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SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA


Enviado por   •  18 de Febrero de 2018  •  Trabajos  •  1.195 Palabras (5 Páginas)  •  133 Visitas

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SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA

En los registros de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar, una de contrato de alquiler bajo los siguientes términos:

PRIMERA.- (Partes).- Son partes del presente contrato

  1. El señor Ricardo Ureña Mamani, mayor de edad, vecino de esta, domiciliado en Av. Ecológica zona Trojes, con CI 2863037 Cbba. En su calidad de propietario del inmueble.
  2. La Señorita Laura Daniela Velásquez Nuñez, mayor de edad vecina de Tiquipaya zona Encantopampa con CI. 8721764 Cbba y Jorge Rodrigo Morales Bazoalto, mayor de edad vecino de Tiquipaya, con CI. 8052943 Cbba. En calidad de inquilinos.

SEGUNDA.- (Antecedentes, derecho propietario y objeto)

2.1 Al presente el propietario de su libre voluntad y sin que medie presión de ninguna naturaleza da en calidad de alquiler una habitación del inmueble de su propiedad ubicado en la Av. Ecológica de la ciudad de Tiquipaya Zona Trojes a los arrendatarios para ser utilizado como gimnasio.

TERCERA.- (Vigencia, canon y forma de pago) De común acuerdo entre las partes contratantes, se conviene lo siguiente

3.1 Vigencia.- El contrato de alquiler tendrá la vigencia de un año,  que podrá ser prorrogado por acuerdo de partes, y empezara a correr desde el 1ro de noviembre de 2017.

3.2 Canon.- El canon o alquiler que deberán pagar los inquilinos será de Bs. 1.000.- que será pagado por los inquilinos al inicio de cada mes de manera puntual, dicho monto no podrá ser modificado por ninguna de las partes durante la vigencia del contrato.

CUARTA.- (Uso y destino del inmueble) Los inquilinos usaran el inmueble como gimnasio y lacto bar en los horarios que funcione el gimnasio.

QUINTA.- (Pago de Luz y agua).- Los inquilinos cubrirán el consumo de luz y agua desde el momento que ingresen a ocupar el ambiente o habitación alquilada, siendo responsables por su pago hasta el momento en que concluya el alquiler.

SEXTA.- (Cancelación de contrato) En caso de que alguna de las partes tanto el propietario del inmueble o los arrendados decida cancelar el contrato por motivos ajenos a los acordados en el presente documento, se deberá cancelar el 50% del capital invertido a los arrendados por parte del propietario, o la suma total equivalente a cinco meses de alquiler al propietario del inmueble por parte de los arrendados. El pago del mismo se deberá hacer efectivo en un lapso de tiempo no mayor a 3 meses a partir de la fecha de cancelación de contrato.

SEPTIMA.- (Aceptación).- El señor Ricardo Ureña Mamani, con CI 2863037 Cbba, en su condición de propietario de inmueble y la señorita Laura Daniela Velásquez Nuñez, con CI. 8721764 Cbba Y Jorge Rodrigo Morales Bazoalto, con CI 8052943 Cbba, como inquilinos dan su aceptación a todas y cada una de las cláusulas que anteceden, por lo que le otorgan al presente documento todo el valor de orden legal, el mismo que de no ser elevado a instrumento público, surtirá sus efectos como documento privado, al solo reconocimiento de firmas y rubricas ante autoridad competente. Usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de estilo y rigor que corresponda.-

Tiquipaya, 1ro de noviembre de 2017.

Ricardo Ureña Mamani                                        

                                CI. 2863037 Cbba

Laura Daniela Velásquez Nuñez                                                                  Jorge Rodrigo Morales Bazoalto

CI.8721764 Cbba                                                                    CI. 8052943 Cbba

SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA

En los registros de escrituras públicas que corren a su cargo, dígnese usted insertar una constitución de sociedad, al tenor de las cláusulas y condiciones siguientes:

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