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LICITACIÓN N° L09034
REQUEST FOR PROPOSAL (RFP)
SISTEMA
OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO
(SOMA)
BANCO CENTRAL DE CHILE
GERENCIA DE MERCADOS FINANCIEROS NACIONALES
GERENCIA DE INFORMÁTICA
GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS
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ÍNDICE
BASES ADMINISTRATIVAS
1.- Introducción 3
2.- Estudio de los antecedentes 5
3.- Omisiones respecto al estudio de los antecedentes 5
4.- Calendario de actividades 5
5.- Consultas y aclaraciones 6
6.- Plazo y forma de presentación de las propuestas 6
7.- Garantías 7
8.- Apertura de ofertas 9
9.- De la Evaluación de las Propuestas 10
10.- Resolución y adjudicación de la licitación 11
11.- De los Contratos y antecedentes legales 11
12.- Del precio y la forma de pago de la Solución 13
13.- Recepción conforme de los Productos y Servicios 15
14.- De los plazos de ejecución y multas o deducciones 16
15.- Desistimiento de las ofertas 17
16.- Cumplimiento de leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones 18
17.- Responsabilidad por violaciones de patentes, licencias y/o derecho de autor 18
18.- Confidencialidad 18
19.- Conflicto de intereses 19
20.- Arbitraje 20
21.- Gastos y demás desembolsos 20
22.- Legislación Aplicable y Domicilio 20
23.- Idioma 21
ANEXOS
.. Anexo A: Calendario de Actividades 22
.. Anexo B: Especificaciones Técnicas 24
.. Anexo B.1: Especificaciones Funcionales 28
.. Anexo B.2: Especificaciones Tecnológicas 77
.. Anexo C: Presentación de las Ofertas 98
.. Anexo D: Modelo de Contrato de Provisión e Instalación de la Solución 135
.. Anexo E: Modelo de Contrato de Mantención y Soporte de la Solución 150
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LICITACIÓN
SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO
SOMA
BASES ADMINISTRATIVAS
1. Introducción
El Banco Central de Chile se encuentra actualmente en el proceso de seleccionar un
sistema para gestionar las operaciones de mercado abierto, facilidades permanentes y otras
operaciones financieras efectuadas por la Mesa de Dinero Nacional. Se está buscando una
solución World Class que satisfaga de la mejor manera posible las características y
necesidades específicas del negocio.
Este proceso de licitación contempla la selección, adquisición e implementación de una
solución informática de clase mundial que opere según las mejores prácticas del mercado
y se adscriba a los estándares internacionales en la materia, así como los posteriores
servicios de soporte y mantención
En este contexto, en el mes de septiembre del año 2008 se realizó una RFI para identificar
las opciones disponibles en el mercado para cubrir las funcionalidades asociadas a las
OMA’s definitivas. Esta RFI se realizó en forma abierta, publicada en el sitio web del
Banco, cuya resolución se efectuó el 14 de julio de 2009, comunicando por la misma vía
las tres empresas preseleccionadas para participar en un posterior proceso de licitación
(RFP).
Mediante el presente proceso de licitación, dirigido sólo a aquellas empresas
preseleccionadas en el proceso de RFI señalado en el párrafo precedente, el Banco
seleccionará a la Empresa que proveerá e implementará finalmente el Sistema.
En adelante, los productos de software asociados al Sistema, se mencionarán como “los
Productos”, los servicios de asesoría necesarios para su implementación, mantención y/o
mejoras, como “los Servicios” y al conjunto de Productos y Servicios, como “la
Solución”. Por otra parte, las empresas invitadas a participar en este proceso, se
mencionarán indistintamente como “la Empresa”, “el Proveedor” o “el Oferente” y el
Banco Central de Chile, como "el Banco".
Para adjudicar esta licitación, las ofertas recibidas se evaluarán considerando, en una
primera instancia los antecedentes contenidos en la Oferta Técnica. En una segunda
instancia, el Banco estará facultado para realizar visitas en terreno a la casa matriz de la
Empresa y a clientes de los Oferentes que operen con la Solución propuesta con el
objetivo de evaluar sus experiencias con la Empresa y validar in situ las potencialidades
de su Solución respecto del grado de cumplimiento de los requerimientos técnicos y
funcionales establecidos por el Banco. En la tercera y última instancia, se evaluarán las
condiciones de las ofertas económicas, sólo de las ofertas de las Empresas que hayan
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calificado previamente como técnicamente elegibles en las dos instancias anteriores. En
consecuencia, el presente proceso de licitación será adjudicado en forma total a la
Empresa que cumpla con todos los requerimientos técnicos solicitados y que su relación
precio/calidad resulte ser la más conveniente para los intereses del Banco.
El presente documento contiene el detalle de las especificaciones técnicas de la Solución
mencionada, y las condiciones contractuales y administrativas bajo las cuales éste será
adquirido, así como también las formalidades que las Empresas deberán cumplir al
presentar sus propuestas. En la eventualidad que un Oferente deseara considerar una
condición o situación adicional o distinta de lo establecido por el Banco en estas Bases,
ello deberá ser planteado en la etapa de consultas y aclaraciones señaladas en el numeral 5
de estas Bases, instancia en la cual el Banco se pronunciará respecto del planteamiento
efectuado. Una vez adjudicado este proceso de licitación no se aceptarán negociaciones
sobre las condiciones contractuales y administrativas establecidas.
La Solución objeto de la presente licitación, se compone de lo siguiente:
.. Provisión e Implementación de la Solución:
• Software Aplicativo:
Comprende la provisión y habilitación de licencias para todos los
componentes de software requeridos por la Solución.
• Servicios de Implementación de la Solución:
Comprende la provisión de los servicios de desarrollo, implementación,
configuración y puesta en marcha de la Solución. Además, se requiere los
servicios de Gestión del Proyecto, transferencia de las mejores prácticas,
capacitación y toda la documentación requerida para el proyecto y
operación de la Solución, en los ámbitos de negocio y técnico.
.. Mantención y Soporte de la Solución
- Comprende la provisión de la actualización de licencias del Software
Aplicativo, los servicios de soporte, mantención preventiva y correctiva ante
fallas de la Solución (incluye desarrollos) y asesoría post-implementación.
El detalle de las especificaciones técnicas de la Solución, que incluye las
especificaciones funcionales y tecnológicas, está contenido en el Anexo B de las
presentes bases de licitación.
En sus ofertas, las Empresas deberán considerar todas las condiciones técnicas, legales y
administrativas contenidas en las presentes bases de licitación, y en particular lo siguiente:
a) Deberán presentar ofertas por la totalidad de los Productos y Servicios señalados.
No se aceptarán ofertas parciales.
