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Percepcion, Retencion Y Detraccion Del IGV


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2012  •  6.653 Palabras (27 Páginas)  •  1.796 Visitas

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1. SISTEMA DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS CPCC. YURI GONZALES RENTERÍA

2. El Régimen de Retenciones del IGV, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT (19.04.2002) se encuentra vigente desde el 01.06.2002. Es aplicable a los proveedores en las operaciones de venta de bienes, primera venta de bienes inmuebles, prestación de servicios y contratos de construcción gravadas con dicho impuesto.

3. DEFINICIÓN Es el Régimen por el cual el cliente (agente de retención) retiene el importe de la operación a cancelar al proveedor, un porcentaje fijado en 6% cancelando de este modo un importe equivalente al 94%. La retención tiene como finalidad asegurar la cobranza de una parte del IGV de una operación que ya se realizó.

4. IMPORTE DE LA OPERACIÓN Suma total que queda obligado a pagar el adquirente, el usuario del servicio o quien encarga la construcción, incluido los tributos que graven la operación.

5. MECANISMO APLICABLE AL RÉGIMEN DE RETENCIONES

6. Sujetos que intervienen en el Régimen de Retenciones AGENTES DE RETENCIÓN : Al adquirente del bien mueble o inmueble, usuario del servicio o quien encarga la construcción, designado por la SUNAT, en las operaciones en las cuales tenga la calidad de CLIENTE.

7. Sujetos que intervienen en el Régimen de Retenciones PROVEEDOR : Al vendedor del bien mueble o inmueble, prestador del servicio o al que ejecuta los contratos de construcción, en las operaciones gravadas con el IGV.

8. Operación realizada con un proveedor “No designado agente de retención”

PROVEEDOR (No designado agente de retención), CLIENTE (Designado agente de retención) COMPRA RETIENE EL 6% ACREDITADO MEDIANTE “ CERTIFICADO DE AGENTE DE RETENCIÓN

9. Operación realizada con un proveedor “designado agente de retención” PROVEEDOR (Designado agente de retención), CLIENTE (Designado agente de retención) COMPRA NO RETIENE EL 6%

10. DECLARACION Y PAGO DEL AGENTE DE RETENCIÓN El Agente de Retención deberá utilizar el Formulario Virtual Nº 626. El referido PDT deberá ser presentado inclusive cuando no se hubiera practicado retenciones en el período.

11. DECLARACION DEL PROVEEDOR El Proveedor deberá efectuar su declaración y pago mensual del IGV utilizando el PDT – IGV Renta Mensual, formulario Virtual Nº 621, donde consignará el impuesto que le hubieran retenido a efecto de su deducción del tributo a pagar.

12. APLICACIÓN DE LAS RETENCIONES El proveedor podrá deducir del impuesto a pagar las retenciones que se le hubieran efectuado hasta el último día del periodo al que corresponda la declaración. Si no existieran operaciones gravadas o si estas resultaran insuficientes para absorber las retenciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrara a los periodos siguientes hasta agotarlo, no pudiendo ser materia de compensación con otra deuda tributaria. El proveedor podrá solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor de tres (3) periodos consecutivos.

13. CASO PRACTICO

LA EMPRESA TECNILLANTAS SAC EMITE LA FACTURA N° 1210 A OLTURSA SAC (AGENTE DE RETENCIÓN) , EN EL MES DE MAYO 2011 POR LA SUMA DE S/ 2,100 POR CONCEPTO DE LLANTAS .

SE SABE QUE LAS VENTAS TOTALES DE TECNILLANTAS FUERON DE S/ 11,200 (INCLUYENDO A OLTURSA) Y SUS COMPRAS TOTALES DE MAYO FUERON POR S/ 3,400.

SE PIDE:

CALCULAR EL IMPORTE DE LA RETENCIÓN

CALCULAR EL IMPORTE DEL IGV A PAGAR APLICANDO LA RETENCIÓN

DESARROLLO

1) Importe de la Operación AFECTA a la Retención por estar obligado Oltursa al ser Agente de retención designado por el Ministerio de Economía y Finanzas:

S/ 2,100

% de la Retención = 6%

Monto de la Retención = 2,100 x 6% = 126.

2) CALCULO DEL IGV A PAGAR:

-VENTAS TOTALES = S/ 11,200

Valor de venta = Base Imponible = 11,200/1.18 = 9,492

IGV en las ventas = 9,492 x 18% = S/ 1,709

- COMPRAS TOTALES = S/ 3,400

Valor de compra = Base Imponible = 3,400/1.18 = 2,882

IGV en las compras = 2,882 x 18% = S/ 519

CALCULO DE IGV A PAGAR APLICANDO LAS RETENCIONES:

IGV POR LAS VENTAS = 1,709 -

IGV POR LAS COMPRAS = 519

DEUDA TRIBUTARIA DE IGV = 1,190

MENOS: RETENCIÓN = 126

IGV A PAGAR MAYO 2011 = 1,064

Tener en cuenta que si en este mes de Mayo 2011, Tecnillantas hubiese realizado mayores compras, su IGV por pagar disminuye y si éste es mayor que el IGV de las ventas, pues tanto el mayor saldo de IGV como el importe de la retención (S/ 126.00) quedarán pendientes de ser aplicados el próximo mes.

17. CASO PARA DESARROLLAR LA EMPRESA DAKAR SAC EMITE LA FACTURA N° 890 A MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA (AGENTE DE RETENCIÓN) , EN EL MES DE MAYO 2011 POR LA SUMA DE S/ 5,100 POR CONCEPTO DE UTILES DE ESCRITORIO.

SE SABE QUE LAS VENTAS TOTALES DE DAKAR FUERON DE S/ 20,000 (INCLUYENDO A LA MUNICIPALIDAD) Y SUS COMPRAS TOTALES DE MAYO FUERON POR S/ 10,000.

SE PIDE:

CALCULAR EL IMPORTE DE LA RETENCIÓN, CALCULAR EL IMPORTE DEL IGV A PAGAR APLICANDO LA RETENCIÓN

DESARROLLO

Importe de la Operación AFECTA a la Retención por estar obligado LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA al ser Agente de retención designado por el Ministerio de Economía y Finanzas:

S/ 5,100

% de la Retención = 6%

Monto de la Retención = 5,100 x 6% = 306

CALCULO DEL IGV A PAGAR

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