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Ética Y Deontologia Juridica

carlosjp1 de Junio de 2014

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UNIVERSIDAD GRAN MARISCAL DE AYACUCHO

FACULTAD DE DERECHO

NÚCLEO SUCRE

CUMANA

TRABAJO SOBRE LA ÉTICA Y DEONTOLOGÍA JURÍDICA

REALIZADO POR:

CARLOS J. PATIÑO, C.I. V-13.539.819

SECCIÓN 3

CUMANA, MARZO 2014

INTRODUCCIÓN

Los abogados están (y los que estaremos en un futuro) sometidos a cánones deontológicos, éticos y morales impuestos a nuestro servicio o actividad, recogidos en la Ley de Abogados y su Reglamento, el Código de Ética del Abogado Venezolano y en el Reglamento Honorarios Mínimos de los Servicios Jurídicos del Abogado, obviamente todos bajo la guía y amparo de nuestra Constitución Nacional. La intención de estos instrumentos normativos es servir como modelo para todos aquellos profesionales del derecho sobre el cual estén sustentadas las acciones éticas y establecer los estándares de conducta, además de señalar los principios y valores fundamentales.

La decadencia de la actuación de los profesionales a nivel mundial y nacional, la baja credibilidad que se ha manifestado entre los abogados y sus actuaciones públicas y la falta de independencia en su accionar que es una de las mayores deficiencias en los actuales momentos, han sido los aspectos que más han prevalecido en la generación de preocupaciones a nivel nacional e internacional, afectando de esta manera la credibilidad en los actos judiciales y en el manejo de la justicia.

Es necesario tener en cuenta la importancia de la moral y la ética en la conducta y los actos humanos, teniendo en cuenta que todo ser humano posee intrínsecamente unos principios y normas que conllevan a lo moral y son establecidos desde el nacimiento basado en las mismas costumbres que se tengan.

No debemos dejar de destacar la importancia que representa para el país, la implementación del código de ética del abogado, para impulsar los cambios de conducta necesarios para devolver a la profesión del derecho la majestad, la importancia, la credibilidad necesarias para reconducir la moral propia del país. Adecentando el sistema judicial y sus actores principales, se lograra adecentar la moral de la Republica. Es realmente necesario tener en cuenta que este código es la respuesta más precisa a todas las necesidades que por épocas se han originado en la búsqueda de una profesión enfocada en la integridad tanto del profesional propiamente dicho, como de sus actuaciones entre colegas, con las instituciones y con sus representados.

DESTACAR LA IMPORTANCIA DEONTOLÓGICA, ÉTICA Y MORAL DE: LA LEY DEL ABOGADO Y SU REGLAMENTO, EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL ABOGADO Y LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE HONORARIOS MÍNIMOS DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS DEL ABOGADO.

La Legislación nacional, partiendo de nuestra carta magna y los instrumentos normativos que señalan la dirección que deben seguir los profesionales del derecho, dicta las normas generales en las cuales el profesional del Derecho debe ajustar su conducta, sin embargo en muchas oportunidades algunos profesionales del Derecho se apartan del cumplimiento de dichas normas incurriendo así en gravísimas faltas a la ética profesional.

El profesional del derecho se rige por leyes y normas de ética, reguladas por los distintos Colegios Profesionales de Abogados en todo el país y todas ellas son el compendio de conductas esperables y exigibles a estos profesionales. La ética profesional se hace visible desde conductas elementales en el tratamiento con los clientes y entre los colegas, en la actuación jurisdiccional, en las relaciones con las autoridades, e inunda el ámbito privado cuando las mismas, se relacionan con determinados delitos penales.

A los fines de señalar la importancia que tiene la ética y moral del profesional en el campo del Derecho; la ética del abogado implica un contenido estrictamente moral que no basa su espíritu únicamente en la prosperidad económica, el abogado litigante en el ejercicio diario de sus actividades debe dignificar la profesión mediante la práctica de valores morales dentro de los cuales destaca el valor primigenio de la justicia, considerada como el fin del derecho. Para la moral el Derecho es importante y para el Derecho son necesarios los valores que se desprenden del orden moral, tanto la moral como el Derecho son de carácter normativo.

Para los profesionales del Derecho la importancia de la ética deriva de las relaciones que se establecen con nuestros clientes, a este respecto afirmo que a partir del momento en el que el abogado se relaciona con su cliente proyecta, de manera inmediata ciertas actitudes y conductas que lo distinguen como profesional y determinarán la primera impresión que cause en su cliente, en este sentido son importantes la puntualidad, la atención, el profesionalismo, la seriedad, la responsabilidad, la sapiencia y en general todas aquellas actitudes personales, sociales y académicas que debe proyectar el abogado, porque conformarán su prestigio y honorabilidad o en caso contrario su desprestigio informalidad y deshonestidad.