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b) La Solución deberá ser entregada e instalada a entera satisfacción del Banco,
dentro de los plazos comprometidos por la Empresa adjudicataria en su oferta, y
aceptados por el Banco. En caso de incumplimiento de estos plazos, el Banco
podrá aplicar las multas detalladas en el numeral 14 de estas Bases.
c) La Solución deberá considerar un periodo de garantía de 120 días corridos
contados desde el término exitoso del periodo de marcha blanca. Durante este
periodo de garantía, la Empresa deberá disponer de un especialista para atender
eventuales problemas o fallas de la instalación y/o configuración de la Solución.
d) El precio ofertado por la Empresa debe comprender todo impuesto, derecho,
arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u honorario y, en general,
toda suma o gasto que sea necesaria para poner la Solución a disposición del
Banco en el interior de sus recintos y en las fechas acordadas, de forma tal que
ninguna otra suma deba ser pagada por el Banco a la Empresa por la provisión e
implementación de la Solución a que este proceso de licitación se refiere. Serán de
cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile.
2. Estudio de los antecedentes
La Empresa será responsable del estudio de los antecedentes, de los requerimientos
contenidos en éstos y de la valorización de cada uno de los componentes que conforman
la Solución. Asimismo, la sola participación de una Empresa en la licitación, implica la
aceptación pura y simple de estas Bases.
3. Omisiones respecto al estudio de los antecedentes
Si existiere alguna omisión y/o error por parte de la Empresa respecto del análisis y
evaluación de los antecedentes, ésta no estará eximida de la obligación de entregar la
Solución dentro del precio y plazo de su propuesta y conforme con las especificaciones
técnicas de los Productos y Servicios señalados en el Anexo B “Especificaciones
Técnicas” de las presentes Bases.
4. Calendario de actividades
El proceso de Licitación se ajustará al calendario de actividades señalado en el Anexo A
"Calendario de Actividades" de las presentes Bases. El Banco podrá modificar este
calendario de actividades, lo que será comunicado por medio de su sitio Web
(www.bcentral.cl) y mediante correo electrónico a las Empresas participantes.
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5. Consultas y aclaraciones
Corresponderá a los Oferentes efectuar, en las fechas señaladas en el Anexo A
“Calendario de Actividades” de las Bases, las consultas y aclaraciones correspondientes a
este proceso de licitación, como también sus observaciones respecto de posibles
inconsistencias, omisiones u errores en las Bases y en sus Anexos. Asimismo, en esta
instancia corresponderá a las Empresas manifestar cualquier condición o situación
adicional o distinta de lo establecido por el Banco en estas Bases, instancia en la cual el
Banco se pronunciará respecto del planteamiento efectuado.
Para estos efectos, las consultas y aclaraciones deberán formularse por escrito a la cuenta
de email: somad@bcentral.cl, con copia a macevedo@bcentral.cl, indicando en Asunto:
“CONSULTAS LICITACIÓN: SOLUCIÓN SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO
(SOMA)”.
Las aclaraciones y respuestas a las consultas, se publicarán en el sitio Web del Banco en la
fecha indicada en el Anexo A. Adicionalmente, el Banco las informará a las Empresas
participantes en esta licitación, utilizando la cuenta de email informada por éstas, la cual
deberán mantener vigente durante el proceso de licitación o dar aviso por escrito en caso
de modificación.
Al término del plazo indicado en el Anexo A para enviar las respuestas, los Oferentes
deberán confirmar el recibo de éstas, a la dirección de correo antes señalada, o en su
defecto, comunicar que no las han recibido. En el caso que la Empresa no envíe
comunicación alguna, el Banco asumirá que se recibieron conforme.
El idioma a utilizar, tanto para las consultas y aclaraciones que la Empresa solicite, así
como las respuestas que el Banco realice, será el idioma inglés.
Para todos los efectos, el o los documentos de aclaraciones y respuestas a consultas que el
Banco publique, formarán parte integrante de las presentes Bases de Licitación.
6. Plazo y forma de presentación de las propuestas
Las propuestas se presentarán en idioma inglés y por escrito en la Oficina de Partes del
Banco, ubicada en la ciudad de Santiago de Chile, calle Morandé N°115, tercer piso, hasta
la fecha y horas señaladas para tal efecto en el Anexo A “Calendario de Actividades”, en la
forma señalada en el presente numeral y de acuerdo a lo estipulado en el Anexo C. No
serán abiertas y se devolverán al proponente respectivo las ofertas que fueren presentadas
con posterioridad a la hora y fecha indicadas.
La oferta deberá estar contenida en dos sobres cerrados, según se detalla en el Anexo C, y
ser remitida al Banco por correo certificado o algún sistema de mensajería especializada.
En este sobre se indicará lo siguiente, y se individualizará en el remitente el nombre del
proponente:
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Banco Central de Chile
Gerencia de Servicios Logísticos
Morandé N° 115, Piso 3, Santiago, Chile
Licitación: “SOLUCIÓN SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO (SOMA)”
a) El Sobre N°1 deberá ser caratulado como “OFERTA TÉCNICA”, y deberá contener la
Garantía correspondiente a la seriedad de la oferta, especificada en la letra a) del
siguiente numeral, junto con todos los antecedentes requeridos en la Sección N°1 del
Anexo C.
b) El Sobre N°2 deberá ser caratulado como “OFERTA ECONÓMICA” y contendrá sólo el
valor de los Productos y Servicios que componen la Solución y de acuerdo a lo
estipulado en la Sección N° 2 del Anexo C. La Oferta Económica deberá ser PURA y
SIMPLE, de tal manera que sólo se indique el precio ofertado por la Solución,
considerando estrictamente el formato presentado por el Banco para estos efectos en
la Sección N° 2 del Anexo C, sin incorporar observaciones o condiciones adicionales
respecto de la oferta presentada. En la eventualidad que un oferente deseara
considerar una condición o situación adicional o distinta de lo establecido por el
Banco en estas Bases, ello deberá ser planteado en la etapa de consultas y aclaraciones
señaladas en el numeral 5, instancia en la cual el Banco se pronunciará respecto del
planteamiento efectuado.
La Oferta Económica deberá tener una validez mínima de 8 meses contados desde su
presentación.
Los valores presentados en la Oferta Económica deberán ser expresados en dólares
americanos
Si por cualquier motivo, una Empresa invitada a participar de este proceso, decidiera no
presentar oferta, deberá enviar una comunicación indicando esta situación y el motivo de
su desistimiento.
7. Garantías
a) Garantía de seriedad de la oferta
La Oferta Económica deberá incluir una garantía de seriedad de la oferta por un monto de
US$90.000 y vigencia mínima de 8 meses, contados desde la fecha señalada como
máximo en el Anexo A para la presentación de las Ofertas.
