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BANCO CENTRAL DE CHILE


Enviado por   •  10 de Febrero de 2015  •  35.073 Palabras (141 Páginas)  •  382 Visitas

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BANCO CENTRAL DE CHILE

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LICITACIÓN N° L09034

REQUEST FOR PROPOSAL (RFP)

SISTEMA

OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO

(SOMA)

BANCO CENTRAL DE CHILE

GERENCIA DE MERCADOS FINANCIEROS NACIONALES

GERENCIA DE INFORMÁTICA

GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS

BANCO CENTRAL DE CHILE

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ÍNDICE

BASES ADMINISTRATIVAS

1.- Introducción 3

2.- Estudio de los antecedentes 5

3.- Omisiones respecto al estudio de los antecedentes 5

4.- Calendario de actividades 5

5.- Consultas y aclaraciones 6

6.- Plazo y forma de presentación de las propuestas 6

7.- Garantías 7

8.- Apertura de ofertas 9

9.- De la Evaluación de las Propuestas 10

10.- Resolución y adjudicación de la licitación 11

11.- De los Contratos y antecedentes legales 11

12.- Del precio y la forma de pago de la Solución 13

13.- Recepción conforme de los Productos y Servicios 15

14.- De los plazos de ejecución y multas o deducciones 16

15.- Desistimiento de las ofertas 17

16.- Cumplimiento de leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones 18

17.- Responsabilidad por violaciones de patentes, licencias y/o derecho de autor 18

18.- Confidencialidad 18

19.- Conflicto de intereses 19

20.- Arbitraje 20

21.- Gastos y demás desembolsos 20

22.- Legislación Aplicable y Domicilio 20

23.- Idioma 21

ANEXOS

.. Anexo A: Calendario de Actividades 22

.. Anexo B: Especificaciones Técnicas 24

.. Anexo B.1: Especificaciones Funcionales 28

.. Anexo B.2: Especificaciones Tecnológicas 77

.. Anexo C: Presentación de las Ofertas 98

.. Anexo D: Modelo de Contrato de Provisión e Instalación de la Solución 135

.. Anexo E: Modelo de Contrato de Mantención y Soporte de la Solución 150

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LICITACIÓN

SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO

SOMA

BASES ADMINISTRATIVAS

1. Introducción

El Banco Central de Chile se encuentra actualmente en el proceso de seleccionar un

sistema para gestionar las operaciones de mercado abierto, facilidades permanentes y otras

operaciones financieras efectuadas por la Mesa de Dinero Nacional. Se está buscando una

solución World Class que satisfaga de la mejor manera posible las características y

necesidades específicas del negocio.

Este proceso de licitación contempla la selección, adquisición e implementación de una

solución informática de clase mundial que opere según las mejores prácticas del mercado

y se adscriba a los estándares internacionales en la materia, así como los posteriores

servicios de soporte y mantención

En este contexto, en el mes de septiembre del año 2008 se realizó una RFI para identificar

las opciones disponibles en el mercado para cubrir las funcionalidades asociadas a las

OMA’s definitivas. Esta RFI se realizó en forma abierta, publicada en el sitio web del

Banco, cuya resolución se efectuó el 14 de julio de 2009, comunicando por la misma vía

las tres empresas preseleccionadas para participar en un posterior proceso de licitación

(RFP).

Mediante el presente proceso de licitación, dirigido sólo a aquellas empresas

preseleccionadas en el proceso de RFI señalado en el párrafo precedente, el Banco

seleccionará a la Empresa que proveerá e implementará finalmente el Sistema.

En adelante, los productos de software asociados al Sistema, se mencionarán como “los

Productos”, los servicios de asesoría necesarios para su implementación, mantención y/o

mejoras, como “los Servicios” y al conjunto de Productos y Servicios, como “la

Solución”. Por otra parte, las empresas invitadas a participar en este proceso, se

mencionarán indistintamente como “la Empresa”, “el Proveedor” o “el Oferente” y el

Banco Central de Chile, como "el Banco".

Para adjudicar esta licitación, las ofertas recibidas se evaluarán considerando, en una

primera instancia los antecedentes contenidos en la Oferta Técnica. En una segunda

instancia, el Banco estará facultado para realizar visitas en terreno a la casa matriz de la

Empresa y a clientes de los Oferentes que operen con la Solución propuesta con el

objetivo de evaluar sus experiencias con la Empresa y validar in situ las potencialidades

de su Solución respecto del grado de cumplimiento de los requerimientos técnicos y

funcionales establecidos por el Banco. En la tercera y última instancia, se evaluarán las

condiciones de las ofertas económicas, sólo de las ofertas de las Empresas que hayan

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calificado previamente como técnicamente elegibles en las dos instancias anteriores. En

consecuencia, el presente proceso de licitación será adjudicado en forma total a la

Empresa que cumpla con todos los requerimientos técnicos solicitados y que su relación

precio/calidad resulte ser la más conveniente para los intereses del Banco.

El presente documento contiene el detalle de las especificaciones técnicas de la Solución

mencionada, y las condiciones contractuales y administrativas bajo las cuales éste será

adquirido, así como también las formalidades que las Empresas deberán cumplir al

presentar sus propuestas. En la eventualidad que un Oferente deseara considerar una

condición o situación adicional o distinta de lo establecido por el Banco en estas Bases,

ello deberá ser planteado en la etapa de consultas y aclaraciones señaladas en el numeral 5

de estas Bases, instancia en la cual el Banco se pronunciará respecto del planteamiento

efectuado. Una vez adjudicado este proceso de licitación no se aceptarán negociaciones

sobre las condiciones contractuales y administrativas establecidas.

La Solución objeto de la presente licitación, se compone de lo siguiente:

.. Provisión e Implementación de la Solución:

• Software Aplicativo:

Comprende la provisión y habilitación de licencias para todos los

componentes de software requeridos por la Solución.

• Servicios de Implementación de la Solución:

Comprende la provisión de los servicios de desarrollo, implementación,

configuración y puesta en marcha de la Solución. Además, se requiere los

servicios de Gestión del Proyecto, transferencia de las mejores prácticas,

capacitación y toda la documentación requerida para el proyecto y

operación de la Solución, en los ámbitos de negocio y técnico.

.. Mantención y Soporte de la Solución

- Comprende la provisión de la actualización de licencias del Software

Aplicativo, los servicios de soporte, mantención preventiva y correctiva ante

fallas de la Solución (incluye desarrollos) y asesoría post-implementación.

El detalle de las especificaciones técnicas de la Solución, que incluye las

especificaciones funcionales y tecnológicas, está contenido en el Anexo B de las

presentes bases de licitación.

En sus ofertas, las Empresas deberán considerar todas las condiciones técnicas, legales y

administrativas contenidas en las presentes bases de licitación, y en particular lo siguiente:

a) Deberán presentar ofertas por la totalidad de los Productos y Servicios señalados.

No se aceptarán ofertas parciales.

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b) La Solución deberá ser entregada e instalada a entera satisfacción del Banco,

dentro de los plazos comprometidos por la Empresa adjudicataria en su oferta, y

aceptados por el Banco. En caso de incumplimiento de estos plazos, el Banco

podrá aplicar las multas detalladas en el numeral 14 de estas Bases.

c) La Solución deberá considerar un periodo de garantía de 120 días corridos

contados desde el término exitoso del periodo de marcha blanca. Durante este

periodo de garantía, la Empresa deberá disponer de un especialista para atender

eventuales problemas o fallas de la instalación y/o configuración de la Solución.

d) El precio ofertado por la Empresa debe comprender todo impuesto, derecho,

arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u honorario y, en general,

toda suma o gasto que sea necesaria para poner la Solución a disposición del

Banco en el interior de sus recintos y en las fechas acordadas, de forma tal que

ninguna otra suma deba ser pagada por el Banco a la Empresa por la provisión e

implementación de la Solución a que este proceso de licitación se refiere. Serán de

cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile.

2. Estudio de los antecedentes

La Empresa será responsable del estudio de los antecedentes, de los requerimientos

contenidos en éstos y de la valorización de cada uno de los componentes que conforman

la Solución. Asimismo, la sola participación de una Empresa en la licitación, implica la

aceptación pura y simple de estas Bases.

3. Omisiones respecto al estudio de los antecedentes

Si existiere alguna omisión y/o error por parte de la Empresa respecto del análisis y

evaluación de los antecedentes, ésta no estará eximida de la obligación de entregar la

Solución dentro del precio y plazo de su propuesta y conforme con las especificaciones

técnicas de los Productos y Servicios señalados en el Anexo B “Especificaciones

Técnicas” de las presentes Bases.

4. Calendario de actividades

El proceso de Licitación se ajustará al calendario de actividades señalado en el Anexo A

"Calendario de Actividades" de las presentes Bases. El Banco podrá modificar este

calendario de actividades, lo que será comunicado por medio de su sitio Web

(www.bcentral.cl) y mediante correo electrónico a las Empresas participantes.

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5. Consultas y aclaraciones

Corresponderá a los Oferentes efectuar, en las fechas señaladas en el Anexo A

“Calendario de Actividades” de las Bases, las consultas y aclaraciones correspondientes a

este proceso de licitación, como también sus observaciones respecto de posibles

inconsistencias, omisiones u errores en las Bases y en sus Anexos. Asimismo, en esta

instancia corresponderá a las Empresas manifestar cualquier condición o situación

adicional o distinta de lo establecido por el Banco en estas Bases, instancia en la cual el

Banco se pronunciará respecto del planteamiento efectuado.

Para estos efectos, las consultas y aclaraciones deberán formularse por escrito a la cuenta

de email: somad@bcentral.cl, con copia a macevedo@bcentral.cl, indicando en Asunto:

“CONSULTAS LICITACIÓN: SOLUCIÓN SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO

(SOMA)”.

Las aclaraciones y respuestas a las consultas, se publicarán en el sitio Web del Banco en la

fecha indicada en el Anexo A. Adicionalmente, el Banco las informará a las Empresas

participantes en esta licitación, utilizando la cuenta de email informada por éstas, la cual

deberán mantener vigente durante el proceso de licitación o dar aviso por escrito en caso

de modificación.

Al término del plazo indicado en el Anexo A para enviar las respuestas, los Oferentes

deberán confirmar el recibo de éstas, a la dirección de correo antes señalada, o en su

defecto, comunicar que no las han recibido. En el caso que la Empresa no envíe

comunicación alguna, el Banco asumirá que se recibieron conforme.

El idioma a utilizar, tanto para las consultas y aclaraciones que la Empresa solicite, así

como las respuestas que el Banco realice, será el idioma inglés.

Para todos los efectos, el o los documentos de aclaraciones y respuestas a consultas que el

Banco publique, formarán parte integrante de las presentes Bases de Licitación.

6. Plazo y forma de presentación de las propuestas

Las propuestas se presentarán en idioma inglés y por escrito en la Oficina de Partes del

Banco, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, calle Morandé N°115, tercer piso, hasta

la fecha y horas señaladas para tal efecto en el Anexo A “Calendario de Actividades”, en la

forma señalada en el presente numeral y de acuerdo a lo estipulado en el Anexo C. No

serán abiertas y se devolverán al proponente respectivo las ofertas que fueren presentadas

con posterioridad a la hora y fecha indicadas.

La oferta deberá estar contenida en dos sobres cerrados, según se detalla en el Anexo C, y

ser remitida al Banco por correo certificado o algún sistema de mensajería especializada.

En este sobre se indicará lo siguiente, y se individualizará en el remitente el nombre del

proponente:

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Banco Central de Chile

Gerencia de Servicios Logísticos

Morandé N° 115, Piso 3, Santiago, Chile

Licitación: “SOLUCIÓN SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO (SOMA)”

a) El Sobre N°1 deberá ser caratulado como “OFERTA TÉCNICA”, y deberá contener la

Garantía correspondiente a la seriedad de la oferta, especificada en la letra a) del

siguiente numeral, junto con todos los antecedentes requeridos en la Sección N°1 del

Anexo C.

b) El Sobre N°2 deberá ser caratulado como “OFERTA ECONÓMICA” y contendrá sólo el

valor de los Productos y Servicios que componen la Solución y de acuerdo a lo

estipulado en la Sección N° 2 del Anexo C. La Oferta Económica deberá ser PURA y

SIMPLE, de tal manera que sólo se indique el precio ofertado por la Solución,

considerando estrictamente el formato presentado por el Banco para estos efectos en

la Sección N° 2 del Anexo C, sin incorporar observaciones o condiciones adicionales

respecto de la oferta presentada. En la eventualidad que un oferente deseara

considerar una condición o situación adicional o distinta de lo establecido por el

Banco en estas Bases, ello deberá ser planteado en la etapa de consultas y aclaraciones

señaladas en el numeral 5, instancia en la cual el Banco se pronunciará respecto del

planteamiento efectuado.

La Oferta Económica deberá tener una validez mínima de 8 meses contados desde su

presentación.

Los valores presentados en la Oferta Económica deberán ser expresados en dólares

americanos

Si por cualquier motivo, una Empresa invitada a participar de este proceso, decidiera no

presentar oferta, deberá enviar una comunicación indicando esta situación y el motivo de

su desistimiento.

7. Garantías

a) Garantía de seriedad de la oferta

La Oferta Económica deberá incluir una garantía de seriedad de la oferta por un monto de

US$90.000 y vigencia mínima de 8 meses, contados desde la fecha señalada como

máximo en el Anexo A para la presentación de las Ofertas.

La garantía de seriedad de la oferta será devuelta a la Empresa una vez comunicada la

adjudicación de la licitación, excepto la del adjudicado, la cual será devuelta una vez

suscritos los Contratos señalados en el numeral 10 de estas Bases y recibida la garantía de

cumplimiento señalada en la letra b) del presente numeral. La garantía de seriedad de la

oferta se hará exigible, entre otros casos en que ello sea aplicable, en especial, en el

evento que la Empresa no concurra oportunamente a la suscripción de los contratos

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mencionados o no entregue también la garantía de cumplimiento de contrato señalada en

la letra b) del presente numeral, a más tardar al momento de la suscripción del mismo, lo

cual se entiende expresamente aceptado por la Empresa oferente por el solo hecho de la

presentación de su oferta.

En caso que se declare desierta la licitación, el Banco devolverá la referida garantía.

b) Garantía por cumplimiento del Contrato de Provisión e Implementación

Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones de que se deriven de la presente

licitación, al momento de suscribir el contrato por los Servicios de Provisión e

Implementación de la Solución, la Empresa adjudicada deberá entregar una garantía por

un monto equivalente al 15% del valor total de dicho contrato, con vencimiento superior

en 30 días corridos a la fecha de término de la garantía técnica de la Solución

comprometida por la Empresa en su oferta, obligándose la Empresa a prorrogarla,

renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las oportunidades que sea necesario,

mientras no se extingan las obligaciones establecidas en el mencionado contrato. Esta

prórroga, renovación o reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la garantía

anterior y con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la

garantía en poder del Banco. En el evento que la Empresa no presente la garantía en el

plazo señalado, el Banco podrá hacer efectiva la garantía que mantiene en ese momento en

su poder.

Por otra parte, en el evento que la Empresa no presente la garantía por cumplimiento de

obligaciones señalada en el párrafo precedente, el Banco podrá hacer efectiva la garantía

por seriedad de la oferta, señalada en la letra a) del presente numeral.

En caso que el cronograma de actividades se modifique de común acuerdo entre las

partes, mediante la formalización de un control de cambios, y ello derive en una prórroga,

renovación o reemplazo, de la garantía vigente, el monto de esta garantía podrá ser

reducido a una proporción equivalente al 15% del total del valor de la provisión y/o

servicios pendientes de entrega. No obstante, se hace presente que el Banco no devolverá

la garantía vigente, en tanto la Empresa no entregue la nueva garantía.

Una vez otorgada la recepción conforme final de la Solución, conforme se señala en el

Hito N°2 del numeral 13.1 de estas Bases, entrará en vigencia el contrato de Mantención

y Soporte de la Solución. Al menos con 15 días corridos de anticipación a la entrada en

vigencia de dicho contrato, la Empresa deberá entregar la garantía respectiva por

cumplimiento de contrato. En caso de incumplimiento de esta condición, el Banco podrá

hacer efectiva la garantía a que se refiere el presente numeral, sin perjuicio de las

indemnizaciones a que tenga derecho, que deriven de perjuicios causados por el

incumplimiento de la Empresa.

c) Garantía por cumplimiento del Contrato de Mantención y Soporte

Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del contrato de

Mantención y Soporte de la Solución a suscribir, y con al menos 15 días corridos de

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anticipación a su entrada en vigencia, la Empresa adjudicataria deberá hacer entrega de

una garantía, por un monto equivalente al 10% del valor total anual del dicho contrato y

con vencimiento superior en 30 días corridos al término de su vigencia, obligándose la

Empresa a prorrogarla, renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las

oportunidades que sea necesario, mientras se encuentre vigente este contrato. Esta

prórroga, renovación o reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la garantía

anterior y con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la

garantía en poder del Banco. En el evento que la Empresa no presente la garantía en los

plazos señalados, el Banco podrá hacer efectiva la garantía que mantiene en ese momento

en su poder.

Por otra parte, en el evento que la Empresa no presente la garantía por cumplimiento de

contrato señalada en el párrafo precedente, el Banco podrá hacer efectiva la garantía por

cumplimiento de obligaciones del contrato por los Servicios de Provisión e

Implementación de la Solución señalada en la letra b) del presente numeral.

Las demás condiciones que regirán para la garantía mencionada en este numeral, serán las

señaladas en la Cláusula Séptima del modelo de contrato del Anexo E.

d) Tipos de Garantías

Para los efectos de las garantías señaladas en las letras a), b) y c) del presente numeral, las

Empresas podrán considerar la entrega de uno de los siguientes tipos de garantía:

(i) Boleta Bancaria de Garantía: Ésta deberá ser pagadera a la vista, emitida a favor

del Banco Central de Chile por una empresa bancaria autorizada para funcionar en

Chile.

(ii) Carta de Crédito (Standby Letter of Credit): Ésta debe ser emitida en favor del

Banco Central de Chile, por un banco del exterior que se encuentre calificado en la

más alta categoría por una empresa calificadora internacional, la que deberá ser

irrevocable, confirmada y pagadera a su sola presentación por un banco establecido

en Chile, emitida en conformidad a las normas sobre Costumbres y Prácticas

Uniformes de los Créditos Documentarios de la Cámara Internacional de Comercio

N°600 (ICC Uniform Customs and Practice for Documentary Credits UCP, ICC

Publication N°600).

8. Apertura de ofertas

La apertura de las ofertas se llevará a cabo en dos instancias. La primera, de carácter

privado, se realizará en la fecha indicada en el Anexo A, con la presencia de un abogado de

la Fiscalía del Banco, del Gerente de Servicios Logísticos o su representante, del Gerente

de Mercados Financieros o su representante y del Gerente de Informática o su

representante, oportunidad en quese abrirá la Oferta Técnica contenida en el "Sobre N°1",

procediendo a verificar la entrega de los antecedentes solicitados y la garantía por seriedad

de la oferta, levantándose un acta interna del proceso, que será suscrita por los funcionarios

del Banco. Una vez que el Banco efectúe la evaluación de los antecedentes contenidos en el

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"Sobre N°1" y de las posteriores visitas en terreno, se determinarán aquellas propuestas que

se consideren técnicamente elegibles para el proceso de resolución de la licitación.

La segunda instancia se realizará en la fecha indicada en el Anexo A y corresponderá a la

apertura de la Oferta Económica contenida en el "Sobre N°2", sólo de aquellas Empresas

consideradas técnicamente elegibles en la etapa anterior. Este proceso se efectuará en las

mismas condiciones y con los mismos participantes señalados en el párrafo anterior, y

podrá asistir también un representante o apoderado de cada Oferente que desee presenciar

dicho acto y que, en virtud de la evaluación efectuada por el Banco, haya sido considerado

técnicamente elegible, circunstancia que el Banco les comunicará oportunamente, junto

con indicarles el lugar y hora en que se llevará a efecto la apertura. De la asistencia de los

representantes o apoderados de los oferentes se dejará constancia con su nombre y firma

en un registro habilitado para estos efectos. Aquellos oferentes cuyas propuestas no hayan

sido consideradas técnicamente elegibles, serán informados al respecto por el Banco,

devolviéndoles el “Sobre N°2” con su Oferta Económica, sin abrir.

Se establece que una vez entregadas y abiertas las ofertas, el Banco se reserva el derecho a

solicitar mayores antecedentes o aclaraciones respecto de las ofertas presentadas.

9. De la Evaluación de las Propuestas

El Banco analizará las propuestas recibidas, considerando la forma en que cada oferta

cumple con los requerimientos señalados en los Anexos B y C, el precio o valor de los

componentes que conforman la Solución, y la evaluación que efectúe de los antecedentes

técnicos, comerciales, financieros y legales presentados por los Oferentes

En una primera instancia, las ofertas recibidas se evaluarán considerando sólo los

antecedentes contenidos en la Oferta Técnica.

En una segunda instancia, el Banco estará facultado para realizar visitas en terreno a la

casa matriz de la Empresa y a clientes de los Oferentes que operen con la Solución

propuesta, con el objetivo de evaluar sus experiencias con la Empresa y validar in situ las

potencialidades de su Solución respecto del grado de cumplimiento de los requerimientos

técnicos y funcionales establecidos por el Banco. Para estos efectos, el Banco seleccionará

a los clientes a visitar del listado de clientes presentados en las Ofertas Técnicas, y el

Oferente deberá coordinar con los clientes seleccionados las correspondientes visitas.

Durante las visitas a las casas matrices de los proveedores, el Banco podrá solicitar

demostraciones de los productos ofrecidos en la solución, o una descripción del

funcionamiento de las funcionalidades a desarrollar. Los gastos del personal del Banco

asociados a estas visitas (pasajes aéreos, estadías, alimentación, etc.) serán de cargo

exclusivo del Banco. Será opcional para el Oferente participar o no de la visita in situ, no

obstante, si decide participar deberá correr con los gastos asociados a su personal.

En la tercera y última instancia, se evaluarán las condiciones de las ofertas económicas,

sólo de las ofertas de las Empresas que hayan calificado previamente como técnicamente

elegibles en las dos instancias anteriores.

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10. Resolución y adjudicación de la licitación

Una vez analizadas las propuestas recibidas de acuerdo a lo señalado en el numeral

precedente, el Banco resolverá la licitación en la fecha establecida en el Anexo A

“Calendario de Actividades”.

El presente proceso será adjudicado en forma total a la Empresa que cumpla con todos los

requerimientos técnicos solicitados y que su relación precio/calidad resulte ser la más

conveniente para los intereses del Banco.

Sin perjuicio de lo anterior, el Banco se reserva el derecho de elegir la propuesta que

estime más conveniente, a su juicio exclusivo, o rechazarlas en su totalidad. En cualquier

caso, el Banco resolverá sin expresión de causa y sin derecho a indemnización alguna.

Por el solo hecho de participar en la licitación, los oferentes declaran que aceptan y

autorizan al Banco para entregar información acerca de la individualización de los

participantes y los criterios en razón de los cuales fue seleccionada una determinada oferta.

Las resoluciones que al efecto adopte el Banco o sus asesores técnicos, no darán derecho a

entablar acción o reclamo de ninguna especie en contra del Banco, ni tampoco darán

derecho a indemnización, compensación o retribución alguna.

La resolución de la licitación será comunicada por escrito a cada uno de los proponentes a

más tardar en la fecha señalada en el Anexo A sobre Calendario de Actividades. Asimismo,

dicha resolución será publicada en el sitio Web del Banco.

11. De los Contratos y Antecedentes Legales

11.1 De los Contratos

Una vez resuelta la licitación y dentro del plazo máximo de 20 días corridos contados

desde la fecha de comunicación de la adjudicación, el Banco enviará a la Empresa

adjudicataria, a través de correo electrónico, los contratos que se indican a continuación,

los que deberán ser suscritos por la Empresa en un plazo no superior a los 15 días corridos

contados desde la fecha de su recepción y remitidos al Banco por correo certificado o

mensajería especializada, junto con la garantía del Contrato de Provisión e

Implementación, señalada en el numeral 7.b) de estas Bases. Además, deberá adjuntar los

correspondientes mandatos a que se refiere el punto 11.2 de las Bases debidamente

legalizados, en caso de no haberlos enviado con anterioridad al momento de presentar la

propuesta.

La no suscripción de estos contratos dentro del plazo indicado o entrega de las garantías

correspondientes, dará derecho al Banco para dejar sin efecto la adjudicación de la

licitación, sin derecho a reclamo, acción o indemnización alguna por parte del

adjudicatario, y para hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta establecida en la

letra a) del numeral 7 de estas Bases.

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Para todos los efectos legales, la Empresa adjudicataria deberá aceptar que las presentes

Bases, al igual que su oferta, como asimismo las aclaraciones, interpretaciones, y

cualquier otro documento complementario a estas Bases, formarán parte integrante de

estos contratos.

Los contratos se regirán íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos

los efectos legales que se deriven de los contratos, las partes fijan su domicilio especial en

la comuna de Santiago.

Se prohíbe expresamente a la Empresa adjudicataria ceder en todo o parte las

obligaciones de los Contratos.

El idioma aplicable a los contratos que se deriven del presente proceso de licitación, será

el idioma español. No obstante, el Banco preparará una traducción al idioma inglés para la

Empresa solo de carácter informativo.

a) Contrato de Provisión e Implementación de la Solución

Este contrato incluirá la provisión de las licencias de software necesarias para la correcta

operación de la Solución y los servicios profesionales para su implementación según las

necesidades del Banco y contendrá las condiciones establecidas en el modelo que se

adjunta a las presentes Bases como Anexo D, incorporando, en lo que corresponda, las

condiciones de la oferta presentada por la Empresa adjudicataria, además de las

adecuaciones que resulten del proceso de consultas y aclaraciones.

Al momento de suscribir este contrato, la Empresa adjudicataria deberá entregar la

garantía por fiel cumplimiento, conforme a lo señalado en la letra b) del numeral 7 de

estas Bases.

b) Contrato por el Servicio de Mantención y Soporte de la Solución

Este contrato incluirá la actualización anual de las licencias de software, además de los

servicios de soporte y mantención (preventiva y correctiva) y servicios de consultoría

para eventuales mejoras a la Solución que pueda requerir el Banco. Para estos efectos, se

entenderá por “Solución” a la aplicación implementada por la Empresa y que incluye las

componentes de Software y todos aquellos desarrollos que hayan sido necesarios de

realizar por parte de la Empresa para adaptar una solución estándar a los requerimientos

específicos del Banco, los cuales se estipularon en las Bases de Licitación de la cual

deriva este contrato, incluyendo además, los desarrollos o mantenciones futuras que el

Banco solicite realizar durante la vigencia de este contrato.

Este contrato contendrá las condiciones establecidas en el modelo que se adjunta a las

presentes Bases como Anexo E, incorporando, en lo que corresponda, las condiciones de

la oferta presentada por la Empresa adjudicataria, además de las adecuaciones que

resulten del proceso de consultas y aclaraciones.

Este contrato entrará en vigencia una vez efectuada la recepción conforme final de la

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Solución, es decir, una vez finalizado el periodo de garantía técnica sobre la Solución,

correspondiente a 120 días corridos contados desde el término del periodo de marcha

blanca de la Solución. La fecha de entrada en vigencia de este contrato, será formalizada

mediante carta suscrita por la Gerente de Servicios Logísticos del Banco.

Con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de entrada en vigencia de este

contrato, la Empresa adjudicataria deberá entregar la garantía por fiel cumplimiento de

contrato, conforme a lo señalado en la letra c) del numeral 7 de estas Bases.

11.2 De los Antecedentes Legales y de los Poderes Especiales.

a) Para los efectos de todas las actuaciones y presentaciones que deban efectuarse en

relación con los Contratos señalados, la Empresa deberá acreditar su existencia legal y

la personería de sus representantes, la que deberá constar al menos con las facultades

que se indican en el Modelo de “Poder Especial para la Suscripción del Contrato”,

contenido en el Anexo C.3.

La Empresa, si lo estima del caso, podrá otorgar un poder especial para estos

contratos, utilizando el formato de mandato que se consigna en el Anexo C.3.

Todos los antecedentes que acrediten la representación de mandatarios y la existencia

legal de la Empresa deberán presentarse debidamente legalizados. Para estos efectos,

la autenticidad de las firmas de los funcionarios que según las leyes del respectivo

país deben atestiguar la veracidad de las firmas de quienes los han otorgado, se

comprobará mediante el atestado de un agente diplomático o consular chileno

acreditado en el país de donde proceden los antecedentes respectivos.

b) Por otra parte, la Empresa deberá además otorgar un mandato especial a un

representante que sea una persona natural residente en Chile, en los términos que se

establecen en el documento que se adjunta como Anexo C.4 ("Modelo de Poder

Especial para Ejecución y Cumplimiento del Contrato"), el cual deberá ser entregado,

también debidamente legalizado, a más tardar a la firma de los Contratos por la

Empresa, junto con la constancia de la aceptación de dicho mandato efectuada por el

apoderado residente en Chile, cuya firma deberá encontrarse autorizada por un

Notario Público.

