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Principios De El Derecho Penal En Colombia


Enviado por   •  12 de Octubre de 2011  •  1.064 Palabras (5 Páginas)  •  1.143 Visitas

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PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

Este termino, también denominado prohibición de exceso, principio de racionalidad o razonabilidad esta integrado por un conjunto de criterios o herramientas gracias a las cuales es posible sopesar y medir la licitud de todo genero de limites normativos de las libertades, así como de cualquier grupo de interpretaciones o aplicaciones de la legalidad que restrinjan su ejercicio, desde un perfil concreto o desde un punto de mira determinado: el de la inutilidad, no necesidad y desequilibrio del sacrificio. Se considera un principio de carácter relativo del cual no se desprenden prohibiciones abstractas sino concretas y a la vez relacional debido a que compara dos magnitudes: los medios y el fin.

El termino proporcionalidad ha terminado por generalizarse como principio del derecho publico y del derecho en general, al cobijar el establecimiento y aplicación de toda clase de medidas restrictivas de los derechos y de las libertades por eso, no es extraño que en el ámbito penal se extienda tanto a las penas como a las medidas de seguridad. De acuerdo con lo dicho, la configuración legislativa y la aplicación judicial de las medidas restrictivas de la libertad, si se entiende el axioma de proporcionalidad en un sentido amplio, se deben sujetar a tres exigencias distintas que actúan a manera de criterios escalonados.

En segundo lugar se mide en función de su necesidad, la cual concreta, principalmente, en las penas privativas de la libertad que deben constituir la ultima ratio de la política criminal, a las cuales solo se debe acudir cuando haya descartado la posibilidad de obtener el fin legitimo perseguido con la conminación penal, acudiendo a medios menos dañinos y graves de donde surgen el llamado principio de necesidad de intervención, que también ha sido plasmado en el articulo 3 del Código Penal

Se habla también de proporcionalidad en sentido estricto, ya que el uso o la intensidad de la sanción esta limitado a la gravedad del hecho cometido y de los riesgos de una comisión futura.

En el derecho Colombiano se concreta en el artículo 3 del Código Penal en cuyo texto se consagra el proporcionalidad en sentido estricto como uno de los principios de las sanciones penales bien sea de orden penal o de medidas de seguridad.

PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD

El principio de razonabilidad también denominado como de idoneidad o de adecuación al fin supone una valoración empírica en virtud de la cual tanto desde una perspectiva objetiva como subjetiva se debe examinar la causalidad de las medidas adoptadas con relación a los fines perseguidos y exige que las intromisiones llevadas a cabo en los derechos ciudadanos faciliten la obtención del logro perseguido en virtud de su adecuación cualitativa, cuantitativa y de su ámbito de aplicación.

Se entiende también como considerar, estudiar, analizar las pautas correspondientes; llevando siempre como bandera la razón. Esto con la idea de propiciar una sanción justa, equilibrada, mesurada, razonable y dentro de los marcos que señala la ley penal.

Dados los nexos de este principio con el de la igualdad ante la ley penal que demanda un juicio relacional. Para su utilización se debe acudir al llamado test de racionalidad.

Como se sabe, según esta herramienta, la vinculación entre los diversos supuestos de hechos involucrados

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