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta a la Empresa una vez comunicada la
adjudicación de la licitación, excepto la del adjudicado, la cual será devuelta una vez
suscritos los Contratos señalados en el numeral 10 de estas Bases y recibida la garantía de
cumplimiento señalada en la letra b) del presente numeral. La garantía de seriedad de la
oferta se hará exigible, entre otros casos en que ello sea aplicable, en especial, en el
evento que la Empresa no concurra oportunamente a la suscripción de los contratos
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mencionados o no entregue también la garantía de cumplimiento de contrato señalada en
la letra b) del presente numeral, a más tardar al momento de la suscripción del mismo, lo
cual se entiende expresamente aceptado por la Empresa oferente por el solo hecho de la
presentación de su oferta.
En caso que se declare desierta la licitación, el Banco devolverá la referida garantía.
b) Garantía por cumplimiento del Contrato de Provisión e Implementación
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones de que se deriven de la presente
licitación, al momento de suscribir el contrato por los Servicios de Provisión e
Implementación de la Solución, la Empresa adjudicada deberá entregar una garantía por
un monto equivalente al 15% del valor total de dicho contrato, con vencimiento superior
en 30 días corridos a la fecha de término de la garantía técnica de la Solución
comprometida por la Empresa en su oferta, obligándose la Empresa a prorrogarla,
renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las oportunidades que sea necesario,
mientras no se extingan las obligaciones establecidas en el mencionado contrato. Esta
prórroga, renovación o reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la garantía
anterior y con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la
garantía en poder del Banco. En el evento que la Empresa no presente la garantía en el
plazo señalado, el Banco podrá hacer efectiva la garantía que mantiene en ese momento en
su poder.
Por otra parte, en el evento que la Empresa no presente la garantía por cumplimiento de
obligaciones señalada en el párrafo precedente, el Banco podrá hacer efectiva la garantía
por seriedad de la oferta, señalada en la letra a) del presente numeral.
En caso que el cronograma de actividades se modifique de común acuerdo entre las
partes, mediante la formalización de un control de cambios, y ello derive en una prórroga,
renovación o reemplazo, de la garantía vigente, el monto de esta garantía podrá ser
reducido a una proporción equivalente al 15% del total del valor de la provisión y/o
servicios pendientes de entrega. No obstante, se hace presente que el Banco no devolverá
la garantía vigente, en tanto la Empresa no entregue la nueva garantía.
Una vez otorgada la recepción conforme final de la Solución, conforme se señala en el
Hito N°2 del numeral 13.1 de estas Bases, entrará en vigencia el contrato de Mantención
y Soporte de la Solución. Al menos con 15 días corridos de anticipación a la entrada en
vigencia de dicho contrato, la Empresa deberá entregar la garantía respectiva por
cumplimiento de contrato. En caso de incumplimiento de esta condición, el Banco podrá
hacer efectiva la garantía a que se refiere el presente numeral, sin perjuicio de las
indemnizaciones a que tenga derecho, que deriven de perjuicios causados por el
incumplimiento de la Empresa.
c) Garantía por cumplimiento del Contrato de Mantención y Soporte
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del contrato de
Mantención y Soporte de la Solución a suscribir, y con al menos 15 días corridos de
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anticipación a su entrada en vigencia, la Empresa adjudicataria deberá hacer entrega de
una garantía, por un monto equivalente al 10% del valor total anual del dicho contrato y
con vencimiento superior en 30 días corridos al término de su vigencia, obligándose la
Empresa a prorrogarla, renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las
oportunidades que sea necesario, mientras se encuentre vigente este contrato. Esta
prórroga, renovación o reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la garantía
anterior y con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la
garantía en poder del Banco. En el evento que la Empresa no presente la garantía en los
plazos señalados, el Banco podrá hacer efectiva la garantía que mantiene en ese momento
en su poder.
Por otra parte, en el evento que la Empresa no presente la garantía por cumplimiento de
contrato señalada en el párrafo precedente, el Banco podrá hacer efectiva la garantía por
cumplimiento de obligaciones del contrato por los Servicios de Provisión e
Implementación de la Solución señalada en la letra b) del presente numeral.
Las demás condiciones que regirán para la garantía mencionada en este numeral, serán las
señaladas en la Cláusula Séptima del modelo de contrato del Anexo E.
d) Tipos de Garantías
Para los efectos de las garantías señaladas en las letras a), b) y c) del presente numeral, las
Empresas podrán considerar la entrega de uno de los siguientes tipos de garantía:
(i) Boleta Bancaria de Garantía: Ésta deberá ser pagadera a la vista, emitida a favor
del Banco Central de Chile por una empresa bancaria autorizada para funcionar en
Chile.
(ii) Carta de Crédito (Standby Letter of Credit): Ésta debe ser emitida en favor del
Banco Central de Chile, por un banco del exterior que se encuentre calificado en la
más alta categoría por una empresa calificadora internacional, la que deberá ser
irrevocable, confirmada y pagadera a su sola presentación por un banco establecido
en Chile, emitida en conformidad a las normas sobre Costumbres y Prácticas
Uniformes de los Créditos Documentarios de la Cámara Internacional de Comercio
N°600 (ICC Uniform Customs and Practice for Documentary Credits UCP, ICC
Publication N°600).
8. Apertura de ofertas
La apertura de las ofertas se llevará a cabo en dos instancias. La primera, de carácter
privado, se realizará en la fecha indicada en el Anexo A, con la presencia de un abogado de
la Fiscalía del Banco, del Gerente de Servicios Logísticos o su representante, del Gerente
de Mercados Financieros o su representante y del Gerente de Informática o su
representante, oportunidad en quese abrirá la Oferta Técnica contenida en el "Sobre N°1",
procediendo a verificar la entrega de los antecedentes solicitados y la garantía por seriedad
de la oferta, levantándose un acta interna del proceso, que será suscrita por los funcionarios
del Banco. Una vez que el Banco efectúe la evaluación de los antecedentes contenidos en el
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"Sobre N°1" y de las posteriores visitas en terreno, se determinarán aquellas propuestas que
se consideren técnicamente elegibles para el proceso de resolución de la licitación.
La segunda instancia se realizará en la fecha indicada en el Anexo A y corresponderá a la
apertura de la Oferta Económica contenida en el "Sobre N°2", sólo de aquellas Empresas
consideradas técnicamente elegibles en la etapa anterior. Este proceso se efectuará en las
mismas condiciones y con los mismos participantes señalados en el párrafo anterior, y
podrá asistir también un representante o apoderado de cada Oferente que desee presenciar
dicho acto y que, en virtud de la evaluación efectuada por el Banco, haya sido considerado
técnicamente elegible, circunstancia que el Banco les comunicará oportunamente, junto
con indicarles el lugar y hora en que se llevará a efecto la apertura. De la asistencia de los
representantes o apoderados de los oferentes se dejará constancia con su nombre y firma
en un registro habilitado para estos efectos. Aquellos oferentes cuyas propuestas no hayan
sido consideradas técnicamente elegibles, serán informados al respecto por el Banco,
devolviéndoles el “Sobre N°2” con su Oferta Económica, sin abrir.