12. Del precio y la forma de pago de la Solución

El Banco pagará el valor de la Solución de acuerdo al siguiente detalle. Las demás

condiciones generales que regirán para los pagos, serán las señaladas en las Cláusulas

Tercera de los modelos de contratos de los Anexos D y E.

12.1 Provisión e Implementación de la Solución:

1) El 70% del Precio Total del contrato de Provisión e Implementación de la Solución se

pagará a la Recepción Conforme que otorgue el Banco una vez que se haya cumplido

con la provisión, instalación, habilitación y todas las actividades necesarias para dejar

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en operación la Solución, en conformidad a los requerimientos del Banco, y previo

descuento, si corresponde, del anticipo indicado en el punto 3 de este numeral.

2) El saldo del 30% del Precio Total, el Banco lo pagará a una vez realizada la

Recepción Conforme final, es decir, una vez terminado el Período de Garantía

Técnica de 120 días corridos posteriores al término exitoso de la marcha blanca de la

Solución.

3) La Empresa podrá solicitar un anticipo de hasta un 30% del Precio Total. En todo

caso, la Empresa deberá garantizar dicho anticipo con una Garantía, en las

condiciones señaladas en el numeral 7.d) de estas Bases, por el mismo valor del

anticipo, cuyo vencimiento no podrá ser inferior a 40 días corridos posteriores a la

fecha comprometida para la Recepción Conforme de la Solución. Si al término del

plazo de 20 días posteriores a la fecha comprometida para la Recepción Conforme no

se ha otorgado ésta, el Banco podrá hacer efectiva la Garantía, salvo que se convenga

su prórroga, renovación o reemplazo por los plazos que se acuerden. Por otra parte, la

Empresa se obliga a prorrogar, renovar o reemplazar esta Garantía, según sea el caso,

en todas las oportunidades que sea necesario, mientras se encuentren actividades

pendientes para efectuar la Recepción Conforme. Esta prórroga, renovación o

reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la Garantía anterior y con al

menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la Garantía en

poder del Banco.

12.2 Mantención y Soporte de la Solución:

La Mantención y Soporte de Licencias (incluye actualización de licencias, servicio de

soporte y corrección de fallas) serán pagadas en cuotas mensuales vencidas, previa

recepción por parte del Banco de la factura correspondiente, y será aplicable a partir

del segundo año de contrato, considerando que el valor de compra de cada licencia

incluye su mantención durante el primer año.

Si durante la vigencia del contrato, el Banco solicitara a la Empresa Servicios de

asesoría técnica para realizar mejoras a la Solución, dichos Servicios se cotizarán

previamente y se pagarán en forma separada e independiente a la Mantención y

Soporte, conforme a la tarifa por hora/consultor y gastos de viaje y estadía

establecidos, si estos corresponden y según lo convenido en el correspondiente

proceso de cotización. En ningún caso, el Banco considerará pagos anticipados por

estos Servicios, salvo contra entrega de una Garantía por la suma equivalente al monto

anticipado. En este caso, previo a la facturación, la Empresa deberá contar con la

recepción conforme de los Servicios correspondientes, por parte del Banco.

Cualquier forma de pago distinta a la señalada en el presente numeral que la Empresa

desee aplicar conforme a sus políticas comerciales, deberá ser planteada en la instancia de

consultas y aclaraciones señalada en el numeral 5 de estas Bases, momento en el cual el

Banco se pronunciará respecto a la aceptación de dichas condiciones.

BANCO CENTRAL DE CHILE

15

13. Recepción conforme de los Productos y Servicios

Se entenderá por recepción conforme a la certificación escrita por parte del Interlocutor

Válido del Banco, dejando constancia que la Empresa cumplió normalmente con la

ejecución del Servicio que le fue contratado. Este requisito de recepción conforme, será

necesario para proceder a los pagos correspondientes.

En el caso que el Banco no reciba conforme los Servicios, deberá comunicar por escrito a

la Empresa las observaciones que estime pertinentes, las que deberá subsanar en un plazo

no superior a los cinco días hábiles bancarios. Los pagos asociados a la Solución, sólo

podrán ser requeridos una vez solucionadas o aclaradas las observaciones que se hayan

realizado.

13.1 Provisión e Instalación de la Solución:

La entrega en el Banco de cada uno de los componentes que conforman la Solución, debe

ser realizada dejándose constancia escrita de ello, y se entenderá finalizada cuando el

Banco exprese por escrito su conformidad a la recepción de éstos, una vez revisados y

aceptados todos los componentes que conforman la Solución y la documentación asociada

según corresponda.

El Banco otorgará la recepción conforme de los Productos y Servicios asociados a la

provisión e implementación de la Solución, una vez que la Empresa haya cumplido

satisfactoriamente a las siguientes actividades:

Hito Descripción Requisito para la recepción conforme

Entregables asociados

1 Recepción Conforme Se otorgará de acuerdo a las condiciones señaladas

en el Anexo D.5 de las presentes Bases, una vez

recibidos todos los Productos asociados a la Solución

y finalizadas y aceptadas todas las actividades

necesarias para su instalación, habilitación y

operación, en las dependencias del Banco, suscrito el

acuerdo de custodia, entrega de la documentación

asociada y realizada la capacitación correspondiente.

2 Término de la Garantía Técnica Se otorgará una vez finalizado el Período de Garantía

asociado a la entrega de la Solución, correspondiente

a 120 días corridos posteriores a la marcha blanca.

13.2 Mantención y Soporte de la Solución:

La recepción conforme de los servicios de mantención y soporte de la Solución, se

realizará una vez verificado que los Servicios fueron prestados en conformidad a las

condiciones y especificaciones establecidas por el Banco en el numeral 3.5 del Anexo B.2

de las presentes bases. Para otorgar esta recepción conforme el Interlocutor Válido del

Banco dispondrá, como máximo de 5 días corridos.

Respecto de la asesoría técnica que el Banco pudiera contratar a la Empresa para realizar

mejoras a la Solución, las condiciones que la Empresa deberá cumplir para recibir la

BANCO CENTRAL DE CHILE

16

recepción conforme por parte del Banco, serán convenidas entre las partes, durante el

proceso de cotización, previo a su contratación.

14. De los plazos de ejecución y multas o deducciones

En caso de incumplimiento en los plazos y niveles de servicio comprometidos por la

Empresa adjudicada en su oferta para la entrega de cada uno de los componentes que

conforman la Solución, por causas atribuibles a su responsabilidad, el Banco podrá aplicar

las multas que se detallan a continuación:

14.1 Plazo de entrega de la Provisión e Implementación de la Solución:

La Empresa deberá proveer, implantar y habilitar la Solución de acuerdo con las

modalidades y condiciones establecidas en estas Bases, y deberá ejecutarse conforme con

los plazos máximos comprometidos por la Empresa para su entrega. En todo caso, dichos

plazos podrán ser modificados de común acuerdo entre el Banco y la Empresa, dejándose

constancia escrita de toda modificación que se acuerde.

Hasta la Recepción Conforme, la Empresa deberá entregar al Banco mensualmente

informes sobre el avance de los servicios y el cumplimiento de los plazos convenidos.

Sin perjuicio de lo anterior, el Banco estará facultado para aplicar a la Empresa una multa

del 0,5% del Precio Total del contrato de Provisión e Implementación de la Solución por

cada semana corrida y fracción de atraso, por causas imputables a la Empresa, respecto de

los plazos comprometidos para el término de cada uno de los hitos definidos para la

provisión, implantación y habilitación de la Solución. Estas multas constituirán la única y

total indemnización a que tendrá derecho el Banco por atrasos imputables a la Empresa.

En el caso que la Empresa haya incurrido en atrasos en el cumplimiento de algún hito y

que este tiempo de atraso haya sido recuperado en hitos posteriores, el Banco rebajará,

proporcionalmente al tiempo recuperado, la multa determinada. En todo caso, las multas,

si las hubiere, sólo se harán efectivas en forma no acumulativa, por el atraso que subsista

al momento de completar el correspondiente hito, debiendo descontarse del respectivo

valor a pagar por el Banco a la Empresa, el monto equivalente a las multas que procedan.

Asimismo, si la Empresa cumpliere oportunamente el hito de Recepción Conforme y el

hito del término del período de garantía de 120 días y sus prórrogas si las hubiere (contado

desde el día de término exitoso del periodo de marcha blanca), respectivamente, el Banco

no aplicará multa alguna a la Empresa.

14.2 Servicios de Mantención y Soporte de la Solución:

Para los servicios de Mantención y Soporte de la Solución, se aplicarán multas en caso

que por causas imputables a la Empresa el Servicio no esté disponible, existiendo un

período máximo de gracia de 4 horas por evento. La multas solo aplicarán para fallas

consideradas para el Banco como críticas y se sujetará a la siguiente estructura:

Tramo Cantidad de horas sin disponibilidad del Servicio

(contadas desde su interrupción)

Multa aplicada sobre el precio mensual del Servicio

1 Hasta 4:00 horas 0%

BANCO CENTRAL DE CHILE

17

2 De 4:01 a 12:00 horas 1% por cada período completo de 30 minutos

3 De 12:01 a 36:00 horas 2% por cada período completo de 30 minutos

4 Sobre 36:00 horas 3% por cada período completo de 30 minutos

No se considerarán como fallas, las ocasiones en que se suspenda el Servicio para realizar

trabajos de mantención, siempre que éstos hayan sido acordados previamente con el

Banco.

La Empresa no podrá, bajo ninguna circunstancia, discriminar sobre el grado de criticidad

que el Banco le otorgue a un problema o falla.

Para determinar la base sobre la cual se calculará la multa, se tomará como referencia la

hora en que el Banco comunicó a la Empresa la falla o necesidad detectada, a través de su

Interlocutor Válido.

Las multas se aplicarán considerando el precio del servicio de mantención y soporte de la

Solución, de acuerdo a él o los sistemas o aplicaciones en donde se produzca la falla.

Las multas tendrán un límite anual correspondiente al precio anual de los Servicios. En el

caso de llegar al límite anual y que se produzcan nuevas fallas, el Banco no podrá seguir

multando a la Empresa, la que en todo caso, subsanará todas las fallas que se produzcan y

seguirá otorgando los Servicios, y cumpliendo con los niveles de servicio comprometidos.

Las estipulaciones precedentes, no implican una renuncia del Banco al derecho que le

asiste de exigir el pago de las indemnizaciones que correspondan, por los perjuicios que el

incumplimiento de la Empresa pudiera irrogarle, en aquella parte que exceda a las

deducciones y garantías establecidas, y que deriven de la ocurrencia o reiteración de fallas

que no puedan dar lugar a la aplicación de multas.

El monto que resulte de aplicar la multa estipulada, se imputará al precio establecido para

el Servicio en el período correspondiente, para lo cual, la Empresa enviará junto a la

factura la Nota de Crédito pertinente. En caso que la multa exceda la remuneración a

pagar del período, el saldo se aplicará en la remuneración de los períodos siguientes.

La multa aplicada se podrá descontar a juicio del Banco, indistintamente de la facturación

asociada, o con cargo a la garantía de cumplimiento.

15. Desistimiento de las ofertas

Si comunicado el resultado de la licitación en la forma y plazos señalados, la Empresa

adjudicataria desistiera de suscribir el o los contratos, o no concurriera a su suscripción o

no entregue la respectiva garantía de cumplimiento, se le impedirá participar nuevamente

en licitaciones del Banco, salvo que justifique, a plena satisfacción de éste, los motivos de

su desistimiento. En este evento y sin perjuicio de lo anterior, el Banco hará efectiva la

garantía que cauciona la seriedad de la oferta y podrá aceptar cualquiera de las otras

propuestas presentadas o llamar nuevamente a licitación si lo estima conveniente.

BANCO CENTRAL DE CHILE

18

Si la comunicación de aceptación de la propuesta no se enviara dentro de los 5 (cinco)

días hábiles bancarios siguientes a la fecha de resolución establecida para ello en el

Anexo A, la Empresa participante tendrá derecho a desistirse y retirar los antecedentes,

documentos y garantía presentados, sin cargo para el Banco, siendo éste el único efecto

legal de la referida falta de comunicación de aceptación de la propuesta.

16. Cumplimiento de leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones

La Empresa será responsable de cumplir con todas las leyes, ordenanzas y disposiciones

gubernamentales vigentes y deberá asumir y pagar los impuestos que correspondan a su

oferta. Asimismo, la Empresa participante se hace exclusivamente responsable de todo

perjuicio y/o sanción que sea procedente en razón del incumplimiento de todas y cada una

de las leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones antes señaladas. Serán de cargo del

Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile.

17. Responsabilidad por violaciones de patentes, licencias y/o derechos de autor

La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de

propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su

participación en esta licitación, de la eventual adjudicación de la misma y en

consecuencia, de los productos y/o servicios que por esta vía venda o provea al Banco.

Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia

empresa o el personal a su cargo; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados

en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes;

y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco) años

siguientes a la participación de la Empresa en la licitación y/o vigencia del contrato

respectivo.

18. Confidencialidad

Queda expresamente establecido que todos los documentos e información proporcionada a

la Empresa o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la presente Licitación y/o

durante la provisión de los Productos y Servicios materia de la licitación, con excepción

de lo que el Banco publique en su sitio Web, por la naturaleza legal de la misma, tienen el

carácter de confidencial y reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en

ninguna forma, obligándose por lo tanto la Empresa a mantener bajo reserva y usar dicha

información sólo para los fines previstos para la ejecución del suministro de los Productos

y prestación de los Servicios, y a no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante

cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de cualquiera otra manera divulgar a algún

tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de Chile.

La Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del

Banco Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas,

datos o cualquier otro antecedente o información que diga relación ya sea con las

BANCO CENTRAL DE CHILE

19

operaciones, actos, contratos, negocios, investigaciones o proyectos del Banco y, en

general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente declaración.

De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias

precedentemente referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que

por la ejecución del suministro de bienes o la prestación de los servicios llegare a conocer,

entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del concepto “Información

Confidencial o Reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que

dejen de tener este carácter por haber pasado al conocimiento público. Esta obligación

subsistirá aún después de finalizada la relación de suministro de bienes o prestación de los

servicios entre las partes.

La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus

trabajadores o de las personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el

proceso de Licitación, durante el período de vigencia del Contrato y por el plazo de cinco

años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque tales personas observen la

obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las

instrucciones y adoptando todas las medidas que fueren necesarias.

Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y

condiciones de esta contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple

como parte de los requerimientos de su política de transparencia institucional o que, de

otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con cualquier norma legal. La

Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al Congreso

Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las

ofertas recibidas y de la Orden de Compra o Contrato que se suscriba, según corresponda.

Para los efectos señalados, la Empresa deberá suscribir una “Declaración de

Confidencialidad” que formará parte de su Oferta Técnica, utilizando para ello el

formulario adjunto en el numeral 5 de la Sección N°1 del Anexo C de estas Bases de

Licitación.

19. Conflicto de intereses

La Empresa deberá declarar si tiene o no conflicto de intereses para participar en esta

licitación del Banco. Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación,

acto, contrato u operación en que intervenga un funcionario del Banco, su cónyuge o sus

parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o

empresas en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas

naturales o jurídicas de un 5% o más de su capital o las sociedades o empresas en las que

alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o indirecto del 5%

o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del Banco actúe como

representante. Sin perjuicio de la presunción referida, la Empresa deberá indicar la

existencia de otras situaciones que igualmente puedan considerarse como constitutivas de

conflicto de intereses para participar en esta licitación.

BANCO CENTRAL DE CHILE

20

En caso que exista conflicto de intereses, en el sentido señalado precedentemente, la

Empresa podrá optar igualmente por participar en esta licitación, declarando dicha

situación, con la especificación correspondiente, al momento de presentar su oferta. En

este caso, el Banco se reserva el derecho de evaluar las circunstancias específicas y

determinar si se considerará o no elegible la oferta de la Empresa.

Esta declaración deberá formar parte de la Oferta Técnica de la Empresa, utilizando para

ello el formulario señalado en el numeral 6 de la Sección N° 1 del Anexo C.

20. Arbitraje

Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación,

interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución de las presentes Bases

de Licitación y/o el Contrato respectivo, será resuelta en forma breve y sumaria por un

árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de Derecho en cuanto al

fallo, en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a excepción del

recurso de queja y el de casación en la forma por ultrapetita e incompetencia del Tribunal.

Dicho árbitro mixto será designado actuando las partes de común acuerdo. En caso de no

producirse acuerdo, su designación, en calidad de árbitro de Derecho y de única instancia,

será efectuada por la Justicia Ordinaria, debiendo tal designación recaer en un abogado

que, en calidad de profesor titular, haya desempeñado la cátedra de Derecho Civil o

Derecho Comercial por al menos cinco años consecutivos, ya sea en la Universidad

Católica de Chile o en la Universidad de Chile, o se haya desempeñado como abogado

integrante en al menos dos períodos completos en la Excelentísima Corte Suprema.

En todo caso y sin perjuicio de las provisiones de fondos que puedan efectuarse, los

gastos ocasionados por los honorarios del árbitro, mixto o de Derecho, y los del Tribunal,

como así también las costas procesales y personales causadas en el juicio, serán,

invariablemente, de cargo de la parte que resulte vencida, sin que deba atenderse a la

plausibilidad de su defensa.

21. Gastos y demás desembolsos

Todos los gastos, derechos, impuestos, y demás desembolsos en que incurran los

Oferentes con motivo de los términos, documentos y contratos u órdenes de compra

contemplados en las presentes Bases y que se originen en su participación en (o a que de

origen) la Licitación, serán de cargo exclusivo de los Interesados, Oferentes y/o del

Adjudicatario, según corresponda.

22. Legislación Aplicable y Domicilio

Las presentes Bases de Licitación y los contratos que se deriven de ella, se rigen

íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos legales que se

deriven de la presente Licitación, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de

Santiago.

BANCO CENTRAL DE CHILE

21

23. Idioma

El idioma aplicable al presente proceso de licitación y los contratos que de él se deriven,

será el idioma español. No obstante, el Banco preparará una traducción al idioma inglés de

las presentes Bases de Licitación para facilitar la comprensión de la Empresa. No obstante,

tanto la instancia de consultas como la presentación de las ofertas podrán realizarse en

idioma inglés.

GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS

BANCO CENTRAL DE CHILE

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22

ANEXO A

CALENDARIO DE ACTIVIDADES

LICITACIÓN

SISTEMA

OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO

(SOMA)

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GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS

ANEXO A

CALENDARIO DE ACTIVIDADES

LICITACIÓN SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO

ABIERTO

El proceso de licitación contemplado en las presentes Bases, se ajustará al siguiente

calendario de actividades:

ACTIVIDADES FECHAS (Plazos máximos)

Publicación de antecedentes de licitación 31/05/2010

Recepción de consultas escritas (primera

instancia)

18/06/2010

Respuestas a consultas y aclaraciones

(primera instancia)

02/07/2010

Recepción de consultas escritas (segunda

instancia) 09/07/2010

Respuestas a consultas y aclaraciones

(segunda instancia) 20/07/2010

Presentación de Ofertas (*) 11/08/2010

Apertura Sobre N° 1 Oferta Técnica 12/08/2010

Resolución primera instancia de

evaluación técnica 02/09/2010

Visitas a clientes de referencia 13/09/2010 – 30/09/2010

Resolución segunda instancia de

evaluación técnica 14/10/2010

Apertura Sobre N° 2 Oferta Económica 21/10/2010

Resolución de la Licitación 12/11/2010

Comunicación de la Adjudicación 16/11/2010

Envío de contratos para suscripción 02/12/2010

Suscripción contratos 23/12/2010

Nota (*): De acuerdo a lo señalado en la letra a) del numeral 7 de las Bases de

Licitación y numeral 2 de la Sección N° 1 del Anexo C, la garantía por seriedad de

oferta a incluir en el Sobre N°1 “Oferta Técnica”, deberá tener una vigencia mínima de

8 (ocho) meses, contados desde la fecha máxima para presentación de las ofertas, es

decir, al menos, hasta el día 11/04/2011, señalando en su glosa que ella se extiende

para “garantizar la seriedad de la oferta”.

23

BANCO CENTRAL DE CHILE

77

ANEXO B.2

ESPECIFICACIONES TÉCNOLÓGICAS

OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO (SOMA)

1 Descripción del Entorno Tecnológico

El Banco Central de Chile posee distintas soluciones de infraestructura y aplicaciones. A

continuación se indican las más relevantes para este proceso

Bases de Datos

Se utilizan Bases de Datos Sybase, Oracle, SQLServer e Informix, en distintas versiones.

Mecanismos de Autenticación

Para la autenticación de las aplicaciones se utiliza Active Directory de Microsoft,

complementada en algunos procesos con autenticación robusta a través de RSA

Ace/Server.

Sitio de Procesamiento Principal y Alterno

El Banco dispone de dos sitios de procesamiento, el Sitio de Procesamiento Principal (en

adelante SPP) y Sitio de Procesamiento Alterno (en adelante SPA), con redes

independientes y replicados entre ambos sitios.

Sistema de almacenamiento centralizado

Para sistema de almacenamiento el Banco emplea un storage de EMC2. Para realizar los

respaldos de datos y bases de datos de toda la plataforma de servidores se emplea un

esquema centralizado basado en Tívoli Storage Manager (TSM).

Software ETL

Informatica PowerCenter Real Time Edition versión 8.6

Solución MQ Series

El Banco dispone de la Solución Software WebSphere MQ Server, sólo el componente de

transporte de mensajería, la cual opera en una plataforma IBM en cluster HACMP.

SWIFT

El banco cuenta con los siguientes productos SWIFT : Swift Alliance Access, Gateway,

FinCopy, y MQSA. Esta plataforma opera tanto en el sitio de procesamiento principal,

como en el alterno.

Red para Operaciones Financieras

BANCO CENTRAL DE CHILE

78

El Banco dispone una red privada con las Instituciones Financieras. Las instituciones

financieras se conectan utilizando enlaces de 128/64 Kbps.

Actualmente, el tráfico total en los enlaces con el Banco Central varía entre 250 Kbps y

500 Kbps en horario de producción. El tráfico entre las instituciones financieras y el Banco

Central varía entre 10 Kbps y 50 Kbps en horario de producción.

Red corporativa del Banco Central de Chile

La red corporativa del Banco Central de Chile se encuentra dividida en tres nodos. Estos

son: Sitio de procesamiento principal (SPP), Edificio Plaza Constitución y Sitio de

Procesamiento Alterno (SPA).

Software de escritorio

El Banco dispone una plataforma Microsoft Windows XP-Windows 7 Professional en

español, y con MS Office 2003 - 2007 en español como software de escritorio.

2.1 Soporte Tecnológico para los Procesos de Negocio (Actual)

Los actuales procesos de negocio asociados a esta licitación, son principalmente por dos

sistemas,

.. SOMA Ventas: sistema desarrollado por un proveedor nacional. Se encarga de

realizar las operaciones de ventas, tanto del Banco Central de Chile, como de

aquellas que éste realiza a nombre de la Tesorería General de la República, así

como de entregar información de los resultados de las operaciones de

compra/venta de valores a los sistemas Back Office. Opera en una arquitectura

de tres capas físicas y lógica. Su capa de presentación es JAVA, su capa de

negocio utiliza IMPRISE como servidor de aplicaciones y la base de datos

opera sobre Oracle. Toda la plataforma es sobre SUN Solaris y HP-UX.

.. SOMA Compras: sistema desarrollado por un proveedor nacional. Se encarga

de realizar las operaciones de compras, facilidad de liquidez Intradía y

permanente. Opera en una arquitectura de tres capas físicas y lógicas. Su capa

de presentación es J2EE, su capa de negocio utiliza Oracle BEA Weblogic

como servidor de aplicaciones y la base de datos opera sobre Oracle. Toda la

plataforma es sobre SUN Solaris y HP-UX.

2.2 Modelo de Integración Requerido

A continuación se presenta un modelo de integración requerido, que ilustra los distintos

componentes con los cuales podrá interactuar la Solución.

BANCO CENTRAL DE CHILE

79

Figura 1 Modelo Tecnológico Requerido

El modelo de integración requerido considera que SOMA podrá integrarse con:

• Instituciones Financieras (1): A través de la Red para Operaciones Financieras.

• Depósito Central de Valores (2): A través de la Red SWIFT, bajo el estándar

ISO15022.

• Sistema CAS/LBTR (3): A través de Websphere MQ.

• Sistemas ADMPAGAR (4) y ADMTESO (5), ambos parte del Back Office: A

través de un mecanismo que deberá ser acordado con el Banco como parte del

Proyecto.

• Sistema Integrador Contable (6): A través de un mecanismo que deberá ser

acordado con el Banco como parte del Proyecto.

• Servidor de Autenticación (7): A través de un mecanismo que deberá ser acordado

con el Banco como parte del Proyecto.

• Usuarios Internos BCCH (8): A través de la Red corporativa del Banco Central de

Chile.

• Operadores Tecnológicos BCCH (9): A través de la Red corporativa del Banco

Central de Chile y de las herramientas de monitoreo que el Banco dispone.

BANCO CENTRAL DE CHILE

80

2 Especificación de Requerimientos de Productos Tecnológicos

3.1 Requerimientos de Infraestructura

Requerimiento Nº 1: Requerimientos de Infraestructura

Requisitos:

A. Arquitectura

La arquitectura de la Solución deberá considerar a lo menos tres capas lógicas:

Presentación, Aplicación y Datos. El Banco privilegiará las propuestas cuya

arquitectura considere la Capa de Datos en un equipamiento dedicado y no

compartida con otros componentes de la Solución.

El Banco privilegiará las propuestas compatibles con equipamiento IBM/Power

o SUN, de 64 bits.

B. La Solución deberá operar en un Sitio de procesamiento principal (SPP), y tener

la capacidad de conmutar a un sitio de Procesamiento Alterno (SPA).

La Solución deberá tener la capacidad de, en caso de contingencia o

alternancias de sitio programadas (desde el SPP al SPA, y viceversa), recuperar

todas las transacciones y mensajes procesados o en vías de procesar, sin perder

ni duplicar información.

En caso de contingencia, el tiempo del procedimiento de conmutación entre

sitios, no deberá superar los 30 minutos una vez que la plataforma se encuentre

activa en el sitio. En caso de alternancia, el tiempo del procedimiento de

conmutación entre sitios, podrá ser superior.

El Banco privilegiará las soluciones que permitan operar en sitios de

procesamiento principal y secundario físicamente distantes y pertenecientes a

redes independientes.

C. Ambiente Producción

El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura permita la operación, en

ambiente de Producción, sobre un cluster Veritas de a lo menos 2 nodos en el

SPP, y un segundo cluster de 2 nodos en el SPA, de tal forma que permita

minimizar los tiempos de recuperación ante fallas. La arquitectura de la

solución tanto para SPP como para SPA deberá ser idéntica.

La compra y renovación de licencias de cluster, más los servicios de

instalación, mantención y soporte deberán ser parte de la propuesta.

El equipamiento necesario para el funcionamiento de la Solución, en ambiente

de Producción, será proporcionado por el Banco Central de Chile, por lo tanto

no debe ser incluido en la propuesta, pero si debe ser especificado por el

proponente como parte de la Solución.

D. Ambiente de Pruebas

BANCO CENTRAL DE CHILE

81

El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura, para el ambiente de

Pruebas, corresponda a una equivalente a la utilizada para el Sitio Principal de

Producción, dimensionada sólo para realizar esta función. Se deberá considerar

la menor capacidad posible requerida y necesaria para cubrir la función de

pruebas.

El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura permita la operación, en

ambiente de Pruebas, sobre un cluster Veritas de a lo menos 2 nodos en el

SPP. La compra y renovación de licencias de cluster, más los servicios de

instalación, mantención y soporte deberán ser parte de la propuesta.

El equipamiento necesario para el funcionamiento de la Solución, en ambiente

de Pruebas, será proporcionado por el Banco Central de Chile, por lo tanto no

debe ser incluido en la propuesta, pero si debe ser especificado por el

proponente como parte de la Solución.

A. Ambiente de Desarrollo

El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura, para el ambiente de

Desarrollo, corresponda a uno equivalente al utilizado para el ambiente de

Pruebas, dimensionado sólo para realizar esta función. Se deberá considerar la

menor capacidad posible requerida y necesaria para cubrir la función de

desarrollo.

La propuesta puede recomendar una arquitectura completa virtualizada para este

ambiente, la cual se privilegiará. El equipamiento necesario para el

funcionamiento de la Solución, en ambiente de Desarrollo, así como las

licencias VMware, en caso de ser necesarias, será proporcionado por el Banco

Central de Chile, por lo tanto no debe ser incluido en la propuesta, pero si debe

ser especificado por el proponente como parte de la Solución.

