Ley se la salud mental
Matias MondinApuntes17 de Junio de 2019
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Unidad 1:
Ley se la salud mental en importancia para las prácticas psicológicas:
La letra de la ley de salud mental y la perspectiva de los derechos: La ley 26657 pretende impactar en las políticas vinculadas a la promoción, prevención y asistencia en casos de padecimiento mental.
Antecedentes: Instrumentos jurídicos de alcance nacional, internacional y recomendaciones se algunas organizaciones. En 1990, la declaración de caracas, promulga los derechos de las personas con padecimiento mental, trascendiendo el plano enunciativo, surgiendo políticas, estrategias y prácticas para garantizar esos derechos.
Niños, niñas, personas con discapacidad, pacientes y personas con padecimiento mental, fueron los últimos actores sociales en ser reconocidos como sujetos de pleno derecho y se avanza en el abandono de un modelo paternalista y autoritario.
En el plano institucional fue un replanteo importante, y de base en crítica a las prácticas, qué suponen los usuarios de los sistemas de salud, son actores qué carecen de derechos. Estas críticas implementaron las políticas públicas así la ley recoge distintas experiencias donde ya de había comenzado con el cambió su denominación de sujetos de pacientes a usuarios y se enfermos a sujetos con padecimiento mental.
Además, se dejó de hablar de menores para hablar de niños, niñas y adolescentes, y de alienados o locos a personas usuarias de los servicios de salud mental. También se prioriza la causalidad psíquico biológica, es decir qué estos locos eran naturalmente enfermos y sus condiciones de vida, no tenían vinculación con el desarrollo de la patología y el usuario pasó a ser reconocido como una persona jurídica con derechos y obligaciones.
Las modalidades de intervención eran utilizadas como último recurso. Los tratamientos deber ser comunitarios y evitar el aislamiento. La legislación propone la obligatoriedad de las internaciones de personas con padecimiento mental en hospitales generales. Es obligación del Estado, generar dispositivos de inclusión social, equipos de profesionales, acompañantes terapéuticos, empresas sociales, etc.
Salud mental, como la define la OMS es un proceso multidimensional atravesado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales se toda persona.
La salud mental, no es campo de una disciplina, la ley establece qué las profesiones deben trabajar mediante un abordaje interdisciplinario. Está igualdad de hace extenciba a la toma de decisiones.
Los avances de las neurociencias, constituye la base teórica y las aproximaciones terapéuticas basadas en evidencias específicas y efectivas.
Es necesario demostrar los mecanismos neurobiológicos de los efectos beneficiosos de las intervenciones terapéuticas dirigidas a modificar el medio ambiente qué rodea a los pacientes con trastornos psíquicos.
No hay qué olvidar la situación de los pacientes sociales, la ley evitará pacientes qué no posean dinero ni cobertura social frente a la adversidad, se trata de una condición de estrato social, no de diagnóstico clínico.
La ley propone y fomenta qué los tratamientos psicofarmacológicos se realicen en el marco de abordajes interdisciplinarios.
Perspectivas precedentes a la ley. Mirada psiquiátrica tradicional: Las prácticas médicas controvertidas, como la inducción se convulsiones, electroshock, etc caracterizaron la mirada psiquiátrica. Estas técnicas causaban efectos nocivos y deterioro sistemático en los usuarios.
La habilitación se psicofármacos, habilitaron otro tipo de abordajes. La psiquiatría prioriza un modelo biologicista, la característica del modelo es la predominancia de la explicación biológica, la supremacía de la atención farmacológica y el avance sobre la capacidad de decidir del paciente.
Él sistema psiquiátrico hegemónico, está consolidado en sus prácticas asilares, asistenciales, farmacológicas y mirada química biológica del usuario.
La ley de la salud mental, interpela y reclama cambios en los sistemas.
De ve un debate desde una mirada médica, psicológica y forense qué la ley hace excesiva la responsabilidad de diagnosticar y evaluar todas las enfermedades mentales a los integrales de un equipo interdisciplinario conformado por trabajadores sociales, terapistas, enfermeros, psicólogos, etc, además de los médicos.
De ve una mirada adversa qué dice qué los trastornos de la conducta y de la mente, son alteraciones de la función cerebral, aún en aquellas patologías de origen social, cultural y ambiental.
