Mala Praxis
Jdavfr14 de Mayo de 2014
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En diferentes épocas y culturas del mundo, la medicina ha ido variando en cuanto a su enfoque y a su apreciación, por lo tanto, la responsabilidad de los médicos por sus errores debido a la falta de preparación en unos casos y al ejercicio engañoso y fraudulento de la medicina en otros, ha dado paso para que actualmente se juzgue pero de manera muy diferente a la que forma en lo hacían las civilizaciones del pasado.
Actualmente en nuestro medio hay una gran cantidad de demandas por negligencia médica, en muchas ocasiones, injustificadas a consecuencia de ideas y conceptos equivocados por parte del paciente, sobre todo en lo que se refiere a las responsabilidades del personal de salud, olvidando que el médico no es infalible y que la medicina no es ciencia exacta.
Es claro que el gran desinterés del personal médico sobre cuestiones relacionadas con preceptos legales y normativos que regulan el ejercicio de la práctica médica, crea un ambiente de desventaja entre los derechos de los pacientes y las obligaciones de los médicos.
La Mala Práctica o Mala Praxis podría definirse como “un ejercicio errado o una práctica sin habilidad por parte de un médico u otro profesional, causándose un daño a la salud o al buen estado del paciente”, ejercicio que al final rompe la confianza que el paciente pone en el profesional.
Es inimaginable que una persona con tal grado de responsabilidad, como es el médico frente a su paciente, no tenga que cumplir con ciertos derechos y obligaciones, por tal razón, el médico, al ser un sujeto de derecho, debe cumplir con una normativa que conduzca su actuación, teniendo una carga de derechos y obligaciones hacia el paciente.
La profesión médica es tan importante para la sociedad, pues esta profesión está ligada de una manera muy profunda a la vida y a la salud humana, que cualquier pérdida en una prestación puede causar lesiones, o peor aún, la muerte de paciente.
Incurrido por simple azar “situaciones inesperadas“, la ignorancia del médico o de la institución, o la irresponsabilidad del mismo; la obligación pesa sobre el médico al prestar el servicio. La regla general indica que se trata de una obligación de medios y no de una obligación de resultados.
Esto quiere decir que se cumple con la obligación al agotar todos los esfuerzos porque se logre el objetivo (la curación), y no al efectivamente alcanzar ese objetivo. Lo que se promete es una conducta diligente y prudente, más no un resultado determinado. Sin embargo en ciertas especialidades la obligación si es de resultado. Ello se presenta cuando el objeto de las mismas no es la curación, sino que sirven de medio para ésta (ej. análisis clínicos) y también en ciertas especialidades en las que se ofrece un resultado tales como la cirugía plástica o la odontología.
Sea cual sea su desarrollo o su objetivo, el acto médico como tal debería ser entendido como un “acto de amor al prójimo” acto que está por demás decir que está íntimamente ligado a la vocación médica, con el objetivo primordial de que el paciente pueda recuperar su salud o al menos ofrecer una paliación a su dolor por la enfermedad. Esto significa que se debe actuar frente al paciente de la misma manera “que tu quisieras para ti”, tener cariño por el paciente que de alguna manera y, en menor o mayor grado es un ser sufriente, a quien debemos una entrega y preocupación por su enfermedad.
Ya sean por factores fuera del control médico, más las exigencias de la familia o especialmente debido a las perspectivas insatisfechas la relación médico/paciente se va deteriorando agravándose más aún la situación, lo que determina finalmente o que el paciente sea mal atendido sin la idea del “acto médico” o, finalmente que el paciente sea trasladado a otro centro con las consecuencias legales o disciplinarias que estas
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