La regulación de la Acción Popular en el ordenamiento jurídico peruano 2023
R20A04Monografía28 de Abril de 2023
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FACULTAD DE DERECHO Y HUMANIDADES
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
La regulación de la Acción Popular en el ordenamiento jurídico peruano 2023
AUTOR (ES):
Cespedes Cachique, Mark Junior (0009-0008-6645-7069)
Pinedo Flores, Marjeory Ximena (0009-0000-4590-0158)
Ríos Chávez, Tomas César (0009-0007-0952-6382)
Tavera Pérez, María Alexandra (0009-0001-7645-5197)
Torres Salazar, Linda Hemery (0000-0002-7766-234x)
Veliz Saavedra, Raquel Adriana (0009-0004-7600-4902)
ASESOR(A):
Mg. Angeldones Vigo, Rosa Elizabeth (orcid.org/….)
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN:
Responsabilidad Social Universitaria
TARAPOTO — PERÚ
(2023)
ÍNDICE:
- INTRODUCCIÓN …………………………………………………………
- CUERPO ………………………………………………………………….
- Naturaleza jurídica de la acción popular ………………………….
- Estructura de la acción popular …………………………………….
- Funciones de la acción popular ……………………………………
- Características jurídicas de la acción popular ……………………
- Criterios de la acción popular ………………………………………
- CONCLUSIÓN …………………………………………………………….
- REFERENCIAS …………………………………………………………...
- ANEXOS ……………………………………………………………………
- INTRODUCCIÓN:
El presente es un trabajo de investigación referente a la regulación de la acción popular en el ordenamiento jurídico peruano, para el desarrollo del presente informe se consultó bibliografías especializadas en la temática de dicho trabajo.
Las acciones populares y de grupo han sido materia de múltiples reflexiones ya que se ha construido su desarrollo netamente procesal que nace a partir de una intensión de explorar el sentido de la responsabilidad civil.
La acción popular es un proceso constitucional autónomo que se revuelve de manera exclusiva ante el poder judicial cuya finalidad es la de controlar la validez constitucional de los reglamentos emitidos por cualquier autoridad pública.
La acción popular tuvo origen en el Derecho Romano. La Ley del I del Digesto señala: “Llamamos acción popular a aquella que protege el propio derecho del pueblo” y la ley IV indica que “La acción popular se permite a las personas integras, esto es, a aquellos a quienes el edicto permite pedir”.
Para especificar un poco más este trabajo monográfico se habla de que la Acción popular fue uno de los más antiguos en el proceso constitucional ya que en el Perú, esta garantía constitucional apareció por primera vez en el artículo 127* de la constitución de 1920 , luego fue incorporado en la constitución de 1993 dentro del artículo 133, como garantía constitucional que procede por infracción de la constitución de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general sea la autoridad de la que emanen. Luego, esta regulación se mantuvo también dentro de la constitución de 1979 y en la aún vigente carta de 1993, que se encuentra en el artículo 200 inciso 5.
En lo relativo a la acción Popular propiamente como acción de inconstitucionalidad o ilegalidad debe señalarse que se trata de una institución de origen típicamente latinoamericana.
Se trata de una institución que se caracteriza por ser una facultad o poder jurídico otorgado a la ciudadanía quien genere, a efectos de formular ante el poder judicial la defensa de intereses generales consagrados en la constitución y la Ley, violados a través de una legislación subsidiaria.
Acción popular se conoce en el Perú como un partido político peruano cuyo fundador fue Fernando Belaunde Terry el 07 de Julio de 1956, la actividad de
dicho partido político fue más veces y mucho más tiempo que ocupó democráticamente la presidencia del Perú, cuyos valores básicos son: La ley de hermandad, honestidad, laboriosidad, entre otros, para una sociedad justa concebida según los principios del Perú como doctrina.
De acuerdo al artículo 75* del código procesal constitucional, su finalidad es la defensa de la jerarquía normativa, dicha infracción podría ser de manera directa o indirecta, de carácter total o parcial, por lo tanto, la forma como el fondo.
La acción popular en el Perú es un mecanismo jurídico previsto en la constitución que permite a cualquier persona ejercer acciones legales en defensa del patrimonio público, la moralidad administrativa y el medio ambiente, así como para la protección de los derechos colectivos y difusos. Este mecanismo es una de las garantías fundamentales de la participación ciudadana en la vida política y jurídica del país.