3.1 Requerimientos de Software Básico

Requerimiento Nº 2: Software Básico

Requisitos:

A. Sistema Operativo

El Banco privilegiará las propuestas de soluciones que operen bajo sistema

operativo AIX o SUN Solaris. Las licencias de Sistema Operativo necesarias

para el funcionamiento de la Solución serán proporcionadas por el Banco

Central de Chile, por lo tanto no deberán ser incluidas en la propuesta.

B. Soporte Integral de la Solución

La propuesta deberá incluir el soporte integral de la Solución, para los

ambientes de desarrollo, pruebas y producción.

C. Soporte Base de Datos

La propuesta deberá incluir el soporte integral de la Base de Datos, para los

ambientes de desarrollo, pruebas y producción. La Base de Datos a utilizar será

BANCO CENTRAL DE CHILE

82

Oracle 10g o superior. Las licencias de Base de Datos necesarias para el

funcionamiento de la Solución serán proporcionadas por el Banco Central de

Chile, por lo tanto no debe ser incluido en la propuesta.

D. Compatibilidad Tivoli Storage Manager (TSM)

La Solución deberá permitir utilizar el mecanismo de respaldo TSM versión

5.4 como mínimo. Las licencias TSM necesarias para el funcionamiento de la

Solución serán proporcionadas por el Banco Central de Chile, por lo tanto no

debe ser incluido en la propuesta.

E. Compatibilidad PowerPath de EMC

El equipamiento que recomiende la empresa adjudicada, deberá permitir

conectarse al almacenamiento centralizado (SAN) utilizando software

PowerPath de EMC versión 5.2 como mínimo. Las licencias del software

PowerPath, serán proporcionadas por el Banco Central de Chile, por lo tanto no

deben ser incluidas en la propuesta.

3.3 Requerimientos de la Solución

Corresponde a todos los componentes de Software requeridos para el correcto

funcionamiento de la Solución.

Requerimiento Nº 3: Capa de Presentación

Requisitos:

A. Estaciones de Trabajo

Los usuarios de la Solución deberán poder acceder a las funcionalidades

proporcionadas a través de estaciones de trabajo del tipo Intel Core 2 Duo 2.0

GHz con 2 GB de memoria RAM, sistema operativo Microsoft Windows XP-7

Professional en español, y de ser necesario, compatible con MS Office 2003 o

superior en español, como software de escritorio.

B. Interfaz Usuaria

El Banco privilegiará las propuestas cuya interfaz usuaria, sea implementada

utilizando tecnología Web compatible con Internet Explorer 6.0 o superior.

C. La Solución deberá permitir que su capa de presentación sea accedida por

parte de las Instituciones Financieras participantes, utilizando la Red existente

para Operaciones Financieras, descrita en la sección 2 de las presentes Bases.

D. Servidor Web

El Banco privilegiará las soluciones que utilicen los siguientes servidores Web:

1) IIS, o 2) Oracle BEA Weblogic.

E. El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura contemple un balanceo de

carga para la capa de presentación.

Requerimiento Nº 4: Capa de aplicación

BANCO CENTRAL DE CHILE

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Requisitos:

A. Servidor de Aplicaciones

En el caso que la Solución utilice un componente Servidor de aplicaciones, el

Banco privilegiará las propuestas cuyas soluciones operen en un servidor de

aplicaciones Oracle BEA Weblogic.

B. Calendario de procesos

El Banco privilegiará las soluciones que proporcionen herramientas para

agendar la ejecución de procesos basada en reglas y eventos, cuya

administración sea centralizada y administrada desde la misma Solución.

C. Otras Licencias de Software

La propuesta deberá considerar la provisión de licencias de todos los

componentes de software necesarios para la correcta operación de la Solución,

excluyendo el Sistema Operativo y la Base de Datos, los cuales serán

provistos por el Banco Central de Chile, y para todos los ambientes

detallados en el requerimiento 1, puntos C, D y E.

D. El Banco privilegiará la Solución que no incluya componentes Open Source

como parte de ella.

E. El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura contemple un balanceo de

carga, para la capa de aplicación de la Solución.

F. Integridad transaccional

La Solución deberá garantizar la integridad de toda transacción, respetando

las reglas de transaccionalidad ACID (Atomicity, Consistency, Isolation and

Durability). El Banco Central de Chile privilegiará las soluciones que utilicen

un monitor transaccional estándar en el mercado.

Requerimiento Nº 5: Capa de Datos

Requisitos:

A. Limpieza de Información histórica

El Banco privilegiará las propuestas cuya Solución disponga de herramientas

que permitan realizar limpieza y archiving de la información histórica,

incluyendo herramientas para su recuperación, acceso y análisis.

B. La Solución deberá considerar mecanismos de replicación y sincronización de

datos, que aseguren su integridad en el almacenamiento centralizado en los

sitios SPP y SPA, utilizando mecanismos de replicación nativa en línea de Base

de Datos o del Sistema de Almacenamiento.

C. El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura contemple un balanceo de

carga, para la capa de datos de la Solución.

D. El proveedor deberá hacer entrega del diccionario de datos que soporta a la

Solución, detallando por ejemplo, nombre de las tablas, atributos, la

información que contiene, y el tipo de dato.

BANCO CENTRAL DE CHILE

84

Requerimiento Nº 6: Desempeño y Escalabilidad

Requisitos:

A. Desempeño

La Solución deberá asegurar un tiempo de respuesta, para las transacciones que

se realicen “en línea” no superior a los 5 segundos, y para las consultas e

informes Batch (fuera de línea) no más de 1 hora. En ambos casos, sin

considerar latencias producidas por elementos o componentes ajenos a la

Solución propiamente tal.

Los tiempos indicados, se deberán cumplir considerando la cantidad de usuarios

nombrados y volúmenes de datos, tanto para la cantidad inicial como las

proyectadas a 3 años de acuerdo a las siguientes tablas:

Tipo de Usuario Cantidad

Inicial

Proyección a 3

años

Cliente de Institución

Financiera

350 950

Usuario Funcional BCCH 40 50

Operador TI BCCH 5 10

Tabla 1: Tipos de Usuarios

Ítem Valor

Inicial

Proyección

a 3 años

Data en Línea 1.3 GB 5 GB

Data Histórica 1.3 GB 25 GB

Tabla 2: Dimensionamiento de Espacio

BANCO CENTRAL DE CHILE

85

Requerimiento Nº 7: Disponibilidad Requerida

Requisitos:

A. Disponibilidad

La Solución deberá permitir una disponibilidad mensual, en horario de

negocio, el cual está definido en el Ciclo Operativo Diario (COD), superior

al 99,50 %.

3.4 Requerimientos Seguridad y Auditoría

Requerimiento Nº 8: Seguridad

Descripción: La Solución deberá satisfacer las siguientes características de seguridad:

Requisitos:

A. Modelo de Seguridad

La Solución deberá utilizar un modelo integrado de seguridad para su

operación, el que incluya al menos, capacidad de limitar el acceso a

funcionalidades y datos, a usuarios no autorizados; adecuada segregación de

roles y responsabilidades, tanto en su aspecto funcional como técnico.

B. Identificación y Autentificación

La Solución deberá proveer los mecanismos que al conectarse, permitan

autenticar las identidades de usuarios y procesos, como requisito previo para

permitir el acceso y operación del sistema.

C. Auditoría

La Solución deberá proveer la información necesaria para la auditoría, de

manera que permita realizar el análisis, investigación y reportes de accesos

maliciosos, no autorizados o inapropiados, y asegurar que las acciones de los

usuarios en el sistema, pueden ser trazables sin ambigüedad.

D. Manejo de Identidades

Se privilegiará la Solución que se integre con Active Directory de Microsoft y

RSA ACE/Server a través de protocolo LDAP o Webservices.

E. Single Sign On

Se privilegiará la Solución que utilice Single Sign-On.

F. Comunicación Segura

Se privilegiarán las soluciones que utilicen protocolos de red seguros para la

comunicación interna entre las diferentes capas de la aplicación.

G. Chequeo de Seguridad

La empresa adjudicada deberá considerar antes del paso a producción del

sistema, una certificación de seguridad realizada por un tercero, que permita

validar que el sistema cumple con los estándares y mejores prácticas de

BANCO CENTRAL DE CHILE

86

seguridad reconocidas en el mercado (ISO 27002 y/o similares). La

certificación de seguridad tendrá como alcance el software básico, aplicativo y

en general todos los componentes que permiten la operación del sistema. El

Banco se reserva el derecho de revisar y aprobar el resultado de la

certificación. El costo del chequeo de seguridad será de cargo del BCCh.

H. Seguridad en los esquemas de Integración

El Banco privilegiará la Solución que provea mecanismos de seguridad para

los esquemas de integración de aplicaciones tales como Webservices,

Mensajería, archivos y otros.

3.5 Requerimientos de Integración

Requerimiento Nº 9: Integración con Depósito Central de Valores

Requisitos:

A. La Solución deberá utilizar la red SWIFT, actualmente en operación en el

Banco Central de Chile, para el intercambio de información con el Depósito

Central Valores, utilizando los mensajes según el estándar ISO15022.

Se privilegiará las soluciones que permitan integrarse a la red SWIFT con

Swift Alliance Access vía Websphere MQ Series.

Requerimiento Nº 10: Integración con CAS/LBTR

Requisitos:

A. La Solución deberá proveer de interfases WebSphere MQ Series para permitir

que el Sistema CAS/LBTR pueda integrarse a ella. El formato de la mensajería

a utilizar se proporcionará una vez adjudicada la propuesta al proponente. La

solución deberá proveer interfaces estándar. Las tareas adicionales para

implementar la integración serán realizadas por el Banco Central de Chile.

Requerimiento Nº 11: Integración con Sistemas ADMPAGAR y ADMTESO

(BackOffice)

Requisitos:

A. La Solución deberá proveer de interfases que permitan a los sistemas

ADMPAGAR y ADMTESO, ambos parte del Back Office, integrarse a la

Solución.

BANCO CENTRAL DE CHILE

87

Se privilegiarán las soluciones que provean mecanismos estándar de

integración vía MQ Series o Web Service para este propósito. La solución

deberá proveer interfaces estándar. Las tareas adicionales para implementar la

integración serán realizadas por el Banco Central de Chile.

Requerimiento Nº 12: Integración con Integrador Contable

Requisitos:

A. La Solución deberá proveer de interfases que permitan al Sistema Integrador

Contable integrarse a la Solución. Se privilegiarán las soluciones que provean

mecanismos estándares de integración como MQ Series y/o Web Service para

éste propósito. La solución deberá proveer interfaces estándar. Las tareas

adicionales para implementar la integración serán realizadas por el Banco

Central de Chile.

3.6 Requerimientos para la Operación y Administración

Requerimiento Nº 13: Operación y Administración técnica de la Solución

Requisitos:

A. Administración técnica

La Solución deberá disponer de una interfaz gráfica GUI, preferentemente

accesible vía Browser, para realizar todas las labores técnicas necesarias para

una adecuada y segura operación y explotación.

A través de ésta interfaz GUI, la Solución deberá permitir realizar tareas

como: Housekeeping, alternancia entre sitios, monitoreos, archiving, inicio y

detención de la aplicación, activación y detención de procesos, manejo de

situaciones de excepción, etc. Esta funcionalidad (GUI) deberá contar con

controles de acceso, segregación de funciones y registro para auditorías.

Las tareas de Housekeeping o mantención periódica de la solución, deberán

ejecutarse en forma automática, sin la intervención de personal de la Gerencia

de Informática.

B. Capacidad de Operación

El Banco privilegiará las propuestas cuyo componente de monitoreo, incluya

la integración con alguna de las herramientas de monitoreo opere en forma

automática, incluyendo la integración con alguna de las herramientas de

monitoreo estándar de mercado que posea el BCCh. Se privilegiará además,

aquellas soluciones que dispongan de un “tablero de control” (dashboard) que

BANCO CENTRAL DE CHILE

88

permita el seguimiento del procesamiento de las transacciones, generando

alertas ante eventuales problemas en el funcionamiento de alguno de sus

componentes.

3.7 Requerimientos de licencias usuarias y técnicos

Requerimiento Nº 14: Licencias usuarias y técnicas

A. Licenciamiento para usuarios y técnicos

La propuesta deberá incluir el licenciamiento necesario para la correcta

operación de las cantidades iniciales de usuarios y técnicos, que se indican a

continuación, y señalar los valores unitarios adicionales por el incremento

proyectado a 3 años.

Tipo de Usuario Cantidad

Inicial

Proyección a

3 años

Cliente de Institución

Financiera

350 950

Usuario Funcional

BCCH

40 50

Operador TI BCCH 5 10

Tabla 3: Tipos de Usuarios

BANCO CENTRAL DE CHILE

89

3 Especificación de Requerimientos de Servicios Tecnológicos

A continuación se indican los requerimientos de servicios que la propuesta deberá incluir.

5.1 Servicios de Infraestructura

Requerimiento N° 15: Especificaciones del Equipamiento

A. Como una de las actividades iniciales del proyecto, el proveedor deberá

entregar los antecedentes y detalles técnicos necesarios, que le permitan al

Banco Central de Chile elaborar una RFP para la adquisición de la totalidad del

equipamiento para los tres ambientes en los cuales operará la Solución,

considerando todos los elementos que ésta requiera. La entrega de antecedentes

deberá incluir una estimación del dimensionamiento de espacio requerido por

la Solución, considerando las características del sistema de almacenamiento

que dispone el Banco.

5.2 Servicios de Software Básico

Requerimiento Nº 16: Instalación de Software Básico

A. Instrucciones para Configuración de Sistema Operativo

Como una de las actividades iniciales del proyecto, la propuesta deberá

considerar la entrega de los antecedentes y detalles técnicos necesarios, que le

permitan al Banco Central de Chile instalar y configurar a nivel de Sistema

Operativo, los ambientes de Producción (en ambos sitios), Pruebas y

Desarrollo, de manera de asegurar el correcto funcionamiento de la

Solución.

B. Base de Datos

La propuesta deberá incluir los servicios de instalación, configuración y

certificación del correcto funcionamiento de las Bases de Datos, en

dependencias del BCCh, para los ambientes de Producción (en ambos sitios),

Pruebas y Desarrollo

C. Documentación Software Básico

La propuesta deberá incluir la confección y entrega de toda la documentación

asociada a los procedimientos de instalación del software básico, la cual

deberá ser aceptada por el Banco, previa a la recepción conforme del servicio.

BANCO CENTRAL DE CHILE

90

5.3 Servicios de Instalación de la Solución

La propuesta deberá considerar la provisión de todos los servicios necesarios para la

implantación y funcionamiento de la Solución, para que cumpla con el marco de trabajo

CoBit, metodología ITIL y desarrollo de proyectos de acuerdo a estándar PMI.

Requerimiento N° 17: Desarrollo del proyecto

Requisitos:

A. Cronograma de trabajo

La propuesta deberá incluir un cronograma de trabajo detallado sugerido,

indicando cada una de las etapas del proyecto, su tiempo de duración y los

recursos involucrados, tanto por parte del proveedor como los que éste requiera

por parte del BCCh.

Además, deberá incluir como mínimo las siguientes actividades dentro del plan

de trabajo:

.. Instalación de SW Básico

.. Instalación de la Solución

.. Capacitación Técnica y Funcional

.. Plan de Pruebas Técnicas, incluyendo pruebas de Stress

.. Plan de Pruebas de Usuario

.. Plan de Certificación de Seguridad

.. Puesta en Producción

.. Marcha Blanca

.. Período de Garantía

B. Análisis de Requerimientos

La propuesta deberá considerar la revisión detallada de los requerimientos

técnicos especificados en estas bases, su validación y preparación de

documentación, la cual deberá ser validada y aprobada por el BCCh antes de

continuar con la etapa siguiente del proyecto de ser necesario.

C. Instalación de la Solución

La propuesta deberá incluir todas las actividades necesarias para dejar

operativa la Solución, en dependencias del BCCh, en a lo menos los ambientes

de producción, pruebas y desarrollo.

D. Configuración

BANCO CENTRAL DE CHILE

91

El Banco Central de Chile privilegiará la propuesta que considere todos los

servicios necesarios para configurar la Solución.

E. Certificación

La propuesta deberá incluir una certificación de la Solución que permita la

verificación de los requerimientos funcionales y técnicos por parte del BCCh.

Además, este proceso deberá considerar Pruebas de Estrés y certificación de

seguridad de la solución.

F. Paso a producción

La propuesta deberá considerar, como requisito previo al paso a producción, la

transferencia por parte de la empresa proponente al equipo técnico del Banco

Central de Chile, de todos los conocimientos necesarios para que sea el

equipo técnico del Banco Central de Chile, quién lleve a cabo las actividades

del traspaso a producción de la Solución.

G. Marcha Blanca

La propuesta deberá incluir un período de marcha blanca, posterior a la Puesta

en Producción (Go alive), de 2 meses de duración. Durante este período el

proveedor deberá brindar soporte en las dependencias del BCCh con un

profesional Senior, que cuente con conocimientos completos de la Solución, y

pueda efectuar ajustes en caso de ser necesarios.

Al finalizar este periodo, y cumplida la funcionalidad y entrega de todos los

requisitos solicitados, el BCCh dará por finalizado el proyecto e iniciada la

etapa de garantía.

H. Plan de Contingencia y Alternancia

La propuesta deberá considerar la elaboración de un plan y procedimientos de

contingencia de la Solución, que considere la conmutación y retorno entre los

sitios de procesamiento, garantizando la integridad y completitud de los datos

en el menor tiempo posible, en los siguientes escenarios:

• Inhabilitación del sitio operativo

• Falla de uno o más componentes de la solución

• Alternancia de Sitios

I. Capacitación técnica de la solución

La propuesta deberá considerar la capacitación sobre todos los ámbitos

funcionales y técnicos de la Solución, incluyendo administración,

mantenimiento, operación, monitoreo y respaldo, que certifiquen la

competencia del personal del BCCh que operará la solución.

La propuesta deberá considerar que toda la capacitación y entrenamiento en los

aspectos funcionales y tecnológicos, así como la documentación

BANCO CENTRAL DE CHILE

92

correspondiente, debe ser realizada preferentemente en idioma Español y en las

dependencias del Banco.

El temario de esta capacitación deberá incluir al menos temas tales como:

Ámbito Técnico:

- Configuración e instalación: considerar software aplicativo, base datos,

swift, otros necesarios para el funcionamiento adecuado de la solución

- Parametrización

- Administración,

- Mantenimiento,

- Operación,

- Monitoreo,

- Respaldo

- Herramientas de apoyo al aplicativo

- Diagnósticos preliminares de eventuales fallas o problemas en la

operación

La capacitación deberá abarcar a lo menos a los roles y perfiles descritos en la

siguiente Tabla:

Tabla 1: Tipos de Usuarios concurrentes en la capacitación

Tipo de usuario Cantidad

Ingeniero Sistemas 2

Encargados Desarrollo 2

Arquitectura 2

Seguridad 2

Operadores 2

Control Calidad 2

TOTAL USUARIOS TÉCNICOS 12

Ámbito Funcional:

- Curso introductorio al sistema, que haga un barrido a alto nivel de las

principales funciones, (alrededor de 4 horas)

- Curso de administración de negocios. Dirigido a aquellos usuarios del

BCCh que deben configurar el sistema para sus operaciones diarias.

- Curso de Negociación. Dirigido a aquellos usuarios del BCCh que

operarán el sistema en horario de negocio.

- Curso de preparación de monitores. Dirigido a aquello funcionarios del

BCCH que tendrán la responsabilidad de capacitar a los usuarios

externos en el uso del sistema.

BANCO CENTRAL DE CHILE

93

J. Documentación

La propuesta deberá incluir la elaboración y entrega de documentación, previo

al paso a producción, con el contenido que exige el BCCh en Anexo

“Checklist para la entrega de sistemas a producción”, detallada en el punto

Anexo 7.

La propuesta deberá incluir la entrega de manuales y confección de todos los

procedimientos necesarios para operar la Solución, tanto en régimen como en

escenarios de contingencia. Los procedimientos deberán ser entregados en

formato digital, compatible con una herramienta de modelamiento de procesos

que se acuerde con el BCCh.. El alcance de la documentación a elaborar deberá

permitir, a lo menos, realizar la instalación, administración, explotación,

monitoreo, reporte de incidentes, mantenimiento, respaldo, contingencia,

alternancia y todas las otras labores necesarias para una correcta ejecución de

la Solución por parte del BCCH, y adaptados específicamente a las

instalaciones del Banco Central de Chile.

5.4 Generales

Requerimiento N° 18: Requisitos Generales

Descripción: La propuesta deberá cumplir con los requisitos generales que se

indican a continuación.

Requisitos:

A. Equipo de trabajo

La propuesta deberá detallar el equipo de profesionales con los cuales abordará

las etapas del proyecto, y los recursos que requiera por parte del BCCh.

B. Experiencia del equipo de trabajo

La propuesta deberá detallar el currículum de los miembros del equipo del

proyecto, incluyendo experiencia, cursos y certificaciones en aplicaciones

equivalentes.

C. Experiencia del Proveedor

La empresa oferente deberá indicar la siguiente información en la propuesta:

• Cantidad de contratos de mantención vigentes con la Solución.

• Cantidad total de proyectos desarrollados para Instituciones Financieras

con la Solución.

• Cantidad total de proyectos desarrollados para Bancos Centrales con la

Solución.

• Número de versiones liberadas de la Solución.

• Porcentaje de adaptación que requiere la versión estándar de la

Solución. para cubrir los requerimientos indicados en estas Bases.

BANCO CENTRAL DE CHILE

94

5.5 Servicios de Soporte y Mantención

La propuesta deberá considerar la suscripción de un contrato de Soporte y Mantención

para la Solución completa.

Requerimiento N° 19: Servicios de Soporte y Mantención de la Solución

Requisitos:

A. Actualización Tecnológica

La propuesta deberá incluir la entrega de upgrade de la Solución, cuando se

liberen nuevas versiones o bien ante cambios originados en la red Swift.

B. Soporte y mantención

El soporte y mantención deberá ser considerado sobre todas las componentes

de software de la solución, sean este software aplicativo estándar, desarrollos

especiales, y configuración de la base de datos.

C. Horario

La propuesta deberá considerar la prestación de Servicios de Soporte y

Mantención de la Solución entre las 07:00 a 20:00 horas en horario local CLT

y que debe considerar los cambios de hora en verano y en invierno referidos al

TZ Santiago Chile. Además, si el Banco comunicase una falla fuera del

horario mencionado, y solicitase a “la empresa” prestar los servicios de

soporte y mantención, la propuesta deberá considerar la prestación de dicho

servicio a una tarifa que se estipule en el contrato.

D. Servicio de Soporte y Niveles de Servicio Requeridos (SLA)

La propuesta deberá ofrecer un servicio (Help Desk) de soporte para la

administración de incidentes de la Solución, que incluya a lo menos:

1. Registro de los incidentes reportados y criticidad en la plataforma que la

empresa disponga, y asignar un número de referencia al Banco.

2. El Banco deberá recibir una respuesta del soporte técnico dentro de los

siguientes 30 minutos.

3. La empresa deberá resolver el incidente de acuerdo a los niveles de

servicios establecidos.

La siguiente tabla indica la criticidad de la falla y el SLA solicitado.

Criticidad

de la Falla

Descripción SLA

Crítico Falla en el sistema que no permite

realizar el proceso completo de

negocio.

4 horas

Muy Grave Es una falla del sistema que restringe

realizar el proceso completo de

negocio.

3 días

hábiles

BANCO CENTRAL DE CHILE

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Mediana

Gravedad

Es una falla del sistema que tiene leve

impacto sobre el proceso completo de

negocio.

10 días

hábiles

Tabla 4: Resumen Criticidad de falla

Software Aplicativo y de los Desarrollos

Requerimiento N° 20: Servicios de Asesoría Técnica

Descripción: La propuesta deberá incluir los servicios de asesoría técnica en el uso

de la Solución.

Requisitos:

A. Asesoría Técnica

La propuesta deberá considerar la provisión de servicios de consultoría

adicionales por parte proveedor, ya sean remotos o en terreno, a solicitud del

BCCh, indicando el valor por hora hombre de servicio. En caso que la asesoría

incluya servicios en terreno, deberá indicar los valores de todos los costos

asociados (Ej.: viáticos, pasajes, hotel, etc.)

5.6 Garantías

Requerimiento N° 21: Garantía a la Solución

Descripción: La propuesta deberá considerar todas las garantías de los productos y

servicios que componen la Solución, las cuales regirán al término de la marcha

blanca y recepción conforme del BCCh.

Requisitos:

A. Garantía a la Solución

La propuesta deberá considerar un periodo de 120 días corridos de garantía

por los productos y servicios que componen la Solución, sin costo adicional

para el BCCh.

La garantía será renovada sucesivamente por períodos similares al original, en

caso de fallas en la Solución durante su período de vigencia.

Durante la garantía el proveedor deberá disponer de los mecanismos

especificados en el requerimiento “Servicios de Soporte y Mantención de la

Solución” para hacerla efectiva.

BANCO CENTRAL DE CHILE

96

4 Glosario

1. ADMPAGAR, ADMTESO: Corresponden a los sistemas que cumplen la función e

Back Office, administrando la deuda emitida tanto directamente por el Banco Central de

Chile como la emitida a nombre de la Tesorería General de la República.

2. CAS/LBTR: Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real, administra el sistema de

cuentas corrientes de los bancos en el BANCO, en inglés Real Time Gross Settlement

(RTGS).

3. COD: Corresponde al horario del Ciclo Operativo Diario en el cual el Sistema llevará a

cabo sus operaciones, y que puede cambiar durante la jornada de operación por

condiciones del mercado.

4. Integrador Contable: sistema encargado de recibir información desde SOMA para su

posterior imputación al sistema general contable del Banco Central de Chile

5. SOMA (Sistema de Operaciones de Mercado Abierto): Corresponde a la Solución

World Class que el Banco Central de Chile desea adquirir.

6. Sistemas BackOffice: corresponden a sistemas legacy del Banco Central de Chile, se les

conoce con el nombre de ADMPAGAR y ADMTESO. Estos sistemas recibirán

información desde SOMA, relativa a los resultados de las operaciones realizadas.

Dichos sistemas registran y administran la deuda.

7. SOMA Ventas: Sistema que permite realizar las ventas de instrumentos, de propia

emisión así como a nombre de la Tesorería General de la República.

8. SOMA Compras: Sistema que permite realizar operaciones de compras con pacto: repos

ventanilla, Facilidad de Liquidez Intradía (FLI), y compras definitivas.

9. SPP: Sitio de Procesamiento Principal, corresponde al sitio de procesamiento principal.

10. SPA: Sitio de Procesamiento Alterno, corresponde al sitio de contingencia del ambiente

de producción y que se utiliza ante fallas generales en el sitio de procesamiento on-line.

BANCO CENTRAL DE CHILE

97

Anexo 1: Checklist para entrega de Sistemas a Producción

A continuación se indica la documentación que debe proporcionar para pasar un sistema a

Producción.

• Documentación Software Aplicativo

Descripción General del Sistema

Software, Versiones, Release y Plataforma

Licencias, certificados de licenciamiento

Descripción detallada del diccionario de datos que soporta al aplicativo.

• Resultado de Pruebas de Aceptación

• Procedimientos para la Manipulación de Datos

• Procedimiento de Instalación, Desinstalación del software.

• Procedimientos para restablecer una versión anterior

• Procedimientos de Operación

Habilitación del servicio y cada uno de sus componentes

Deshabilitación del servicio y cada uno de sus componentes

Tiempos estimados de procesos de Habilitación y Deshabilitación

Horarios de Servicio (Sin uso, Bajo, Medio y Crítico)

Uso de Casillas FTP

Uso de Servicios de datos

Procedimientos de Respaldo

Procedimientos de Recuperación

Sistemas relacionados

Procedimientos de Explotación

Flujo del proceso

Pautas del Proceso

Pautas de Reproceso

Mensajes del Sistema, Alarmas y Cursos de Acción

Normas Especiales de Explotación

Respaldos de Explotación

• Procedimientos para la administración de Seguridad

• Procedimiento de Administración de Perfiles de Usuarios

• Procedimientos automáticos de Monitoreo

Monitoreo Interno Procesos de Carga

Monitoreo de Hardware

Monitoreo de RED

Monitoreo de Software

Monitoreo Externo de Utilización de Recursos del servidor.

Disponibilidad

Tiempos de respuesta

Problemas Conocidos

• Procedimientos de Contingencia y Alternancia

• Manuales y Pautas

Manual de operación para Usuarios finales

Procedimientos de Ayuda Funcional y Técnico

Procedimientos de Apoyo para la Mesa de Ayuda

Procedimientos de Apoyo para el área de Soporte

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98

ANEXO C

PRESENTACIÓN DE OFERTAS

LICITACIÓN

Sistema Operaciones de Mercado Abierto

SOMA

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GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS

BANCO CENTRAL DE CHILE

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ANEXO C

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

LICITACIÓN Sistema Operaciones de Mercados Abiertos

La presentación de las ofertas deberá efectuarse según lo descrito en el numeral 6 de las

presentes Bases, en dos sobres cerrados, cuyo contenido será el que se indica a

continuación. Todos los antecedentes solicitados en el presente Anexo, se consideran de

carácter obligatorio y formarán parte de la evaluación de ofertas. Además, se requiere que

en la presentación de los referidos documentos se consideren las siguientes formalidades:

• Que el orden de su presentación sea idéntico al señalado en este Anexo.