La genética es uno de los principales factores qué influyen en la aparición de las enfermedades mentales, y despliegan intervención directa sobre la conducta. Las combinaciones de genes afectan a la conducta social y juegan un papel relevante los determinantes sociales y de desarrollo.
La asistencia en el campo de la salud mental por un equipo garantiza los conocimientos de cada disciplina y los procesos de intercambios, interacciones y síntesis. No obstante, pueden generar conflictos relacionados con el rol profesional, por lo qué se necesita una definición clara y precisa se las pertinencias e incumbencias.
La evaluación, diagnósticos y motivos qué justifican la internación requieren de la firma necesaria de un psicólogo o médico psiquiatra.
Sobre la farmacología, la ley indica qué la medicación tiene fines sólo terapéuticos. Sólo el médico indica o no la administración de un psicofármaco. La psicofarmacología regula los neurotransmisores qué actúan sobre las proteínas qué modulan la transcripción genética nuclear, produciendo cambios neuronales estables en el tiempo. La privación de la capacidad de decidir por parte del paciente, sólo tendrá lugar cuando exista cierto riesgo inminente para sí o para terceros.
La ley incluye el padecimiento mental como un estado modificable, pero existen padecimientos crónicos e irreversibles. La ciencia no puede garantizar qué las enfermedades de modifiquen a favor de la calidad de vida del paciente en la totalidad de los casos. Por lo tanto, incluirlo como un derecho resulta difícil de sostener.
De destaca también la prohibición de la ley en tanto se la creación de nuevas instituciones específicas de internación psiquiátrica y el desarrollo de nuevos dispositivos.
Perspectiva crítica frente a la perspectiva de derechos. Otros aspectos de la ley se salud mental: En el 2010 se promulga la nueva ley de Salud Mental nº 26657 qué promueve medidas tendientes de la inclusión social y el abordaje interdisciplinario de los pacientes.
Desde una perspectiva crítica, se ve la salud como un objeto de estudio teórico, singular, indivisible, inmensurables, enmarcado en la dialéctica del proceso salud-enfermedad.
Argumentos:
- La salud fue cosificada como el mercado.
- El proceso salud-enfermedad está sometida a múltiples determinantes sociales.
La nueva ley define salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, además utiliza el término sufrimiento y padecimiento mental para definir el objeto de una legislación.
Adopta una posición anti psiquiátrica, responsabilizando a los psiquiatras de la situación de los manicomios sin tener en cuenta factores como los económicos y judiciales.
Sí bien él paciente de considera cómo un sujeto de derecho, de encuentra en una situación de vulnerabilidad psicosocial qué requerirá apoyos por parte del Estado.
La comunidad se profesionales advierte sobre las inexistencias de condiciones para el cierre definitivo del hospital especializado, indican qué los hospitales generales no tienen un espacio qué permita contener pacientes con estas patologías. En algunos casos encubren una política de privatización de salud pública.
Si bien la perspectiva sçde derecho reconoce a la persona usuaria de servicios de salud mental como un ser capaz, es necesario reconocer los límites de esta aseveración.
La locura cuestiona la lógica de racionalidad del sistema, mientras qué la estructura social está orientada a su exclusión.
El trabajo, hábitat, lazos sociales, ciudadanía, educación y acceso a la cultura son factores de protección esenciales para evitar el deterioro de la salud mental.
El sistema, tal cual de encuentra, no puede garantizar los derechos del sujetos de padecimiento mental y la igualdad de condiciones se acceso a la salud. Aún se conservan políticas, condiciones y estilos de funcionamiento autoritario, desfinanciado y paternalista.
El Estado otorga derechos qué aparecen en papel, pero qué sus propias políticas impiden la transferencia de recursos qué los hagan posible.
La necesidad de vigilancia epistemológica nos lleva a problematizar las experiencias derivadas de la intención de hacer de las instituciones de salud, instituciones respetuosas de los derechos de los sujetos con padecimiento mental.
La construcción de la disciplina y la formación de profesionales entran en colisión: Es la carencia de capacitación para el trabajo interdisciplinario durante carreras de grado en instituciones educativas y la falta se posgrados con orientación interdisciplinaria lo qué de configura con un aspecto limitante.
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