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Derecho del trabajo

Carol M.M.Apuntes9 de Octubre de 2023

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Cuestionario Tema 8

¿Cuál es el contenido del contrato de trabajo?

El contenido del CT son los derechos y obligaciones recíprocas de las partes (E y T) que tienen por objeto la prestación laboral y la prestación salarial

¿Qué parámetros deben concretarse para determinar el contenido de la prestación laboral?

Los parámetros que deben concretarse para determinar el contenido del CT son:

Funciones a desarrollar por el trabajador (establecido por partes)

El lugar de trabajo (establecido partes)

Tiempo de trabajo (CCo)

Rendimiento del trabajador (CCo)

¿Cómo se determina el contenido de la prestación laboral?

El contenido del CT se encuentra, en su mayor parte, predeterminado en las normas estatales y CCo. Pero también puede determinarse por las partes respetando la normativa estatal y los CCo.

¿Puede el empresario determinar unilateralmente el contenido de la prestación laboral en el ejercicio de su poder de dirección? Fundamente jurídicamente su respuesta

Sí. El empresario, bajo el poder de dirección (ius variandi), tiene la facultad de variar de forma NO NOTORIA las condiciones de la prestación laboral inicialmente desarrolladas por el trabajador.

El contenido de la prestación de trabajo, ¿viene determinado exclusivamente por las funciones a desarrollar por el trabajador?

No. El contenido de la prestación laboral viene determinado por las funciones a desarrollar por el trabajador, el lugar de trabajo, el tiempo de trabajo y el rendimiento del trabajador.

¿Puede determinarse el contenido de la prestación de trabajo a través de un pacto tácito? Ponga un ejemplo

Sí. A falta de pacto expreso entre el empresario y el trabajador, el contenido de la prestación de trabajo puede determinarse a través del pacto tácito entre el empresario y el trabajador. Se produce cuando el trabajador comienza a prestar los servicios proponiendo/eligiendo las condiciones de trabajo o cuando inicia su trabajo aceptando las propuestas establecidas por el empresario.

Ejemplo: el trabajador acude a una determinada hora al centro de trabajo sin que se haya pactado expresamente.

¿En qué consiste el poder de dirección?; ¿qué facultades atribuye al empresario?

El poder de dirección es la principal manifestación de dependencia. El empresario tiene la facultad legal de impartir órdenes y el trabajador de observarlas, so pena de ser sancionado.

Tiene 2 facultades:

Poder de especificación. El empresario tiene la facultad de especificar como quiere que se realice el trabajo dentro de lo pactado

Ius variandi o poder de MNSCT. El empresario tiene la facultad legal de variar, de forma NO NOTORIA, las condiciones de trabajo pactadas. Ejemplo: pasar de lateral a central.

¿En qué consiste el poder de especificación?; ¿y el iusvariandi?

Se trata de 2 facultades que tiene el empresario bajo el poder de dirección.

- Poder de especificación. El empresario tiene la facultad de especificar como quiere que se realice el trabajo dentro de lo pactado

- Ius variandi o poder de MNSCT. El empresario tiene la facultad legal de variar, de forma NO NOTORIA, las condiciones de trabajo pactadas. Ejemplo: pasar de lateral a central.

Con carácter general, ¿qué parámetros hay que tener en cuenta para determinar si la variación por el empresario de determinadas condiciones de trabajo es ejecutada por éste en virtud de su poder de dirección o en virtud de su poder de modificación sustancial?

La MSCT se somete a límites causales y procedimentales que debe observar el empresario

La MNSCT entra dentro del poder de dirección del empresario, con las facultades del poder de especificación y el ius variandi o poder de modificar no sustancialmente las condiciones de la prestación laboral.

¿En qué consiste el deber de obediencia?; ¿qué significa la afirmación de que las órdenes empresariales se presumen siempre legítimas?

Correlativamente al poder de dirección del empresario, el ordenamiento impone al trabajador el deber de obedecer las órdenes del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.

Que las órdenes empresariales se presuman siempre legítimas significa que los trabajadores siempre deberán obedecerlas, aunque las considere incorrectas o desacertadas, sin perjuicio de la posterior impugnación judicial.

¿Qué se entiende por iusresistentiae y en qué supuestos ha admitido la jurisprudencia su ejercicio?