• Que cada documentación sea precedida del número y nombre del antecedente al

cual corresponde, conforme al listado señalado a continuación.

• Que la totalidad de la propuesta se presente en una carpeta simple o archivador (no

utilizar sistema de anillado o empastado).

• Que además de lo anterior, la totalidad de los antecedentes técnicos señalados en el

punto 8 de la Sección N°1 de este Anexo, se presenten en un CD-ROM o DVD

ROM (sólo lectura, no se acepta pendrives), utilizando cuando corresponda la

plantilla que el Banco proporcione.

SECCIÓN N°1: CONTENIDO DEL SOBRE N° 1 "OFERTA TÉCNICA”

1. ANTECEDENTES DEL OFERENTE

a) Nombre Legal de la Empresa ...............................................................................................

b) N° de Registro........................................................................................................................

c) Dirección comercial...............................................................................................................

d) Teléfonos y Fax ....................................................................................................................

e) Nombre, Teléfono, Email del representante ante la propuesta..............................................

f) Nombre del(los) Representante(s) Legal(s) (quien(es) suscribirá(n) el contrato)................

2. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

A fin de garantizar la seriedad de la oferta, la Empresa deberá adjuntar a su Oferta Técnica

una garantía por la suma de US$90.000.- (noventa mil dólares americanos) en las

condiciones establecidas en la letra a) del numeral 7 de las Bases de Licitación, documento

que deberá tener una vigencia mínima de 8 meses corridos, contados desde la fecha

máxima para la presentación de las ofertas señalada en el Anexo A. La glosa de esta

garantía deberá señalar que se extiende “para garantizar la seriedad de la oferta”.

BANCO CENTRAL DE CHILE

100

3. REQUISITOS FINANCIEROS

Informes contables correspondientes a los años 2008 y 2009, que reflejen apropiadamente

la situación financiera de la Empresa, tales como Balance General y Estados de Resultados,

debidamente auditados o certificados. Si a juicio del Banco, los Estados Financieros de la

Empresa no demuestran solvencia, el Banco tendrá la facultad de no considerar la

propuesta presentada por el oferente.

4. ANTECEDENTES LEGALES Y PODERES ESPECIALES.

Todos los antecedentes que acrediten la existencia legal de la Empresa y la representación

de mandatarios deberán presentarse debidamente legalizados, en los términos que se

señalan en la letra a) del numeral 11.2 de las Bases de Licitación.

4.1 Antecedentes legales que acrediten la existencia y condición jurídica de la

Empresa.

4.2 Personería: La Empresa deberá acreditar la personería de sus representantes, los

que deberán tener, al menos, las facultades necesarias para la suscripción de los

contratos, en representación de la Empresa. Si lo estima del caso, la Empresa

podrá otorgar mandatos especiales para estos contratos, utilizando el formato de

mandato que se consigna en el Anexo C.3.

4.3 Estructura Societaria de la Empresa: La Empresa deberá declarar los nombres de

los socios que la conforman, indicando sus respectivos porcentajes de

participación.

5. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD

La Empresa deberá presentar su Declaración de Confidencialidad en el formulario

adjunto en la siguiente página, el cual no deberá ser modificado.

6. DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES

La Empresa deberá presentar su declaración de Conflicto de Intereses en el formulario

adjunto en la página subsiguiente, el cual no deberá ser modificado.

BANCO CENTRAL DE CHILE

101

5. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD

Queda expresamente establecido que todos los documentos e información proporcionada a la Empresa o de la

que tome conocimiento ésta, con ocasión del suministro de bienes o de la prestación de sus servicios materia

de la Licitación efectuada, con excepción de lo que publique el Banco en su sitio Web, por la naturaleza legal

de la misma, tienen el carácter de confidencial y reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros

en ninguna forma, obligándose por lo tanto la Empresa, a mantener bajo reserva y usar dicha información

sólo para los fines previstos para la ejecución del suministro o la prestación de los servicios, y a no imprimir,

transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de cualquiera otra

manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de Chile. La

Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del Banco Central de

Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro antecedente o

información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios, investigaciones o

proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente declaración.

De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente

referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del suministro de

bienes o la prestación del servicio llegare a conocer, entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del

concepto “Información Confidencial o Reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes

que dejen de tener este carácter por haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá aún

después de finalizada la relación de suministro de bienes o prestación del servicio entre las partes.

La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus trabajadores o de las

personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el proceso de Licitación, durante el período de

vigencia del Contrato y por el plazo de cinco años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque

tales personas observen la obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las

instrucciones y adoptando todas las medidas que fueren necesarias.

Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta

contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su

política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con

cualquier otra norma legal. La Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y

al Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las

ofertas recibidas y del Contrato que se suscriba, según corresponda.

EMPRESA: …………………………………………………………………………

REPRESENTANTE DE LA EMPRESA: ……………………..…………………

FIRMA: ………………………………………………

FECHA: ………………………………………………

BANCO CENTRAL DE CHILE

102

6. DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES

De acuerdo a lo señalado en las Bases de Licitación, la Empresa deberá declarar si tiene o no

conflicto de intereses para participar en esta licitación del Banco. Se presume que existe

conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que intervenga un

funcionario del Banco, su cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o

afinidad, o las sociedades o empresas en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a

través de otras personas naturales o jurídicas de un 5% o más de su capital o las sociedades o

empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o

indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del Banco actúe

como representante. Sin perjuicio de la presunción referida, la Empresa deberá indicar la

existencia de otras situaciones que igualmente puedan considerarse como constitutivas de

conflicto de intereses para participar en esta licitación.

En caso que exista conflicto de intereses, en el sentido señalado precedentemente, la Empresa

podrá optar igualmente por participar en esta licitación, declarando dicha situación, con la

especificación correspondiente, al momento de presentar su oferta. En este caso, el Banco se

reserva el derecho de evaluar las circunstancias específicas y determinar si se considerará o no

elegible la oferta de la Empresa.

Conforme a lo señalado en los párrafos precedentes, la Empresa deberá responder en alguno

de los siguientes recuadros, según corresponda:

NO La Empresa declara no tener conflictos de intereses.

SI La Empresa declara tener conflictos de intereses. En este caso, especificar en el

siguiente recuadro la naturaleza del conflicto de intereses:

EMPRESA: ……………………………………………….…………………………………

REPRESENTANTE ANTE LA PROPUESTA: …………………………………………

FIRMA: ………………………………………………

FECHA:……………………………………………….

BANCO CENTRAL DE CHILE

103

7. COMPROMISO DE INCORPORAR LAS ADECUACIONES AL PRODUCTO

BASE A LA SOLUCIÓN

Si la empresa debe desarrollar nuevas funcionalidades para cumplir con los

requerimientos del Banco, deberá declarar formalmente su compromiso de incorporar

estas nuevas funcionalidades a la solución y su compromiso a mantenerlas en las nuevas

versiones del producto que se liberen sin costo adicional para el Banco.

Conforme a lo anterior, la Empresa deberá confirmar en el siguiente recuadro, la

condición antedicha:

Confirmación de la Empresa

(SI/NO)

La Empresa se compromete a que, si desarrolla nuevas

funcionalidades para cumplir con los requerimientos del Banco,

estas nuevas funcionalidades serán consideradas como parte de

la Solución implementada para el Banco, y en consecuencia,

serán mantenidas en las nuevas versiones del producto que se

liberen, sin costo adicional para el Banco. La misma condición

aplicará para todos aquellos desarrollos adicionales o mejoras

que a futuro el Banco requiera realizar a la Solución.

8. PROPUESTA TÉCNICA

La Empresa deberá incluir una descripción detallada de su propuesta técnica, que incluye

aspectos funcionales y tecnológicos, para proveer la Solución objeto de este proceso de

Licitación, detallando la forma en que su propuesta cumple cada uno de los Requerimientos

que se señalan en el Anexo B “Especificaciones Técnicas”. Para apoyar la propuesta

técnica, la empresa puede utilizar diagramas y en general toda aquella información

adicional, que considere necesaria para apoyar y clarificar su propuesta.

8.1) Detalle no valorizado de los Productos y Servicios que componen la Solución

La Empresa deberá indicar, sin valorizar, el detalle resumido de los Productos de Software

y servicios considerados en la Solución propuesta, ajustándose a lo señalado en el Anexo B,

utilizando para ello los formularios que se proveen a continuación, referenciando si es

necesario, a la página, capítulo o sección de la Oferta Técnica en que se encuentra un

mayor detalle.

BANCO CENTRAL DE CHILE

104

Tabla N°1: Productos de Software

Ítem Descripción del componente Cantida

d

Referencia

1 Software Aplicativo_Componente 1 x

2 Software Aplicativo_Componente 2 y

3 Software Aplicativo_Componente 3 z

n …Software Aplicativo_Componente n

Otros componentes de software como por ejemplo;

Monitor de transacciones, Servidor de Aplicaciones,

Cluster, etc.

Tabla N°2: Servicios

Ítem Descripción del componente Referenci

a

1 Servicios de provisión e implementacion

2 Servicios de capacitación

3 Servicios de Soporte y Mantención de la Solución

4 Servicios de Asesoría Técnica

8.2) Del Licenciamiento de la Solución

a) Licencias de Software: Respecto de las Licencias de Software Aplicativo propuesto

para la Solución, la propuesta deberá indicar, a lo menos, la siguiente información:

• Identificación y versión del producto.

• Breve descripción del producto.

• Formas de licenciamiento. Especificando claramente la forma de licenciamiento del

o los Software(s) propuesto(s) y la modalidad de su actualización.

• Alternativas de idioma del producto y su documentación.

• Identificación y documentación de la empresa fabricante. En el caso de tratarse de

una tercera empresa, además se deberá especificar claramente la relación del

fabricante con la Empresa.

La información solicitada, deberá estructurarse de acuerdo al siguiente formato:

BANCO CENTRAL DE CHILE

105

Item Descripción

Identificación y Versión

Descripción

Fabricante

Forma de Licenciamiento

Idioma producto

Datos Fabricante

La Empresa, puede agregar información adicional, si lo estima necesario.

b) Otras Licencias de Software: Si corresponde, la propuesta deberá incluir otras

licencias de software necesarias para la correcta operación de la Solución. En este caso,

en la propuesta se deberán especificar, de acuerdo a la información señalada en el punto

anterior.

8.3) Cronograma y Plazos de Entrega comprometidos

a) La Empresa deberá confirmar en el siguiente recuadro el plazo comprometido para la

entrega de los Productos y Servicios asociados:

Componentes de la Solución Plazo de entrega (1)

comprometido por la Empresa

Servicios de Provisión e Implementación de la Solución

Nota (1): días corridos contados desde la suscripción del contrato correspondiente, hasta la recepción

conforme.

b) Además de lo anterior, la Empresa deberá presentar un cronograma de actividades de

instalación, de desarrollo y de capacitación, detallando claramente las actividades a

realizar y el plazo comprometido para la ejecución de cada una de ellas, considerando

además de las actividades, los roles y responsabilidades, tanto de la Empresa como del

Banco. Este programa deberá considerar un plazo mínimo de 5 días hábiles bancarios

para las actividades de aceptación que deba realizar el Banco en cada etapa del proyecto

y un plazo de 3 meses para el periodo de pruebas.

Este Plan de Entrega e Instalación, deberá considerar como mínimo las siguientes

actividades:

.. Validación requerimientos

.. Instalación de la Solución

.. Configuración

.. Plan de Pruebas Técnicas, incluyendo pruebas de Stress

.. Plan de Pruebas de Usuario

BANCO CENTRAL DE CHILE

106

.. Plan de Certificación de Seguridad

.. Capacitación Técnica y Funcional

.. Puesta en Producción

.. Periodo de Pruebas (3 meses) a realizar por el Banco

.. Marcha Blanca (2 meses)

.. Período de Garantía (120 días corridos)

La empresa deberá considerar dentro de su Plan de Entrega un plazo de al menos tres

(3) meses después de la firma del contrato, para que el Banco adquiera el equipamiento

necesario para el funcionamiento de la Solución, según lo especificado en

requerimiento Tecnológico Nº 1

El programa presentado por la Empresa finalmente adjudicada, se utilizará como

referente para establecer el “Plan de Entrega e Instalación de la Solución”, el que

deberá ser revisado, convenido y aceptado entre ambas partes, en forma previa al inicio

del Proyecto.

8.4) Experiencia de la Empresa

La Empresa deberá acreditar experiencia en implementaciones similares, de preferencia en

Bancos Centrales y otras instituciones financieras, detallando lo siguiente:

• Cantidad total de proyectos desarrollados para Bancos Centrales con la Solución

• Cantidad total de proyectos desarrollados para instituciones financieras con la

Solución

• Cantidad de contratos de mantención vigentes con la Solución

• Número de versiones liberadas de la Solución.

• Porcentaje de adaptación que requiere la versión estándar de la Solución, para

cubrir los requerimientos indicados en estas Bases.

Nombre del

Cliente

Giro o

Rubro

Fecha de inicio y

término del

proyecto

Contrato

vigente? (SI/NO)

Datos de

contacto

para

referencias

Breve

descripción

del Proyecto

Funcionalidades

implementadas

El Banco se reserva el derecho de solicitar referencias, efectuar consultas a los contactos

indicados y coordinar visitas en terreno que permitan validar la información contenida en la

oferta. Para estos efectos, el Banco seleccionará a los clientes a visitar del listado de clientes

BANCO CENTRAL DE CHILE

107

presentados en las Ofertas Técnicas, y el Oferente deberá coordinar con los clientes

seleccionados las correspondientes visitas. Los gastos del personal del Banco asociados a

estas visitas (pasajes aéreos, estadías, alimentación, etc.) serán de cargo exclusivo del

Banco. Será opcional para el Oferente participar o no de la visita in situ, no obstante, si

decide participar deberá correr con los gastos asociados a su personal.

Adicionalmente el Banco podrá visitar las casas matrices de los proveedores donde podrá

solicitar demostraciones de los productos ofrecidos en la solución, o una descripción del

funcionamiento del módulo a desarrollar, si no está actualmente instalado en algún cliente.

8.5) Del Personal de la Empresa

La Empresa deberá entregar la siguiente información respecto al equipo de trabajo

propuesto:

a) Equipo de trabajo

Detallar el equipo de profesionales con los cuales abordará las etapas del

proyecto, y los recursos que requiera por parte del BCCh.

b) Experiencia del equipo de trabajo

Detallar el currículum de los miembros del equipo del proyecto, incluyendo

experiencia, cursos y certificaciones en aplicaciones equivalentes.

BANCO CENTRAL DE CHILE

108

8.6) Procedimiento para la prestación de servicios de mantención y soporte.

La Empresa deberá describir el procedimiento que utilizará para la prestación de los

servicios de mantención y soporte de la Solución, así como para la contratación de

asesorías y/o desarrollo de mejoras que el banco requiera realizar a futuro, mientras se

encuentre vigente el contrato de mantención y soporte. Este detalle constituirá el ANEXO

E.5 del modelo de contrato del Anexo E por los Servicios de Mantención y Soporte de la

Solución.

8.7) Propuesta de Custodia de Código Fuente

Tal como se establece en la Cláusula Decimoséptima del Anexo D y cláusula

Decimonovena del Anexo E el Banco requiere que la Empresa mantenga bajo custodia el

código fuente del software de aplicación licenciado en el Banco. Para estos efectos, la

Empresa deberá indicar, el nombre de la Empresa, dirección y datos de contacto, que ha

considerado en su propuesta para cubrir esta necesidad.

8.8) Propuesta de Plan de Capacitación

La Empresa deberá detallar el Plan de Capacitación considerado en su oferta, el cual debe

ajustarse a las condiciones establecidas en el Requerimiento N°17 letra I del Anexo B.2

8.9) Confirmación de cumplimiento técnico

La Empresa deberá confirmar en la forma tabular de la Tabla que se provee a continuación,

el nivel de cumplimiento de su oferta con respecto a la totalidad de las especificaciones

técnicas y demás condiciones indicadas en las presentes bases, referenciando cada

condición señalada en esta Tabla, a la página, capítulo o sección de la oferta técnica en que

se detalla. Para estos efectos, en la tercera columna de la siguiente Tabla, la Empresa

deberá indicar “SI”, si los Servicios propuestos proveen totalmente y sin modificaciones la

funcionalidad solicitada por el Banco, o “NO” si no la provee, si ofrece desarrollarla, o si

ofrece una solución alternativa. En este último caso, el Banco evaluará y resolverá a su

juicio exclusivo, si considera la solución alternativa como técnicamente elegible o no. En la

cuarta columna de esta Tabla, la Empresa debe referenciar el número de página, capítulo o

sección de la propuesta en la que se encuentra la descripción detallada del concepto

evaluado. Todo antecedente adicional que desee incluir, deberá ser referenciado

adecuadamente.

BANCO CENTRAL DE CHILE

109

Requisito Técnico N° Descripción

(Se refiere a los Requerimientos Técnicos descritos en el Anexo B de las Bases)

Cumple(*)

(SI/NO) Referencia

REQUERIMIENTOS FUNCIONALES

01 Compras de Títulos de Crédito con pacto de retroventa (REPO)

01.A ¿El sistema permite la compra de títulos de crédito con pacto de

retroventa por ventanilla? Explique detalladamente

01.B ¿El sistema permite la compra de títulos de crédito con pacto de

retroventa por licitación?

01.C ¿El sistema permite sustitución de colaterales? Explique

01.D ¿El sistema permite sustitución de la obligación por otra (rollover)?

Explique

02 Facilidad de Liquidez Intradía (FLI)

02.A ¿El sistema permite proveer liquidez intradía a los participantes?

Explique detalladamente

02.B ¿El sistema permite la devolución anticipada de la operación por

parte del participante?

02.C ¿El sistema permite el cumplimiento alternativo (rollover) a

operaciones overnight (FPL)?

02.D ¿El sistema genera automáticamente al final del día un proceso de

liquidación automática de operaciones FLI vigentes?

02.E

¿El sistema provee un mecanismo para la devolución de todas las

operaciones pendientes, en caso de no haber fondos suficientes?

Explique el mecanismo utilizado.

02.F ¿El sistema permite a los participantes la carga masiva de

colaterales?

03 Facilidad Permanente de Liquidez (FPL)

03.A ¿El sistema permite proveer liquidez overnight a los participantes

contra entrega de colaterales (FPL)? Explique detalladamente

03.B ¿El sistema genera automáticamente a la fecha del vencimiento el

proceso de devolución de operaciones FPL?

03.C

¿El sistema provee un mecanismo en caso de no haber fondos

suficientes para la devolución de las operaciones pendientes?

Explicar.

04 Facilidad Permanente de Depósito (FPD)

04.A ¿El sistema ofrece un mecanismo de recepción de depósitos

overnight? Explique detalladamente.

04.B ¿El sistema permite la liquidación automática de las operaciones

FPD, al día de su vencimiento?

05 Depósito de Liquidez (DL)

05.A ¿El sistema ofrece un mecanismo de recepción de depósitos a plazo?

Explique detalladamente

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110

05.B ¿El sistema permite la liquidación automática de las operaciones DL,

al día de su vencimiento?

06 Venta de Títulos de Deuda

06.A ¿El sistema ofrece la venta de títulos de deuda por licitación

competitiva? Explique detalladamente.

06.B ¿El sistema ofrece la venta de títulos de deuda por ventanilla?

06.C

¿El sistema permite distinguir las operaciones que se hacen por

cuenta propia de las que se hacen a nombre de la Tesorería General

de la República?

07 Compra definitiva de títulos de deuda

07.A ¿El sistema ofrece la compra definitiva de títulos de deuda a través

de licitaciones competitivas? Explicar detalladamente

08 Compra/Venta Swaps de Divisas

08.A ¿El sistema ofrece la realización de operaciones de Compra/Venta

Swaps de Divisas? Explicar detalladamente

08.B

¿El sistema genera las instrucciones de pago al sistema LBTR, con

la indicación que deben ser pagadas en modalidad Payment versus

Payment?

09 Compra/Venta de Moneda Extranjera

09.A ¿El sistema ofrece la realización de operaciones de Compra/Venta

de Moneda Extranjera? Explicar detalladamente

09.B

¿El Sistema genera las instrucciones de pago al sistema LBTR, con

la indicación que deben ser pagadas en modalidad Payment versus

Payment?

10 Constitución de Línea de Crédito de Garantía Prendaria (LCGP)

10.A ¿El sistema ofrece la constitución de una LCGP? Explicar

detalladamente

10.B ¿Cómo registra el sistema la constitución de prendas?

10.C ¿Cómo registra el sistema el alzamiento de prendas?

10.D ¿Cómo se implementa la utilización de la LGCP, por parte del

sistema? Explicar.

10.E ¿El sistema realiza valorizaciones periódicas de los títulos de la

LCGP? Explique

11 Publicación o difusión

11.A ¿El sistema permite la difusión de la realización de una operación

financiera?

11.B ¿El sistema permite la publicación de las condiciones financieras de

la operación?

11.C ¿El sistema permite la publicación de los participantes invitados a la

operación financiera?

12 Postulación

BANCO CENTRAL DE CHILE

111

12.A ¿El sistema presenta una interfaz a los participantes para el ingreso

de las postulaciones u ofertas?

12.B ¿El sistema presenta la pantalla de ingreso solamente a aquellos

participantes autorizados?

12.C ¿El sistema ofrece el acceso a todas las operaciones financieras

vigentes autorizadas?

12.D ¿El sistema ofrece a los usuarios ver sus ofertas ingresadas?

12.E ¿El sistema ofrece la posibilidad de mejorar las ofertas ya

ingresadas, de acuerdo con las condiciones financieras?

12.F ¿El sistema permite a los usuarios confirmar la operación?

13 Verificación

13.A ¿El sistema verifica que la postulación cumple con las condiciones

financieras especificadas?

13.B ¿El sistema rechaza las ofertas que no cumplen con las condiciones

financieras?

13.C Si se produce un rechazo, ¿éste es reflejado en la interfaz del usuario

y del BCCh, indicando el motivo del rechazo?

14 Valorización de instrumentos

14.A ¿El sistema valoriza todos los títulos de crédito ofrecidos como

colaterales, de acuerdo a tasas y precios de mercado?

14.B Explique en forma detallada cómo valoriza el sistema los títulos

entregados como colaterales.

14.C ¿El sistema valoriza los títulos, incluyendo la aplicación del haircut

o margen, según las características del título y su categoría de riesgo

14.D

Explique cómo resuelve el sistema la valorización de títulos que

tienen flujos de capital e intereses, para el caso de transferencia

efectiva de propiedad y para el caso de constituirse prenda sobre

ellos.

14.E

¿El sistema valoriza los títulos de deuda colocados por el Banco

Central de Chile o la Tesorería General de la República de acuerdo a

sus características y el resultado del proceso de licitación? Explique

detalladamente.

14.F

¿El sistema valoriza los títulos de deuda comprados anticipadamente

por el Banco Central de Chile de acuerdo a sus características y el

resultado del proceso de licitación? Explique detalladamente.

14.G

¿En las operaciones de compra/venta swaps de divisas, el sistema

calcula el monto en moneda extranjera que se compra o vende al

participante, de acuerdo al monto adjudicado y la tasa de cambio

spot?

14.H ¿Para las operaciones de compra/venta swaps de divisas, el sistema

calcula el monto final de la operación, a su vencimiento? Explique

14.I ¿El sistema permite valorizar las operaciones de compra/venta de

divisas?

14.J ¿El sistema calcula los intereses a cobrar o pagar por los préstamos o

depósitos respectivos?

15 Adjudicación

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112

15.A ¿El sistema permite efectuar licitaciones tradicionales?

15.B ¿El sistema permite efectuar licitaciones interactivas?

15.C ¿El sistema permite la ejecución de operaciones de compra o venta

por ventanilla?

15.D ¿El sistema permite la adjudicación por modalidad inglesa o precio

múltiple?

15.E ¿El sistema permite la adjudicación por modalidad holandesa o

precio único?

15.F ¿El sistema permite la adjudicación de las postulaciones, de acuerdo

al tipo de postulación y modalidad de adjudicación?

15.G ¿El sistema permite declarar desierta una licitación?

15.H ¿La acción de dejar desierta una licitación requiere de doble

autorización?

15.I ¿El sistema ofrece al usuario del BCCh, debidamente autorizado,

modificar el monto total a adjudicar?

15.J ¿El sistema ofrece limitar la variación del monto total a adjudicar a

un porcentaje, predefinido en un parámetro?

15.K ¿El sistema provee facilidades para informar a los participantes el

resultado de sus postulaciones?

15.L

¿El sistema provee facilidades para informar a todos los

participantes el resultado general de la licitación incluyendo el

monto total ofertado, el monto requerido, el monto adjudicado y la

tasa o precio de corte?

16 Pago al sistema LBTR

16.A

¿El sistema posee la facilidad para generar una instrucción de pago

al sistema LBTR, para el pago de las obligaciones de compra o

venta de títulos de crédito, o producto de las facilidades

permanentes?

16.B

¿El sistema se asegura que los pagos han sido efectivamente

liquidados en el sistema LBTR, en el caso de la venta de títulos?

Explique como lo hace.

16.C

¿El sistema permite la anulación de una operación, en caso que una

instrucción de pago no se liquide dentro de un plazo definido?

Explique como lo hace. ¿Se asegura el rollback completo de la

operación?

16.D

¿El sistema permite registrar la correcta liquidación de un pago en

contingencia del LBTR, para continuar el flujo del proceso en forma

normal? Explique

16.E

¿El sistema provee un mecanismo para efectuar las liquidaciones en

el LBTR en forma manual y continuar con el proceso de las

operaciones? Explique

16.F ¿El sistema ofrece que el DCV inicie la instrucción de pago,

utilizando mensajes propietarios MT298?

16.G ¿El sistema ofrece que el DCV inicie la instrucción de pago,

utilizando mensajes SWIFT MT207?

17 Anular Operación

BANCO CENTRAL DE CHILE

113

17.A ¿El sistema posee la facilidad para anular una operación por no pago

oportuno, o por otras condiciones que defina el BCCh?

17.B ¿La anulación de operaciones es una facultad exclusiva de los

operadores del BCCh?

17.C ¿La anulación de operaciones, exige la concurrencia de dos

operadores, uno que anula y otro que autoriza?

18 Instruir transferencia de títulos al DCV

18.A

¿El sistema genera mensajes SWIFT de acuerdo al estándar ISO

15022, para la relación con el DCV? Entregue ejemplos de todos los

mensajes utilizados.

18.B

¿El sistema ofrece la generación de mensajes libres de pago (Free of

Payment) MT540 y MT542 para la instrucción de traspaso de

posiciones en el DCV?

18.C

¿El sistema ofrece el ingreso de ambas puntas de la operación de

traspaso de posiciones en el DCV, actuando el BCCh como

mandante del participante?

18.D ¿El sistema ofrece que el envío de ambas puntas sea una opción a

nivel de participante y tipo de operación?

18.E

¿El sistema ofrece generar los mensajes SWIFT para el registro

inicial automático de los títulos de crédito vendidos por el Banco

Central?

18.F ¿El sistema ofrece la captura y proceso de los mensajes SWIFT

MT544 y MT546 de confirmación de traspaso en el DCV?

18.G

¿El sistema es capaz de generar y procesar mensajes SWIFT MT5xx

de manejo de situaciones de excepción, tales como no pareo de

mensajes en el DCV, no recepción de una de las puntas y otras

similares?

18.H

¿El sistema provee mecanismos de contingencia, que permitan

instruir el traspaso de posiciones en el DCV, si éste no está

habilitado para recibir mensajes ISO15022? Explique el mecanismo.

18.I

¿El sistema permite registrar la correcta operación de un traspaso de

posiciones en contingencia en el DCV, para continuar el flujo del

proceso en forma normal? Explique

19 Informar al Sistema de Back Office las operaciones de deuda y

compras definitivas

19.A ¿El sistema informa al sistema de Back Office los datos de la venta

de títulos?

19.B

¿El sistema genera información para su envío al sistema de Back

Office que administra el registro y servicio de deuda, por los títulos

de deuda emitidos por el BCCh o la Tesorería General de la

República?

19.C

¿El sistema genera la información necesaria para que el sistema de

Back Office pueda contabilizar la operación de venta de títulos de

crédito? Detalle la información que entrega.

19.D ¿El sistema ofrece generar la información de las compras definitivas,

para que el sistema del Back Office pueda dar de baja los títulos?

19.E ¿El sistema genera la información necesaria para la contabilización

de las operaciones de compras definitivas?

20 Administración de las Operaciones a Plazo

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114

20.A ¿El sistema calcula y registra la fecha de vencimiento de las

operaciones con pacto?

