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Modelo Demanda Derecho Penal Militar


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2013  •  3.388 Palabras (14 Páginas)  •  720 Visitas

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Honorables

Magistrados del Tribunal Administrativo de ::..

Sección Tercera

E.S.D

.. ., mayor de edad, vecino de .... ... ., abogado en ejercicio, identificado como aparece al pie de mi firma, obrando en mi condición de apoderado especial del Señor ........., mayor de edad y vecino de .... ..., quien obra en nombre propio y en representación de sus hijos menores ...... quienes serán la parte demandante en el presente proceso, me permito presentar demanda contra LA NACION (Ministerio de Defensa), que será la parte demanda, representada por el señor Ministro de Defensa Nacional, mayor de edad y vecino de .... ., y con la citación del señor Procurador Judicial de la Corporación, en ejercicio de la acción de reparación directa(21) consa¬grada en el artículo 86 del Código Contencioso Administrativo, impetro esta demanda, en la siguiente forma:

I- LO QUE SE DEMANDA

PRIMERA.- Declarar administrativa y extracontractualmente responsable a la NACIÓN (Ministerio de Defen¬sa), de los perjuicios causados a los demandantes con motivo de la muerte de ........., ocurrida con fecha ..... .... en el municipio de ..........., departamento de ........, como consecuencia de los disparos recibidos del soldado del Ejército Nacional .........

SEGUNDA.- Condenar a LA NACIÓN (Ministerio de Defensa), a pagar a cada uno de los demandantes, el equivalente en pesos de las siguientes cantidades de oro fino según su precio internacional certificado por el Banco de la República a la fecha de la ejecutoria de la sentencia de segunda instancia:

1- Para ........., mil (1.000) gramos de oro en su condición de padre de la víctima.

2- Para ........., quinientos (500) gramos de oro para cada uno, en su condición de hermanos de la víctima.

TERCERA.- Condenar a LA NACIÓN (Ministerio de Defensa), a pagar a favor de ....... , los perjuicios mate¬riales sufridos con motivo de la muerte de su hijo ........., teniendo en cuenta las siguientes bases de liquidación:

1- El salario mínimo legal vigente al ........, o sea la suma de ........ ($......) pesos mensuales mas un veinticinco (25%) de prestaciones sociales.

2- La vida probable del demandante, y la edad de veinticinco (25) años de la víctima, según las tablas de su¬pervivencia aprobadas por la Superintendencia Bancaria.

3- Actualizada dicha cantidad según la variación porcentual del índice de precios al consumidor existente en¬tre el .... ...., y el que exista cuando se produzca el fallo de segunda instancia o el auto que liquide los perjuicios materiales.

4- La fórmula de matemáticas financieras aceptada por el Honorable Consejo de Estado, teniendo en cuenta la indemnización debida o consolidada y la futura.

II- HECHOS U OMISIONES QUE SIRVEN DE FUNDAMENTU A LA ACCIÓN

1- .......... (padre de la víctima) nació el .........., se casó con ........, el día 27 de junio de 1964.

2- Dentro del anterior matrimonio nacieron: .......... con fechas ........., respectivamente.

3- La señora .......... (madre de la víctima) murió el ..........

4- .. .. (víctima) tenía muy buenas relaciones de cariño, afecto y ayuda mutua con sus hermanos ....... , además vivía con ellos bajo el mismo techo en la ciudad de .........., antes de ingresar al Ejército Nacional.

5- ... .... (víctima) ayudaba económicamente a su padre en el sostenimiento de su hogar, con tal fin trabajaba y ganaba en promedio el salario mínimo para esa época, o sea la suma de ..... .., ($........) pesos mensuales.

6- El joven ...... (víctima) entró a prestar el servicio militar en ...... y estaba adscrito al Batallón ....... .., con sede en .....

7- Un contingente del Batallón .......... de .......... se desplazó en los últimos días del año de .......... al municipio de .... ... departamento de .....

8- El día .......... a las .... .., dentro de la base militar del municipio de .... ..., el soldado .... ... se acercó a su compañero .... ... (víctima) y le reclamó porque le había encontrado unos elementos de intendencia que se habí¬an perdido. El soldado .... .. lo amenazó y el soldado .......... (victima) le contestó que cuando quiera se iban a las manos. Luego el soldado .......... se retiró.

9- Unos quince minutos mas tarde, cuando estaban desayunando entró al lugar el soldado .... . ... con su fusil de dotación G- 3, lo cargó con munición y le dijo al soldado .......... se lo advertí, y le disparó directo al corazón. Se produjo la muerte instantánea del soldado ........

10- Ni el soldado .......... ni sus compañeros pudieron reaccionar porque el soldado .......... entró hablando y disparando.

11- Las heridas causadas al soldado ...... .. que produjeron su muerte constituyen una falla presunta en la prestación del servicio público, porque fueron hechas con un arma de dotación oficial, disparada en forma negli¬gente, imprudente e irresponsable por un soldado del Ejército Nacional.

12- Quienes portan armas de dotación oficial deben usarlas con suprema diligencia y prudencia, ha dicho el Honorable Consejo de Estado en diversas oportunidades. El uso contrario de ellas configura lo que las mas reciente jurisprudencia del Consejo de Estado denomina falla del servicio presunta, es decir, aquella en que se presume la responsabilidad de la parte demandada.

13- Además el ente público demandado es responsable por la muerte de .... , porque esta ocurrió en un acto ajeno al riesgo propio del servicio. La muerte de un soldado ocurrida por un disparo imprudente de un com¬pañero no constituye un riesgo propio en el servicio militar.

14- El artículo 2o. de la Constitución dice: "Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra bienes, creencias y demás derecho5 y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares". Es precisamente en desarrollo de este precepto que el Consejo de Estado ha elaborado una serie de jurisprudencias que condenan el abuso del uso de las armas de dotación oficial y que persiguen la equitativa reparación de los daños sufridos por los allegados de la víctima. Si la víctima es un soldado del Ejército, a él también se le aplicará esta teoría.

15- El artículo 90 de la Constitución dice: "El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos

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