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LA GRAN DECADENCIA DEL DERECHO ROMANO


Enviado por   •  17 de Agosto de 2015  •  Tareas  •  1.890 Palabras (8 Páginas)  •  333 Visitas

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DECADENCIA DEL DERECHO, CODIFICACIÓN DE JUSTINIANO Y DERECHO POSTERIOR A JUSTINIANO.

DECADENCIA DEL DERECHO ROMANO

La decadencia del derecho Romano inicia con la muerte de Alejandro Severo, esta da comienzo a una profunda crisis, ayudada por las invasiones continuas Bárbaras, aun siendo el imperio restaurado por Claudio II, Diocleciano y Constantino, el centro ya no será más Roma sino Constantinopla, a pesar de su caída política las instituciones jurídicas no cayeron, ya que al estar esparcidas por todos los pueblos del imperio por Constitulio Antoniana en el 212 d.C. Estas se reafirman a si misma mediante el aporte a distintos derechos consuetudinarios (uso y costumbre) como los del oriente, la institución familiar obtiene varios cambios bajo es signo del cristiano. El Imperio romano desapareció como entidad política el 4 de septiembre del año 476, cuando Rómulo Augusto, el último emperador, fue depuesto por el bárbaro Odoacro. Esta fecha 4/9/476 marca la caída del Imperio Romano e inicia de la Edad Media.

TRABAJO DE CODIFICACIÓN ANTERIORES A JUSTINIANO

Teodoro II y Valentiniano mediante constitución del 426 ordenan reunir las opiniones de los clásicos Papiniano, Ulpiano, Gayo y Modestino, con fuerza obligatoria para los jueces. Es denominado “Ley de citas o de Citaciones” a las cuales se dispone las opiniones de tales juristas, en caso de oposición entre ellas prefieren la opinión de la mayoría; para caso de empate, las de Papiniano, en último caso, el juez queda en libertad de adoptar las que considere más oportuna. La referida constitución es involucrada al Codex Theodosianus.

CÓDIGO GREGORIANOY CÓDIGO HERMOGENIANO

En oriente se ordeno la compilación de las constituciones imperiales (leges) con el propósito didáctico de los administradores de la justicia, estos códigos Gregoriano y Hermogeniano se realizaron por iniciativa privada. El Codex Gregorianus, formado por 15 libros divididos en títulos contiene constituciones de palabras de los años 196 y 295. El Codex Hermogeniano formado a finales del siglo III, está compuesto por un solo libro dividido en títulos y sus constituciones son las dictadas entre los años 291 y 324 d.C. Los códigos que conocemos, apena son una reconstrucción hecha a través de colecciones posteriores y de las leyes de los bárbaros: Fragmenta Vaticana, Collatio, Consulatio, Lex Romana Visigothrum y Burgundionum. El codex Theodosianus fue hecho por Teodosio II, está formado por 16 libros y contiene las leyes desde Constantino hasta Teodosio II.

LAS LEYES ROMANAS DE LOS BARBAROS

Las invasiones realizadas por otras naciones a Roma, fundaron nuevos reinos sobre sus ruinas. Pero los vencedores respetaron las leyes del imperio Romano. Cada pueblo conservó su organización judicial y su legislación, los reyes bárbaros hicieron redactar para estas naciones la costumbre de sus países, leges barbarorum, haciendo además componer para sus súbditos romanos colecciones de reglas tomadas del Derecho romano, leyes Romance. Hubo tres compilaciones de este género, el Edicto de Teodorico, la ley Romana de los Visigodos y la ley Romana de los Borgoñeses.

TRABAJOS LEGISLATIVOS DE JUSTINIANO

En el año 527 sube Justiniano al trono, reformar las leyes romanas era necesario. Desde hacía diez siglos, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados, las obras de los jurisconsultos, las constituciones imperiales llenaron de millares de volúmenes, cuyas reglas de Derecho formaban un verdadero caos.

Justiniano emprendió una obra análoga, que terminó. Este trabajo de codificación, comprende cuatro colecciones: Las Instituciones, El Digesto, El Código y Las Novelas.

Las Instituciones, su finalidad fue didáctica se basa en las instituciones de Gayo, Paulo, Ulpiano, Marciano y florentino y en fragmentos de instituciones imperiales, estos 4 libros estaban dedicados el I a las cosas, del II al IV a las personas y el V a las acciones. El Digesto o Pandectas, es la compilación del material jurisprudencia (iura), está formado por 50 libros de fragmentos que llegan a 9,000 y son de Ulpiano, Gayo, Paulo, Papiniano y Juliano. Un índice precede el Digesto, donde aparece el nombre del autor y el origen. El Digesto está dividido de la siguiente manera del libro 1-4 principios generales sobre el derecho y la jurisdicción, del 5-11 (iudiciis) protección a la propiedad y demás derechos reales, del 12-19 (de rebus) obligaciones y contratos del 20-27 (umbilicus) obligaciones y familia del 28-36 herencia, legados y fideicomisos, libros del 37-44 herencia pretoria y materias sobre derecho reales, posesión y obligaciones, del 45-50 (stipulatio) derecho penal derecho municipal. El Codigo (Codex). Está formada por constituciones desde Adriano hasta Justiniano, consta de 12 libros divididos en títulos. Las Novela (Novellae), son constituciones imperiales dictadas con posterioridad al codigo en el 534, Redactadas en latín y griego se conocen 3 colecciones.

El Corpus Iuris Civiles, es una obra completa, codificada, abarcando todas las partes del Derecho, el Jus y las Leges y es también una obra de legislación. Fue a la muerte de Justiniano en 565 cuando termina la historia propiamente dicha del Derecho romano.

EL EDICTO DEL REY TEODORICO

Es un cuerpo normativo y principalmente trata de regular problemas territoriales en los lugares donde conviven romanos y bárbaros y existen problemas de asentamiento. Está dividido en un prologo, 155 capítulos y un epílogo (conclusión). Contiene disposiciones tomadas principalmente del Derecho romano postclásico, básicamente de los códigos Gregoriano, Hermogeniano

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