20.B ¿El sistema inicia las actividades de cierre de las operaciones a la

fecha de vencimiento de ellas?

20.C

¿El sistema ofrece al operador del BCCh visualizar las operaciones

que están agendadas, ordenadas por operación, fecha de vencimiento

o participante?

20.D ¿El sistema ofrece a los participantes visualizar los vencimientos de

las operaciones a plazo?

20.E ¿El sistema provee un mecanismo para avisar a los participantes el

próximo cumplimiento del plazo de una operación financiera?

20.F ¿El aviso del próximo cumplimiento puede ser administrado por un

parámetro, que indica el número de días?

21 Generar información para el registro contable

21.A ¿El sistema ofrece generar información para ser entregado al sistema

integrador contable?

21.B

¿El sistema entrega información al sistema integrador contable,

dependiendo del tipo de operación financiera de que se trate,

incluyendo tasas de interés, diferencias de valor, montos liquidados

en el sistema LBTR, montos valorizados de colaterales? Detalle la

información entregada.

22 Flexibilidad en la administración

22.A

¿El sistema ofrece distinguir entre parámetros dinámicos (que se

actualizan inmediatamente), parámetros estáticos (que se actualizan

al siguiente día de operación) y parámetros de sistema (que se

definen en la etapa de instalación)?

22.B ¿El sistema provee facilidades para la generación, actualización y

eliminación de parámetros dinámicos?

22.C ¿El sistema provee flexibilidad para definir, en etapa de instalación,

cuáles parámetros serán dinámicos?

22.D ¿La definición de participantes es dinámica?

22.E ¿La definición de usuarios es dinámica?

22.F ¿La definición de actas de resultado es dinámica?

22.G ¿La configuración de instrumentos es dinámica?

22.H ¿El sistema es flexible en la definición de acciones que exigen doble

autorización?

23 Implementación de reglas de negocio

23.A ¿El sistema permite implementar reglas de negocio particulares para

las distintas operaciones?

24 Capas de presentación

2.4A

¿El sistema permite la implementación de diferentes capas de

presentación para el BCCh como para las instituciones

participantes?

BANCO CENTRAL DE CHILE

115

24.B

¿El sistema permite la implementación de capas de presentación con

reglas de negocio distintas, dependiendo de los usuarios que la

utilicen?

24.C ¿El sistema ofrece capas de presentación amigables para el usuario?

25 Definición y Administración de Participantes

25.A ¿El sistema ofrece la definición de participantes?

25.B ¿El sistema provee facilidades para la eliminación y modificación de

los participantes?

25.C ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y

modificación de participantes?

25.D ¿El sistema ofrece registrar el BIC para los participantes bancos y el

BIC y cuenta corriente para los participantes no bancos?

26 Definición y Administración de usuarios

26.A ¿El sistema ofrece una opción de definición de usuarios?

26.B ¿El sistema ofrece definir perfiles a los usuarios?

26.C ¿El sistema ofrece la definición de perfiles genéricos, que luego

puedan ser aplicados a los usuarios?

26.D ¿El sistema ofrece la modificación de perfiles genéricos, agregando

o quitando funciones?

26.E ¿El sistema ofrece asignar un perfil genérico a un usuario,

modificando alguna de sus características?

26.F

¿El nivel de flexibilidad de la asignación de privilegios a los

usuarios, es a nivel de funciones particulares, o es por grupo de

funciones?

26.G ¿El sistema ofrece definir funciones que requieren doble

autorización?

26.H ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y

modificación de usuarios?

27 Definición y Administración de Grupo

27.A ¿El sistema ofrece la definición de grupos de participantes?

27.B ¿El sistema ofrece la modificación de los grupos de participantes?

27.C ¿El sistema ofrece la generación de nuevos grupos a partir de los

grupos existentes?

27.D ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y

modificación de grupos de participantes?

27.E ¿El sistema ofrece la inclusión de un participante en más de un

grupo?

28 Definición de Instrumentos o Títulos de Deuda

28.A

¿Ofrece la creación, modificación y eliminación de títulos de deuda

en un registro del sistema?

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116

28.B ¿Ofrece la identificación de un titulo de deuda, tanto por su ISIN

como por su nemotécnico?

28.C Indique qué parámetros de los títulos de deuda se registran en el

sistema

28.D ¿El sistema ofrece determinar el nemotécnico de un título a través de

su ISIN?

28.E ¿El sistema ofrece determinar el ISIN de un título a través de su

nemotécnico?

29 Definición de calendario de operaciones

29.A ¿El sistema cuenta con un calendario de operación, que permita la

definición de los días y horas de operación?

29.B ¿Los calendarios de operación, permiten modificaciones por parte

del administrador del sistema?

29.C

¿Los calendarios de operación pueden ser modificados por parte

del administrador del sistema, cancelando operaciones, modificando

horarios, fechas y condiciones e incorporando nuevas operaciones?

29.D ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y

modificación de calendario de operaciones?

30 Envío de mensajería a usuarios

30.A ¿El sistema ofrece configurar y enviar mensajes a los participantes?

30.B ¿El envío de mensajes es flexible, en el sentido de mandar el mismo

mensaje a varios participantes o grupo de participantes?

31 Publicación de bases y resultados de licitación

31.A

¿El sistema permite publicar las Bases y Resultados de Licitación en

un formato por acordar (se sugiere .pdf), de manera que los

participantes pueden acceder a dicha información a través de su

interfaz?

32 Consultas Generales

32.A ¿El sistema ofrece la generación de informes en formato texto, Excel

o XML?

32.B ¿El sistema dispone de herramientas que permitan consultar por los

parámetros generales del sistema, en un formato flexible?

32.C ¿El sistema permite consultar por los perfiles de los usuarios y las

acciones que tiene autorizadas?

32.D ¿Es posible generar informes y consulta a partir de cualquier dato

registrado en la base de datos del sistema?

32.E

¿El sistema ofrece al usuario de un participante, verificar los

usuarios que hay definidos para ese participante y las acciones que

tiene autorizadas?

32.F

¿El sistema ofrece al usuario del BCCh consultar las características

de todas las ofertas ingresadas a una operación financiera? Explique

que nivel de detalle se puede obtener con esta consulta.

BANCO CENTRAL DE CHILE

117

Preguntas Tecnológicas Operaciones de mercado abierto (SOMA)

Requisito

Técnico N°:

Descripción

(Se refiere a las ESPECIFICACIONES TECNOLÓGICAS DEL

ANEXO B.2

LICITACIÓN SOLUCIÓN SOMA)

Cumple(*)

(SI/NO) Referencia

3 Requerimientos Productos Tecnológicos

3 1 Requerimientos de Infraestructura

3.1

Requerimiento

Nº 1 - A

¿La propuesta considera a lo menos tres capas lógicas:

Presentación, Aplicación y Datos?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - A

¿La arquitectura de la solución considera la Capa de Datos en un

equipamiento dedicado y no compartida con otros componentes de

ella?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - A

¿La propuesta de solución es compatible con equipamiento

IBM/Power o SUN, de 64 bits?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - B

¿Permite la solución conmutar desde un Sitio de Procesamiento

Principal (SPP) a un Sitio de Procesamiento Alterno (SPA) en un

Tiempo no superior a 30 minutos una vez que la plataforma se

encuentre activa en el sitio?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - B

¿Permite la solución operar en sitios de procesamiento principal y

secundario físicamente distantes, y pertenecientes a redes

independientes?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - B

¿Incluye la propuesta las especificaciones técnicas detalladas del

equipamiento necesario para que la aplicación opere adecuadamente

en los ambientes de: producción, pruebas y desarrollo?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - C

¿La propuesta de la solución opera sobre un cluster Veritas de a lo

menos 2 nodos en el SPP, y un segundo cluster de 2 nodos en el

SPA?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - C

¿La propuesta considera que la arquitectura de la solución tanto

para SPP como para SPA deberá ser idéntica?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - D

¿La arquitectura de la solución, para el ambiente de Pruebas,

corresponde a una equivalente a la utilizada para el Sitio Principal

de Producción?

BANCO CENTRAL DE CHILE

118

3.1

Requerimiento

Nº 1 - D

¿La propuesta de la solución opera, en ambiente de pruebas, sobre

un cluster Veritas de a lo menos 2 nodos en el SPP?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - E

¿La arquitectura de la solución, para el ambiente de desarrollo,

corresponde a una equivalente a la utilizada para ambiente de

pruebas, dimensionado sólo para realizar esta función?

3.1

Requerimiento

Nº 1 - E

¿La propuesta recomienda, en detalle, una arquitectura completa

virtualizada para este ambiente (desarrollo)?

3.2 Requerimientos de Software Básico

3.2

Requerimiento

Nº 2 - A

La solución propuesta opera bajo un Sistema Operativo AIX o SUN

SOLARIS?

3.2

Requerimiento

Nº 2 - B

¿La propuesta considera el soporte integral de la Solución, para los

ambientes de desarrollo, pruebas y producción?

3.2

Requerimiento

Nº 2 -C

¿La propuesta considera el soporte integral de la Base de Datos,

para los ambientes de desarrollo, pruebas y producción? La

propuesta señala que la Base de Datos a utilizar será Oracle 10g o

superior.

3.2

Requerimiento

Nº 2 – D

¿La solución permite utilizar el mecanismo de respaldo TSM

versión 5.4 como mínimo?

3.2

Requerimiento

Nº 2 - E

¿El equipamiento recomendado permite conectarse al

almacenamiento centralizado (SAN), utilizando software

PowerPath de EMC versión 5.2 como mínimo?

3.3 Requerimientos de la Solución

3.3

Requerimiento

Nº 3 - A

¿La propuesta considera utilizar estaciones de trabajo del tipo Intel

Core 2 Duo 2.0 GHz con 2 GB de memoria RAM, sistema

operativo Microsoft Windows XP-7 Professional en español, y de

ser necesario, compatible con MS Office 2003 o superior en

español, como software de escritorio?

3.3

Requerimiento

Nº 3 - B

¿La interfaz usuaria propuesta por la solución, utiliza tecnología

Web utilizando Internet Explorer v6 o superior?

3.3

Requerimiento

Nº 3 - C

¿La solución permite el acceso a su capa de presentación, utilizando

la Red existente de Operaciones Financieras descrita en las Bases

Técnicas?

BANCO CENTRAL DE CHILE

119

3.3

Requerimiento

Nº 3 - D

¿La solución utiliza alguno de los siguientes servidores Web: 1)

IIS, o 2) Oracle BEA Weblogic?

3.3

Requerimiento

Nº 3 - E

¿La solución contempla un balanceo de carga para la capa de

presentación?

3.3

Requerimiento

Nº 4 - A

¿La solución contempla un servidor de aplicaciones Oracle BEA

Weblogic?

3.3

Requerimiento

Nº 4 - B

¿La solución contempla herramientas para agendar procesos,

basadas en reglas y eventos, cuya administración sea centralizada y

administrada desde la misma Solución?

3.3

Requerimiento

Nº 4 - C

¿La propuesta considera la provisión de licencias de todos los

componentes de software necesarios para la correcta operación de la

Solución, a excepción de Base de Datos y S.O. los que serán

provistos por el Banco Central de Chile, para los ambientes de

producción, pruebas, y desarrollo?

3.3

Requerimiento

Nº 4 -D

¿Se incluyen en la solución uno o más componentes Open Source

como parte de ella?

3.3

Requerimiento

Nº 4 - E

¿La solución contempla un balanceo de carga para la capa de

aplicación?

3.3

Requerimiento

Nº 4 - F

¿La solución garantiza la integridad de toda transacción efectuada

en ella?

3.3

Requerimiento

Nº 4 - F

¿La solución utiliza un monitor transaccional estándar en el

mercado?

3.3

Requerimiento

Nº 5 - A

¿La solución dispone de herramientas que permitan realizar

limpieza y archiving de la información histórica, incluyendo

herramientas para su recuperación, acceso y análisis?

3.3

Requerimiento

Nº 5 - B

¿Considera la solución mecanismos de replicación y sincronización

de datos, que aseguren la integridad de ellos en el almacenamiento

centralizado en los sitios SPP y SPA, utilizando mecanismos de

replicación nativa en línea de base de datos o del sistema de

almacenamiento?

3.3

Requerimiento

¿La solución contempla un balanceo de carga para la capa de datos

de la solución?

BANCO CENTRAL DE CHILE

120

Nº 5 - C

3.3

Requerimiento

Nº 5 - D

¿El proveedor entrega en la propuesta el diccionario de datos que

soporta a la Solución, detallando por ejemplo, nombre de las tablas,

atributos, la información que contiene, y el tipo de dato?

3.3

Requerimiento

Nº 6 - A

¿La propuesta de solución asegura un tiempo de respuesta para que

las transacciones, que se realicen “en línea”, no superen los 5

segundos, y para las consultas e informes Batch (fuera de línea) no

demoren más de 1 hora, teniendo en consideración las cifras

detallada en tabla 1 y tabla 2?

3.3

Requerimiento

Nº 7 - A

¿La propuesta considera una disponibilidad mensual esperada, en

horario de negocio definido en el Ciclo Operativo Diario (COD),

superior al 99,50 %?

3.4 Requerimiento de Seguridad y Auditoria

3.4

Requerimiento

Nº 8 - A

¿La solución utiliza un modelo integrado de seguridad para su

operación, el que incluya al menos, capacidad de limitar el acceso a

funcionalidades y datos, a usuarios no autorizados; adecuada

segregación de roles y responsabilidades, tanto en su aspecto

funcional como técnico?

3.4

Requerimiento

Nº 8 - B

¿La solución provee mecanismos para conectarse que permita

autenticar las identidades de usuarios y procesos, como requisito

previo para operar en el sistema?

3.4

Requerimiento

Nº 8 - C

¿La solución provee la información necesaria para la auditoria,

permitiendo realizar el análisis, investigación y reportes de accesos

maliciosos, no autorizados o inapropiados, y asegurar que las

acciones de los usuarios en el sistema, puedan ser trazables sin

ambigüedad?

3.4

Requerimiento

Nº 8 - D

¿La solución se integra con Active Directory de Microsoft y RSA

ACE/Server a través de protocolo LDAP o Webservices?

3.4

Requerimiento

Nº 8 - E

¿La solución utiliza Single Sign-On?

3.4

Requerimiento

Nº 8 - F

¿La solución utiliza protocolos de red seguros para la

comunicación interna entre las diferentes capas de la aplicación?

3.4

Requerimiento

Nº 8 - G

¿La empresa adjudicada acepta que antes del paso a producción

del sistema, se efectué una certificación de seguridad que autoriza

su paso a producción, realizada por un tercero, que valida que la

solución cumple con los estándares y mejores prácticas de seguridad

reconocidas en el mercado?

BANCO CENTRAL DE CHILE

121

3.4

Requerimiento

Nº 8 - H

¿La Solución provee mecanismos de seguridad para los esquemas

de integración de aplicaciones tales como Webservices, Mensajería,

archivos y otros?

3.5 Requerimientos de Integración

3.5

Requerimiento

Nº 9 - A

¿Para el intercambio de información con el Depósito Central

Valores, la Solución utiliza la red SWIFT, utilizando los mensajes

según el estándar ISO15022?

3.5

Requerimiento

Nº 9 - A

¿La Solución permite integrarse a la red SWIFT con Swift Alliance

Access vía Websphere MQ Series?

3.5

Requerimiento

Nº 10 - A

¿La Solución provee de interfaces IBM WebSphere MQ Series;

capa de transporte, para permitir integrarse con el Sistema

CAS/LBTR, proveyendo interfaces estándar?

3.5

Requerimiento

Nº 11 - A

¿La Solución provee de interfaces IBM WebSphere MQ Series;

capa de transporte, para permitir a los sistemas ADMPAGAR y

ADMTESO, ambos parte del Back Office, integrarse a ella y

proveyendo interfaces estándar?

3.5

Requerimiento

Nº 12 - A

¿La Solución provee de interfaces IBM WebSphere MQ Series;

capa de transporte para permitir integrase con el sistema Integrador

Contable y proveyendo interfaces estándar?

3.6 Requerimientos para la Operación y Administración.

3.6

Requerimiento

Nº 13 - A

¿La Solución dispone de una interfaz gráfica GUI, preferentemente

accesible vía Browser, para realizar todas labores técnicas

necesarias para una adecuada y segura operación y explotación?

3.6

Requerimiento

Nº 13 - A

¿Esta interfaz GUI, permite a la Solución realizar tareas como:

Housekeeping, alternancia entre sitios, monitoreos, archiving, inicio

y detención de la aplicación, activación y detención de procesos,

manejo de situaciones de excepción, etc?

3.6

Requerimiento

Nº 13 - A

¿Cuenta esta funcionalidad (GUI) con controles de acceso,

segregación de funciones, y registro para auditorias?

3.6

Requerimiento

Nº 13 - A

¿Las tareas de Housekeeping o mantención periódica de la solución,

se ejecutan en forma automática, sin la intervención de personal de

la Gerencia de Informática?

3.6

Requerimiento

Nº 13 - B

El componente de monitoreo de la Solución, opera en forma

automática incluyendo la integración con alguna de las herramientas

de monitoreo estándar de mercado que posea el Banco Central de

Chile?

BANCO CENTRAL DE CHILE

122

3.6

Requerimiento

Nº 13 - B

¿Dispone la solución de un “tablero de control” (dashboard) que

permita el seguimiento del procesamiento de las transacciones,

generando alertas ante eventuales problemas en el funcionamiento

de alguno de sus componentes?

3.7 Requerimientos de Licencias Usuarias y Técnicos

3.7

Requerimiento

Nº 14 - A

¿Incluye la propuesta el licenciamiento necesario para la correcta

operación de las cantidades de usuarios, que se indican en la

propuesta?

4 Requerimientos Servicios Tecnológicos

4.1 Servicios de Infraestructura

4.1

Requerimiento

15 –A

¿La propuesta incluye, como una de las actividades iniciales del

proyecto, la entrega por parte del proveedor de los antecedentes y

detalles técnicos necesarios, que le permitan al Banco Central de

Chile elaborar una RFP para la adquisición de la totalidad del

equipamiento para los tres ambientes en la cual operará la Solución,

considerando todos los elementos que ésta requiera?

4.1

Requerimiento

15 -A

¿En la propuesta, viene incluida una estimación del

dimensionamiento de espacio requerido por la Solución,

considerando las características del sistema de almacenamiento que

dispone el Banco?

4.2 Servicios de Software Básico

4.2

Requerimiento

16 -A

¿La propuesta considera como una de las actividades iniciales del

proyecto, la entrega por parte del proveedor de los antecedentes y

detalles técnicos necesarios, que le permitan al Banco Central de

Chile instalar y configurar a nivel de Sistema Operativo, los

ambientes de Producción (en ambos sitios), Pruebas y Desarrollo,

de manera de asegurar el correcto funcionamiento de la Solución?

4.2

Requerimiento

16 -B

¿Incluye la propuesta todos los servicios de instalación,

configuración y certificación del correcto funcionamiento de las

bases de datos, en dependencias del Banco Central de Chile, para

los ambientes de Producción (en ambos sitios), Pruebas y

Desarrollo?

4.2

Requerimiento

16 -C

¿Incluye la propuesta la confección y entrega de toda la

documentación asociada a los procedimientos de instalación del

software básico, la cual deberá ser aceptada por el Banco, previa a

la recepción conforme del servicio?

4.3 Servicios de Instalación de la Solución

BANCO CENTRAL DE CHILE

123

4.3

Requerimiento

17 -A

¿Incluye la propuesta un cronograma de trabajo detallado,

indicando cada una de las etapas del proyecto, su tiempo de

duración y los recursos involucrados, tanto por parte del proveedor

como los que éste requiera por parte del Banco Central de Chile,

detallando como mínimo las siguientes actividades dentro del plan

de trabajo:

 Instalación de SW Básico

 Instalación de la Solución

 Capacitación Técnica y Funcional

 Plan de Pruebas Técnicas, incluyendo pruebas de Stress

 Plan de Pruebas de Usuario

 Plan de Certificación de Seguridad

 Puesta en Producción

 Marcha Blanca

 Período de Garantía

4.3

Requerimiento

17 -B

¿Incluye la propuesta la revisión detallada de los requerimientos

técnicos especificados en estas bases, su validación y preparación

de documentación, la cual deberá ser validada y aprobada por el

Banco Central de Chile antes de continuar con la etapa siguiente del

proyecto de ser necesario?

4.3

Requerimiento

17 - C

¿Incluye la propuesta todas las actividades necesarias para dejar

operativa la Solución, en dependencias del Banco Central de Chile,

en a lo menos los ambientes de producción, pruebas y desarrollo?

4.3

Requerimiento

17 - D

¿Incluye la propuesta todos los servicios necesarios para

configurar la Solución?

4.3

Requerimiento

17 - E

¿Incluye la propuesta una certificación de la Solución que permita

la verificación de los requerimientos funcionales y técnicos por

parte del Banco Central de Chile, incluyendo las Pruebas de Estrés

y certificación de seguridad de la solución?

4.3

Requerimiento

17 - F

¿La propuesta considera como requisito previo al paso a

producción, la transferencia por parte de la empresa proponente al

equipo técnico del Banco Central de Chile, de todos los

conocimientos necesarios para que sea el equipo técnico del Banco

Central de Chile, quién lleve a cabo las actividades del traspaso a

producción de la Solución?

BANCO CENTRAL DE CHILE

124

4.3

Requerimiento

17 - G

¿Incluye la propuesta un período de marcha blanca, posterior a la

Puesta en Producción (Go alive), de 2 meses de duración?

4.3

Requerimiento

17 - G

¿Durante el período de marcha blanca, brinda el proveedor soporte

en las dependencias del Banco Central de Chile con un profesional

Senior, que cuente con conocimientos completos de la Solución, y

pueda efectuar ajustes en caso de ser necesarios?

4.3

Requerimiento

17 - G

¿Incluye además soporte remoto durante este periodo de marcha

blanca?

4.3

Requerimiento

17 - H

¿Incluye la propuesta la elaboración de un plan y procedimientos

de contingencia de la Solución, que considere la conmutación y

retorno entre los sitios de procesamiento, y que garantice la

integridad y completitud de los datos en el menor tiempo posible, en

los siguientes escenarios:

• Inhabilitación del sitio operativo

• Falla de uno o más componentes de la solución

• Alternancia de Sitios?

4.3

Requerimiento

17 - I

¿Considera la propuesta la capacitación sobre todos los ámbitos

técnicos de la Solución, incluyendo administración, mantenimiento,

operación, monitoreo y respaldo, que certifiquen la competencia

del personal del Banco Central de Chile que operará la solución?

4.3

Requerimiento

17 - I

¿Considera la propuesta que toda la capacitación y entrenamiento

en los aspectos funcionales y tecnológicos, así como la

documentación correspondiente, debe ser realizada preferentemente

en idioma Español y en las dependencias del Banco?

4.3

Requerimiento

17 - I

¿Considera la propuesta que el temario de esta capacitación deberá

incluir al menos temas tales como:

Ámbito Técnico:

Configuración e instalación: considerar software

aplicativo, base datos, swift, otros necesarios para el

funcionamiento adecuado de la solución

Parametrización

Administración,

Mantenimiento,

BANCO CENTRAL DE CHILE

125

Operación,

Monitoreo,

Respaldo

Herramientas de apoyo al aplicativo

Diagnósticos preliminares de eventuales fallas o

problemas en la operación

4.3

Requerimiento

17 - I

¿Considera la propuesta que la capacitación deberá abarcar a lo

menos a los roles y perfiles descritos en la siguiente Tabla:

Tabla 1: Tipos de Usuarios concurrentes en la capacitación

Tipo de usuario Cantidad

Ingeniero Sistemas 2

Encargados Desarrollo 2

Arquitectura 2

Seguridad 2

Operadores 2

Control Calidad 2

TOTAL USUARIOS

TÉCNICOS 12

4.3

Requerimiento

17 - I

¿Considera la propuesta que la capacitación deberá abarcar en el:

Ámbito Funcional, al menos los siguientes puntos:

- Curso introductorio al sistema, que haga un

barrido a alto nivel de las principales funciones,

(alrededor de 4 horas)

- Curso de administración de negocios. Dirigido a

aquellos usuarios del BCCh que deben configurar

el sistema para sus operaciones diarias.

- Curso de Negociación. Dirigido a aquellos

usuarios del BCCh que operarán el sistema en

horario de negocio.

4.3

Requerimiento

17 - J

¿Considera la propuesta la elaboración y entrega de

documentación, previo al paso a producción, con el contenido que

exige el Banco Central de Chile en Anexo “Checklist para la

entrega de sistemas a producción”, detallada en el punto Anexo 7 de

las bases?

4.3

Requerimiento

¿Incluye también la entrega de manuales y confección de todos los

procedimientos necesarios para operar la Solución, tanto en régimen

BANCO CENTRAL DE CHILE

126

17 - J como en escenarios de contingencia?

4.3

Requerimiento

17 - J

¿Se detalla en la propuesta que los procedimientos serán

entregados en formato digital, compatible con una herramienta de

modelamiento de procesos que se acuerde con el Banco Central de

Chile?

4.4 Servicios Generales

4.4

Requerimiento

18 - A

¿Incluye la propuesta el detalle del equipo de profesionales con

los cuales abordará las etapas del proyecto, y los recursos que

requiera por parte del Banco Central de Chile?

4.4

Requerimiento

18 - B

¿Incluye la propuesta el currículum de los miembros del equipo

del proyecto, incluyendo experiencia, cursos y certificaciones en

aplicaciones equivalentes?

4.4

Requerimiento

18 - C

¿Incluye la propuesta la siguiente información:

• Cantidad de contratos de mantención vigentes con la Solución

• Cantidad total de proyectos desarrollados para instituciones

financieras con la Solución

• Cantidad total de proyectos desarrollados para Bancos Centrales

con la Solución

• Número de versiones liberadas de la Solución.

• Porcentaje de adaptación que requiere la versión estándar de la

Solución, para cubrir los requerimientos indicados en estas Bases?

4.5 Servicios de Soporte y Mantención

4.5

Requerimiento

19 - A

¿Incluye la propuesta la entrega de upgrade de la Solución, cuando

se liberen nuevas versiones y/o ante cambios originados en la red

Swift?

4.5

Requerimiento

19 - B

¿Incluye la propuesta el soporte y mantención sobre todas las

componentes de software de la solución, sean este software

aplicativo estándar, desarrollos especiales, y configuración de la

base de datos?

4.5

Requerimiento

19 - C

¿Considera la propuesta que deberá considerar la prestación de

Servicios de Soporte y Mantención de la Solución entre las 07:00 a

20:00 horas en horario local CLT y que debe considerar los

cambios de hora en verano y en invierno referidos al TZ Santiago

Chile.?

4.5

Requerimiento

¿Considera la propuesta que si el Banco comunicase una falla fuera

del horario mencionado, y solicitase a “la empresa” prestar los

BANCO CENTRAL DE CHILE

127

19 - C servicios de soporte y mantención, la propuesta deberá considerar la

prestación de dicho servicio a una tarifa que se estipule en el

contrato?

4.5

Requerimiento

19 - D

¿Considera la propuesta un servicio (Help Desk) de soporte para la

administración de incidentes de la Solución, que incluya a lo menos:

1. Registrar los incidentes reportados y su criticidad en la

plataforma que la empresa disponga, asignando un número de

referencia al Banco.

2. Que el Banco reciba una respuesta del soporte técnico dentro de

los siguientes 30 minutos de reportado el incidente.

3. Que la empresa resuelva el incidente de acuerdo a los niveles de

servicios establecidos y detallados en la Tabla 2: Resumen

Criticidad de falla que forma parte de las bases?

4.5

Requerimiento

20 - A

¿Considera la propuesta. la provisión de servicios de consultoría

adicionales por parte proveedor, ya sean remotos o en terreno, a

solicitud del Banco Central de Chile, indicando el valor por hora

hombre de servicio, y en caso que la asesoría incluya servicios en

terreno, ¿se indican los valores de todos los costos asociados (Ej.:

viáticos, pasajes, hotel, etc.)?

4.6 Garantías

4.6

Requerimiento

21 - A

¿Considera la propuesta un periodo de 120 días corridos de

garantía, contados desde el término de la marcha blanca, por todos

los productos y servicios que componen la Solución, sin costo

adicional para el BCCh?

4.6

Requerimiento

21 - A

¿La propuesta confirma que la garantía deberá ser renovada

sucesivamente por períodos similares al original, en caso de fallas

en la Solución durante su período de vigencia?

