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Mala Praxis Medica En Bolivia


Enviado por   •  24 de Octubre de 2014  •  2.728 Palabras (11 Páginas)  •  510 Visitas

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“Son como James Bond……………..

….tienen licencia para matar”. Guardo el recuerdo de esta frase , sin duda destinada a ocupar un perdurable y destacado lugar en el catálogo de lo absurdo y lo irreflexivo.

La frase en cuestión fue publicada en el marco de un artículo de prensa nacional y espetada con estilo grandilocuente por un colega Abogado , a propósito de un tema que , de un tiempo a esta parte goza de ubicuidad y ha cobrado una enorme relevancia en los medios masivos de comunicación , en el análisis político y académico y en la conversación cotidiana : La mala praxis médica y la creciente tendencia a la criminalización del acto médico que genera resultados adversos para el paciente.

Esta tendencia se nutre , en la actualidad , de un excesivo celo y desconfianza de los usuarios de los servicios de Salud sobre las acciones de los médicos y del equipo humano que lo secunda y colabora .

El corolario de tal desconfianza (en ocasiones, reconozcámoslo, justificadas) se materializa en el considerable incremento del número de procesos interpuestos y en curso por ante la judicatura nacional (ya de por sí agobiada y sepultada bajo el peso de incontables legajos de causas , motivada por la tradicional actitud de beligerancia con que solemos enfocar la resolución de nuestros conflictos) .

Cualquier resultado discordante con las expectativas del paciente y su familia , independientemente de su gravedad , cualquier “error” médico, se convierte en materia de escrutinio jurídico legal y subsecuente reclamación en la vía jurisdiccional ,teniendo como basamento la conducta descuidada o, incluso lesiva ex - profeso , del profesional médico .

No obstante el incremento de las causas judiciales incipientes o en curso , la mayoría de las acciones promovidas no prosperan por causas de sobra conocidas : falta de materia ajusticiable debido a la carencia de normas jurídicas claras , el carácter escasamente dinámico de la justicia boliviana que genera hastío y agotamiento de quienes buscan su amparo ó ,simplemente , porque el resultado lesivo (inherente a muchos trastornos de salud) no pudo ser evitado y la conducta dañosa, por ende , ser demostrada.

La actual y poco clara problemática desatada tiempo atrás en torno a la negligencia , mala praxis , descuido , imprudencia , error , culpa , iatrogenia , desatención , etc , tiene , en la confusión terminológica una de sus vertientes más importantes , por ello y sin pretensiones didácticas (cual no es propósito de este artículo ) pero si de necesaria orientación general, cabe realizar algunas breves precisiones conceptuales:

Mala Praxis:

En el área del cuidado de la Salud , supone la producción de un daño o detrimento parcial o total, transitorio o permanente en el cuerpo o en la salud física o mental de un ser humano , como consecuencias de un accionar profesional caracterizado por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo ó, por falta de los conocimientos o de la experiencia necesarios.

Entonces tenemos que , el componente medular de la Mala Praxis está dado un daño resultante de un procedimiento médico originado en un actuar imprudente , negligente o producto de la impericia.

Más allá de esto , la Mala praxis resulta ser un concepto de enorme amplitud y extensión, no únicamente circunscrito al daño directo que puede afectar al paciente , si no , que incluye prácticamente a todas las esferas de su existencia (limitación social , recreativa , laboral , educativa , emocional , etc).

Las situaciones más frecuentes de Mala Praxis médica se asocian con algunas de las siguientes situaciones y están inevitablemente ligadas al concepto de Iatrogenia (Mala Praxis médica e Iatrogenia son entidades unidas en indisoluble matrimonio, que en irónica analogía a la fórmula eclesiástica de: “hasta que la muerte los separe” podría expresarse como : “hasta que la muerte les dé nacimiento”):

Imprudencia. Definida por la confianza excesiva del médico en la banalidad del cuadro clínico del paciente, o en la errónea percepción de que las complicaciones importantes no pueden ocurrir; y por lo tanto no tomar medidas para prevenirlas.

Impericia. Definida la ausencia o por la escases de conocimientos o habilidades del médico para interpretar los síntomas y signos del paciente y que desembocan en erróneas diagnosis y terapéutica.

Iatrogénesis quirúrgica . Por errores del médico o por circunstancias ajenas a éste, derivadas de las características de la dolencia y la variabilidad genética natural del individuo.

Mala prescripción. Definida por la prescripción de medidas , fármacos o tratamientos discordantes con los verdaderos requerimientos del paciente (no indicados o , contraindicado por la situación clínica del paciente).

Omisión de información. No Informar adecuadamente al paciente sobre el procedimiento al que va a someterse , que podría incluir riesgo elevado para su vida o dejar secuelas de gravedad variable , la omisión de este importante paso implica limitación de la capacidad de autodeterminación y libertad del paciente.

Diagnóstico tardío . Puede generar una importante pérdida de tiempo para el inicio de un tratamiento adecuado y por lo tanto, disminuir las posibilidades de curación y supervivencia del paciente.

Falta de provisión de los medios técnicos y/o humanos para el diagnóstico y tratamiento oportunos. Implica la renuencia del galeno a tratar oportunamente al paciente , cuando se encuentra en posibilidad de hacerlo , o bien cuando los servicios de emergencia , debidamente enterados , no acuden al lugar o bien , lo hacen sin los instrumentos y/o recursos mínimos para la atención del caso.

Ahora bien , en el contexto de la mala Práctica médica podemos , nuevamente acudiendo al ocurrente parangón matrimonial , establecer un lazo inquebrantable entre la Ley y el ejercicio médico . La caracterización de la mala practica , en todos los casos , incluye un criterio de primerísimo orden : La culpa , por ello , la criminalización de la práctica médica y su asimilación ,prima fascie, a delito común constituye una verdadera aberración jurídica que puede acarrear resultados tremendamente peligrosos para todos los protagonistas del problema . Nuestro ordenamiento jurídico establece de manera inequívoca la diferencia entre el dolo (intencionalidad de causar daño, conocimiento de la comisión de un hecho ilícito y punible) y la culpa ( daño causado sin intención)

Si la culpa es el elemento definitorio de la Mala

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