Con esta monografía se intenta comprobar que las acciones populares son efectivamente un instrumento de justicia, más en un país como Perú en la cual la vulneración de los derechos colectivos es tan frecuente, para la realización de este documento se desarrolló un trabajo de investigación jurisprudencial especialmente al igual que se recurrió al estudio de esta doctrina y a las estadísticas.
En el sentido el profesor Jorge Danos Ordoñez señala que la Acción Popular se configura como un instrumento procesal constitucional capaz de movilizar a la jurisdicción ordinaria, para que se pronuncie acerca de la legitimidad constitucional y o legal de las normas de rango inferior a la ley.
Se trata de un medio procesal analógico y complementario de la inconstitucionalidad.
Teniendo en cuenta que por otro lado se basa en que, la Acción Popular procede contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones de carácter general, cualquiera que sea la autoridad de la que emane, siempre que infrinja la constitución o la ley, o cuando no haya sido expedidas o publicadas en la forma prescrita por la constitución o la ley.
La constitución de 1993 añade entre los legitimados para interponer acción de inconstitucionalidad al defensor del pueblo a los gobernadores, alcaldes provinciales y a los colegios profesionales.
Dentro de nuestro trabajo monográfico se detallará más a fondo de manera analítica los temas que van relacionados con la temática del informe, tales serán como la naturaleza jurídica de la acción popular, los artículos que conllevan este tema, entre otros.
Los objetivos de la Acción Popular en el Perú son la de proteger los intereses colectivos y difusos en el ámbito de la administración pública y de los particulares; fomentar la participación ciudadana en la vida jurídica y política del país. La finalidad última de esos objetivos es de contribuir a la construcción de una sociedad más justa, equitativa y sostenible en el Perú.
El presente informe será redactado y estructurado de manera entendible para la fácil comprensión del lector ya que el objetivo primordial consiste en orientar de buena frente a nuestro público en general, a cerca de la utilidad de esta herramienta, empezando por quién está legitimado para la integración de la demanda, así como los requisitos de esta; y de esta manera ayudar a quienes lo necesiten por haber sido víctimas de excesos reglamentarios por parte del poder ejecutivo.
Siguiendo la composición de la monografía, se realizará también un breve análisis del tema para hacerlo más flexible.
Concluimos el trabajo de manera responsable justificando la acción popular ante el poder judicial contra los reglamentos y contra las resoluciones y decretos gubernativos de carácter general.
Teniendo en claro ya la presente temática, enunciaremos que el objeto de nuestra labor es brindar al lector información veraz, actualizada y objetiva, si bien es cierto, existe abundante doctrina sobre esta materia, de la cual solo seleccionaremos la mejor con la finalidad de aclarar todas las dudas y necesidades que se puedan tener de este tema.
Habiendo realizado la introducción de nuestra monografía, es un gusto para nosotros invitarlo a revisar el contenido de nuestro informe esperando ser de agrado, ya que se centrará en lo esencial de nuestro trabajo.
- CUERPO: Es el contenido de la monografía y constituye la esencia de la misma. Aquí se desarrolla el tema investigado, analizando y exponiendo la postura crítica del estudiante a partir del análisis de los enfoques teóricos de los diversos autores mencionados por los estudiantes (3 a 5 páginas).
- CONCLUSIONES: Es un proceso de síntesis de las ideas esenciales de la monografía, como resultado de la investigación en coherencia con los objetivos propuestos. Cada conclusión debe tener como máximo tres líneas (1 página).
- REFERENCIAS: Es la relación de fuentes citadas en el cuerpo de la monografía (libros, revistas y tesis; no se debe considerar a información de periódicos u otros que no tenga citas y referencias bibliográficas formales). Las referencias consultadas, pero no citadas en el texto, no se incluyen en este listado. Las referencias deben ajustarse a las normas APA, Vancouver e ISO vigentes, según el programa académico (1 a 2 páginas).