BANCO CENTRAL DE CHILE

128

ANEXO C.3

MODELO DE PODER ESPECIAL PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

PODER ESPECIAL

LIMITED POWER OF ATTORNEY

En [lugar de otorgamiento], en la fecha

indicada más abajo y ante el Notario que

autoriza este instrumento, comparece don

[nombre del representante], pasaporte de

[país] número [número de pasaporte], en

representación de [compañía], una

sociedad constituida y válidamente

existente bajo las leyes de [país], en

adelante el "Mandante", domiciliado en

[dirección], quien expone:

In [place of execution], on the date indicated

hereinbelow and before the Notary Public

who certifies this instrument, there appears

Mr. [name of representative] passport from

[country] number [number of passport], on

behalf of [company], a company duly

established and validly existing under the

laws of [country], hereinafter the

"Principal", domiciled at [Address], who

states:

Que por el presente instrumento designa

como mandatarios y otorga poder especial

al [los] señor[es] [ ], en adelante

conjuntamente referidos como el [los]

"Mandatario[s]", a fin de que éste [éstos],

actuando [en forma conjunta o] individual

[y separadamente], lo ejercite[n] a nombre

y en representación del Mandante, en la

República de Chile, con las siguientes

facultades:

Suscribir todos los instrumentos públicos o

privados y celebrar todos los contratos que

sean necesarios y sus modificaciones, en

Chile o para producir efectos en Chile,

relacionados con la cotización privada

efectuada por el Banco Central de Chile.

El mandato incluye la facultad de celebrar

contratos de transacción sobre todos los

derechos y obligaciones que puedan

emanar respecto del mandante de la

cotización privada antedicha.

That he hereby constitutes and appoints as

the Principal's true and lawful attorneys and

confer this special power of attorney to Mr.

[Messrs.] [_______________], hereinafter

jointly referred to as the "Attorney[s]", in

order for [him/her] [each of them], acting

[jointly or] severally and independently [of

the other], in the name and on behalf of the

Principal, may exercise it in the Republic of

Chile with the following authorities:

Execute all public or private instruments and

enter into all agreements necessary and its

amendments in Chile or to have effect in

Chile, regarding the Central Bank of Chile’s

private invitation to tender. It also empowers

the Attorney[s] to execute settlement

agreements regarding rights and duties

arising out of the referred private invitation

to tender.

El Mandante declara y garantiza que es

una entidad debidamente constituida y

válidamente existente de acuerdo con las

leyes de su lugar de constitución, con la

autoridad que se requiere para designar a

los Mandatarios y que el ejecutivo

The Principal hereby delivering this power

of attorney represents and warrants that it is

duly established and validly existing

pursuant to the laws of its place of

organization, with the authority required to

appoint the Attorneys, and that the corporate

BANCO CENTRAL DE CHILE

129

corporativo cuya firma aparece a

continuación está debidamente autorizado

para formalizar este poder especial.

executive whose signature appears below is

duly authorized to execute this limited

power of attorney.

Fecha de otorgamiento:

Date of execution:

_____________________________

Por

[_________________]

____________________________

on behalf of

[__________________]

************************

************************

El Notario que autoriza el presente poder

certifica que ha tenido a la vista los

documentos que acreditan que la sociedad

otorgante del presente poder se encuentra

debidamente constituida y actualmente

vigente de acuerdo con las leyes de su

lugar de constitución, y que su

representante que comparece tiene

autoridad suficiente para otorgar el

presente mandato.

The undersigned Notary certifies that he has

reviewed corporate documents that evidence

that the company delivering this power of

attorney is duly established and validly

existing in accordance with the laws of its

place of organization, and that its appearing

representative has the appropriate authorities

to execute and deliver this power of

attorney.

___________________________________________________

Firma / Signature

Notario Público / Notary Public

Fecha / Date: __________________________________________

Lugar / Place: __________________________________________

BANCO CENTRAL DE CHILE

130

ANEXO C.4

MODELO DE PODER ESPECIAL PARA LA EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO

DEL CONTRATO

PODER ESPECIAL

LIMITED POWER OF ATTORNEY

En [lugar de otorgamiento], en la fecha

indicada más abajo y ante el Notario que

autoriza este instrumento, comparece don

[nombre del representante], pasaporte de

[país] número [número de pasaporte], en

representación de [compañía], una

sociedad constituida y válidamente

existente bajo las leyes de [país], en

adelante el "Mandante", domiciliado en

[dirección], quien expone:

In [place of execution], on the date indicated

hereinbelow and before the Notary Public

who certifies this instrument, there appears

Mr. [name of representative] passport from

[country] number [number of passport], on

behalf of [company], a company duly

established and validly existing under the

laws of [country], hereinafter the

"Principal", domiciled at [Address], who

states:

Que por el presente instrumento designa

como mandatarios y otorga poder especial

al [los] señor[es] [_______________],

domiciliado(s) en [_________], Santiago

de Chile, en adelante conjuntamente

referidos como el [los] "Mandatario[s]", a

fin de que éste [éstos], actuando [en forma

conjunta o] individual [y separadamente],

lo ejercite[n] a nombre y en representación

del Mandante, en la República de Chile,

con las siguientes facultades:

1. Representar al Mandante con amplias

facultades para los efectos de ser

emplazado por cuenta del Mandante en

todo juicio, litigio, disputa o controversia

de cualquier clase y naturaleza con el

Banco Central de Chile.

That he hereby constitutes and appoints as

the Principal's true and lawful attorneys and

confer this special power of attorney to Mr.

[Messrs.] [_______________], domiciled in

[___________], Santiago de Chile,

hereinafter jointly referred to as the

"Attorney[s]", in order for [him/her] [each of

them], acting [jointly or] severally and

independently [of the other], in the name and

on behalf of the Principal, may exercise it in

the Republic of Chile with the following

authorities:

1. To represent with broad authorities, for

service of process on behalf of the Principal,

with regard to any lawsuit, claim, dispute or

controversy of any type and nature with the

Central Bank of Chile.

2. El Mandante deja expresa constancia

que el poder para que el [los]

Mandatario[s] lo represente[n] ante el

Banco Central de Chile es irrevocable a

menos que el Banco Central de Chile

autorice la sustitución del apoderado.

2. The Principal expressly states that the

power of attorney hereby granted in order to

be represented before the Central Bank of

Chile is irrevocable unless the Central Bank

of Chile authorizes the substitution of the

attorney.

3. El Mandante declara y garantiza que es

una entidad debidamente constituida y

válidamente existente de acuerdo con las

3. The Principal hereby delivering this power of

attorney represents and warrants that it is duly

established and validly existing pursuant to the

BANCO CENTRAL DE CHILE

131

leyes de su lugar de constitución, con la

autoridad que se requiere para designar a

los Mandatarios y que el ejecutivo

corporativo cuya firma aparece a

continuación está debidamente autorizado

para formalizar este poder especial.

laws of its place of organization, with the

authority required to appoint the Attorneys, and

that the corporate executive whose signature

appears below is duly authorized to execute this

limited power of attorney.

4. En caso que el presente mandato

termine por cualquier causa legal válida en

la República de Chile, el Mandante se

obliga a designar un nuevo Mandatario

quien tendrá las mismas facultades del

presente mandato. La nueva designación

deberá ser comunicada al Banco Central

de Chile y no se le será oponible en tanto

no se le acredite la aceptación del nuevo

Mandatario otorgada ante Notario Público.

4. If the power of attorney terminates for any

legal reason in the Republic of Chile, the

Principal shall appoint a new Attorney with

the same authorities herein. The new

appointment shall be informed to the Central

Bank of Chile; and such appointment may

not be enforced against the Central Bank of

Chile until such appointment, granted before

a Public Notary, it is evidenced before the

Bank.

Fecha de otorgamiento:

Date of execution:

_____________________________

Por

[_________________]

____________________________

on behalf of

[__________________]

************************

************************

El Notario que autoriza el presente poder

certifica que ha tenido a la vista los

documentos que acreditan que la sociedad

otorgante del presente poder se encuentra

debidamente constituida y actualmente

vigente de acuerdo con las leyes de su

lugar de constitución, y que su

representante que comparece tiene

autoridad suficiente para otorgar el

presente mandato.

The undersigned Notary certifies that he has

reviewed corporate documents that evidence

that the company delivering this power of

attorney is duly established and validly

existing in accordance with the laws of its

place of organization, and that its appearing

representative has the appropriate authorities

to execute and deliver this power of

attorney.

Firma / Signature

Notario Público / Notary Public

Fecha / Date: __________________________________________

Lugar / Place: __________________________________________

BANCO CENTRAL DE CHILE

132

SECCION N° 2. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2 “OFERTA ECONÓMICA”

El precio ofertado por los Productos y Servicios que componen la Solución, deberá

presentarse de acuerdo a lo requerido en el numeral 6 de la Bases de Licitación y ajustarse

estrictamente al siguiente formato tipo de presentación de la Oferta Económica. La Oferta

Económica deberá ser PURA y SIMPLE, de tal manera que sólo se indique el precio

ofertado por los productos detallados, sin incorporar observaciones o condiciones

adicionales respecto de la oferta presentada.

Los valores presentados en la Oferta Económica deberán ser expresados en dólares

americanos

Tabla N°1: Productos de Software

Ítem Descripción del componente Cantidad

Precio

Unitario

US$

Precio

Total

US$

Licencias de Software Aplicativo para los ambientes de

Producción, Pruebas y Desarrollo (considera su

actualización para el primer año)

Otras: detallar si corresponde.

Tabla N°2: Servicios de Implementación

Ítem Descripción del componente

Precio

Total US$

Servicios de Implementación de la Solución. Incluye:

instalación, configuración, desarrollo, marcha blanca,

garantía y capacitación.

Tabla N°3: Servicios de Soporte y Mantención

Ítem Descripción del componente Precio Mensual US$

Valor mensual de los Servicios de Soporte y Matención de la

SOLUCIÓN (incluye Actualización de Licencias y desarrollos)

Valor mensual de los Servicios de Soporte y Matención aplicable

para cada mejora o desarrollo adicional futuro (expresado en

términos porcentuales sobre el valor de desarrollo de cada mejora)

____%

BANCO CENTRAL DE CHILE

133

VALORES UNITARIOS POR PRODUCTOS O SERVICIOS ADICIONALES:

Tabla N°4: Productos de Software Aplicativo

Para efectos de eventuales modificaciones que signifiquen adquirir licencias adicionales en

el transcurso de la implementación o durante la vigencia del contrato de soporte y

mantención, se utilizarán los siguientes valores unitarios de las licencias:

Ítem Descripción del componente Cant.

Precio

Unitario

US$

Precio

Total US$

Licencia adicional de Software Aplicativo 1

Actualización anual para licencia adicional 1

Tabla N°5: Servicios de Asesoría

Para efectos de eventuales mejoras, desarrollos adicionales o modificaciones que sean

necesarias realizar en el transcurso de la implementación de la Solución o durante la

vigencia del contrato de mantención y soporte, se utilizarán los siguientes valores unitarios

de las horas de ingeniería:

Ítem Descripción del componente Cant.

Precio

Unitario

US$

Precio

Total US$

Valor por hora hombre de asesoría en el uso

del Software Aplicativo y desarrollo de

mejoras

1

hora

Los siguientes valores se informarán en forma referencial y serán los que el Banco considerará

en caso de necesitar servicios adicionales o futuros por parte de la Empresa en las dependencias

del Banco.

Descripción de los Servicios Valor de los

Servicios US$

Tarifa por día/consultor

Pasajes aéreos por Consultor

Costos de estadía por consultor/día

Notas:

1) Los precios ofertados por la Empresa comprenden todo impuesto, derecho, arancel,

permiso, comisión, remuneración, estipendio u honorario y, en general, toda suma o gasto

que sea necesaria para proveer los Productos y Servicios al Banco, en el interior de sus

recintos y en las fechas que éste indique, de forma tal que ninguna otra suma deba ser

pagada por el Banco por el suministro de los Productos y Servicios a que este proceso de

licitación se refiere. Serán de cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y

pagaderos en Chile.

BANCO CENTRAL DE CHILE

134

2) La oferta Económica considera todas las condiciones técnicas y administrativas señaladas

en las Bases de Licitación y sus Anexos, y en particular, todas las condiciones señaladas en

el Anexo B de las Bases de Licitación.

EMPRESA: ……………………………………………….…………………………………

REPRESENTANTE ANTE LA PROPUESTA: …………………………………………

FIRMA: ……………………… FECHA: ………………………

BANCO CENTRAL DE CHILE

135

ANEXO D

CONTRATO

PROVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA SOLUCIÓN

En Santiago de Chile, a entre el BANCO CENTRAL DE CHILE, organismo autónomo de

derecho público, RUT 97.029.000-1, en adelante el “Banco”, representado en este acto por doña MARIA

INES URBINA DE LUIGGI, Gerente de Servicios Logísticos y don [……………….], Gerente de

[…………..], todos domiciliados en Agustinas N°1180, Santiago, por una parte, y por la otra, la empresa

[…………….], domiciliada en […………….], en adelante la “Empresa”, representada en este acto por su

apoderado don [……………….], ambos domiciliados, para estos efectos, en [……………….], Santiago,

Chile, se ha convenido el siguiente contrato:

PRIMERO : Objeto del Contrato.

Por el presente instrumento el Banco contrata con la Empresa la provisión e implementación de la Solución

[………………]. En adelante, los productos de software asociados a esta Solución, se mencionarán como

“los Productos”, los servicios de horas hombre de asesoría necesarios para su implementación (instalación,

configuración, desarrollo, integración, etc.) y capacitación, como “los Servicios” y al conjunto de Productos

y Servicios, como “la Solución”.

Los Productos y Servicios se proveerán de acuerdo a las condiciones que se establecen en las cláusulas

siguientes; en las bases de licitación de fecha […………………]; en el proceso de consultas de fecha

[……………]; en la oferta de fecha [……………….] presentada por la Empresa conforme ésta fue aceptada

por el Banco; y en los Anexos que a continuación se detallan, los que debidamente firmados por las partes, se

consideran formar parte integrante del presente Contrato, para todos los efectos legales:

Anexo D.1: Precios y Tarifas de los Productos y Servicios

Anexo D.2: Especificaciones Técnicas

Anexo D.3: Carta Gantt

Anexo D.4: Estructura Societaria de la Empresa

Anexo D.5: Proceso de Recepción Conforme

Anexo D.6 Condiciones de Seguridad para Empresas Externas y su Personal

SEGUNDO : Precios de los Productos y Servicios.

El Banco pagará a la Empresa por la provisión de los Productos y la prestación de los Servicios los precios y

tarifas que se detallan en el Anexo D.1 de este contrato.

Cualquier variación en el precio de los Servicios estará sujeta a las modificaciones que se acuerden entre las

partes, respecto de las especificaciones de los Servicios establecidas en el Anexo D.2. En todo caso, cualquier

aumento en el precio de los Servicios no podrá exceder de la tarifa por honorarios por día/consultor de [……]

establecida para este proyecto.

Los precios comprenden todo impuesto, derecho, arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u

honorario y, en general, toda suma o gasto que sea necesaria para proveer los Productos y Servicios al

Banco, en el interior de sus recintos y en las fechas acordadas, de forma tal que ninguna otra suma deba ser

pagada por el Banco por el suministro de los Productos y Servicios a que este Contrato se refiere. Serán de

cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile por concepto del presente

contrato.

BANCO CENTRAL DE CHILE

136

TERCERO : Forma de pago

El Banco pagará el valor de los Servicios y Productos señalados en la cláusula precedente, de acuerdo al

siguiente detalle:

[detalle de la forma de pago, según lo establecido en el numeral 12.1 de las bases de licitación]

Para los efectos de los pagos señalados precedentemente, la Empresa deberá enviar al Banco la factura

correspondiente, una vez que éste otorgue su recepción conforme a los productos recibidos y/o Servicios

ejecutados, de conformidad a lo dispuesto en la cláusula sexta “Recepción Conforme”. Dicha factura deberá

enviarse a la siguiente dirección:

Señores

Banco Central de Chile

Morandé N°115, Piso 3°

Santiago

Chile.

Una vez recibida y aprobada la factura por parte del Banco, ésta será pagada dentro de los 15 días corridos

siguientes a la fecha de su aprobación, mediante un depósito o transferencia bancaria a la cuenta que la

Empresa haya especificado para estos efectos.

CUARTO : Especificaciones técnicas de los Servicios y Productos

La Empresa se obliga a proveer los Productos y prestar los Servicios objeto del presente contrato, conforme a

las características y especificaciones técnicas y funcionales establecidas en el Anexos A.2 del presente

documento.

QUINTO : Plazos de ejecución y multas o deducciones

La Empresa deberá proveer, implantar y habilitar la Solución de acuerdo con las modalidades y condiciones

establecidas en el presente contrato, y deberá ejecutarse conforme con los plazos máximos comprometidos

por la Empresa y conforme a las actividades definidas en la Carta Gantt acordada, la cual se detalla en el

Anexo D.3 del presente Contrato. En todo caso, y por razones fundadas, dichos plazos podrán ser

modificados de común acuerdo entre las partes, dejándose constancia escrita de toda modificación que se

acuerde.

Hasta la Recepción Conforme, la Empresa deberá entregar al Banco mensualmente informes sobre el avance

de los servicios y el cumplimiento de los plazos convenidos.

Sin perjuicio de lo anterior, el Banco estará facultado para aplicar a la Empresa una multa del 0,5% del Precio

Total del contrato de Provisión e Implementación de la Solución por cada siete días corridos de atraso, por

causas imputables a la Empresa, respecto de los plazos comprometidos para el término de cada uno de los

hitos definidos para la provisión, implantación y habilitación de la Solución. Estas multas constituirán la

única y total indemnización a que tendrá derecho el Banco por atrasos imputables a la Empresa. En el caso

que la Empresa haya incurrido en atrasos en el cumplimiento de algún hito y que este tiempo de atraso haya

sido recuperado en hitos posteriores, el Banco rebajará, proporcionalmente al tiempo recuperado, la multa

determinada. En todo caso, las multas, si las hubiere, sólo se harán efectivas en forma no acumulativa, por el

atraso que subsista al momento de completar el correspondiente hito, debiendo descontarse del respectivo

valor a pagar por el Banco a la Empresa, el monto equivalente a las multas que procedan. Asimismo, si la

Empresa cumpliere oportunamente el hito de Recepción Conforme y el hito del término del período de

BANCO CENTRAL DE CHILE

137

garantía de 120 días y sus prorrogas si las hubiere (contado desde el día en que efectivamente se dio término

exitoso al periodo de marcha blanca) , respectivamente, el Banco no aplicará multa alguna a la Empresa.

El presente Contrato se mantendrá vigente mientras permanezcan pendientes de cumplimiento las

obligaciones contenidas en éste y sus anexos, obligaciones que se darán por cumplidas una vez que el Banco

haya comunicado la Recepción Conforme Final de los Servicios, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula

octava de término anticipado.

SEXTO : De la Recepción Conforme

La entrega en el Banco de cada uno de los componentes que conforman la Solución, debe ser realizada

dejándose constancia escrita de ello, y se entenderá finalizada cuando el Banco exprese por escrito su

conformidad a la recepción de éstos, una vez revisados y aceptados todos los componentes que conforman la

Solución y la documentación asociada según corresponda. En el Anexo D.5 se detalla el Proceso de

Recepción Conforme que se aplicará a la Empresa para otorgar la correspondiente conformidad por parte del

Banco.

SÉPTIMO : Garantía por fiel cumplimiento de Contrato

Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente Contrato, la Empresa

hace entrega en este acto de [una Boleta de Garantía Bancaria emitida a favor del Banco Central de Chile,

pagadera a la vista o Carta de Crédito (Standby Letter of Credit)….] por la suma de [….], equivalente al

15% del valor total del presente contrato, con vencimiento superior en 30 días corridos a la fecha de término

efectivo de la garantía técnica de la Solución comprometida por la Empresa, o de sus prórrogas si las hubiere,

obligándose a prorrogarla, renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las oportunidades que sea

necesario, mientras no se extingan las obligaciones establecidas en el presente contrato. Esta prórroga,

renovación o reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la garantía anterior y con al menos 15

días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la garantía en poder del Banco. En el evento que la

Empresa no presente la garantía en el plazo señalado, el Banco podrá hacer efectiva la garantía que mantiene

en ese momento en su poder.

En caso que el cronograma de actividades se modifique de común acuerdo entre las partes, y ello derive en

una prórroga, renovación o reemplazo, de la garantía vigente, el monto de esta garantía podrá ser reducido a

una proporción equivalente al 15% del total del valor de la provisión y/o servicios pendientes de entrega. No

obstante, se hace presente que el Banco no devolverá la garantía vigente, en tanto la Empresa no entregue la

nueva garantía.

Una vez otorgada la Recepción Conforme Final de la Solución, entrará en vigencia el contrato de Mantención

y Soporte de la Solución. Al menos con 15 días corridos de anticipación a la entrada en vigencia de dicho

contrato, fecha que será formalizada mediante carta suscrita por la Gerente de Servicios Logísticos del Banco

la Empresa deberá entregar la garantía respectiva por cumplimiento de contrato. En caso de incumplimiento

de esta obligación, el Banco podrá hacer efectiva la garantía a que se refiere el presente numeral, sin perjuicio

de las indemnizaciones a que tenga derecho, que deriven de perjuicios causados por el incumplimiento de la

Empresa.

En caso de incumplimiento de la Empresa de las obligaciones establecidas en este Contrato y en los demás

instrumentos que se entienden formar parte de él, el Banco podrá hacer efectiva la respectiva Garantía, previo

aviso remitido a la Empresa con al menos veinticuatro horas de anticipación.

OCTAVO : Término anticipado del Contrato

BANCO CENTRAL DE CHILE

138

Notificada la ocurrencia de un evento de incumplimiento o falta grave de la Empresa de las obligaciones que

el presente Contrato le impone, y transcurridos tres días hábiles bancarios sin que la Empresa los haya

subsanado a juicio exclusivo del Banco, este último se reserva el derecho a resolver el presente Contrato, y

sin derecho a indemnización a favor de la Empresa.

Se entenderá que dicho evento ha ocurrido, entre otros casos, especialmente cuando la Empresa no ha

cumplido las obligaciones que ha asumido, como también por el incumplimiento de las Especificaciones

establecidas en el Anexo D.2, respecto de los Productos y Servicios que se contrata por el presente

instrumento.

Asimismo, el Banco podrá resolver el Contrato en el evento que la Empresa sea declarada en quiebra, o

presente proposiciones de convenio judicial preventivo, solicite la designación de un Experto Facilitador, se

someta al arbitraje de que tratan los artículos 180 y 184 del Libro IV del Código de Comercio, y cualquier

otra situación que evidencie la notoria insolvencia de la Empresa, se disolviere por cualquier causa legal,

registrare documentos protestados, se encontrare en cesación de pagos, si alguno de sus socios, Directores o

Gerentes fuere sometido a proceso o formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si la Empresa

no diera cumplimiento a las obligaciones previsionales y de seguridad social, laborales y tributarias, en

relación con sus trabajadores destinados a la prestación de los Servicios.

También será considerada como causa de término de contrato, la inexactitud u omisión de las declaraciones

de Confidencialidad y/o de Conflicto de Intereses, señaladas en las Cláusulas respectivas del presente

documento.

La resolución del contrato tendrá efecto ipso facto, para lo cual bastará el despacho por el Banco de una

comunicación escrita, señalando la ocurrencia del evento de incumplimiento y dejando constancia de su

voluntad de resolver el Contrato.

Sin perjuicio de lo anterior, el Banco se reserva el derecho de poner término anticipado al Contrato, sin

expresión de causa en cualquier momento, previo aviso por escrito con a lo menos 30 días corridos de

anticipación a la fecha de término deseada, sin derecho a indemnización o retribución alguna. En este caso el

Banco pagará sólo el costo devengado por los Servicios ejecutados y por gastos de viajes y estadías

incurridos por la Empresa hasta la fecha de término dispuesta por el Banco, costo que será determinado de

común acuerdo entre las partes.

En ningún caso, el aviso escrito de término de contrato, libera a la Empresa de su obligación de proveer los

servicios hasta la fecha efectiva de su término.

No obstante lo anterior, todas las obligaciones estipuladas bajo deber de confidencialidad de este contrato

permanecerán vigentes una vez terminado el Contrato por cualquier causa.

NOVENO : Interlocutores

Por el Banco participará un profesional designado por la Gerencia de Informática, quien deberá ser

considerado como Interlocutor Válido en los aspectos técnicos de este contrato. Por otra parte, para los

aspectos funcionales, el Banco designará un profesional de la Gerencia de Mercados Financieros Nacionales.

Asimismo, la Empresa nombrará a un profesional como Interlocutor Válido, quien será considerado como

contraparte técnica válida ante el Banco. Los nombres de los interlocutores se estipulan a continuación, no

obstante, por necesidades operativas del trabajo, para parte o totalidad de los temas de este Contrato, las

partes podrán nombrar en su reemplazo a otros profesionales que cumplan esta labor técnica, para lo cual

sólo bastará una comunicación por escrito de la contraparte, no siendo necesaria la modificación del presente

contrato.

BANCO CENTRAL DE CHILE

139

NOMBRES EN REPRESENTACIÓN DE

Don:

Don:

BANCO CENTRAL DE CHILE

Don: [……………..] EMPRESA

DÉCIMO : Del Personal

La Empresa se compromete a emplear solamente personal que sea plenamente competente y capacitado para

el debido cumplimiento de sus funciones conforme al presente Contrato.

La Empresa ejecutará los Servicios con trabajadores de su dependencia y, por lo tanto, será de su exclusivo

cargo y responsabilidad el cumplimiento estricto de las leyes tributarias, laborales, previsionales y de

seguridad social, especialmente en lo que se refiere al pago de las remuneraciones, gratificaciones, horas

extraordinarias, imposiciones previsionales, seguros de accidentes del trabajo, riesgos por daños a terceros y a

cualquier otra prestación que ésta deba pagar a sus dependientes. La Empresa, contando con la previa

autorización del Banco, podrá prestar los servicios mediante personal externo subcontratado y, en este caso,

será también de su exclusivo cargo y responsabilidad respecto de dicho personal el cumplimiento de las

obligaciones anteriormente referidas respecto del personal de su dependencia.

En el evento que el Banco fuera demandado, multado o sancionado en relación o por causa de algún trabajador

de la Empresa, por algún organismo laboral, previsional o judicial, la Empresa deberá pagar inmediatamente el

monto reclamado e indemnizar al Banco por el valor equivalente al total demandado, multado o sancionado, y

por los costos de su defensa judicial o administrativa, pudiendo el Banco deducir las sumas adeudadas por este

concepto del valor de cualquier pago de los Servicios.

Cuando corresponda, los antecedentes del personal que la Empresa destine a la ejecución de los Servicios en

dependencias del Banco, deberá ser informado en forma previa de la Gerencia de Seguridad del Banco,

evento que deberá ser coordinado a través del Interlocutor Válido del Banco. En estos eventos, en todo lo

relacionado al personal, instalaciones y servicios computacionales, es obligación de la Empresa, que las

partes elevan al carácter de esencial, dar cumplimiento a las Condiciones de Seguridad para Empresas

Externas y su Personal que se adjuntan en el Anexo D.6 de este Contrato.

Toda designación o cambio en el personal asignado a los Servicios deberá ser previamente aprobado por el

Banco, para lo cual la Empresa deberá justificar e informar por escrito con a lo menos 15 días corridos de

anticipación de los cambios que desea realizar a la conformación del equipo de trabajo a cargo del Servicio.

En todo caso el Banco se reserva el derecho de pedir la sustitución del personal asignado sin expresión de

causa, como asimismo impedir su reemplazo sin su consentimiento, en cualquier instante mientras se

encuentre vigente el Contrato.

UNDÉCIMO : Confidencialidad

El artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional que rige al Banco Centra de Chile establece la obligación de

reserva aplicable a esta Institución. Por consiguiente, queda expresamente establecido que todos los

documentos e información proporcionada a la Empresa o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la

ejecución del presente Contrato, por la naturaleza legal de la misma, tienen el carácter de confidencial y

reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose por lo tanto la

Empresa a mantener bajo reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos en este Contrato, y a

no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de

BANCO CENTRAL DE CHILE

140

cualquiera otra manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de

Chile. La Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del Banco

Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro

antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios,

investigaciones o proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente

declaración.

De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente

referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del Contrato llegare

a conocer, entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del concepto “información confidencial o

reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que dejen de tener este carácter por

haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá entre las partes, aún después de finalizada la

ejecución de los Servicios y por un plazo de 4 años contado desde dicha fecha.

La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus trabajadores o de las

personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el período de vigencia del Contrato y por el

plazo de cinco años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque tales personas observen la

obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las instrucciones y adoptando

todas las medidas que fueren necesarias.

Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta

contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su

política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con

cualquier norma legal. La Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al

Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las ofertas

recibidas y de la Orden de Compra o Contrato que se suscriba, según corresponda.

Finalmente, en caso que un tercero solicite información proporcionada por la Empresa al Banco, este último

notificará a la Empresa tal requerimiento en los términos y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20

de la Ley N° 20.285.

DUODÉCIMO : Cumplimiento de Leyes, Ordenanzas y Disposiciones

La Empresa será responsable de cumplir con todas las leyes, ordenanzas y disposiciones gubernamentales

vigentes y liberará al Banco de todas las responsabilidades y daños que pueda producir el incumplimiento de

las mismas.