Se establece que una vez entregadas y abiertas las ofertas, el Banco se reserva el derecho a
solicitar mayores antecedentes o aclaraciones respecto de las ofertas presentadas.
9. De la Evaluación de las Propuestas
El Banco analizará las propuestas recibidas, considerando la forma en que cada oferta
cumple con los requerimientos señalados en los Anexos B y C, el precio o valor de los
componentes que conforman la Solución, y la evaluación que efectúe de los antecedentes
técnicos, comerciales, financieros y legales presentados por los Oferentes
En una primera instancia, las ofertas recibidas se evaluarán considerando sólo los
antecedentes contenidos en la Oferta Técnica.
En una segunda instancia, el Banco estará facultado para realizar visitas en terreno a la
casa matriz de la Empresa y a clientes de los Oferentes que operen con la Solución
propuesta, con el objetivo de evaluar sus experiencias con la Empresa y validar in situ las
potencialidades de su Solución respecto del grado de cumplimiento de los requerimientos
técnicos y funcionales establecidos por el Banco. Para estos efectos, el Banco seleccionará
a los clientes a visitar del listado de clientes presentados en las Ofertas Técnicas, y el
Oferente deberá coordinar con los clientes seleccionados las correspondientes visitas.
Durante las visitas a las casas matrices de los proveedores, el Banco podrá solicitar
demostraciones de los productos ofrecidos en la solución, o una descripción del
funcionamiento de las funcionalidades a desarrollar. Los gastos del personal del Banco
asociados a estas visitas (pasajes aéreos, estadías, alimentación, etc.) serán de cargo
exclusivo del Banco. Será opcional para el Oferente participar o no de la visita in situ, no
obstante, si decide participar deberá correr con los gastos asociados a su personal.
En la tercera y última instancia, se evaluarán las condiciones de las ofertas económicas,
sólo de las ofertas de las Empresas que hayan calificado previamente como técnicamente
elegibles en las dos instancias anteriores.
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10. Resolución y adjudicación de la licitación
Una vez analizadas las propuestas recibidas de acuerdo a lo señalado en el numeral
precedente, el Banco resolverá la licitación en la fecha establecida en el Anexo A
“Calendario de Actividades”.
El presente proceso será adjudicado en forma total a la Empresa que cumpla con todos los
requerimientos técnicos solicitados y que su relación precio/calidad resulte ser la más
conveniente para los intereses del Banco.
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco se reserva el derecho de elegir la propuesta que
estime más conveniente, a su juicio exclusivo, o rechazarlas en su totalidad. En cualquier
caso, el Banco resolverá sin expresión de causa y sin derecho a indemnización alguna.
Por el solo hecho de participar en la licitación, los oferentes declaran que aceptan y
autorizan al Banco para entregar información acerca de la individualización de los
participantes y los criterios en razón de los cuales fue seleccionada una determinada oferta.
Las resoluciones que al efecto adopte el Banco o sus asesores técnicos, no darán derecho a
entablar acción o reclamo de ninguna especie en contra del Banco, ni tampoco darán
derecho a indemnización, compensación o retribución alguna.
La resolución de la licitación será comunicada por escrito a cada uno de los proponentes a
más tardar en la fecha señalada en el Anexo A sobre Calendario de Actividades. Asimismo,
dicha resolución será publicada en el sitio Web del Banco.
11. De los Contratos y Antecedentes Legales
11.1 De los Contratos
Una vez resuelta la licitación y dentro del plazo máximo de 20 días corridos contados
desde la fecha de comunicación de la adjudicación, el Banco enviará a la Empresa
adjudicataria, a través de correo electrónico, los contratos que se indican a continuación,
los que deberán ser suscritos por la Empresa en un plazo no superior a los 15 días corridos
contados desde la fecha de su recepción y remitidos al Banco por correo certificado o
mensajería especializada, junto con la garantía del Contrato de Provisión e
Implementación, señalada en el numeral 7.b) de estas Bases. Además, deberá adjuntar los
correspondientes mandatos a que se refiere el punto 11.2 de las Bases debidamente
legalizados, en caso de no haberlos enviado con anterioridad al momento de presentar la
propuesta.
La no suscripción de estos contratos dentro del plazo indicado o entrega de las garantías
correspondientes, dará derecho al Banco para dejar sin efecto la adjudicación de la
licitación, sin derecho a reclamo, acción o indemnización alguna por parte del
adjudicatario, y para hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta establecida en la
letra a) del numeral 7 de estas Bases.
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Para todos los efectos legales, la Empresa adjudicataria deberá aceptar que las presentes
Bases, al igual que su oferta, como asimismo las aclaraciones, interpretaciones, y
cualquier otro documento complementario a estas Bases, formarán parte integrante de
estos contratos.
Los contratos se regirán íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos
los efectos legales que se deriven de los contratos, las partes fijan su domicilio especial en
la comuna de Santiago.
Se prohíbe expresamente a la Empresa adjudicataria ceder en todo o parte las
obligaciones de los Contratos.
El idioma aplicable a los contratos que se deriven del presente proceso de licitación, será
el idioma español. No obstante, el Banco preparará una traducción al idioma inglés para la
Empresa solo de carácter informativo.
a) Contrato de Provisión e Implementación de la Solución
Este contrato incluirá la provisión de las licencias de software necesarias para la correcta
operación de la Solución y los servicios profesionales para su implementación según las
necesidades del Banco y contendrá las condiciones establecidas en el modelo que se
adjunta a las presentes Bases como Anexo D, incorporando, en lo que corresponda, las
condiciones de la oferta presentada por la Empresa adjudicataria, además de las
adecuaciones que resulten del proceso de consultas y aclaraciones.
Al momento de suscribir este contrato, la Empresa adjudicataria deberá entregar la
garantía por fiel cumplimiento, conforme a lo señalado en la letra b) del numeral 7 de
estas Bases.
b) Contrato por el Servicio de Mantención y Soporte de la Solución
Este contrato incluirá la actualización anual de las licencias de software, además de los
servicios de soporte y mantención (preventiva y correctiva) y servicios de consultoría
para eventuales mejoras a la Solución que pueda requerir el Banco. Para estos efectos, se
entenderá por “Solución” a la aplicación implementada por la Empresa y que incluye las
componentes de Software y todos aquellos desarrollos que hayan sido necesarios de
realizar por parte de la Empresa para adaptar una solución estándar a los requerimientos
específicos del Banco, los cuales se estipularon en las Bases de Licitación de la cual
deriva este contrato, incluyendo además, los desarrollos o mantenciones futuras que el
Banco solicite realizar durante la vigencia de este contrato.
