Manipulacion Genetica
2 de Diciembre de 2014
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I. Introducción.
En la actualidad resulta bastante frecuente que quienes estudian los problemas éticos que suscita la manipulación genética a nivel germinal en seres humanos y la clonación humana demanden una regulación jurídica. Así, por ejemplo, en los Congresos que se han celebrado en España sobre aspectos éticos y jurídicos del Proyecto Genoma Humano se ha insistido en la necesidad de la intervención del legislador. Se solicita así que éste regule determinados aspectos y consecuencias de esta actividad científica.
Es importante señalar que esta actitud supone una cierta novedad. De hecho, hasta bien entrado el siglo XX se mantenía en pié sin fisuras el paradigma que identificaba, en general, todo avance científico con un beneficio para la Humanidad. A cualquier descubrimiento se le asignaba el calificativo de "progreso". Por ello se le consideraba, en todo caso, como algo positivo para la humanidad, resultando difícilmente justificable cualquier mecanismo de control externo de la actividad científica.
A partir de la incorporación de la energía nuclear a la tecnología bélica se levantaron muchas voces de alarma. La idea de que todo descubrimiento de la ciencia era, necesariamente, algo positivo empezó a resquebrajarse. De hecho, se produjo entre los científicos una toma de conciencia de las implicaciones éticas de su trabajo1
. Incluso comenzaron a constituirse asociaciones y movimientos internacionales2
.
Esta actitud se separaba de la tradicional demanda de autonomía de los científicos. Estos han actuado, durante siglos, con una ausencia de control externo. En este sentido, por ejemplo, señala Mc Conell: "Hemos sido capaces de seleccionar y perseguir nuestras propias áreas de interés"3
. Sin embargo, parece que en la actualidad este "status" no puede mantenerse. Como destaca Peces-Barba, no debe dejarse de lado "la problemática que conlleva abandonar estos temas a la corporación de los científicos y desde luego la invisibilidad del poder"4
.
Parece que tampoco la opinión pública duda del potencial peligro que conllevan ciertas técnicas. Muchos, aún siendo conscientes de que la ciencia y la tecnología han sido instrumentos que, históricamente, han permitido al hombre alcanzar importantes cuotas de satisfacción de necesidades y de disfrute de derechos, presienten, o afirman, que, en determinados casos, también conllevan un potencial riesgo para el ser humano y su entorno. A ello se une, en el ámbito de la tecnología genética, la experiencia del ritmo vertiginoso con el que en la actualidad se suceden los avances. Ello ha determinado que, en este campo, se halla extendido un cierto temor a una "pérdida de control". Para muchos, los científicos se están convirtiendo en una especie de "nuevos amos del mundo". En este sentido, pueden resultar proféticas las palabras que pronunciara Huxley ya en 1964:
"la aparente paradoja es que los científicos y los tecnólogos, en virtud del saber que tienen sobre lo que sucede en este mundo sin vida de las abstracciones e inferencias, han llegado a adquirir el inmenso y creciente poder de dirigir y cambiar el mundo"5
.
Pero no sólo algunas aplicaciones del avance científico demandan un sometimiento a instancias externas al propio ámbito científico. El mismo desarrollo tecnológico no puede, en la actualidad, considerarse como algo absolutamente neutral. La decisión humana que se inclina por el fomento de una determinada tecnología reposa sobre una ideología que propone esa resolución frente a otra, que plantea fines en una dirección y trata de conseguir unos determinados objetivos en detrimento de otros. En palabras de Marcuse:
"El concepto de razón técnica es él mismo ideología. No sólo su aplicación, sino que ya la técnica misma es dominio sobre la naturaleza y sobre los hombres, un dominio metódico, científico, calculado y calculante..La técnica es en cada caso un proyecto histórico-social; en él se proyecta lo que una sociedad y los intereses en ella dominantes tienen el propósito de hacer con los hombres y con las cosas"6
.
De este modo, y con independencia de su aplicación, cabe afirmar que no es neutral la decisión que se inclina por fomentar, por ejemplo, la investigación en armas biológicas exterminadoras de la especie humana mediante ingeniería genética, o la investigación en terapias genicas somáticas. De este modo lo ha entendido el legislador español que, en el artículo 160 del nuevo Código penal, castiga la investigación en armas biológicas genéticas.
