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SUCESIÓN NECESARIA


Enviado por   •  27 de Enero de 2014  •  5.364 Palabras (22 Páginas)  •  469 Visitas

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

LA SUCESIÓN NECESARIA

Concepto…………………………………………………………………..

La Legítima………………………………………………………………..

Fundamento……………………………………………………………….

Características de la Legítima……………………………………………..

Herederos Legitimarios……………………………………………………

Herederos Legitimarios y Extensión de sus Derechos…………………….

Derechos del Legitimario………………………………………………….

Características:

• Características Respecto a los Derechos..…………………......

• Características Respecto a los Deberes…...…………………...

El Testador no puede someter la Legítima a Ninguna Carga ni Condición.

Determinación del Monto…………………………………………………

Cálculo de la Legítima…………………………………………………….

Cálculo y Distribución de la Legítima del Cónyuge………………………

CONCLUSIÓN

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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INTRODUCCIÓN

Para dar inicio, al siguiente trabajo hay que dejar claro que el derecho hereditario o el derecho a la sucesión hereditaria es uno de los derechos más antiguos que se conoce, en todos los países está previsto en su legislación o en el derecho usual del pueblo los efectos del fallecimiento de una personas. El derecho de sucesión, también se ha regulado sucesivamente en nuestra legislación, de una manera general.

En este orden de ideas, la legítima es la parte que les habría tocado a ciertos parientes en mi herencia si yo no hubiese hecho testamento. Se dice que protege a la familia, como lo establece el artículo 883 del Código Civil Venezolano.

Para algunos autores, la naturaleza de la legítima, en la doctrina es conteste en considerar que las razones que justifican la existencia de la legítima están enmarcados en el orden moral, ya que las personas están en la obligación espiritual, honorable, de decencia, de procurar a sus seres queridos (descendientes, ascendientes y cónyuge) "la mayor suma de comodidad que les fuere posible. En esta limitación esta naturalmente interesada el orden público, que pide la conservación de la familia y que manda que siempre se recuerde a los individuos que les impone la naturaleza.

A continuación, se desglosará todo lo relacionado con el tema de la Sucesión Necesaria o Legítima.

LA SUCESIÓN NECESARIA O LEGÍTIMA

CONCEPTO

La sucesión necesaria, a semejanza de la legítima, tiene por base la Ley, concurre con la sucesión testamentaria y prevalece sobre ella. Se puede decir, que la transmisión del patrimonio hereditario tiene lugar o sin la voluntad, o por la voluntad o contra la voluntad del autorizado para testar. Verdaderamente, la Ley habla de dos formas de sucesiones; pero la existencia de una sucesión necesaria resulta implícitamente de la concordancia de otras disposiciones legales, que atribuyen a ciertas categorías de herederos el derecho a una cuota del patrimonio hereditario.

La Ley los denomina herederos forzosos, y no solamente en cuanto aquéllos tienen derecho a ser necesariamente instituidos herederos, sino también en cuanto tienen derecho a una cuota intangible del patrimonio hereditario, aun independientemente del testamento y en contradicción con el mismo; y por esto, los legitimarios son herederos ex lege, en una cuota que no puede ser mermada por el disponente, ni mediante una disposición mortis causa, ni por medio de una liberalidad inter vivos. El título del llamamiento del legitimario nace de la Ley. Sucesión necesaria es, pues, la que se opera en favor de ciertas categorías de herederos, los cuales suceden al de cujus por derecho propio, que les es reconocido por la Ley en la cuota hereditaria (legítima), de la que no pueden ser despojados ni expresa ni tácitamente por el mismo testador.

LA LEGÍTIMA

Es una porción de bienes de la cual el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados "herederos forzosos".

Según el Artículo 883 del Código Civil Venezolano,

“La legítima es una cuota de la herencia que se debe en plena propiedad a los descendientes, a los ascendientes y al cónyuge sobreviviente que no esté separado legalmente de bienes, con arreglo a los artículos siguientes”.

El testador no puede someter la legítima a ninguna carga ni condición.

Se encuentra regulada en los Artículos. 883 CCV al 887 CCV. La legítima es una restricción a la facultad de repartir los bienes por testamento, es decir, uno no puede disponer de sus bienes como mejor le parezca, sino que tiene que respetar la legítima, que está dirigida precisamente a que no se puedan desheredar totalmente ciertos tipos de familiares. Algunos también la llaman Reserva, Sucesión Necesaria o Sucesión Forzosa, se prefiere el término la legítima, tiene especiales inconvenientes con la idea de Sucesión Forzosa

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