Dificultades pedagógicas en la Educación en Contextos de Encierro
liliroblesroblesPráctica o problema19 de Abril de 2023
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Universidad Nacional del Nordeste
Facultad de Humanidades
Secretaría de Investigación y Posgrado
Especialización en Docencia de la Educación Superior
Primera Cohorte
Dificultades pedagógicas en la Educación en Contextos de Encierro
Liliana Mariza Robles
Prof. Claudio Núñez
Trabajo Integrador Final de Posgrado
Especialista en Educación Superior
-Corrientes, 14 de abril de 2022-
Índice
1. Resumen 1
2. Presentación y descripción de la situación problemática 2
3. Análisis de la situación problemática 9
3.1 El derecho a la educación en contextos de encierro 9
3.2 La educación en contextos de encierro como política de Estado 13
3.3 El sujeto educativo privado de libertad. Contextos institucionales 16
3.4 Formación y enseñanza de los alumnos privados de libertad y de sus maestros 20
3.5 La relación escuela-sociedad y la práctica docente 24
3.6 Prácticas docentes y desafíos teóricos - metodológicos 27
4. Reflexiones finales 30
Trabajo integrador final
Resumen
El presente trabajo integrador final, abordó las dificultades pedagógicas atravesadas por los docentes en la enseñanza en contextos de encierro. Así, se tomaron varios puntos en consideración para este planteamiento. Uno de los primeros, fue la tarea dificultosa de escoger un currículum escolar. Y es que, pese a que esto no pareciese un problema en sí, aquí se destacó que la diversidad de tipología, las teorías detrás de la planeación de estas, de igual modo que la practicidad que planeen brindar el maestro y alumno, hacen que el escoger un programa escolar, se vuelva algo arduo.
De manera que, para el docente, considerar una directriz de estudio a poner en práctica además de un material didáctico que resulte concordante en el aula escolar es algo de suma importancia. Después de todo, de esto dependerá los resultados de la labor de enseñanza y aprendizaje porque, si se sabe escoger un programa de estudios acorde al contexto de encierro, a las necesidades escolares y a las diversas ocurrencias que se sabe que la educación en las cárceles trae consigo, se asegura un mejor ambiente escolar, una mejor recepción de parte del alumno y, por ende, un logro de los objetivos propuestos para este contexto educativo.
En este ámbito, como un asunto aparte, también se cuenta cómo los docentes deben no dejar a un lado sino aprender a equilibrar el dominio de sus disciplinas junto con la atención de los procesos cognitivos de aprendizaje de cada uno de sus estudiantes. Esto, con el objeto de brindar una educación individualizada y personalizada. Por lo que, por otra parte, aunque quizás esto se aleje un poco del ámbito pedagógico descrito, es necesario declarar que otra dificultad atravesada por el cuerpo docente, es que, en ocasiones, estos dejan de percibir las características de la labor en las penitenciarías, el contexto en el que se mueven, que no es de total democracia.
Así, algo que también suele ser un error de algunos maestros, y que de alguna forma afecta la labor pedagógica, es el vislumbrar la educación en contextos de encierro como un tratamiento y no como un derecho. Por lo que, esto provoca dificultades ya que no es lo mismo proveer educación para transformar y disciplinar, proveyendo un enfoque de derechos humanos, que dotar de una forma escasa de posible tratamiento donde al final, se opta por una postura paternal o maternal, más que una profesional de facilitador de conocimientos.
Así, lo anterior descrito, marca algunos de los aspectos citados en este trabajo. De modo que, en todo se hace énfasis en el derecho a la educación que se le debe brindar a los reclusos y las mejoras que deben ejecutar los docentes en aspectos pedagógicos para mejorar el ejercicio de su rol.
Presentación y descripción de la situación problemática
Para realizar este trabajo integrador final, se ha tomado la situación problemática de la educación superior en contextos de encierro, las dificultades que mantienen los docentes en las prácticas pedagógicas de sus labores en una modalidad que se encuentra llena de obstáculos. Así pues, antes de dirigir por completo el análisis de esta situación, es necesario describirla y plantear un poco el contexto de esta, para hacer así más fácil, la comprensión de esta situación de interés.