- ANEXOS: Son documentos auxiliares que se consideran necesarios para una mayor comprensión del producto de investigación; éstos pueden ser ilustraciones, figuras, tablas, entre otros, en un máximo de tres páginas. Cada anexo debe ir numerado, contener una leyenda e indicar la fuente
Rúbrica de la monografía
CRITERIO A EVALUAR | NIVEL DE LOGRO | PUNTAJ E | I UNIDAD | III UNIDAD | |||
NOTABLE | ALTO | MEDIO | BAJO | ||||
INTRODUCCIÓN | Describe un tema a investigar explicándolo con al menos dos criterios, la importancia del mismo. (4 puntos) | Describe un tema a investigar explicándolo de manera parcial la importancia del mismo. (3 puntos) | Describe un tema a investigar sin explicar la importancia del mismo. (2 puntos) | No describe claramente el tema a investigar ni explica la importancia del mismo. | 4 | ||
(1 punto) | |||||||
ANTECEDENTES | Fundamenta de manera sistemática con más de dos teorías respecto del problema de investigación. (3 puntos) | Fundamenta con dos o menos teorías respecto del problema de investigación. (2 puntos) | Fundamenta con teorías que no están vinculadas con el problema de investigación. (1 punto) | Fundamenta sin considerar teorías relacionadas al problema de investigación. (0 puntos) | 3 | ||
OBJETIVOS | Formula objetivos viables, medibles y alineados al tema propuesto para investigar. (2 puntos) | Formula objetivos alineados al tema a investigar; sin embargo, solo son medibles. (1.5 puntos) | Formula objetivos alineados al tema a investigar; sin embargo, no son viables ni medibles. (1 punto) | Formula objetivos que no están alineados al tema a investigar. (0.5 puntos) | 2 | ||
CUERPO | Analiza el tema y las teorías investigadas, a partir de las cuales sustenta una postura crítica con más de dos ideas esenciales. (4 puntos) | Analiza el tema y las teorías investigadas, a partir de las cuales sustenta una postura crítica con dos ideas esenciales. (3 puntos) | Analiza el tema y las teorías investigadas, a partir de las cuales sustenta una postura crítica con una sola idea esencial. (2 puntos) | Analiza el tema y las teorías investigadas, a partir de las cuales no sustenta una postura crítica. (1 punto) | 4 | ||
CONCLUSIONES | Las conclusiones son planteadas de manera coherente y de acuerdo con los objetivos de la investigación. (2 puntos) | Las conclusiones son planteadas de manera coherente, pero de acuerdo, solo con algunos de los objetivos de la investigación. (1.5 puntos) | Las conclusiones son planteadas de manera coherente pero no de acuerdo con los objetivos de la investigación. (1 punto) | Las conclusiones son planteadas sin coherencia ni relación con los objetivos de la investigación. | 2 | ||
(0.5 puntos) | |||||||
REDACCIÓN | No hay errores de gramática, ortografía o puntuación. (2 puntos) | Presenta hasta cinco errores de gramática, ortografía o puntuación. (1.5 puntos) | Presenta de seis a diez errores de gramática, ortografía o puntuación. (1 punto) | Presenta más de diez errores de gramática, ortografía o puntuación. (0.5 puntos) | 2 | ||
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN | Respeta la estructura del producto de investigación y presenta la información de manera organizada con párrafos bien redactados y sin subtítulos. (1 punto) | Respeta la estructura del producto de investigación y presente la información organizada con párrafos bien redactados, pero incluye subtítulos. (0.75 puntos) | Respeta parcialmente la estructura del producto de investigación, con información organizada pero los párrafos no están bien redactados. (0.5 puntos) | No considera la estructura del producto de investigación y la información proporcionada no parece estar organizada. (0.25 puntos) | 1 | ||
REFERENCIAS | Las referencias son recientes con un tiempo no mayor de cinco años de antigüedad y de fuentes bibliográficas científicas y base de datos reconocidas. (1 punto) | Las referencias no son recientes, pero son de fuentes bibliográficas científicas y base de datos reconocidas. (0.75 puntos) | Las referencias son recientes con un tiempo no mayor de cinco años de antigüedad, pero no de fuentes bibliográficas científicas ni base de datos reconocidas. (0.5 puntos) | Las referencias no son recientes ni de fuentes reconocidas. (0.25 puntos) | 1 | ||
RESPONSABILIDA D | Entregó el día y la hora estipulada. (1 punto) | Entregó el día, pero no la hora estipulada. (0.75 puntos) | Entregó un día tarde. (0.5 puntos) | Entregó dos días tarde. (0.25 puntos) | 1 | ||
TOTAL | 20 |
NOTA: La nota obtenida en la unidad I deberá ser convertida por regla de tres, a escala vigesimal.
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