Las Pruebas En El Proceso
isateresacoriana18 de Marzo de 2014
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COORDINACION NACIONAL DE ESTUDIOS CONDUNCENTES A
PFA ESPECIALIZACION EN GESTION JUDICIAL
UNIDAD CURRICULAR: TEORIA GENERAL DEL PROCESO
LAS PRUEBAS EN EL PROCESO
Integrantes:
DAYANIRA ILARRETA DE LUGO
LENNIS MARTÍNEZ
ISABEL VIVAS
BLANCA RODRÍGUEZ.
VALERIA NÚNEZ
Prof. Abog. Espc. Zenaida Mora de López
Santa Ana de Coro, Diciembre 2012
La experiencia del proceso, sobre todo enseña,
aun al gran público, que las pruebas no
son a menudo suficientes para que el Juez pueda
reconstruir con certeza los hechos de la causa.
CARNELUTTI
INDICE
INTRODUCCION
LAS PRUEBAS EN EL PROCESO
Naturaleza de las normas sobre pruebas
El Objeto de la Prueba
El Control y Contradicción de la Prueba , la prueba y el debido proceso
Las normas para el esclarecimiento o apreciación de los hechos y de las pruebas
Las facultades e iniciativas probatorias de los jueces en el proceso.
INTRODUCCION
Todos los seres humanos debemos en algún momento probar hechos resultados, efectos, reconstruyendo el pasado, analizando el presente, en la vida cotidiana, el padre de familia, el maestro, el ama de casa y hasta los niños, pretender a diario probar los resultados de sus pequeños experimentos, sobre los cuales adquieren la confianza indispensable para su vida física y psíquica.
La Noción de prueba está presente en todas las manifestaciones de la vida humana; de ahí que exista una noción ordinaria o vulgar de la prueba, al lado de una noción técnica y que ésta varíe según la clase de actividad o de ciencia a que se aplique.
El Derecho Probatorio, ciencia que estudia el conjunto de reglas positivas reguladoras de las pruebas procesales en su producción, fijación, características, procedimientos y evaluación, ha sido considerado como una de las áreas más importantes del Derecho, pues es precisamente a través de la aplicación de la misma como los funcionarios judiciales soportan sus decisiones.
En efecto, el funcionario judicial solo decide justamente los negocios procesales cuando la convicción y la certeza provienen de pruebas correctamente valoradas. Y es por esa importancia que se ha hecho necesario realizar un análisis de su utilización, indagar si se está aplicando e interpretando debidamente, o si por el contrario existen problemas en su utilización, para así proponer medidas tendientes a superarlos, generando eficacia en la administración de justicia y sentencias que correspondan a la verdad material.
LAS PRUEBAS EN EL PROCESO
DICCIONARIO JURIDICO
PRUEBA
Es convencerse y convencer de la existencia o de la verdad de algo. Una actividad racional dirigida a constatar una proposición o afirmación.
“El Jurista reconstruye el pasado para conocer quien tiene la razón en el presente y también para regular con mas aciertas conductas futuras de los asociados en nuevas leyes; el historiador, el arqueólogo, el lingüista lo hacen no solo para informar y valorar los hechos pasados, sino para comprender mejor los actuales y calcular los futuros. La diferencia esta, en la realidad, en las consecuencias del resultado obtenido: las del Juez o legislador son imperativas y vinculantes….”
Devis Echandía
NATURALEZA DE LAS NORMAS SOBRE PRUEBAS:
Artículo 1.354 Código Civil:
Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha si libertado de ella debe por su parte probar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación.
Artículo 506 del Código de Procedimiento Civil
Las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación.
Los hechos notorios no son objeto de prueba.
IMPORTANCIA DE LAS PRUEBAS
Sin un sistema probatorio las controversias estarían al capricho del juzgador.
No existiría un proceso justo, el derecho a la defensa y la garantía en general de los derechos sería prácticamente imposible sin un sistema de pruebas.
Daría pie a la anarquía, la inseguridad jurídica.
La prueba da carácter al proceso y respalda el derecho subjetivo de las personas.
¿Qué se Prueba?
LOS HECHOS.
¿Cómo se Prueba?
A través de los medios permitidos por la Ley. Testigos, Inspección Judicial, Documentales, entre otros.
¿Por qué se Prueba?
Para demostrar la veracidad de los Hechos Alegados.
4.2 OBJETO DE LA PRUEBA
Es todo lo que es susceptible de probarse, los cuales son hechos materiales o situaciones jurídicas (conductas humanas) de la que emanan derecho y que sean de interés para el juicio.
Hechos en Materia Probatoria
Los hechos en un sentido jurídico amplio serían:
a) Todo lo que pueda representar una conducta humana
Todos los actos o hechos humanos voluntarios o involuntarios que sean perceptibles por los sentidos humanos o registrable por medios mecánicos o electrónicos.
b) Hechos de la naturaleza
Son situaciones acaecidas provocadas por hechos naturales ajenos a cualquier actividad humana.
c) Cosas u objetos materiales y aspectos de la realidad material
Se trata de los hechos de la conducta humana, como de los hechos u obras de la naturaleza humana.
d) La persona humana
La persona humana puede ser objeto de prueba.
Hechos Controvertidos como Objeto de Prueba
Nuestro ordenamiento jurídico no señala exactamente cuales son los hechos controvertidos.
De la Doctrina y de la Ley se extraen que son todos los invocados por las partes y sobre los cuales hay desacuerdo.
El hecho controvertido es aquel rechazado por las partes y que esta relacionado con el objeto del litigio.
Son hechos posibles, pertinentes y no prohibidos ni eximidos por la Ley.
Hechos que no requieren Pruebas:
1. Los admitidos por las partes.
Los hechos solo se dan por admitidos expresamente cunado son reconocidos o confesados por las partes.
2. Los Hechos Notorios
Son aquellos que entran naturalmente en conocimiento en la cultura o en la información de los individuos, con relación a un lugar o a un círculo social y a un momento determinado, en el momento en que ocurre la decisión.
3. Hechos no pertinentes, imposibles e inverosímiles.
Para que las pruebas puedan ser admitidas por el Juez, no deben ser impertinentes.
Los hechos impertinentes, irrelevantes, ilegales no pueden hechos de pruebas.
Definición de Pertinencia:
Que es procedente. Que está relacionado con un determinado pleito.
4.3.- EL CONTROL Y CONTRADICCIÓN DE LA PRUEBA, LA PRUEBA Y EL DEBIDO PROCESO.
Artículo 1354 Código Civil
Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que sido libertado de ella debe por su parte probar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación.
Devis Echandía desarrolla la noción de la carga de la prueba en la siguiente forma:
I. Por una parte, es una regla para el juzgador o regla de juicio porque le indica como debe fallar cuando no encuentre la prueba de los hechos sobre los cuales debe basar su decisión, permitiéndole hacerlo en el fondo.
II. Por otro aspecto, es una regla de conducta para partes, porque indirectamente les señala cuales son los hechos que acada una le interesa probar.
La Señora Marlín demanda a Jesús Enrique (cónyuge) por divorcio. Fundamenta su demanda en las causales contenidas en los Ordinales 3 y 6 del artículo 185 del Código Civil.
Los Hechos: Alega malos tratos, golpizas e insultos de parte del demando, además expresa que se embriaga constantemente y gasta el dinero en parrandas y cuando llega la insulta
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