Este contrato contendrá las condiciones establecidas en el modelo que se adjunta a las
presentes Bases como Anexo E, incorporando, en lo que corresponda, las condiciones de
la oferta presentada por la Empresa adjudicataria, además de las adecuaciones que
resulten del proceso de consultas y aclaraciones.
Este contrato entrará en vigencia una vez efectuada la recepción conforme final de la
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Solución, es decir, una vez finalizado el periodo de garantía técnica sobre la Solución,
correspondiente a 120 días corridos contados desde el término del periodo de marcha
blanca de la Solución. La fecha de entrada en vigencia de este contrato, será formalizada
mediante carta suscrita por la Gerente de Servicios Logísticos del Banco.
Con al menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de entrada en vigencia de este
contrato, la Empresa adjudicataria deberá entregar la garantía por fiel cumplimiento de
contrato, conforme a lo señalado en la letra c) del numeral 7 de estas Bases.
11.2 De los Antecedentes Legales y de los Poderes Especiales.
a) Para los efectos de todas las actuaciones y presentaciones que deban efectuarse en
relación con los Contratos señalados, la Empresa deberá acreditar su existencia legal y
la personería de sus representantes, la que deberá constar al menos con las facultades
que se indican en el Modelo de “Poder Especial para la Suscripción del Contrato”,
contenido en el Anexo C.3.
La Empresa, si lo estima del caso, podrá otorgar un poder especial para estos
contratos, utilizando el formato de mandato que se consigna en el Anexo C.3.
Todos los antecedentes que acrediten la representación de mandatarios y la existencia
legal de la Empresa deberán presentarse debidamente legalizados. Para estos efectos,
la autenticidad de las firmas de los funcionarios que según las leyes del respectivo
país deben atestiguar la veracidad de las firmas de quienes los han otorgado, se
comprobará mediante el atestado de un agente diplomático o consular chileno
acreditado en el país de donde proceden los antecedentes respectivos.
b) Por otra parte, la Empresa deberá además otorgar un mandato especial a un
representante que sea una persona natural residente en Chile, en los términos que se
establecen en el documento que se adjunta como Anexo C.4 ("Modelo de Poder
Especial para Ejecución y Cumplimiento del Contrato"), el cual deberá ser entregado,
también debidamente legalizado, a más tardar a la firma de los Contratos por la
Empresa, junto con la constancia de la aceptación de dicho mandato efectuada por el
apoderado residente en Chile, cuya firma deberá encontrarse autorizada por un
Notario Público.
12. Del precio y la forma de pago de la Solución
El Banco pagará el valor de la Solución de acuerdo al siguiente detalle. Las demás
condiciones generales que regirán para los pagos, serán las señaladas en las Cláusulas
Tercera de los modelos de contratos de los Anexos D y E.
12.1 Provisión e Implementación de la Solución:
1) El 70% del Precio Total del contrato de Provisión e Implementación de la Solución se
pagará a la Recepción Conforme que otorgue el Banco una vez que se haya cumplido
con la provisión, instalación, habilitación y todas las actividades necesarias para dejar
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en operación la Solución, en conformidad a los requerimientos del Banco, y previo
descuento, si corresponde, del anticipo indicado en el punto 3 de este numeral.
2) El saldo del 30% del Precio Total, el Banco lo pagará a una vez realizada la
Recepción Conforme final, es decir, una vez terminado el Período de Garantía
Técnica de 120 días corridos posteriores al término exitoso de la marcha blanca de la
Solución.
3) La Empresa podrá solicitar un anticipo de hasta un 30% del Precio Total. En todo
caso, la Empresa deberá garantizar dicho anticipo con una Garantía, en las
condiciones señaladas en el numeral 7.d) de estas Bases, por el mismo valor del
anticipo, cuyo vencimiento no podrá ser inferior a 40 días corridos posteriores a la
fecha comprometida para la Recepción Conforme de la Solución. Si al término del
plazo de 20 días posteriores a la fecha comprometida para la Recepción Conforme no
se ha otorgado ésta, el Banco podrá hacer efectiva la Garantía, salvo que se convenga
su prórroga, renovación o reemplazo por los plazos que se acuerden. Por otra parte, la
Empresa se obliga a prorrogar, renovar o reemplazar esta Garantía, según sea el caso,
en todas las oportunidades que sea necesario, mientras se encuentren actividades
pendientes para efectuar la Recepción Conforme. Esta prórroga, renovación o
reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la Garantía anterior y con al
menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la Garantía en
poder del Banco.
12.2 Mantención y Soporte de la Solución:
La Mantención y Soporte de Licencias (incluye actualización de licencias, servicio de
soporte y corrección de fallas) serán pagadas en cuotas mensuales vencidas, previa
recepción por parte del Banco de la factura correspondiente, y será aplicable a partir
del segundo año de contrato, considerando que el valor de compra de cada licencia
incluye su mantención durante el primer año.
Si durante la vigencia del contrato, el Banco solicitara a la Empresa Servicios de
asesoría técnica para realizar mejoras a la Solución, dichos Servicios se cotizarán
previamente y se pagarán en forma separada e independiente a la Mantención y
Soporte, conforme a la tarifa por hora/consultor y gastos de viaje y estadía
establecidos, si estos corresponden y según lo convenido en el correspondiente
proceso de cotización. En ningún caso, el Banco considerará pagos anticipados por
estos Servicios, salvo contra entrega de una Garantía por la suma equivalente al monto
anticipado. En este caso, previo a la facturación, la Empresa deberá contar con la
recepción conforme de los Servicios correspondientes, por parte del Banco.
Cualquier forma de pago distinta a la señalada en el presente numeral que la Empresa
desee aplicar conforme a sus políticas comerciales, deberá ser planteada en la instancia de
consultas y aclaraciones señalada en el numeral 5 de estas Bases, momento en el cual el
Banco se pronunciará respecto a la aceptación de dichas condiciones.
BANCO CENTRAL DE CHILE
15
13. Recepción conforme de los Productos y Servicios
Se entenderá por recepción conforme a la certificación escrita por parte del Interlocutor
Válido del Banco, dejando constancia que la Empresa cumplió normalmente con la
ejecución del Servicio que le fue contratado. Este requisito de recepción conforme, será
necesario para proceder a los pagos correspondientes.
En el caso que el Banco no reciba conforme los Servicios, deberá comunicar por escrito a
la Empresa las observaciones que estime pertinentes, las que deberá subsanar en un plazo
no superior a los cinco días hábiles bancarios. Los pagos asociados a la Solución, sólo
podrán ser requeridos una vez solucionadas o aclaradas las observaciones que se hayan
realizado.
13.1 Provisión e Instalación de la Solución:
La entrega en el Banco de cada uno de los componentes que conforman la Solución, debe
ser realizada dejándose constancia escrita de ello, y se entenderá finalizada cuando el
Banco exprese por escrito su conformidad a la recepción de éstos, una vez revisados y
aceptados todos los componentes que conforman la Solución y la documentación asociada
según corresponda.
