Derecho administrativo ¿En qué consiste la función pública?
fabiolalermaTarea15 de Noviembre de 2025
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DERECHO ADMINISTRAVITO
WENDY YARIZA IBARGUEN LERMA
RICARDO ANDRES ALZATE QUINTANA
AURA LIGIA MURILLO TORRES
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CHOCÓ
“DIEGO LUIS CÓRDOBA”
CDS – ISTMINA
ADMINISTRACIONES Y ORGANIZACIONES
OCTUBRE 01 DE 2023
DERECHO ADMINISTRATIVO
FACULTAD:
CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
ASIGNATURA:
DERECHO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA:
CONTADURÍA PÚBLICA
DOCENTE:
STEPHANIA BOTERO NAVARRO
ENTREGADO POR EL GRUPO N.º 3:
WENDY YARIZA IBARGUEN LERMA
RICARDO ANDRES ALZATE QUINTANA
AURA LIGIA MURILLO TORRES
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CHOCÓ
“DIEGO LUIS CÓRDOBA”
CDS – ISTMINA
GRUPO:
IV B
AÑO:
2023
INTRODUCCION
El origen del derecho administrativo se da en la antigua Roma donde se establecieron las bases la administración pública. Durante el desarrollo del imperio romano, se inauguraron distintas instituciones y leyes que reglamentaban las actividad de los funcionarios públicos y garantizaban eficacia y honestidad en el proceso de los asuntos públicos, sin embargo, el derecho administrativo como disciplina independiente y sistemática se originó en Europa durante los siglos XVIII y XIX, en el contexto del surgimiento del Estado moderno y la consolidación de la administración pública como un poder independiente y especializado.
En Francia, durante la Revolución Francesa, se crearon los primeros órganos administrativos y se dictaron las primeras leyes administrativas que establecían la separación de poderes y la protección de los derechos individuales frente a la administración pública. Esto sentó las bases del derecho administrativo francés, que se caracterizó por su rigurosidad y su carácter normativo; Posteriormente, el derecho administrativo se difundió por otros países de Europa continental y América Latina, adaptándose a las particularidades de cada sistema jurídico. En cada país, se desarrollaron doctrinas y jurisprudencia propias, pero siempre manteniendo los principios fundamentales del derecho administrativo, como la legalidad, la jerarquía, la responsabilidad y la tutela judicial. En la actualidad, el derecho administrativo continúa evolucionando y adaptándose a los cambios y desafíos de la administración pública en el contexto de la globalización y la tecnología.
OBJETIVO GENERAL
Tener el conocimiento previo de los conceptos sobre más distintas formas de actividades administrativas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Conocer el origen e influencias en el desarrollo del derecho administrativo.
- Reconocer las formas de control administrativas y judiciales, dentro del marco de desarrollo.
DERECHO ADMINISTRATIVO
¿Qué es el derecho administrativo?
Es una rama del derecho público interno que determina la organización y comportamiento de la Administración, disciplinando sus relaciones jurídicas con el administrado.
¿En qué consiste la función pública?
Es toda actividad que ejerce cualquier órgano del estado para llegar a la obtención de sus fines.
El Servicio público es una actividad que desarrolla la Administración, esta puede desarrollarse en forma directa o delegada, con el objeto de satisfacer las necesidades de los administrados, a esto se le llama: el interés general, Por tanto, son diferentes los conceptos de función y servicio público
En efecto, función pública es toda actividad ejercida por los órganos del Estado para la realización de sus fines y, excepcionalmente, por expresa delegación legal o por concesión, por parte de los particulares; pero, ‘es de señalar que la función pública significa una actividad de Estado que no puede jamás concebirse como análoga a la de un particular, aun cuando se tratara de una empresa’; por manera que no resulta acertado deducir que toda prestación de un servicio público comporta el ejercicio de función pública, aunque, en ocasiones, bien puede existir coincidencia entre el ejercicio de ésta y la prestación de aquél.
¿Cuáles son las diferencias entre acto y contrato estatal?
Un acto estatal se refiere a aquella declaración de voluntad emanada del Poder Ejecutivo en ejecución directa de la Constitución y que sólo puede ser impugnada por razones de inconstitucionalidad.
Los contratos estatales, son todos aquellos vínculos que las entidades públicas establecen con una persona natural o jurídica para abastecerse de bienes, servicios y obras.
Un contrato estatal se diferencia de un acto administrativo, ya que este es de carácter bilateral y un acto administrativo es unilateral.
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