cuenta con el Decreto 948 de 1995, del Ministerio del Medio Ambiente el cual reglamenta todo lo relacionado con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire, entre otros decretos…”. La explotación minera ha contaminado el medioambiente al punto que los seres vivos respiran el carboncillo sin atenuantes, acabando con la vegetación, la fauna y la estética de las poblaciones; la infraestructura de los pueblos tiene un aspecto opaco y de suciedad, lo cual es una señal de la indolencia manifiesta en la protección al medioambiente como derecho prioritario para las generaciones actuales y futuras.

CONCLUSIONES

En aras de construir una mejor calidad de vida a nivel nacional, se modificó el Sistema General de Regalías, a través de la Ley 1530 de 2012, unificando el manejo y control de los recursos provenientes de la explotación de recursos no renovables, los cuales generan reacción económica y ambiental, repercutiendo en un gran impacto social.

Desde la perspectiva legal, el desarrollo del estudio permitió discernir y confrontar mediante el trabajo de campo el conocimiento tanto administrativo como el de la población objetivo, organizando enfoques del impacto social, registrando falencias en políticas que impulsen el seguimiento a las inversiones que se encuentran en ejecución en los diferentes municipios productores. Se pudo evidenciar que hay una total desarticulación entre lo profesado por la norma y lo que se vive en los municipios productores, lo que conlleva a cuestionar la manera como las administraciones ejecutan los recursos de regalías, teniendo en cuenta que la Ley establece un mecanismo a seguir con una destinación específica.

A pesar que la Ley menciona los fundamentos de formulación, ejecución, destinación y controles de los recursos de regalías, deja de lado aspectos que pueden ser asumidos por las administraciones de los recursos pero se evidencia que no han sido objeto de preocupación. Se consideran de importancia en esta investigación el deterioro social y ambiental que se palpa en estos territorios, a pesar de contar con recursos suficientes para construir una sociedad mejor. En tal sentido, deben crearse estrategias para alcanzar un crecimiento de humanización para el interés general, ya que la Ley no plasma el aspecto ambiental y social, disparándose el índice de descomposición social, crecimiento desaforado de las regiones y daños irreparables al medio ambiente.

En referencia al impacto social, la responsabilidad de la comunidad en general, las administraciones municipales y de las compañías mineras asentadas en el territorio, se presenta como un desafío a conciencia de la población misma, pues se requiere de esta, un ejercicio voluntario y comprometido para fomentar estrategias hacia el cambio, para el desarrollo sustentable en los sectores que marcan el desarrollo económico del país, para la proyección de una mejor calidad de vida, permitiendo cumplir el objeto y los fines de la Ley, que contribuyen al desarrollo sostenible y al bien común de la sociedad en general.

Finalmente, los recursos provenientes de Regalías en el Departamento del Cesar, antes que llevar prosperidad a las poblaciones productoras, presentan un impacto negativo en la sociedad, atribuido a algunas desventajas en la estructura y operacionalidad del nuevo Sistema General de Regalías, al desconocimiento palpable de la comunidad y a la lentitud en la aplicación efectiva de la nueva Ley.

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