El Banco otorgará la recepción conforme de los Productos y Servicios asociados a la
provisión e implementación de la Solución, una vez que la Empresa haya cumplido
satisfactoriamente a las siguientes actividades:
Hito Descripción Requisito para la recepción conforme
Entregables asociados
1 Recepción Conforme Se otorgará de acuerdo a las condiciones señaladas
en el Anexo D.5 de las presentes Bases, una vez
recibidos todos los Productos asociados a la Solución
y finalizadas y aceptadas todas las actividades
necesarias para su instalación, habilitación y
operación, en las dependencias del Banco, suscrito el
acuerdo de custodia, entrega de la documentación
asociada y realizada la capacitación correspondiente.
2 Término de la Garantía Técnica Se otorgará una vez finalizado el Período de Garantía
asociado a la entrega de la Solución, correspondiente
a 120 días corridos posteriores a la marcha blanca.
13.2 Mantención y Soporte de la Solución:
La recepción conforme de los servicios de mantención y soporte de la Solución, se
realizará una vez verificado que los Servicios fueron prestados en conformidad a las
condiciones y especificaciones establecidas por el Banco en el numeral 3.5 del Anexo B.2
de las presentes bases. Para otorgar esta recepción conforme el Interlocutor Válido del
Banco dispondrá, como máximo de 5 días corridos.
Respecto de la asesoría técnica que el Banco pudiera contratar a la Empresa para realizar
mejoras a la Solución, las condiciones que la Empresa deberá cumplir para recibir la
BANCO CENTRAL DE CHILE
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recepción conforme por parte del Banco, serán convenidas entre las partes, durante el
proceso de cotización, previo a su contratación.
14. De los plazos de ejecución y multas o deducciones
En caso de incumplimiento en los plazos y niveles de servicio comprometidos por la
Empresa adjudicada en su oferta para la entrega de cada uno de los componentes que
conforman la Solución, por causas atribuibles a su responsabilidad, el Banco podrá aplicar
las multas que se detallan a continuación:
14.1 Plazo de entrega de la Provisión e Implementación de la Solución:
La Empresa deberá proveer, implantar y habilitar la Solución de acuerdo con las
modalidades y condiciones establecidas en estas Bases, y deberá ejecutarse conforme con
los plazos máximos comprometidos por la Empresa para su entrega. En todo caso, dichos
plazos podrán ser modificados de común acuerdo entre el Banco y la Empresa, dejándose
constancia escrita de toda modificación que se acuerde.
Hasta la Recepción Conforme, la Empresa deberá entregar al Banco mensualmente
informes sobre el avance de los servicios y el cumplimiento de los plazos convenidos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco estará facultado para aplicar a la Empresa una multa
del 0,5% del Precio Total del contrato de Provisión e Implementación de la Solución por
cada semana corrida y fracción de atraso, por causas imputables a la Empresa, respecto de
los plazos comprometidos para el término de cada uno de los hitos definidos para la
provisión, implantación y habilitación de la Solución. Estas multas constituirán la única y
total indemnización a que tendrá derecho el Banco por atrasos imputables a la Empresa.
En el caso que la Empresa haya incurrido en atrasos en el cumplimiento de algún hito y
que este tiempo de atraso haya sido recuperado en hitos posteriores, el Banco rebajará,
proporcionalmente al tiempo recuperado, la multa determinada. En todo caso, las multas,
si las hubiere, sólo se harán efectivas en forma no acumulativa, por el atraso que subsista
al momento de completar el correspondiente hito, debiendo descontarse del respectivo
valor a pagar por el Banco a la Empresa, el monto equivalente a las multas que procedan.
Asimismo, si la Empresa cumpliere oportunamente el hito de Recepción Conforme y el
hito del término del período de garantía de 120 días y sus prórrogas si las hubiere (contado
desde el día de término exitoso del periodo de marcha blanca), respectivamente, el Banco
no aplicará multa alguna a la Empresa.
14.2 Servicios de Mantención y Soporte de la Solución:
Para los servicios de Mantención y Soporte de la Solución, se aplicarán multas en caso
que por causas imputables a la Empresa el Servicio no esté disponible, existiendo un
período máximo de gracia de 4 horas por evento. La multas solo aplicarán para fallas
consideradas para el Banco como críticas y se sujetará a la siguiente estructura:
Tramo Cantidad de horas sin disponibilidad del Servicio
(contadas desde su interrupción)
Multa aplicada sobre el precio mensual del Servicio
1 Hasta 4:00 horas 0%
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2 De 4:01 a 12:00 horas 1% por cada período completo de 30 minutos
3 De 12:01 a 36:00 horas 2% por cada período completo de 30 minutos
4 Sobre 36:00 horas 3% por cada período completo de 30 minutos
No se considerarán como fallas, las ocasiones en que se suspenda el Servicio para realizar
trabajos de mantención, siempre que éstos hayan sido acordados previamente con el
Banco.
La Empresa no podrá, bajo ninguna circunstancia, discriminar sobre el grado de criticidad
que el Banco le otorgue a un problema o falla.
Para determinar la base sobre la cual se calculará la multa, se tomará como referencia la
hora en que el Banco comunicó a la Empresa la falla o necesidad detectada, a través de su
Interlocutor Válido.
Las multas se aplicarán considerando el precio del servicio de mantención y soporte de la
Solución, de acuerdo a él o los sistemas o aplicaciones en donde se produzca la falla.
Las multas tendrán un límite anual correspondiente al precio anual de los Servicios. En el
caso de llegar al límite anual y que se produzcan nuevas fallas, el Banco no podrá seguir
multando a la Empresa, la que en todo caso, subsanará todas las fallas que se produzcan y
seguirá otorgando los Servicios, y cumpliendo con los niveles de servicio comprometidos.
Las estipulaciones precedentes, no implican una renuncia del Banco al derecho que le
asiste de exigir el pago de las indemnizaciones que correspondan, por los perjuicios que el
incumplimiento de la Empresa pudiera irrogarle, en aquella parte que exceda a las
deducciones y garantías establecidas, y que deriven de la ocurrencia o reiteración de fallas
que no puedan dar lugar a la aplicación de multas.
El monto que resulte de aplicar la multa estipulada, se imputará al precio establecido para
el Servicio en el período correspondiente, para lo cual, la Empresa enviará junto a la
factura la Nota de Crédito pertinente. En caso que la multa exceda la remuneración a
pagar del período, el saldo se aplicará en la remuneración de los períodos siguientes.
La multa aplicada se podrá descontar a juicio del Banco, indistintamente de la facturación
asociada, o con cargo a la garantía de cumplimiento.