DECIMOTERCERO : Responsabilidad por Violaciones de Patentes y/o Derechos de Autor

La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de propiedad intelectual y/o

industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este Contrato, y de los productos

y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones

que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los subcontratistas empleados; se

extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos

otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco)

años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.

En caso que el Banco sea notificado de cualquier demanda, acción o reclamación a los derechos referidos en

el párrafo anterior, el Banco notificará prontamente tal circunstancia a la Empresa a fin de que ésta pueda

intervenir en el proceso respectivo en el carácter de tercero coadyuvante. En todo caso, cualquier transacción

que pueda convenir el Banco con el demandante o reclamante y cuyo pago, en definitiva, deba ser soportado

por la Empresa, deberá contar previamente con el acuerdo de esta última.

BANCO CENTRAL DE CHILE

141

DECIMOCUARTO : Conflicto de Intereses

La Empresa declara que no tiene otros intereses comprometidos en la prestación de los servicios motivo de

este Contrato, como tampoco personas dependientes de la Empresa relacionadas con el Banco, por lo que

asume las responsabilidades legales consecuentes, en caso de inexactitud de tal declaración. Dicha declaración

es considerada por el Banco una condición esencial y determinante en la celebración del presente Contrato y su

infracción producirá la resolución ipso facto del mismo.

Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que

intervenga o actúe, directa o indirectamente, en representación de la Empresa, un funcionario del Banco, su

cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o Empresas

en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un

5% o más de su capital o las sociedades o Empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea

director o dueño directo o indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del

Banco actúe como representante, o cualquier otra situación que igualmente pueda considerarse como

constitutiva de conflicto de intereses para el presente Contrato, entendiéndose por tales todas aquéllas que

pudieron haber influido en la decisión del proceso de cotización del cual deriva el presente Contrato. De

igual manera, se considera que existe conflicto de intereses si en la prestación del Servicio se desempeñaran

ex funcionarios o ejecutivos del Banco, o personas vinculadas a éstos en la forma antes indicada respecto de

funcionarios en actual desempeño, obligación que tendrá aplicación respecto de aquellas personas que hayan

dejado de prestar servicios dentro del plazo mínimo de 5 años contado desde el otorgamiento de la presente

declaración.

La Empresa se obliga a declarar por escrito al Banco cualquier conflicto de intereses que se presente con

posterioridad a la fecha de otorgamiento del presente Contrato; y acepta que, ante dicha situación, el Banco

evalúe las circunstancias que configuren el conflicto de intereses respectivo, pudiendo a su arbitrio poner

término anticipado al Contrato o perseverar en él.

DECIMOQUINTO : Otorgamiento de la licencia y derechos sobre el Producto

Por el presente acto, la Empresa otorga al Banco licencias intransferibles y no exclusivas para utilizar la

versión actual ejecutable de los Productos, en una configuración que permita un adecuado funcionamiento en

los equipos de producción, respaldo y entrenamiento del Banco. Asimismo, la Empresa se obliga a entregar al

Banco la Documentación necesaria para la adecuada utilización del Producto y le confiere además al Banco el

derecho de utilizar, imprimir y copiar dicha Documentación.

La licencia que se otorga por el presente Contrato es necesaria para el uso de la versión actual del Producto y

de sus futuras actualizaciones, como asimismo para la utilización de la Documentación y para proceder con la

capacitación, implementación, pruebas, respaldo y con los fines productivos establecidos en este contrato y en

sus Anexos.

El Banco no podrá vender, otorgar sublicencias ni conceder a terceros ningún derecho sobre el Producto, la

Documentación o cualquier información relativa al Producto. Salvo los derechos que por el presente contrato

se otorgan al Banco para utilizar el Producto y la Documentación, la Empresa no transfiere al Banco ningún

derecho sobre el Producto o la Documentación tales como derechos de propiedad, derechos de autor, patentes

ni ningún otro derecho de propiedad intelectual.

DECIMOSEXTO : Garantías

BANCO CENTRAL DE CHILE

142

A. Garantía del Producto. La Empresa garantiza que el Producto, así como las actualizaciones y nuevas

versiones del mismo que la Empresa entregue al Banco en virtud del presente contrato, desempeñarán en todos sus

aspectos las funciones esenciales para las cuales son provistos y que se especifican en el Anexo E.1, siempre que

éste sea operado de conformidad con la Documentación y en una Plataforma Idónea. Esta garantía exigirá que la

Empresa corrija todos los errores del Producto reproducibles por el Banco u otorgue una solución alternativa

provisoria, en tanto corrija en forma definitiva el error.

B. Garantía de los medios. La Empresa garantiza que los medios en los que entregue el Producto al Banco

estarán libres de defectos de materiales y de mano de obra, por un plazo de 90 días corridos contados desde la

puesta en producción del Producto, siempre que dichos medios se utilicen adecuadamente. Esta garantía exige que

la Empresa sustituya los medios defectuosos.

C. Garantía contra virus e inhabilitación de códigos. La Empresa garantiza que hará uso de medios técnicos

razonables para detectar cualquier virus informático. La Empresa también garantiza que el Producto entregado no

contiene ningún virus ni ningún código, rutina o dispositivo informático (que no sean los establecidos en la

Documentación) destinado a desactivar, dañar, dificultar, borrar, inhabilitar o recuperar electrónicamente los

Programas o cualquier otro programa de computación o dato informático. Esta garantía exigirá que la Empresa

sustituya las copias afectadas del Producto que estén en poder del Banco por copias que no contengan dichos virus

o código inhabilitante. Asimismo, la Empresa deberá eliminar los efectos de dichos virus, si los hubiere, en el

Producto.

D. Garantías de algunos Programas Adicionales. El Banco podrá utilizar las garantías de los contratos de

servicios e indemnizaciones por infracción de terceros respecto de Programas Adicionales desarrollados por

terceros distintos de la Empresa, en los términos establecidos en dichas garantías. En caso de que los Programas

Adicionales impidan que el Producto desempeñe las funciones descritas en la Documentación, cuando funcione en

una Plataforma Idónea, la Empresa deberá brindar al Banco una solución, que podrá incluir, de común acuerdo

entre las partes, la sustitución, sin cargo adicional para el Banco, de los Programas Adicionales por Programas

Adicionales sustitutivos que tengan una funcionalidad sustancialmente equivalente.

E. Garantías de la Propiedad Intelectual. La Empresa declara y garantiza que tiene el derecho de otorgar

licencias para la utilización del Producto. La Empresa también declara y garantiza que, a su leal saber y entender,

el presente Contrato no constituye una infracción de ninguna patente, derecho de autor, secreto comercial u otro

derecho de propiedad de un tercero.

En virtud de lo anterior, la Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de

propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este

Contrato, y de los productos y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad

comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los

subcontratistas empleados; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de

indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas

violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco) años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.

DECIMOSÉPTIMO : Custodia de Código Fuente

Las partes convienen mantener bajo custodia de [ ], sin costo para el Banco, una copia del código fuente

del software de aplicación licenciado en el Banco. Para ello, previo a la Recepción Conforme, se suscribirá un

Acuerdo de Custodia con [ ], que señale que el Banco podrá acceder al código fuente, solamente en el

caso que la Empresa no provea el Servicio de Mantención del Sistema, en la medida requerida por el Banco

para su funcionamiento, por las razones invocadas en el Acuerdo de Custodia indicado, y bajo las

condiciones de confidencialidad fijadas en este contrato. Ante la ocurrencia de alguno de estos hechos, se

libera al Banco de acciones legales que pudiesen iniciarse en su contra por el uso de la propiedad intelectual

del código fuente.

BANCO CENTRAL DE CHILE

143

El Banco se obliga a utilizar cualquier código fuente de los Productos bajo licencia únicamente para mantener

los Productos bajo licencia y no de otro modo y con pleno cumplimiento a las obligaciones de

confidencialidad y demás restricciones que el Contrato impone al Banco.

DECIMOCTAVO : Responsabilidad de la Empresa.

La Empresa se compromete a responder ante el Banco de todo daño, perjuicio, deterioro, pérdida o extravío

de artículos y equipos del Banco, que se originen en las dependencias del Banco y que ocurran en horas en

que la Empresa presta los Servicios y que sean debidamente comprobados de responsabilidad de su personal,

originados por cualquier razón o motivo.

DECIMONOVENO : Cesión del contrato y Subcontratación.

La Empresa no podrá ceder o traspasar el presente Contrato o sus obligaciones bajo forma o título alguno, ni

tampoco subcontratar, salvo que el Banco consienta en ello expresamente y por escrito.

VIGÉSIMO : Modificación de Condiciones

El Banco y la Empresa, acuerdan que toda intención de modificación a los Servicios comprometidos y a los

términos señalados en las cláusulas del presente contrato y sus anexos, deberán comunicarse por escrito, todo

esto, como requisito preliminar para convenir por las partes un eventual cambio de las condiciones pactadas

en el presente contrato.

VIGÉSIMO PRIMERO : Cambio Estructura Societaria

Durante la vigencia del presente contrato, la Empresa se obliga a informar al Banco, cualquier cambio en la

estructura societaria o de propiedad de la Empresa, lo cual deberá informarlo, en un plazo no superior a los

30 días corridos siguientes a la fecha en que se haya formalizado el respectivo cambio debiendo acreditarlo

mediante la documentación legal correspondiente, actualizando la información declarada en el Anexo D.4.

VIGÉSIMO SEGUNDO : Legislación Aplicable y Domicilio.

El presente Contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos

legales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de Santiago.

VIGÉSIMO TERCERO : Arbitraje

Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación, interpretación,

cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución del presente Contrato, será resuelta en forma breve y

sumaria por un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de Derecho en cuanto al fallo,

en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a excepción del recurso de queja y el de

casación en la forma por ultrapetita e incompetencia del Tribunal. Dicho árbitro mixto será designado

actuando las partes de común acuerdo. En caso de no producirse acuerdo, su designación, en calidad de

árbitro de Derecho y de única instancia, será efectuada por la Justicia Ordinaria, debiendo tal designación

recaer en un abogado que, en calidad de profesor titular o adjunto, haya desempeñado la cátedra de Derecho

Civil o Derecho Comercial por al menos cinco años consecutivos, ya sea en la Pontificia Universidad

Católica de Chile o en la Universidad de Chile, o se haya desempeñado como abogado integrante en al

menos dos períodos completos en la Excelentísima Corte Suprema.

En todo caso y sin perjuicio de las provisiones de fondos que puedan efectuarse, los gastos ocasionados por

los honorarios del árbitro, mixto o de Derecho, y los del Tribunal, como así también las costas procesales y

BANCO CENTRAL DE CHILE

144

personales causadas en el juicio, serán, invariablemente, de cargo de la parte que resulte vencida, sin que

deba atenderse a la plausibilidad de su defensa.

VIGÉSIMO CUARTO : Representación

La personería de doña María Inés Urbina para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha

15 de noviembre de 2004, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco

Hormazábal, Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago que las partes declaran conocer. La

personería de don […………….] para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha

[…………], otorgada ante el Notario Público de Santiago don [………………], Titular de la […………]

Notaría de Santiago que las partes declaran conocer.

La personería de don [….] para representar a la Empresa consta en escritura pública de fecha [………..]

otorgada ante el Notario Público, don […….], titular de la Notaría […….] que las partes declaran conocer.

VIGÉSIMO QUINTO : Idioma y Ejemplares

El presente Contrato y sus anexos se otorgan en dos ejemplares del mismo tenor y forma, quedando uno en

poder de cada parte. El idioma aplicable al presente Contrato será el español.

MARIA INES URBINA _______________________________

Gerente de Servicios Logísticos Gerente de [_____________]

BANCO CENTRAL DE CHILE BANCO CENTRAL DE CHILE

___________________________________

EMPRESA

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145

ANEXO D.1

PRECIO DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS

[Este Anexo lo conforman los precios y tarifas de los Productos y Servicios de la Solución acordados por las

partes, de acuerdo a los valores ofertados por la Empresa]

ANEXO D.2

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA SOLUCIÓN

[Este Anexo lo conforman las especificaciones técnicas en conformidad al Anexo B de las bases de

licitación]

ANEXO D.3

CARTA GANTT

[Este Anexo lo conforma la Carta Gantt acordada entre las partes]

ANEXO D.4

ESTRUCTURA SOCIETARIA

[Este Anexo lo conforma la estructura societaria declarada por la Empresa]

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146

ANEXO D.5

PROCESO RECEPCIÓN CONFORME

Generalidades

La Recepción Conforme se entiende como la comunicación escrita y formal de parte del

Banco a la Empresa, dejando constancia que la Empresa cumplió satisfactoriamente con los

servicios que le fueron contratados. El Certificado de Recepción Conforme será emitido por

el Banco una vez que: 1) el Banco verifique sin observación el cumplimiento de los ciclos

de pruebas acordados entre la empresa y el Banco; 2) que se haya cumplido

satisfactoriamente con la Auditoría de Seguridad contratada por el Banco a un tercero a su

elección (en el caso que el Banco hubiere decidido realizarla); 3) que se haya realizado la

capacitación; y 4) que la Empresa haya suscrito el Acuerdo de Custodia correspondiente.

Este requisito de Recepción Conforme, será necesario para proceder con el pago asociado a

este hito de actividad.

Las actividades asociadas a la Recepción Conforme, deberán ser previamente planificadas

y acordadas entre las partes, para lo cual la Empresa deberá avisar al Banco por escrito con

quince (15) días corridos de anticipación (o aquel otro plazo de notificación que pudiera

convenirse por escrito) la fecha en que se iniciarán las Pruebas de Recepción en el Banco.

Propósito

Probar la correcta instalación y operación de la Solución en ambiente de pruebas del Banco

Central.

Las Pruebas de Recepción comprenderán la realización de análisis y verificaciones

destinadas a establecer el correcto funcionamiento de la Solución considerando su

implantación y habilitación.

Alcance

Los componentes bajo prueba son:

- Software SOMA

- Comunicación de Software SOMA con Depósito de Valores a través de Red SWIFT

- Comunicación de Software SOMA con sistemas internos BCCh

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147

- Documentación Software SOMA

Las pruebas serán ejecutadas con la participación de cuatro Instituciones Financieras y el

Banco comunicándose vía redes de prueba y entrenamiento SWIFT y Red privada BCCh.

Criterio

Los ciclos de prueba a ejecutar serán acordados y documentados entre la empresa y el

Banco Central, previo al inicio de la etapa de Recepción conforme. El Banco ejecutará las

plantillas de pruebas acordadas previamente con la empresa, y una vez finalizada su

ejecución con resultado exitoso, el Banco otorgará a la empresa la recepción conforme.

Si en cualquier Prueba de Recepción, la Solución no cumpliera con los criterios de

aceptación acordados para esas Pruebas de Recepción, el Banco deberá notificar por escrito

a la Empresa dentro de diez (10) días corridos contados desde el final de esa Prueba de

Recepción, especificando los problemas que haya detectado. En este caso, la Empresa

deberá corregir esos problemas y repetir las Pruebas de Recepción. Este procedimiento se

prolongará hasta que la Empresa haya cumplido con los criterios para la aceptación de cada

Prueba de Recepción. Lo anterior es sin perjuicio de las multas establecidas para el caso en

que el plazo comprometido para obtener la Recepción Conforme no sea cumplido

oportunamente, por causas atribuibles directamente a la Empresa.

Responsabilidad

La Empresa y el Banco planificarán y prepararán los ciclos de prueba de Recepción

Conforme, siendo el Banco quien las ejecutará. El Banco procurará la disponibilidad de los

Bancos participantes, de la Red Swift y de la Red privada BCCh. Una vez finalizados los

ciclos de prueba, el Banco analizará los resultados y otorgará su conformidad por escrito

si cumplen con los criterios de aceptación definidos en la plantillas de los casos de pruebas

acordados.

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148

ANEXO D.6

CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EMPRESAS EXTERNAS Y SU PERSONAL

Es obligación de la Empresa dar cumplimiento a las normas que a continuación se señalan, para cuyos efectos

informará a su personal asignado a la prestación del Servicio. Se entiende que la Empresa ha informado

debidamente de las siguientes disposiciones a dicho personal por el solo hecho de incluirlo en una nómina de

personal informada al Banco de conformidad a lo establecido en la cláusula octava del Contrato:

a) Salvo autorización expresa y específica del Banco no se encuentra permitido el ingreso de dispositivos de

grabación magnética, óptica o cualquier otro similar, como Disketeras externas, Pen-Drives, grabadores

de CD Externos, grabadoras, filmadoras, equipos de video, computadores de cualquier tipo, etc.

b) Salvo autorización expresa y específica del Banco no se encuentra permitido el ingreso con bolsos,

maletas, maletines o cualquier medio para transporte de especies.

c) Salvo autorización expresa y específica del Banco no se encuentra permitido operar, intervenir, activar o

desactivar maquinarias, equipos o sistemas.

d) Si el Banco proporcionara cuentas de correos electrónicos individuales y/o acceso a Internet a la Empresa

para el otorgamiento del Servicio, éstas serán destinadas exclusivamente a facilitar el desempeño de las

labores asociadas al Servicio. El Banco prohíbe expresamente utilizar dichos correos electrónicos para

cualquier comunicación no relacionada en forma directa con el desempeño y cumplimiento del Servicio.

e) No se encuentra permitido a las Empresa externas y a su personal utilizar el nombre del Banco, en

cualquier actividad de tipo particular que se lleve a cabo en cualquier medio, escrito u oral.

f) Entre otros hechos se considerará incumplimiento grave de las obligaciones de la empresa alterar o

destruir libros o documentos de importancia, o causar daño o alteraciones de datos, en archivos

magnéticos y sistemas computacionales.

g) Si la Empresa debe ejecutar los trabajos o servicios contratados por el Banco mediante personal que

concurra para ello a los recintos de éste, de acuerdo a lo establecido en la cláusula décima del Contrato

deberá informar las nóminas de personal, con 7 días corridos de anticipación, a través de la Unidad

Usuaria responsable del Servicio o trabajo.

Las nóminas de personal de la empresa deberán individualizarlos e identificarlos con los siguientes datos:

- Todos los nombres y apellidos

- Cédula de identidad

- Dirección

- Profesión u oficio

Las nóminas aprobadas tendrán una vigencia de 90 días corridos, las que deberán ser actualizadas antes

de su vencimiento. La renovación de la aprobación deberá ser solicitada por la Empresa con 15 días

corridos de anticipación. En el caso de las empresas de mantención, con contrato anual renovable, la

renovación de la aprobación deberá obtenerse por la Empresa cada 365 días corridos.

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149

h) Al personal de la Empresa que deba concurrir al Banco para la prestación del Servicio se le entregará una

credencial de acceso, emitida por la Gerencia de Seguridad, que incluirá fotografía, nombre, apellidos,

cédula de identidad y nombre de la empresa a la cual pertenece el trabajador, de carácter personal e

intransferible y que deberá portar en un lugar visible de su vestimenta durante su permanencia en los

recintos del Banco. Dicho personal deberá ingresar por la puerta de calle Morande N°153, a efecto de

llevar un registro efectivo y actualizado de todos los ingresos por este concepto.

El personal de la Empresa que ingrese o se retire de las propiedades del Banco será controlado por

funcionarios de Seguridad que operan en los accesos. El personal de la Empresa deberá facilitar las

inspecciones y/o revisiones de rutina.

La Gerencia de Seguridad podrá revisar las pertenencias del personal de la Empresa cuando éste se retire

del Banco. Se podrá autorizar a la Empresa para que un supervisor de ésta presencie el proceso de revisión.

Toda persona que deba trabajar en horario nocturno, no podrá salir de los recintos del Banco entre las

00:00 y las 6:00 horas para volver a ingresar en ese lapso; es decir, cualquier trabajador que se retire en ese

período no podrá volver a ingresar hasta después de las 6:00 horas, salvo emergencias calificadas.

En el evento que el personal de la Empresa no cumpla las presentes normas internas de seguridad y

prevención de riesgo exigidas por esta Institución, el Banco estará facultado para suspender

transitoriamente, y mediante comunicación escrita, la ejecución de los servicios hasta que la Empresa

cumpla la norma que haya infringido. En este caso, la Empresa no podrá utilizar como razón de no

cumplimiento del plazo comprometido para ejecutar los servicios, el haber sido paralizada temporalmente

dicha ejecución por incumplimiento de alguna norma de seguridad.

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ANEXO E

MODELO DE CONTRATO POR EL SERVICIO DE

MANTENCIÓN Y SOPORTE DE LA SOLUCIÓN

En Santiago de Chile, a entre el BANCO CENTRAL DE CHILE, organismo autónomo de

derecho público, RUT 97.029.000-1, en adelante el “Banco”, representado en este acto por doña MARIA

INES URBINA DE LUIGGI, Gerente de Servicios Logísticos y don [……………….], Gerente de

[…………..], todos domiciliados en Agustinas N°1180, Santiago, por una parte, y por la otra, la empresa

[…………….], domiciliada en […………….], en adelante la “Empresa”, representada en este acto por su

apoderado don [……………….], ambos domiciliados, para estos efectos, en [……………….], Santiago,

Chile, se ha convenido el siguiente contrato:

PRIMERO: Antecedentes

Con fecha …….., el Banco y la Empresa suscribieron un contrato denominado “Contrato de Provisión e

Implementación del Sistema Operaciones de Mercado Abierto (SOMA)”. Para todos los efectos se entenderá

que el contrato señalado en el presente numeral formará parte integral del presente Contrato, en todo lo que

fuere pertinente.

SEGUNDO: Objeto del Contrato.

Por el presente instrumento el Banco contrata a la Empresa la prestación de los servicios de soporte

mantención y actualización para el software asociado a la Solución [………SOMA………] implementada

por la Empresa en el Banco y cuya descripción se detalla en el anexo E2., además de los servicios de asesoría

técnica que el Banco eventualmente requiera para mejorar dicha Solución. En adelante la actualización de las

licencias asociadas a la Solución se mencionará como “los Productos”, los servicios de mantención, soporte

y asesoría técnica, como “los Servicios”. Se entenderá por “Solución” a la aplicación implementada por la

Empresa y que incluye las componentes de Software y todos aquellos desarrollos que hayan sido necesarios

de realizar por parte de la Empresa, para adaptar una solución estándar a los requerimientos específicos del

Banco, los cuales se estipularon en las Bases de Licitación de la cual deriva este contrato.

Los Productos y Servicios, se proveerán de acuerdo a las condiciones que se establecen en las cláusulas

siguientes; en las Bases de Licitación de fecha [………………]; en la oferta de fecha [……………….]

presentada por la Empresa conforme ésta fue aceptada por el Banco mediante carta N° XXX de fecha XXX;

y en los Anexos que a continuación se detallan, los que debidamente firmados por las partes, se consideran

formar parte integrante del presente Contrato, para todos los efectos legales:

Anexo E.1: Tarifas de los Productos y Servicios

Anexo E.2: Especificaciones Técnicas de los Productos y Servicios.

Anexo E.3: Condiciones de Seguridad para Empresas Externas y su Personal

Anexo E.4: Estructura Societaria de la Empresa

Anexo E.5: Procedimiento para la prestación de servicios de mantención.

TERCERO: Precio de los Productos y Servicios.

El Banco pagará a la Empresa por la provisión de los Productos y prestación de los Servicios, las tarifas que

se detallan en el Anexo E.1 de este contrato.

BANCO CENTRAL DE CHILE

151

Tratándose de los servicios de Asesoría técnica, las partes acordarán las tarifas a aplicar, las que en todo caso,

no podrán exceder de la tarifa por honorarios por día/consultor de [……] y gastos de viaje y estadía

detallados en el Anexo E.1.

Los precios comprenden todo impuesto, derecho, arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u

honorario y, en general, toda suma o gasto que sea necesaria para proveer los Productos y Servicios al

Banco, en el interior de sus recintos y en las fechas acordadas, de forma tal que ninguna otra suma deba ser

pagada por el Banco por el suministro de los Productos y Servicios a que este Contrato se refiere. Serán de

cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile por concepto del presente

contrato.

CUARTO: Forma de pago

1. La Mantención y Soporte de Licencias (incluye actualización de licencias, servicio de soporte y corrección

de fallas): serán pagadas en cuotas mensuales vencidas, previa recepción por parte del Banco de la factura

correspondiente, y será aplicable a partir del segundo año de contrato, considerando que el valor de compra

de cada licencia incluye su mantención durante el primer año.

2. Asesoría técnica: Si durante la vigencia del presente contrato, el Banco solicitara a la Empresa Servicios de

asesoría técnica para realizar mejoras a la Solución, dichos Servicios se cotizarán previamente y se pagarán

en forma separada e independiente a la Mantención y Soporte, conforme a la tarifa por hora/consultor y

gastos de viaje y estadía establecidos, si estos corresponden y según lo convenido en el correspondiente

proceso de cotización. En ningún caso, el Banco considerará pagos anticipados por estos Servicios, salvo

contra entrega de una Garantía por la suma equivalente al monto anticipado. En este caso, previo a la

facturación, la Empresa deberá contar con la recepción conforme de los Servicios correspondientes, por parte

del Banco. Las condiciones que la Empresa deberá cumplir para recibir la recepción conforme por parte del

Banco, serán convenidas entre las partes, durante el proceso de cotización, previo a su contratación.

Para los efectos de los pagos señalados precedentemente, la Empresa enviará al Banco la factura

correspondiente, a la siguiente dirección:

Señores

Banco Central de Chile

Morandé N°115, Piso 3°

Santiago

Chile.

Una vez recibida la factura por parte del Banco, ésta será pagada dentro de los 15 días corridos siguientes a la

fecha de su aprobación de los servicios prestados, por parte de la Gerencia de Informática del Banco,

mediante un depósito o transferencia bancaria a la cuenta que la Empresa haya especificado para estos

efectos.

QUINTO: Especificaciones técnicas de los Servicios y Productos

5.1 De los Productos y Servicios contrataos

La Empresa se obliga a proveer los Servicios y Productos objeto del presente contrato, conforme a las

características y especificaciones técnicas establecidas en el Anexo E.2 del presente documento.

5.2 Ámbito o alcance del servicio de mantención del software de aplicación.

a) La Empresa prestará los servicios de mantención correctiva del software que se detalla en el Anexo E.2,

BANCO CENTRAL DE CHILE

152

servicio que comprenderá la resolución de fallas, entendiéndose por éstas, errores en el Software que

conforma la Solución, con respecto a las especificaciones contenidas en las Especificaciones

Funcionales. .

b) La Empresa deberá actualizar el software que se detalla en Anexo E.2 del presente Contrato, cada vez

que se genere una nueva versión del software de aplicación. Las nuevas versiones podrán incorporar:

i. Correcciones de fallas

ii. Mejoras en el funcionamiento y/o el rendimiento

iii. Los adelantos necesarios para mantener la compatibilidad con las nuevas versiones del

fabricante de hardware, software de bases de datos y otro software asociado a la solución, y

los cambios obligatorios de SWIFT.

iv. Las mejoras para cumplir con la legislación nacional o la normativa del gobierno.

v. Las mejoras y perfeccionamiento de la documentación relacionada, cuando corresponda.

Las versiones que incorporen por lo menos algunos cambios del tipo ii), iii) o iv) se denominarán

Versiones Importantes. Las otras versiones se llamarán Versiones Menores. Las Versiones Importantes

incluirán todas las correcciones al Software de Aplicación que se hayan realizado antes de la fecha tope

de la nueva versión. Las nuevas versiones no significarán eliminar las funciones que ya se habían

entregado al Banco salvo acuerdo de éste.

La Empresa deberá seguir prestando Servicios de Mantención respecto de las Versiones Importantes

anteriores del Software de Aplicación y seguir corrigiendo las fallas de las Versiones Importantes del

Software de Aplicación anteriores, durante un plazo de por lo menos dieciocho (18) meses después que

la Empresa haya producido una nueva Versión Importante.

Si el Banco exigiera que la Empresa preste un servicio de mantención o corrija fallas en una Versión

Importante anterior del Software de Aplicación, después del período de dieciocho (18) meses de la

producción de una nueva Versión Importante, entonces la Empresa estará autorizada a efectuar un cobro

adicional por ese Servicio de Mantención.

La Empresa deberá entregar todas estas versiones en las oficinas del Banco en Santiago, Chile. Las

versiones irán acompañadas por la documentación respectiva en idioma español, que contendrá detalles

de:

i. Las fallas corregidas en la versión

ii. Las nuevas funciones introducidas o modificadas en la versión

iii. Plan de pruebas y certificación

iv. Cualquier otra información necesaria para el uso adecuado de la versión.

5.3 Tipificación de fallas y nivel de servicio

Con objeto de asegurar el nivel de servicio en la atención y respuesta a fallas, se realizará la tipificación de

fallas del Sistema que se indica a continuación:

Crítico: Falla en el sistema que no permite realizar el proceso completo de negocio.

Muy Grave: Es una falla del sistema que restringe realizar el proceso completo de negocio.

Mediana Gravedad: Es una falla del sistema que tiene leve impacto sobre el proceso completo de negocio

Criticidad de

la Falla

Descripción SLA

Crítico

Falla en el sistema que no permite

realizar el proceso completo de

negocio.