De modo que, en primer lugar, se debe señalar que no fue hasta a partir de la sanción de la ley de Educación Nacional N° 26.206, que se logró visibilizar la educación en contextos de encierro. Antes de esto, era muy difícil vislumbrar la posibilidad de educación para los reclusos. Y es que, como la misma historia enseña, la lucha por hacer cumplir los derechos humanos más elementales siempre ha sido dura, pero en materia de los privados de libertad, esto ha sido incluso más difícil, puesto que, con anterioridad, no se les había brindado la importancia debida a sus necesidades y todo, por los diversos crímenes cometidos por estos.
Así pues, como lo asegura Foucault (1999, citado en Ministerio de Educación de la Nación, 2010a), la posibilidad educativa para los transgresores de la ley puestos en las cárceles, fue vista por un largo periodo de tiempo como una especie de recompensa y no como lo que es en realidad, una disciplina normalizadora y transformadora. Pero esto, en cierta medida es entendible, puesto que la mayoría de personas, cuando piensan en la educación en contextos de encierro, debido a las características de estas instituciones, encuentran cierta disonancia debido a que el espacio educativo suele ser visto como uno de libertad, mientras que el de la celda, como uno de castigo, reclusión. De manera que, es sencillo vislumbrar la contradicción de un punto donde pareciera darse un espacio de democracia e igualdad y no de castigo, de reconocimiento de la ciudadanía y no de anulación de ella (Ministerio de Educación de la Nación, 2010b).
Con todo, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Educación de la Nación (2010a), aunque cueste entender esta perspectiva teórica, la educación, en el contexto histórico de la fecha mencionada, fue vista y organizada como parte del proyecto disciplinario, por lo cual se le terminó confiriendo técnicas propiamente disciplinarias. De modo que, en este aspecto, se comprende el carácter constructivo positivo, transformados por medio de la ampliación de horizontes de esta materia.
Por lo cual, es que tomando en consideración lo antes expuesto, en los últimos tiempos se ha apelado a la educación como un derecho que no niega su carácter como disciplina, sino que lo potencia, pero como una disciplina constructiva y positiva. En consecuencia, se le ha tratado como un derecho humano al que se le han conferido las características de universal e inalienable, y su ineludible carácter de bien básico para el desarrollo pleno del hombre. Por lo cual, ante esto, diferentes estados se han visto en la responsabilidad indelegable de garantizar la distribución de los bienes culturales con criterio de justicia a toda la población, inclusive a aquellos que pagan una condena (Ministerio de Educación de la Nación, 2010a).
En concordancia, actuando de forma responsable a este establecimiento, es que diversos organismos han establecido documentos como la Declaración de Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de Personas Privadas de Libertad en las Américas, en las cuales establecen en esta línea que:
Las personas privadas de libertad tendrán derecho a la educación, la cual será accesible para todas las personas, sin discriminación alguna, y tomará en cuenta la diversidad cultural y sus necesidades especiales. La enseñanza primaria o básica será gratuita para las personas privadas de libertad, en particular, para los niños y niñas, y para los adultos que no hubieren recibido o terminado el ciclo completo de instrucción primaria.
Los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos promoverán en los lugares de privación de libertad, de manera progresiva y según la máxima disponibilidad de sus recursos, la enseñanza secundaria, técnica, profesional y superior, igualmente accesible para todos, según sus capacidades y aptitudes.
Los Estados Miembros deberán garantizar que los servicios de educación proporcionados en los lugares de privación de libertad funcionen en estrecha coordinación e integración con el sistema de educación pública; y fomentarán la cooperación de la sociedad a través de la participación de las asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas de educación (Organización de Estados Americanos [OEA], 2008).
Pero, en este marco, Argentina no ha sido la excepción. De la misma forma en que muchos países se han unido para brindar educación a los reclusos, en esta nación se ha tratado de hacer lo mismo. De modo que, situando el asunto en una panorámica nacional, se subraya que fue en los primeros años de este nuevo siglo, en el contexto de una crisis, cuando desde el Estado se tomó la decisión política de adoptar una perspectiva distinta en relación con el tema y actuar de la educación a los penitenciarios. Así, se comenzó un proceso de construcción complejo que empezó a poner el foco sobre aquellos espacios del ámbito educativo que habían quedado sistemáticamente negados en las políticas educativas del país hasta ese entonces (Ministerio de Educación de la Nación, 2010b).
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