15. Desistimiento de las ofertas
Si comunicado el resultado de la licitación en la forma y plazos señalados, la Empresa
adjudicataria desistiera de suscribir el o los contratos, o no concurriera a su suscripción o
no entregue la respectiva garantía de cumplimiento, se le impedirá participar nuevamente
en licitaciones del Banco, salvo que justifique, a plena satisfacción de éste, los motivos de
su desistimiento. En este evento y sin perjuicio de lo anterior, el Banco hará efectiva la
garantía que cauciona la seriedad de la oferta y podrá aceptar cualquiera de las otras
propuestas presentadas o llamar nuevamente a licitación si lo estima conveniente.
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Si la comunicación de aceptación de la propuesta no se enviara dentro de los 5 (cinco)
días hábiles bancarios siguientes a la fecha de resolución establecida para ello en el
Anexo A, la Empresa participante tendrá derecho a desistirse y retirar los antecedentes,
documentos y garantía presentados, sin cargo para el Banco, siendo éste el único efecto
legal de la referida falta de comunicación de aceptación de la propuesta.
16. Cumplimiento de leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones
La Empresa será responsable de cumplir con todas las leyes, ordenanzas y disposiciones
gubernamentales vigentes y deberá asumir y pagar los impuestos que correspondan a su
oferta. Asimismo, la Empresa participante se hace exclusivamente responsable de todo
perjuicio y/o sanción que sea procedente en razón del incumplimiento de todas y cada una
de las leyes, reglamentos, ordenanzas y disposiciones antes señaladas. Serán de cargo del
Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile.
17. Responsabilidad por violaciones de patentes, licencias y/o derechos de autor
La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de
propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su
participación en esta licitación, de la eventual adjudicación de la misma y en
consecuencia, de los productos y/o servicios que por esta vía venda o provea al Banco.
Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia
empresa o el personal a su cargo; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados
en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes;
y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco) años
siguientes a la participación de la Empresa en la licitación y/o vigencia del contrato
respectivo.
18. Confidencialidad
Queda expresamente establecido que todos los documentos e información proporcionada a
la Empresa o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la presente Licitación y/o
durante la provisión de los Productos y Servicios materia de la licitación, con excepción
de lo que el Banco publique en su sitio Web, por la naturaleza legal de la misma, tienen el
carácter de confidencial y reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en
ninguna forma, obligándose por lo tanto la Empresa a mantener bajo reserva y usar dicha
información sólo para los fines previstos para la ejecución del suministro de los Productos
y prestación de los Servicios, y a no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante
cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de cualquiera otra manera divulgar a algún
tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de Chile.
La Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del
Banco Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas,
datos o cualquier otro antecedente o información que diga relación ya sea con las
BANCO CENTRAL DE CHILE
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operaciones, actos, contratos, negocios, investigaciones o proyectos del Banco y, en
general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente declaración.
De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias
precedentemente referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que
por la ejecución del suministro de bienes o la prestación de los servicios llegare a conocer,
entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del concepto “Información
Confidencial o Reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que
dejen de tener este carácter por haber pasado al conocimiento público. Esta obligación
subsistirá aún después de finalizada la relación de suministro de bienes o prestación de los
servicios entre las partes.
La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus
trabajadores o de las personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el
proceso de Licitación, durante el período de vigencia del Contrato y por el plazo de cinco
años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque tales personas observen la
obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las
instrucciones y adoptando todas las medidas que fueren necesarias.
Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y
condiciones de esta contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple
como parte de los requerimientos de su política de transparencia institucional o que, de
otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con cualquier norma legal. La
Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al Congreso
Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las
ofertas recibidas y de la Orden de Compra o Contrato que se suscriba, según corresponda.
Para los efectos señalados, la Empresa deberá suscribir una “Declaración de
Confidencialidad” que formará parte de su Oferta Técnica, utilizando para ello el
formulario adjunto en el numeral 5 de la Sección N°1 del Anexo C de estas Bases de
Licitación.
19. Conflicto de intereses
La Empresa deberá declarar si tiene o no conflicto de intereses para participar en esta
licitación del Banco. Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación,
acto, contrato u operación en que intervenga un funcionario del Banco, su cónyuge o sus
parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o
empresas en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas
naturales o jurídicas de un 5% o más de su capital o las sociedades o empresas en las que
alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o indirecto del 5%
o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del Banco actúe como
representante. Sin perjuicio de la presunción referida, la Empresa deberá indicar la
existencia de otras situaciones que igualmente puedan considerarse como constitutivas de
conflicto de intereses para participar en esta licitación.
BANCO CENTRAL DE CHILE
20
En caso que exista conflicto de intereses, en el sentido señalado precedentemente, la
Empresa podrá optar igualmente por participar en esta licitación, declarando dicha
situación, con la especificación correspondiente, al momento de presentar su oferta. En
este caso, el Banco se reserva el derecho de evaluar las circunstancias específicas y
determinar si se considerará o no elegible la oferta de la Empresa.
Esta declaración deberá formar parte de la Oferta Técnica de la Empresa, utilizando para
ello el formulario señalado en el numeral 6 de la Sección N° 1 del Anexo C.
20. Arbitraje
Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación,
interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución de las presentes Bases
de Licitación y/o el Contrato respectivo, será resuelta en forma breve y sumaria por un
árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de Derecho en cuanto al
fallo, en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a excepción del
recurso de queja y el de casación en la forma por ultrapetita e incompetencia del Tribunal.
Dicho árbitro mixto será designado actuando las partes de común acuerdo. En caso de no
producirse acuerdo, su designación, en calidad de árbitro de Derecho y de única instancia,
será efectuada por la Justicia Ordinaria, debiendo tal designación recaer en un abogado
que, en calidad de profesor titular, haya desempeñado la cátedra de Derecho Civil o
Derecho Comercial por al menos cinco años consecutivos, ya sea en la Universidad
Católica de Chile o en la Universidad de Chile, o se haya desempeñado como abogado
integrante en al menos dos períodos completos en la Excelentísima Corte Suprema.
En todo caso y sin perjuicio de las provisiones de fondos que puedan efectuarse, los
gastos ocasionados por los honorarios del árbitro, mixto o de Derecho, y los del Tribunal,
como así también las costas procesales y personales causadas en el juicio, serán,
invariablemente, de cargo de la parte que resulte vencida, sin que deba atenderse a la
plausibilidad de su defensa.
21. Gastos y demás desembolsos
Todos los gastos, derechos, impuestos, y demás desembolsos en que incurran los
Oferentes con motivo de los términos, documentos y contratos u órdenes de compra
contemplados en las presentes Bases y que se originen en su participación en (o a que de
origen) la Licitación, serán de cargo exclusivo de los Interesados, Oferentes y/o del
Adjudicatario, según corresponda.
22. Legislación Aplicable y Domicilio
Las presentes Bases de Licitación y los contratos que se deriven de ella, se rigen
íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos legales que se
deriven de la presente Licitación, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de
Santiago.
