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Informe final de peritaje


Enviado por   •  11 de Abril de 2017  •  Trabajos  •  2.583 Palabras (11 Páginas)  •  243 Visitas

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CÉDULA MATRIZ[pic 1]

Fecha                : 29 de Junio del 2016

Elaboración        : Lic. De La Cruz Rojas John

Expediente        : 0027-2014-0-1501-JR-CO-04

Materia        : Ejecución de garantías

Demandante

Demandado

Datos principales

Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A

Fecha de la  interposición de la demanda: 29 de Enero del 2014

  • Constructing International S.R.L
  • Bonilla Otárola, Sandro Luis
  • Bonilla Torre, Julián

Fecha de la contradicción de la demanda: 16 de Junio del 2014

Jr. Cajamarca N°432 (2°piso) .Huancayo

Av. San Carlos N°1281. Huancayo

Pretensiones

Incumplimiento de su cronograma de pagos, a pesar de habérseles emitido sendas cartas solicitando el pago de créditos.

Que los demandados cumplan con la obligación de  pagar  la suma de dinero de s/80,000.00, más intereses compensatorios y moratorios pactados y generados con posterioridad a la fecha de la emisión del deudor, costos y gastos del proceso.

El recurrente no adeuda  a la demanda la suma que se pretende cobrar.

Solo se otorgo ampliación de dicha línea de crédito únicamente hasta la suma de s/80,000.00 donde se incluían los intereses y gastos de cobranza  y los pagos realizados por su representada no han sido descontados en absoluto.

Fundamento de Hecho

Los demandados para el 16 de Agosto del 2013 fueron favorecidos con un préstamo de s/80,000.00.

Formalizo un contrato mutuo con ampliación de cobertura de garantía hipotecaria  cobre el bien inmueble signado como N° lote 14 de la manzana H del conjunto habitacional El Edén-Tambo.

Cancelación del crédito se encuentran vencidas y que conforme a la DECIMA CUARTA, al incumplirse el pago de una o más cuotas pactadas en el calendario de pagos automáticamente la Caja podrá dar por vencidas todas las cuotas pendientes de pago e iniciar el cobro total de la deuda.

No se obtiene la tasación actualizada del inmueble a ejecutar, se convino en mutuo acuerdo en valorizar el bien  s/.169 320.00.

Demandado  no adeuda al demandante la suma que se pretende cobrar de S/.80,000.00 más intereses. En donde se demuestra  en su demanda el hecho que   se le otorga la ampliación de  línea de crédito  únicamente hasta la suma de s/80,000.00 donde se incluían intereses, gastos de cobranza, pagos realizados.

Fundamento de Derecho

Ley del Código  Procesal Civil

  • Art. 130,424 y 425 referente los requisitos de admisibilidad y procedencia de la demanda.
  • Art. 688,689y 720, inciso I de la norma pre-citada.
  • Art. VII.

Código Civil

  • Art. 10.
  • Art. 1219.

Ley del Código Procesal Civil

  • Art. 722. El ejecutado, en el  mismo plazo tiene para pagar, puede contradecir con arreglo a las disposiciones generales.
  • Art. 690. Dentro de cinco días de notificado el mandato ejecutivo, el ejecutado puede contradecir la ejecución y proponer  excepciones procesales o defensas previas.
  • Título I Y IX.
  • Art. 424 y 425.
  • Art. 426 y 427.
  • Art. 364,366 y 367.
  • Art. 725.

Medios Probatorios

  • Modificación de hipoteca por ampliación de cobertura de obligaciones.
  • Contrato de mutuo con ampliación de cobertura de garantía hipotecaria de fecha de agosto de 2013.
  • Compra Venta a favor de Sandro Luis Bonilla Otarola.
  • Certificado Registral Inmobiliario de la partida N°11122703.
  • Ampliación de línea de crédito únicamente hasta la suma de s/.80,000.00 nuevos soles donde se incluían los intereses y gastos de cobranza.
  • Pagos no descontados.
  • Entidad ha completado en forma contraria de los acuerdos adoptados.

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CÉDULA SUMARIA

Fecha                : 29 de Junio del 2016

Elaboración        : Lic.         TEJEDA ARREDONDO Evelyn

Expediente        : 0027-2014-0-1501-JR-CO-04

Materia        : Ejecución de garantías

Demandante

Demandado

Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A

Fecha de la  interposición de la demanda: 29 de Enero del 2014

  • Constructing International S.R.L
  • Bonilla Otárola, Sandro Luis
  • Bonilla Torre, Juan.

Fecha de la contradicción de la demanda: 16 de Junio del 2014

Argumentos

  • El demandante sostiene que cumplan con pagar la suma 80 000.00 nuevos soles más los intereses compensatorios y moratorios pactados y generados con posterioridad, incluyendo los costos del proceso.
  • No cumplieron con las cuotas establecidas en el contrato, así mismo por el incumplimiento de dos o más cuotas se dará cobro total de la deuda.
  • En su calidad de prestatario, afirma que no le adeuda la suma de s/80,000.00 nuevos soles que pretende cobrar la entidad financiera,  ya que se  le otorgo la ampliación de  línea de crédito   donde se incluían intereses, gastos de cobranza.
  • Los pagos realizados con posterioridad no han sido descontados de ninguna forma.
  • La tasación del inmueble no está actualizada hace dos años.
  • Se hizo un mutuo acuerdo de valorización del inmueble donde se lo valoriza por la suma de s/.169,320.00.
  • Que el pagare adolece de nulidad formal o falsedad del título porque, al llenar el pagaré por la suma de OCHENTA MIL NUEVOS SOLES ha sido completado en forma contraria de los acuerdos adoptados.

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CÉDULA COMPARATIVA[pic 7]

Fecha                : 29 de Junio del 2016

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