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Articulos Seguridad Social


Enviado por   •  21 de Mayo de 2014  •  1.044 Palabras (5 Páginas)  •  206 Visitas

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Elsujeto pasivo, definido como el obligado en virtud de la propia naturaleza

de los hechos imponibles, que, de acuerdo con la ley,

resultan atribuibles a dichos sujetos por ser el que los realiza.

En 1967 el Código Fiscal de la Federación definía como

sujeto pasivo a la persona física o moral, mexicana o extranjera,

que de acuerdo con las leyes está obligada al pago de una

prestación determinada al fisco federal.

Jarach define al sujeto pasivo principal como aquél

que posee la capacidad contributiva que constituye el fundamento

del hecho imponible, mientras que los demás sujetos

sólo son tales porque la ley considera oportuno y conveniente

ampliar la esfera de los sujetos obligados para mayor garantía

del crédito fiscal, sin que ellos posean capacidad contributiva.

Flores Zavala establece a la persona cuya situación

coincide con la que la ley señala como hecho generador del

crédito fiscal; es decir, la persona que produce o que es propietaria

o poseedora de la cosa gravada o realiza el acto gravado,

es decir, el verdadero deudor del crédito fiscal.

El sujeto pasivo del impuesto puede tener dos clases

de obligaciones: principal y secundarias.

La obligación principal es sólo una y consiste en pagar

el impuesto.

Las obligaciones secundarias pueden ser de tres clases:

a) De hacer.- Por ejemplo: presentar avisos de inscripción, de

cambio de domicilio, llevar contabilidad, etc.

b) De no hacer.- Por ejemplo: contrabando, elaboración de bebidas

clandestinas, no destruir sellos o precintos, etc.

c) De tolerar.- Por ejemplo: permitir la práctica de las visitas domiciliarias.

No obstante, se puede dar el hecho de que el sujeto pasivo

no tenga la obligación principal pero debe cumplir con las

obligaciones secundarias, por ejemplo, en el Impuesto Sobre

la Renta se puede tener pérdida fiscal y no estar obligado al

pago del impuesto, sin embargo, se tiene que presentar la declaración

anual.

Clasificación de los sujetos pasivos

En la doctrina del Derecho Fiscal, por diversas circunstancias

de hecho y de derecho, ha surgido lo que se conoce como clase

de sujetos pasivos, llevando como propósito principal: determinar,

recaudar y enterar la obligación contributiva cuando

se ha producido en la realidad social, evitando de esta manera

el fenómenos de la evasión fiscal.

Ello es consecuencia del enlace jurídico que se da entre

el agente pasivo principal o directo de la obligación tributaria

y de terceras personas que tienen un vínculo contractual,

familiar, patrimonial o de otra especie con ese deber, y estas

últimas se les identifica como agentes de control, de recaudación,

verificación o simplemente asumen el papel de responsables

solidarios con aquél; esto es, con el deudor principal,

para que por indicaciones legales se determine y entere oportunamente

la prestación fiscal.

Entre las clasificaciones que al respecto ha elaborado

la doctrina se encuentran las siguientes:

Jarach:

a) Responsable Contribuyente.- Persona que dio origen al nacimiento

del crédito fiscal, conocida como sujeto pasivo directo

o principal.

b) Responsable por sustitución.- Aquél que por virtud de una

disposición de la ley, está obligado al pago de un crédito fiscal,

no por intervención directa en su creación, sino porque

la conoció o pasó ante él, sin haber exigido al responsable

contribuyente el pago respectivo. Notario, jueces, retenedores,

etc.

c) Responsable por garantía.- Persona que tiene posesión de un

bien afectado a un gravamen.

d) Responsable solidario.- Persona cuya situación coincide con

la obligación fiscal, ya sea por sucesión y por representación

a los menor

Pugliese:

a) Por deuda propia con responsabilidad directa.

b) En parte por deuda

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