El TS reconoce el derecho a resistir o derecho a la desobediencia del trabajador. Esto supone el derecho del trabajador a oponerse lícitamente al cumplimiento de una orden transmitida por el empresario.

Supuestos admitidos: órdenes ilegales, órdenes irregulares, abusivas, que afecten a los derechos fundamentales o que entrañen peligro para el trabajador o sus compañeros.

Con carácter general, ¿qué vías existen en nuestro ordenamiento jurídico para modificar las condiciones de trabajo?

Para modificar las condiciones de trabajo existen 3 procedimientos:

Mutuo acuerdo entre las partes

Cambio de norma aplicable

Modificación unilateral de las condiciones por una de las partes, ya sea empresario o el trabajador.

¿Qué es la modificación no sustancial de las condiciones de trabajo y en virtud de qué poder o poderes empresariales se puede ejecutar por el empresario?

La MNSCT consiste en modificar aspectos no fundamentales de las condiciones del CT.

El empresario podrá realizar la MNSCT bajo el poder de dirección empresarial (ius variandi), sin necesidad de ningún límite causal o procedimiento: con ordenarlo es suficiente y el trabajador deberá obedecer.

¿Qué es la modificación sustancial de las condiciones de trabajo y en virtud de qué poder se puede ejecutar por el empresario?

La MSCT consiste en modificar aspectos fundamentales de las condiciones del CT, de forma que pasan a ser otros totalmente distintos. Por ejemplo: pasar de jugador a ser entrenador.

El ordenamiento jurídico dota el empresario de instrumentos jurídicos para adaptar las condiciones de trabajo a las cambiantes circunstancias de la actividad productiva.

La MSCT está sometida a límites causales y procedimentales que se encuentran fuera del poder de dirección empresarial (ius variandi).

¿Cuál es el fundamento de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo?

El fundamento de la MSCT es la libertad de empresa (art 38 CE), que consiste en organizar los factores de producción de la forma más eficiente para alcanzar los fines.

En función de su origen, ¿qué tipo de condiciones de trabajo se pueden modificar por la vía del art. 41 ET?

El art 41 ET permite al empresario establecer MSCT al amparo de razones probadas (E,T,O y P) y siguiendo límites causales y procedimentales.

Las materias que se pueden modificar por el art 41 ET son:

Jornada de trabajo

Horario y distribución del tiempo de trabajo

Sistema de remuneración y cuantía salarial

Sistema de trabajo y rendimiento

Régimen de trabajo a turnos

Funciones

¿Se pueden modificar por la vía del art. 41 ET las condiciones de trabajo pactadas en un convenio colectivo estatutario?; ¿y en un extraestatutario?

Las MSCT podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el CT, en acuerdos o pactos colectivos o las disfrutadas por los trabajadores por decisión unilateral del empresario a efectos colectivos.

Sin embargo, las condiciones pactadas en un CCo Estatutario o en las leyes deberán ser respetadas por el art 41 ET. Contrariamente, encontramos los CCo Extraestatutarios, que pueden ser modificados unilateralmente por el empresario, estableciendo razones probadas y sujetándose a límites causales y procedimentales.

De acuerdo con el art. 41 ET, ¿cuándo una modificación de condiciones de trabajo es sustancial?, ¿se puede estar ante una modificación sustancial del art. 41 ET cuando la condición afectada no es ninguna de las catalogadas en dicho precepto?

La modificación de las condiciones de trabajo es SUSTANCIAL cuando afecta a los aspectos fundamentales de la relación laboral, de forma que pasan a ser otros totalmente distintos.

Sí. No hay que hacer una interpretación estricta de las materias establecidas en el art 41 ET, ya que pueden existir otras no incluidas en ese precepto.

¿Debe el empresario fundamentar en algún tipo de causa su decisión de modificar sustancialmente las condiciones de trabajo? En caso afirmativo, ¿qué tipo de causas y cuándo puede afirmarse que las mismas concurren?

Sí, el empresario puede MSCT, al amparo de causas probadas (económicas, técnicas, organizativas y de producción) cuando estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización de la empresa, y con arreglo a los límites procedimentales previstos.

¿Cuándo se está ante una modificación sustancial de tipo individual?

Estamos ante una MSCT de tipo individual, siempre que en un periodo de 90 días afecten

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