La ética de los actos comunes de los hombres, está especialmente tipificada en la conducta del hombre profesional del Derecho. No es difícil advertir cuán importante es para el justiciable y para la comunidad toda, estar frente a un profesional no solamente idóneo en las materias de su quehacer diario, sino por sobre todas las cosas " honesto" en su ejercicio profesional.

SEÑALE Y EXPLIQUE LA RELACIÓN EXISTENTE ENTRE: EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO, LA LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA Y EL REGLAMENTO DE HONORARIOS MÍNIMO EN LOS SIGUIENTES PUNTOS: MORAL, ÉTICA Y DEONTOLOGÍA.

Decía Santo Tomás de Aquino: “La ley natural es la participación de la ley eterna en el ser racional.” La ley natural adquiere un sentido moral, porque sólo los seres racionales y libres son capaces de esa participación. La ley natural contiene preceptos que están en la misma naturaleza del hombre y puede ser conocida mediante la razón. En definitiva, podría ser definida como “el conjunto de derechos y deberes que derivan de la naturaleza humana y que son comunes a todos los hombres.”

La ley natural lo es, por ser válida para la naturaleza humana, en cuanto ésta es estable y común para todo ser humano; y porque la puede conocer e intentar vivir cualquier ser humano de buena voluntad. Ahora bien, aun cuando existan obstáculos prácticos que dificultan conocer (ignorancia) y vivir (debilidad, conveniencia, etc.) la ley natural, ello no obsta para pensar que dicha ley no sea propia del ser humano. Nótese que cuando nos referimos a la ética y la ley natural hablamos de buenas costumbres (hábitos) y de buena voluntad. Ello se debe a que el ser humano en esencia es un ser bueno y tiende a hacer el bien, y tiende al bien para lograr la felicidad, aquella felicidad de la cual hablaba Aristóteles. Según el filósofo griego la ética muestra la forma y estilo necesarios para llegar a ser feliz. Lamentablemente, sucede a veces, que las circunstancias externas que rodean al hombre hacen que su esencia se vea contaminada, incidiendo ello, en la conducta que los seres humanos desarrollan a diario. Por otro lado, hay quienes en busca de lo que creen es felicidad se olvidan de hacer el bien al prójimo sin caer en cuenta que al hacer eso, están haciendo miserable su propia existencia sin conseguir la verdadera felicidad.

Las leyes son reales y objetivas, vienen a nosotros desde una instancia superior y nos gobiernan. La ley moral promulga debes o no debes, mientras que los valores no son tan imperativos ni contienen una demanda absoluta. Por el contrario, éstos vienen de nosotros, sugieren algo subjetivo (mis valores, tus valores, etc.). Uno inventa los valores pero está sometido a las leyes. Los valores son ideales bellos a los que aspiramos si queremos; las leyes nos gobiernan y nos dicen que debemos hacer, querámoslo o no.

De lo anterior podemos concluir que así como la ley moral será mejor en tanto más esté en armonía con la ley natural, pues bien, lo mismo pasa con los llamados valores morales, mientras más éstos coincidan con la ley natural y la ley moral, mejores serán.

El problema radica en que la sociedad moderna sufre cada vez más los embates de las corrientes ideológicas que apoyan al subjetivismo y relativismo, las cuales están en franca oposición a una total y absoluta aceptación de los postulados principales de la ética tradicional. Dichas corrientes, por lo general abogan por la libertad de pensamiento y el libre albedrío (como si ello implicara la libertad de crear nuevos valores), rechazando al mismo tiempo todo tipo de apego a la ética tradicional bajo la tesis de que el hacerlo se vulneran derechos básicos a la libertad del hombre que a su vez impiden el normal desarrollo y progreso de la ciencia, de la humanidad, etc. Lo cierto es que, en la mayoría de los casos las personas que no creen en absolutos morales, lo hacen por razones de comodidad y conveniencia. Es común el que los absolutos morales sean duros e inflexibles, de allí su incomodidad para la mayoría.

SEÑALE Y EXPLIQUE LA CONCORDANCIA ENTRE EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO Y LA LEY DEL ABOGADO Y SU REGLAMENTO.

El profesional del derecho tiene que defender los intereses de su patrocinado o asistido actuando en todo momento con la verdad y teniendo en cuenta su ética profesional. El abogado que es honesto tiene como deber ético

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