Derecho al honor y buena reputación-T2
Delaguetto123Trabajo29 de Septiembre de 2023
3.079 Palabras (13 Páginas)185 Visitas
[pic 1][pic 2]
UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE
[pic 3]
DERECHO AL HONOR Y BUENA REPUTACIÓN-T2
CURSO:
LEGISLACIÓN Y NORMATIVA EN COMUNICACIONES
PROFESOR:
JORGE ALBERTO CÓRDOVA MEZARINA
INTEGRANTES:
GONZALEZ TAPIA ROSIJUANY CARYLI MARIERL (N00261887)
MESTANZA RODRIGUEZ MARIANA (N00200660)
GONZALES CARRASCO JORGE EDUARDO (N00087222)
TORRES CUSQUISIBAN CHRISTIAN FERNANDO (N00249832)
Perú - 2023
Índice
1. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………2
2. DESARROLLO……………………………………………………………………………..2
2.1 Derecho al honor y buena reputación…………………………………………………..2
3. DESARROLLO……………………………………………………………………………..2
3.1 Delito de injuria………………………………………………………………………………………..2
3.2 Delito de calumnia…………………………………………………………………………………….3
3.3 Delito de difamación………………………………………………………………………………….3
4. DERECHO A LA IMAGEN Y CÓMO AFECTA A TRAVES DE LA PRENSA Y PUBLICIDAD……..3
4.1 Derecho a la intimidad personal y cómo afecta a través de la prensa y publicidad…....4
4.2 Publicidad de naturaleza alusiva y beneficios a los consumidores…………………….....4
4.3 Publicidad y naturaleza comparativa, adhesiva y denigratoria…………………………….5
4.4 Requisitos que cumple la publicidad de naturaleza alusiva para ser lícita………….…...6
CONCLUSIONES…………………………………………………………………………………………………...7
REFERENCIAS……………………………………………………………………………………………………...7
1
1.INTRODUCCIÓN
En el siguiente ensayo vamos a presentar los siguientes temas y dar ejemplos acerca de la injuria, la calumnia y la difamación. La primera sobre la injuria que es una sanción que se le da a una persona a través de palabras. La calumnia es un delito que es presentado a través de una denuncia falsa hacia otra persona. Y para concluir el delito que es considerado el más grave como es la difamación. Vamos a ver la gran importancia la cuál todas las personas deben saber. Existe dicho acuerdo que considera al honor como un derecho fundamental, siendo categorizado como un bien jurídico penalmente protegido y de gran importancia.
También de proteger el derecho al honor y así mismo la intimidad personal de las personas en los medios de comunicación. No exponer a nadie sin su consentimiento. La publicidad comparativa es aquella que pretende comparar su oferta con la de su competencia. La publicidad adhesiva es a través de la cual un empresario anunciante intenta equiparar su oferta a la de uno o varios competidores.. Y por último también sobre la publicidad denigratoria que se considera desleal, porque denigra a otros competidores o a sus productos.
2.DESARROLLO
DERECHO AL HONOR Y BUENA REPUTACIÓN: El derecho al honor es uno de los derechos fundamentales, para el alto tribunal, el derecho al honor es un concepto jurídico indeterminado y subjetivo que depende de las mismas personas y de las normas, valores e ideas sociales vigentes en cada momento. Con respecto a la buena reputación y la fama y honra de las personas, se trata de un derecho cambiante, que se define por la opinión colectiva de la opinión propia que cada persona tiene de sí misma, sobre su reputación y su imagen.
3.DESARROLLO
-Delito de injuria: Es un delito que consiste en la imputación de hechos o manifestación de opiniones que atenten contra la dignidad de una persona, las injurias pueden darse de forma verbal, escrita o de forma gráfica, y siendo así es considerada como delito gravemente ofensivo.
Por ejemplo: Acusar a una persona sin tener razón alguna o pruebas, ofenderla y decir palabras no ciertas, no se sabe si es verdad o mentira y así ya puede catalogarse como injuria debido a la connotación negativa que lo implica.
-Delito de calumnia: Consiste en realizar una imputación falsa acerca de la comisión de un delito, siendo consciente de que se está acusando a una persona de algo que realmente no ha hecho.
Por ejemplo: Denunciar a una persona de algún robo cuando realmente es falso, porque no hay pruebas que den a conocer que hubo robo alguno. Y eso ya se considera delito de calumnia.
-Delito de difamación: Procede cuando los delitos de injuria y calumnia son efectuadas frente a todo un entorno social, en la que la noticia o hecho pueda difundirse, dañando la reputación, integridad e imagen de una persona, realizando acusaciones o declaraciones falsas. Peor aún, el delito se agrava cuando la difusión del hecho es realizada a través de un libro, televisión, redes sociales y otros medios de comunicación.
Por ejemplo: El personaje de la farándula Nicola Porcella denunció a Magaly Medina por haberlo difamado durante una emisión de programa a nivel nacional, con adjetivos calificativos como: basura, mujeriego y mentiroso. En consecuencia, la sra. Magaly fue sentenciada a prisión suspendida y a pagar una reparación civil de 25 000 soles por el delito de difamación agravada.
4. DERECHO A LA IMAGEN Y CÓMO AFECTA A TRAVÉS DE LA PRENSA Y PUBLICIDAD:
El derecho de imagen es aquel que nos permite identificarnos tal como somos por nuestras cualidades de uno mismo y los aspectos positivos, negativos y percutivos que tiene cada persona o como imagen propia. Es importante determinar que el derecho de la imagen de una persona tiene como prioridad impedir que por cualquier medio ya sea por fotografías, grabaciones o dibujos representativos que se difunda sin el consentimiento de uno mismo. “El derecho a la imagen es la protección de la imagen del ser humano, ya que esta deviene de la protección a su dignidad; y así permitiéndole tener libertad sobre sus atributos físicamente más característicos” (Chaname, 2012). Asimismo, el derecho de imagen es una protección de la vida privada de cada persona y para salvaguardar la intimidad.
En consecuencia, esto afectaría a la prensa ya que cada individuo tiene el derecho de imagen, por lo que, sí se hace una entrevista sin consentimiento del autor estaríamos vulnerando sus derechos. Estos actos podrían causar consecuencias ante la identidad de cada empresa como denuncias, cobranza por imagen o sanciones drásticas. Existe una excepción para no vulnerar los derechos de las personas, se recomienda usar la imagen pública en espacios con mayor concurrencia y número de personas a la vez no debe identificar el rostro de dicho individuo, para así, no tener problemas ante la sociedad. En cuanto a la publicidad el derecho de imagen es primordial, ya que; se está usando principalmente para el contenido de dicha publicidad, si la imagen es realizada sin ningún consentimiento previo ante el autor sería sancionado ante la ley dictada por el decreto supremo de la constitución del Perú.
...