Por otro lado, conviene destacar que tampoco es indiferente el modo en el que se realiza la investigación científica. Así ocurre, por ejemplo, cuando se persiguen unos fines positivos, como garantizar la salud de las personas, pero para ello se instrumentaliza radicalmente a seres humanos o animales. En mi opinión, esto es lo que ocurre cuando se utilizan para la experimentación embriones o fetos vivos, adultos sin concurrir su consentimiento o cuando son incapaces de prestarlo, o animales produciéndoles cotas muy altas de sufrimiento.
En definitiva, no toda investigación científica ni todas sus aplicaciones suponen, lógica y necesariamente, un progreso para la humanidad. Es cierto que, en infinidad de casos, la investigación biotecnológica ha abierto vías y posibilidades indiscutibles para el ser humano y las continúa abriendo. Pero también debe admitirse que la ciencia y la técnica no se justifican en sí mismas, sino por su servicio al hombre. Por ello, como señala Santos, "cualquier progreso es, en última instancia, progreso humano o no es progreso en absoluto. La idea de progreso conlleva la idea de una mejora real del hombre considerado integralmente, lo contrario es nada más sino un paso atrás deshumanizante. El poder de la tecnología alcanza su dignidad máxima precisamente cuando, inspirado por el respeto por el hombre, llegue a transformarse en un instrumento de servicio para todos los hombres"7
.
La presente comunicación tiene por objeto mostrar las vías o posibles niveles de control en el ámbito de la manipulación genética de seres humanos en línea germinal8
y de la clonación humana9
. Mi intención es destacar que en este campo, si bien el autocontrol deontológico -fundamentalmente a través de Comités de ética en Hospitales y Centros de Investigación- y la regulación jurídica interna revisten gran importancia, no debe olvidarse la trascendencia que poseen los instrumentos internacionales. Son ellos la única vía para evitar la previsible creación en los próximos años de "paraisos genéticos".
II. Control ético y jurídico en el ámbito de la manipulación genética en seres humanos.
Tres serían, fundamentalmente, las posibles vías a través de las cuales podría encauzarse el control de la actividad científica en el ámbito de la manipulación genética de seres humanos en línea germinal:
1. Autocontrol deontológico. Comités de ética profesional.
2. Control jurídico interno.
3. El recurso al Derecho internacional
a. Autocontrol deontológico
La vía del autocontrol deontológico es un sistema de autodisciplina profesional. Un ejemplo de ello lo encontramos en el Código de Asilomar. Se trata del resultado de una Conferencia Internacional de científicos, celebrada en California. En ella se demandó un control estricto sobre el uso de la técnica experimental que permite, en general, el trasplante de genes de un organismo a otro.
El problema que se plantea es el relativo a si este nivel de control es un mecanismo suficientemente efectivo y adecuado para resolver las cuestiones que surgen en estos ámbitos. La misma pregunta surge en relación a los Comités de ética de los Centros de investigación y Hospitales. Desde mi punto de vista, las instancias de control de carácter ético son sistemas complementarios pero no suficientes. Sobre todo porque, en algunos casos (por ejemplo, la posibilidad de clonar seres humanos) la importancia de los derechos afectados es tan radical que no parece adecuado dejar en manos del profesional toda la responsabilidad. El Estado tiene el deber de intervenir a través de su instrumento fundamental, el Derecho.
Sin embargo, creo que no hay que minusvalorar esta instancia reguladora, descartándola automáticamente. Y ello por varias razones:
1. La primera, porque la dinámica habitual de la actuación de los científicos, caracterizada por la rapidez con la que se suceden los descubrimientos, no permite en ocasiones otro tipo de control. El Derecho, por ejemplo, es un mecanismo muy lento que reacciona habitualmente cuando las lesiones de derechos ya se han producido. Siempre es una mayor garantía disponer de Códigos éticos o de Comités de ética que carecer de ellos.
2. La segunda, porque en el ámbito científico, y especialmente cuando se encuentran en juego
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