4 horas

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Muy Grave

Es una falla del sistema que

restringe realizar el proceso

completo de negocio.

3 días

hábiles

Mediana

Gravedad

Es una falla del sistema que tiene

leve impacto sobre el proceso

completo de negocio.

10 días

hábiles

5.4 Prestación de los Servicios de Mantención y Soporte de Software

Las partes convienen que el procedimiento, los plazos para la toma de conocimiento de la falla reportada y

condiciones para el requerimiento de servicios por parte de “el Banco” y de recepción y atención de los

mismos por parte de “la empresa” (Mantención Correctiva), serán los que da cuenta el Anexo E.5

denominado “Procedimiento para la prestación de servicios de mantención” del presente contrato.

La Empresa deberá considerar la prestación de Servicios de Soporte y Mantención de la Solución entre las

07:00 a 20:00 horas en horario local CLT y que debe considerar los cambios de hora en verano y en

invierno referidos al TZ Santiago Chile. Además, si el Banco comunicase una falla fuera del horario

mencionado, y solicitase a la Empresa prestar los Servicios, la Empresa deberá considerar la prestación de

dicho servicio a la tarifa que se estipule en el contrato, incluyendo además, los desarrollos o mantenciones

futuras que el Banco solicite realizar durante la vigencia de este contrato.

5.5 De las modificaciones y Mejoras a la Solución

Durante la vigencia del presente contrato, el Banco podrá solicitar modificaciones, mejoras o nuevos

desarrollos sobre la Solución implementada por la Empresa, con el objeto de incorporar mejoras funcionales

y/o tecnológicas. Estas modificaciones, mejoras o nuevos desarrollos que el Banco requiera ejecutar deberán

ser dimensionados, en plazo y costo de ejecución, previamente por la Empresa en conformidad con las

tarifas de Horas Hombre de Asesoría técnica pactada para estos efectos. El Banco manifestará por escrito su

conformidad, rechazo o reconsideración al dimensionamiento por parte de la Empresa. Si la propuesta de la

Empresa es rechazada por el Banco, se entenderá que la solicitud ha sido retirada, sin ulterior

responsabilidad para ninguna de las partes.

Cualquier modificación, mejora o nuevo desarrollo que se incorpore a la Solución pasará a formar parte del

presente contrato de manera automática, sin necesidad de suscribir una Adenda al contrato y siendo aplicable

a cada una de estas mejoras todas las condiciones que regulan el presente contrato.

Las partes convienen expresamente que en el evento de incorporar mejoras o nuevos desarrollos a la

Solución, ello implicará un incremento del costo anual del Servicio de Mantención y Soporte de la Solución,

equivalente al [___]% del valor de la mejora o nuevo desarrollo. Este incremento, entrará en vigencia una

vez expirado el periodo de garantía establecido en las condiciones generales de la respectiva solicitud a

través de cual el Banco especifica la mejora o nuevo desarrollo y solicita la propuesta a la Empresa.

SEXTO: Multas

6.1. Conforme a lo establecido en la cláusula 14, punto 2, de la Bases Administrativas se aplicarán multas en

caso que por causas imputables a la Empresa el Servicio no esté disponible, existiendo un período de gracia

de 4 horas.

BANCO CENTRAL DE CHILE

154

6.2. La aplicación de multas se sujetará a la siguiente estructura:

Tramo 1:

La multa corresponderá al 1% del precio mensual del Servicio, por cada período completo de 30

minutos que transcurra a contar del período de 4 horas de gracia en que el Servicio no esté

disponible. Por ende, lo anterior implica que no se aplicará la multa si el problema es resuelto con

anticipación a las primeras 4 horas con 30 minutos, contadas desde que el Banco informe la

ocurrencia de la falla.

Tramo 2: Adicionalmente a lo anterior, entre las 12 y 36 horas posteriores a la interrupción del

Servicio:

La multa corresponderá al 2% del precio mensual del Servicio, por cada período completo de 30

minutos que transcurra a contar de las 12 horas sin disponibilidad del Servicio.

Tramo 3: Adicionalmente a lo anterior, a partir de las 36 horas sin disponibilidad del Servicio,

contadas desde su interrupción:

La multa corresponderá al 3% del precio mensual del Servicio, por cada período completo de 30

minutos que transcurra a contar de las 36 horas sin disponibilidad del Servicio.

Las multas antes señaladas, solo se aplicarán en caso de fallas consideradas para el Banco como críticas.

No se considerarán como fallas, las ocasiones en que se suspenda el Servicio para realizar trabajos de

mantención, siempre que éstos hayan sido acordados previamente con el Banco.

La Empresa no podrá, bajo ninguna circunstancia, discriminar sobre el grado de criticidad que el Banco le

otorgue a un problema o falla.

6.3. Las multas se aplicarán considerando el precio de mantención mensual del software de aplicación.

6.4. Las multas tendrán un límite anual correspondiente al precio anual de los Servicios. En el caso de llegar

al límite anual y que se produzcan nuevas fallas, el Banco no podrá seguir multando a la Empresa, la que en

todo caso, subsanará todas las fallas que se produzcan y seguirá otorgando los Servicios, y cumpliendo con

los niveles de servicio comprometidos en este Contrato.

Esta limitación, no obsta al ejercicio, por parte del Banco, de todos los derechos que le asistan en relación al

respectivo incumplimiento contractual que se derive de la ocurrencia o reiteración de acciones u omisiones

que no den lugar a la aplicación de multas.

6.5. El monto que resulte de aplicar la multa estipulada, se imputará al precio establecido para el Servicio en

el mes correspondiente, para lo cual, la Empresa enviará junto a la factura la Nota de Crédito pertinente. En

caso que la multa exceda la remuneración a pagar del período, el saldo se aplicará en la remuneración de los

períodos siguientes.

SÉPTIMO: Vigencia

El presente contrato tendrá una duración de un año, contado desde la recepción conforme de la Provisión e

Implementación de la Solución, es decir, desde el día ___________, fecha que se especifica en la carta

suscrita por la Gerente de Servicios Logísticos del Banco y que, una vez remitida a la Empresa constituirá,

para todos los efectos legales, el Anexo E.6 de este Contrato.

BANCO CENTRAL DE CHILE

155

Al término del período de 1 año desde la entrada en vigencia del contrato, éste se renovará automáticamente

por otro período de igual duración, con un máximo de nueve renovaciones, a menos que una de las partes

comunique a la otra su intención de no renovarlo, aviso que debe enviarse por escrito con a lo menos 60 días

de anticipación a la fecha de término de su vigencia inicial, o de alguna de sus prórrogas, según corresponda.

OCTAVO: Término anticipado del Contrato

Notificada la ocurrencia de un evento de incumplimiento o falta grave de la Empresa de las obligaciones que

el presente Contrato le impone, y transcurridos tres días hábiles sin que la Empresa los haya subsanado a

juicio exclusivo del Banco, este último se reserva el derecho a resolver el presente Contrato, y sin derecho a

indemnización a favor de la Empresa.

Se entenderá que dicho evento ha ocurrido, entre otros casos, especialmente cuando la Empresa no ha

cumplido las obligaciones que ha asumido, como también por el incumplimiento de las Especificaciones

Técnicas establecidas en los Anexos E.2 y E.5, respecto del servicio que se contrata por el presente

instrumento.

Asimismo, el Banco podrá resolver el Contrato en el evento que la Empresa sea declarada en quiebra, o

presente proposiciones de convenio judicial preventivo, solicite la designación de un Experto Facilitador, se

someta al arbitraje de que tratan los artículos 180 y 184 del Libro IV del Código de Comercio, y cualquier

otra situación que evidencie la notoria insolvencia de la Empresa, se disolviere por cualquier causa legal,

registrare documentos protestados, se encontrare en cesación de pagos o en notoria insolvencia, si alguno de

sus socios, Directores o Gerentes fuere sometido a proceso o formalizado por algún delito que merezca pena

aflictiva, o si la Empresa no diera cumplimiento a las obligaciones previsionales y de seguridad social,

laborales y tributarias, en relación con sus trabajadores destinados a la prestación de los Servicios.

También será considerada como causa de término de contrato, la inexactitud u omisión de la declaración de

Conflicto de Intereses y de Confidencialidad, señaladas en las cláusulas respectivas del presente documento.

La resolución del contrato tendrá efecto ipso facto, para lo cual bastará la remisión por el Banco de una

comunicación escrita, señalando la ocurrencia del evento de incumplimiento y dejando constancia de su

voluntad de resolver el contrato.

No obstante lo anterior, el Banco se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, sin expresión

de causa en cualquier momento, previo aviso por escrito remitido con a lo menos 60 días corridos de

anticipación a la fecha de término deseada, sin derecho a indemnización o retribución alguna.

En ningún caso, el aviso escrito de término de contrato, libera a la Empresa de su obligación de proveer los

servicios hasta la fecha efectiva de su término. No obstante lo anterior, todas las obligaciones estipuladas

bajo deber de confidencialidad de este contrato permanecerán vigentes una vez terminado el Contrato por

cualquier causa.

NOVENO: Garantía por fiel cumplimiento de Contrato

Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente Contrato, y con al menos

15 días corridos a su entrada en vigencia, la Empresa se obliga a entregar al Banco una [Boleta de Garantía

Bancaria emitida a favor del Banco Central de Chile, pagadera a la vista o Carta de Crédito (Standby Setter of

Credit)] por la suma de [….], equivalente al 10% del valor anual del contrato, con vencimiento superior en 30

días corridos al término de la vigencia del contrato o de su prórroga, según corresponda, obligándose a

prorrogarla, renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las oportunidades que sea necesario,

mientras se encuentren pendientes de cumplimiento obligaciones derivadas del presente contrato. Esta

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156

prórroga, renovación o reemplazo, deberá ser efectuada por la Empresa con no menos de 15 días corridos de

anticipación a la fecha de vencimiento de la Garantía en poder del Banco. Para los efectos indicados, la glosa

de esta garantía deberá señalar que ella se extiende para “garantizar el fiel cumplimiento de contrato”.

Por otra parte, en el evento que la Empresa no presente la garantía por cumplimiento de contrato señalada en

el párrafo precedente para su período de vigencia inicial, el Banco podrá hacer efectiva la garantía por

cumplimiento de obligaciones del contrato por los Servicios de Provisión e Implementación de la Solución.

La mencionada Garantía caucionará, en especial, la cabal ejecución de los Servicios en los términos y

condiciones establecidas en este contrato y sus Anexos.

En caso de incumplimiento del contrato de la Empresa a las condiciones establecidas en el presente Contrato

y en los demás instrumentos que se entiendes formar parte de él, el Banco podrá hacer efectiva la Garantía,

previo aviso remitido a la Empresa con al menos veinticuatro horas de anticipación.

DÉCIMO: Interlocutores

Por el Banco participará un profesional designado por la Gerencia de Informática, quien deberá ser

considerado como Interlocutor Válido en los aspectos técnicos de este contrato. Por otra parte, para los

aspectos funcionales, el Banco designará un profesional de la Gerencia de Mercados Financieros Nacionales.

Asimismo, la Empresa nombrará a un profesional como Interlocutor Válido, quien será considerado como

contraparte técnica válida ante el Banco. Los nombres de los interlocutores se estipulan a continuación, no

obstante, por necesidades operativas del trabajo, para parte o totalidad de los temas de este Contrato, las

partes podrán nombrar en su reemplazo a otros profesionales que cumplan esta labor técnica, para lo cual

sólo bastará una comunicación por escrito de la contraparte, no siendo necesaria la modificación del presente

contrato. Lo anterior es sin perjuicio que los requerimientos de servicio del Banco serán atendidos por el

profesional de la empresa que se encuentre disponible dentro del horario contratado.

NOMBRES EN REPRESENTACIÓN DE

Don:

Don:

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Don: [……………..] EMPRESA

UNDÉCIMO: Del Personal

La Empresa se compromete a emplear solamente personal que sea plenamente competente y capacitado para

el debido cumplimiento de sus funciones conforme al presente Contrato.

La Empresa ejecutará los Servicios con trabajadores de su dependencia y, por lo tanto, será de su exclusivo

cargo y responsabilidad el cumplimiento estricto de las leyes tributarias, laborales, previsionales y de

seguridad social, especialmente en lo que se refiere al pago de las remuneraciones, gratificaciones, horas

extraordinarias, imposiciones previsionales, seguros de accidentes del trabajo, riesgos por daños a terceros y a

cualquier otra prestación que ésta deba pagar a sus dependientes. La Empresa podrá prestar los servicios

mediante personal externo subcontratado, previa autorización del Banco y, en este caso, será también de su

exclusivo cargo y responsabilidad respecto de dicho personal el cumplimiento de las obligaciones

anteriormente referidas respecto del personal de su dependencia.

En el evento que el Banco fuera demandado, multado o sancionado en relación o por causa de algún trabajador

de la Empresa, por algún organismo laboral, previsional o judicial, la Empresa deberá pagar inmediatamente el

monto reclamado e indemnizar al Banco por el valor equivalente al total demandado, multado o sancionado, y

por los costos de su defensa judicial o administrativa pudiendo el Banco deducir las sumas adeudadas por este

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157

concepto del valor de cualquier pago de los Servicios.

Cuando corresponda, los antecedentes del personal que la Empresa destine a la ejecución de los Servicios en

dependencias del Banco, deberán ser informados en forma previa a la Gerencia de Seguridad del Banco,

evento que deberá ser coordinado a través del Interlocutor Válido del Banco. En estos eventos, en todo lo

relacionado al personal, instalaciones y servicios computacionales, es obligación de la Empresa, que las

partes elevan al carácter de esencial, dar cumplimiento a las Condiciones de Seguridad para Empresas

Externas y su Personal que se adjuntan en el Anexo E.3 de este Contrato. Toda designación o cambio en el

personal asignado a los Servicios deberá ser previamente aprobado por el Banco, para lo cual la Empresa

deberá justificar e informar por escrito con a lo menos 15 días corridos de anticipación de los cambios que

desea realizar a la conformación del equipo de trabajo a cargo del Servicio. En todo caso el Banco se reserva

el derecho de pedir la sustitución del personal asignado sin expresión de causa, como asimismo impedir su

reemplazo sin su consentimiento, en cualquier instante mientras se encuentre vigente el Contrato.

DUODÉCIMO: Otorgamiento de la licencia y derechos sobre el Producto

Por el presente acto, la Empresa otorga al Banco licencias intransferibles y no exclusivas para utilizar la versión

actual ejecutable de los Productos, en una configuración de instalación única. Asimismo, la Empresa se obliga a

entregar al Banco la Documentación necesaria para la adecuada utilización del Producto y le confiere además al

Banco el derecho de utilizar, imprimir y copiar dicha Documentación.

La licencia que se otorga por el presente Contrato es necesaria para el uso de la versión actual del Producto y de

sus futuras actualizaciones, como asimismo para la utilización de la Documentación y para proceder con la

capacitación, implementación, pruebas, respaldo y con los fines productivos establecidos en este contrato y en sus

Anexos.

El Banco no podrá vender, otorgar sublicencias ni conceder a terceros ningún derecho sobre el Producto, la

Documentación o cualquier información relativa al Producto. Salvo los derechos que por el presente contrato se

otorgan al Banco para utilizar el Producto y la Documentación, la Empresa no transfiere al Banco ningún derecho

sobre el Producto o la Documentación tales como derechos de propiedad, derechos de autor, patentes ni ningún

otro derecho de propiedad intelectual.

Salvo que ello sea expresamente permitido por la legislación aplicable sobre derechos de autor, el Banco no

deberá en ningún caso disponer o permitir ingeniería inversa o que se desmonte, descompile, traduzca o

adapte el Producto sin el previo consentimiento por escrito de la Empresa.

DECIMOTERCERO: Garantías

A. Garantía del Producto. La Empresa garantiza que el Producto, así como las actualizaciones y nuevas

versiones del mismo que la Empresa entregue al Banco en virtud del presente contrato, desempeñarán en todos sus

aspectos las funciones esenciales para las cuales con provisto y que se especifican en el Anexo E.1, siempre que

éste sea operado de conformidad con la Documentación y en una Plataforma Idónea. Esta garantía exige que la

Empresa corrija todos los errores del Producto reproducibles por el Banco u otorgue una solución alternativa

provisoria, en tanto corrija en forma definitiva el error.

B. Garantía de los medios. La Empresa garantiza que los medios en los que entregue el Producto al Banco

estarán libres de defectos de materiales y de mano de obra, por un plazo de 90 días corridos contados desde la

puesta en producción del Producto, siempre que dichos medios se utilicen adecuadamente. Esta garantía exige que

la Empresa sustituya los medios defectuosos.

C. Garantía contra virus e inhabilitación de códigos. La Empresa garantiza que hará uso de medios técnicos

razonables para detectar cualquier virus informático. La Empresa también garantiza que el Producto entregado no

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contiene ningún virus ni ningún código, rutina o dispositivo informático (que no sean los establecidos en la

Documentación) destinado a desactivar, dañar, dificultar, borrar, inhabilitar o recuperar electrónicamente los

Programas o cualquier otro programa de computación o dato informático. Esta garantía exigirá que la Empresa

sustituya las copias afectadas del Producto que estén en poder del Banco por copias que no contengan dichos virus

o código inhabilitante. Asimismo, la Empresa deberá eliminar los efectos de dichos virus, si los hubiere, en el

Producto.

D. Garantías de algunos Programas Adicionales. El Banco podrá utilizar las garantías de los contratos de

servicios e indemnizaciones por infracción de terceros respecto de Programas Adicionales desarrollados por

terceros distintos de la Empresa, en los términos establecidos en dichas garantías. En caso de que los Programas

Adicionales impidan que el Producto desempeñe las funciones descritas en la Documentación, cuando funcione en

una Plataforma Idónea, la Empresa deberá brindar al Banco una solución, que podrá incluir, de común acuerdo

entre las partes, la sustitución, sin cargo adicional para el Banco, de los Programas Adicionales por Programas

Adicionales sustitutivos que tengan una funcionalidad sustancialmente equivalente.

E. Garantías de la Propiedad Intelectual. La Empresa declara y garantiza que tiene el derecho de otorgar

licencias para la utilización del Producto. La Empresa también declara y garantiza que, a su leal saber y entender,

el presente Contrato no constituye una infracción de ninguna patente, derecho de autor, secreto comercial u otro

derecho de propiedad de un tercero.

En virtud de lo anterior, la Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de

propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este

Contrato, y de los productos y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad

comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los

subcontratistas empleados; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de

indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas

violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco) años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.

DECIMOCUARTO: Confidencialidad

El artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional que rige al Banco Centra de Chile establece la obligación de

reserva aplicable a esta Institución. Por consiguiente, queda expresamente establecido que todos los

documentos e información proporcionada a la Empresa o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la

ejecución del presente Contrato, por la naturaleza legal de la misma, tienen el carácter de confidencial y

reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose por lo tanto la

Empresa a mantener bajo reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos en este Contrato, y a

no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de

cualquiera otra manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de

Chile. La Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del Banco

Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro

antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios,

investigaciones o proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente

declaración.

De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente

referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del Contrato llegare

a conocer, entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del concepto “información confidencial o

reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que dejen de tener este carácter por

haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá entre las partes, aún después de finalizada la

ejecución de los Servicios y hasta por 4 años contado desde dicha fecha.

La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus trabajadores o de las

personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el período de vigencia del Contrato y por el

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159

plazo de cinco años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque tales personas observen la

obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las instrucciones y adoptando

todas las medidas que fueren necesarias.

Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta

contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su

política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con

cualquier norma legal. La Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al

Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las ofertas

recibidas y de la Orden de Compra o Contrato que se suscriba, según corresponda.

Finalmente, en caso que un tercero solicite información proporcionada por la Empresa al Banco, este último

notificará a la Empresa tal requerimiento en los términos y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20

de la Ley N° 20.285.

DECIMOQUINTO: Cumplimiento de Leyes, Ordenanzas y Disposiciones

La Empresa será responsable de cumplir con todas las leyes, ordenanzas y disposiciones gubernamentales

vigentes y liberará al Banco de todas las responsabilidades y daños que pueda producir el incumplimiento de

las mismas.

DECIMOSEXTO: Responsabilidad por Violaciones de Patentes y/o Derechos de Autor

La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de propiedad intelectual y/o

industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este Contrato, y de los productos

y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones

que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los subcontratistas empleados; se

extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos

otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco)

años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.

En caso que el Banco sea notificado de cualquier demanda, acción o reclamación a los derechos referidos en

el párrafo anterior, el Banco notificará prontamente tal circunstancia a la Empresa a fin de que ésta pueda

intervenir en el proceso respectivo en el carácter de tercero coadyuvante. En todo caso, cualquier transacción

que pueda convenir el Banco con el demandante o reclamante y cuyo pago, en definitiva, deba ser soportado

por la Empresa, deberá contar previamente con el acuerdo de esta última.

DECIMOSÉPTIMO: Conflicto de Intereses

La Empresa declara que no tiene otros intereses comprometidos en la prestación de los servicios motivo de

este Contrato, como tampoco personas dependientes de la Empresa relacionadas con el Banco, por lo que

asume las responsabilidades legales consecuentes, en caso de inexactitud de tal declaración. Dicha declaración

es considerada por el Banco una condición esencial y determinante en la celebración del presente Contrato y su

infracción producirá la resolución ipso facto del mismo.

Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que

intervenga o actúe, directa o indirectamente, en representación de la Empresa, un funcionario del Banco, su

cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o Empresas

en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un

5% o más de su capital o las sociedades o Empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea

director o dueño directo o indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del

Banco actúe como representante, o cualquier otra situación que igualmente pueda considerarse como

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constitutiva de conflicto de intereses para el presente Contrato, entendiéndose por tales todas aquéllas que

pudieron haber influido en la decisión del proceso de cotización del cual deriva el presente Contrato. De

igual manera, se considera que existe conflicto de intereses si en la prestación del Servicio se desempeñaran

ex funcionarios o ejecutivos del Banco, o personas vinculadas a éstos en la forma antes indicada respecto de

funcionarios en actual desempeño, obligación que tendrá aplicación respecto de aquellas personas que hayan

dejado de prestar servicios dentro del plazo mínimo de 5 años contado desde el otorgamiento de la presente

declaración.

La Empresa se obliga a declarar por escrito al Banco cualquier conflicto de intereses que se presente con

posterioridad a la fecha de otorgamiento del presente Contrato; y acepta que, ante dicha situación, el Banco

evalúe las circunstancias que configuren el conflicto de intereses respectivo, pudiendo a su arbitrio poner

término anticipado al Contrato o perseverar en él.

DECIMOCTAVO: Responsabilidad de la Empresa.

La Empresa se compromete a responder ante el Banco de todo daño, perjuicio, deterioro, pérdida o extravío

de artículos y equipos del Banco, que se originen en las dependencias del Banco y que ocurran en horas en

que la Empresa presta los Servicios y que sean debidamente comprobados de responsabilidad de su personal,

originados por cualquier razón o motivo.

En todo caso, las partes acuerdan que el monto de la responsabilidad de la Empresa por daños directos

ocasionados por cualquier incumplimiento del presente Contrato se limitará a la suma equivalente a 12 de

meses del precio o tarifa pactado. Sin perjuicio de lo anterior, dicha limitación no será aplicable en caso de

daños a bienes corporales muebles o inmuebles de propiedad del Banco o de daños físicos a su personal, y que

sean de responsabilidad de la Empresa.

DECIMONOVENO: Custodia de Código Fuente

Las partes convienen mantener bajo custodia de [ ], sin costo para el Banco, una copia del código fuente

del software de aplicación licenciado en el Banco. Para ello, previo a la Recepción Conforme, se suscribirá un

Acuerdo de Custodia con [ ], que señale que el Banco podrá acceder al código fuente, solamente en el

caso que la Empresa no provea el Servicio de Mantención del Sistema, en la medida requerida por el Banco

para su funcionamiento, por las razones invocadas en el Acuerdo de Custodia indicado, y bajo las

condiciones de confidencialidad fijadas en este contrato. Ante la ocurrencia de alguno de estos hechos, se

libera al Banco de acciones legales que pudiesen iniciarse en su contra por el uso de la propiedad intelectual

del código fuente.

El Banco se obliga a utilizar cualquier código fuente de los Productos bajo licencia únicamente para mantener

los Productos bajo licencia y no de otro modo y con pleno cumplimiento a las obligaciones de

confidencialidad y demás restricciones que el Contrato impone al Banco.

VIGÉSIMO: Cesión del contrato y Subcontratación.

La Empresa no podrá ceder o traspasar el presente Contrato o obligaciones bajo forma o título alguno, ni

tampoco subcontratar, salvo que el Banco consienta en ello expresamente y por escrito.

VIGÉSIMO PRIMERO: Modificación de Condiciones

El Banco y la Empresa, acuerdan que toda intención de modificación a los Servicios comprometidos y a los

términos señalados en las cláusulas del presente contrato y sus anexos, deberán comunicarse por escrito, todo

esto, como requisito preliminar para convenir por las partes un eventual cambio de las condiciones pactadas

en el presente contrato.

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VIGÉSIMO SEGUNDO: Cambio Estructura Societaria

Durante la vigencia del presente contrato, la Empresa se obliga a informar al Banco, cualquier cambio en la

estructura societaria o de propiedad de la Empresa, lo cual deberá informarlo, en un plazo no superior a los

30 días corridos siguientes a la fecha en que se haya formalizado el respectivo cambio debiendo acreditarlo

mediante la documentación legal correspondiente, actualizando la información declarada en el Anexo E.4.

VIGÉSIMO TERCERO: Legislación Aplicable y Domicilio.

El presente Contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos

legales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de Santiago.

VIGÉSIMO CUARTO: Arbitraje

Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación, interpretación,

cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución del presente Contrato, será resuelta en forma breve y

sumaria por un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de Derecho en cuanto al fallo,

en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a excepción del recurso de queja y el de

casación en la forma por ultrapetita e incompetencia del Tribunal. Dicho árbitro mixto será designado

actuando las partes de común acuerdo. En caso de no producirse acuerdo, su designación, en calidad de

árbitro de Derecho y de única instancia, será efectuada por la Justicia Ordinaria, debiendo tal designación

recaer en un abogado que, en calidad de profesor titular o adjunto, haya desempeñado la cátedra de Derecho

Civil o Derecho Comercial por al menos cinco años consecutivos, ya sea en la Pontificia Universidad

Católica de Chile o en la Universidad de Chile, o se haya desempeñado como abogado integrante en al

menos dos períodos completos en la Excelentísima Corte Suprema.

En todo caso y sin perjuicio de las provisiones de fondos que puedan efectuarse, los gastos ocasionados por

los honorarios del árbitro, mixto o de Derecho, y los del Tribunal, como así también las costas procesales y

personales causadas en el juicio, serán, invariablemente, de cargo de la parte que resulte vencida, sin que

deba atenderse a la plausibilidad de su defensa.

VIGÉSIMO QUINTO: Representación

La personería de doña María Inés Urbina para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha

15 de noviembre de 2004, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco

Hormazábal, Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago que las partes declaran conocer. La

personería de don Leonardo Jadue Jadue para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha

[…………], otorgada ante el Notario Público de Santiago don [………………], Titular de la […………]

Notaría de Santiago que las partes declaran conocer.

La personería de don [……] para representar a la Empresa consta en escritura pública de fecha [………..]

otorgada ante el Notario Público, don […….], titular de la Notaría […….] que las partes declaran conocer.

VIGÉSIMO SEXTO: Idioma y Ejemplares

El presente Contrato y sus anexos se otorgan en dos ejemplares del mismo tenor y forma, quedando uno en

poder de cada parte. El idioma aplicable al presente Contrato será el español.

MARIA INES URBINA LEONARDO JADUE J.

Gerente de Servicios Logísticos Gerente de Informática

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…………………………

EMPRESA

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ANEXO E.1

TARIFAS DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS

[Este Anexo lo conforman los valores y forma de pago de los Productos acordados por las

partes, de acuerdo a los valores ofertados por la Empresa]

ANEXO E.2

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS

[Este Anexo lo conforma la descripción de los Productos contenida en la oferta de la

Empresa]

ANEXO E.3

CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EMPRESAS EXTERNAS Y SU

PERSONAL

[Este Anexo es idéntico al Anexo D.5 del presente documento]

ANEXO E.4

ESTRUCTURA SOCIETARIA

[Este Anexo lo conforma la estructura societaria declarada por la Empresa]

ANEXO E.5

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DE MANTENCIÓN

[Este Anexo lo conforma el procedimiento para prestar los servicios de mantención y

corrección de fallas por parte de la empresa]

ANEXO E.6

CARTA DE FORMALIZACIÓN DE FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS

[Este Anexo corresponderá a la carta mediante la cual la Gerente de Servicios Logísticos,

una vez efectuada la Recepción Conforme de la Provisión e Implementación de la

Solución, señalará a la Empresa la fecha de inicio de los Servicios de Soporte de la

misma]

...

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