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23. Idioma
El idioma aplicable al presente proceso de licitación y los contratos que de él se deriven,
será el idioma español. No obstante, el Banco preparará una traducción al idioma inglés de
las presentes Bases de Licitación para facilitar la comprensión de la Empresa. No obstante,
tanto la instancia de consultas como la presentación de las ofertas podrán realizarse en
idioma inglés.
GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS
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ANEXO A
CALENDARIO DE ACTIVIDADES
LICITACIÓN
SISTEMA
OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO
(SOMA)
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GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS
ANEXO A
CALENDARIO DE ACTIVIDADES
LICITACIÓN SISTEMA OPERACIONES DE MERCADO
ABIERTO
El proceso de licitación contemplado en las presentes Bases, se ajustará al siguiente
calendario de actividades:
ACTIVIDADES FECHAS (Plazos máximos)
Publicación de antecedentes de licitación 31/05/2010
Recepción de consultas escritas (primera
instancia)
18/06/2010
Respuestas a consultas y aclaraciones
(primera instancia)
02/07/2010
Recepción de consultas escritas (segunda
instancia) 09/07/2010
Respuestas a consultas y aclaraciones
(segunda instancia) 20/07/2010
Presentación de Ofertas (*) 11/08/2010
Apertura Sobre N° 1 Oferta Técnica 12/08/2010
Resolución primera instancia de
evaluación técnica 02/09/2010
Visitas a clientes de referencia 13/09/2010 – 30/09/2010
Resolución segunda instancia de
evaluación técnica 14/10/2010
Apertura Sobre N° 2 Oferta Económica 21/10/2010
Resolución de la Licitación 12/11/2010
Comunicación de la Adjudicación 16/11/2010
Envío de contratos para suscripción 02/12/2010
Suscripción contratos 23/12/2010
Nota (*): De acuerdo a lo señalado en la letra a) del numeral 7 de las Bases de
Licitación y numeral 2 de la Sección N° 1 del Anexo C, la garantía por seriedad de
oferta a incluir en el Sobre N°1 “Oferta Técnica”, deberá tener una vigencia mínima de
8 (ocho) meses, contados desde la fecha máxima para presentación de las ofertas, es
decir, al menos, hasta el día 11/04/2011, señalando en su glosa que ella se extiende
para “garantizar la seriedad de la oferta”.
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77
ANEXO B.2
ESPECIFICACIONES TÉCNOLÓGICAS
OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO (SOMA)
1 Descripción del Entorno Tecnológico
El Banco Central de Chile posee distintas soluciones de infraestructura y aplicaciones. A
continuación se indican las más relevantes para este proceso
Bases de Datos
Se utilizan Bases de Datos Sybase, Oracle, SQLServer e Informix, en distintas versiones.
Mecanismos de Autenticación
Para la autenticación de las aplicaciones se utiliza Active Directory de Microsoft,
complementada en algunos procesos con autenticación robusta a través de RSA
Ace/Server.
Sitio de Procesamiento Principal y Alterno
El Banco dispone de dos sitios de procesamiento, el Sitio de Procesamiento Principal (en
adelante SPP) y Sitio de Procesamiento Alterno (en adelante SPA), con redes
independientes y replicados entre ambos sitios.
Sistema de almacenamiento centralizado
Para sistema de almacenamiento el Banco emplea un storage de EMC2. Para realizar los
respaldos de datos y bases de datos de toda la plataforma de servidores se emplea un
esquema centralizado basado en Tívoli Storage Manager (TSM).
Software ETL
Informatica PowerCenter Real Time Edition versión 8.6
Solución MQ Series
El Banco dispone de la Solución Software WebSphere MQ Server, sólo el componente de
transporte de mensajería, la cual opera en una plataforma IBM en cluster HACMP.
SWIFT
El banco cuenta con los siguientes productos SWIFT : Swift Alliance Access, Gateway,
FinCopy, y MQSA. Esta plataforma opera tanto en el sitio de procesamiento principal,
como en el alterno.
Red para Operaciones Financieras
BANCO CENTRAL DE CHILE
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El Banco dispone una red privada con las Instituciones Financieras. Las instituciones
financieras se conectan utilizando enlaces de 128/64 Kbps.
Actualmente, el tráfico total en los enlaces con el Banco Central varía entre 250 Kbps y
500 Kbps en horario de producción. El tráfico entre las instituciones financieras y el Banco
Central varía entre 10 Kbps y 50 Kbps en horario de producción.
Red corporativa del Banco Central de Chile
La red corporativa del Banco Central de Chile se encuentra dividida en tres nodos. Estos
son: Sitio de procesamiento principal (SPP), Edificio Plaza Constitución y Sitio de
Procesamiento Alterno (SPA).
Software de escritorio
El Banco dispone una plataforma Microsoft Windows XP-Windows 7 Professional en
español, y con MS Office 2003 - 2007 en español como software de escritorio.
2.1 Soporte Tecnológico para los Procesos de Negocio (Actual)
Los actuales procesos de negocio asociados a esta licitación, son principalmente por dos
sistemas,
.. SOMA Ventas: sistema desarrollado por un proveedor nacional. Se encarga de
realizar las operaciones de ventas, tanto del Banco Central de Chile, como de
aquellas que éste realiza a nombre de la Tesorería General de la República, así
como de entregar información de los resultados de las operaciones de
compra/venta de valores a los sistemas Back Office. Opera en una arquitectura
de tres capas físicas y lógica. Su capa de presentación es JAVA, su capa de
negocio utiliza IMPRISE como servidor de aplicaciones y la base de datos
opera sobre Oracle. Toda la plataforma es sobre SUN Solaris y HP-UX.
.. SOMA Compras: sistema desarrollado por un proveedor nacional. Se encarga
de realizar las operaciones de compras, facilidad de liquidez Intradía y
permanente. Opera en una arquitectura de tres capas físicas y lógicas. Su capa
de presentación es J2EE, su capa de negocio utiliza Oracle BEA Weblogic
como servidor de aplicaciones y la base de datos opera sobre Oracle. Toda la
plataforma es sobre SUN Solaris y HP-UX.
2.2 Modelo de Integración Requerido
A continuación se presenta un modelo de integración requerido, que ilustra los distintos
componentes con los cuales podrá interactuar la Solución.
BANCO CENTRAL DE CHILE
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Figura 1 Modelo Tecnológico Requerido
El modelo de integración requerido considera que SOMA podrá integrarse con:
• Instituciones Financieras (1): A través de la Red para Operaciones Financieras.
• Depósito Central de Valores (2): A través de la Red SWIFT, bajo el estándar
ISO15022.
• Sistema CAS/LBTR (3): A través de Websphere MQ.
• Sistemas ADMPAGAR (4) y ADMTESO (5), ambos parte del Back Office: A
través de un mecanismo que deberá ser acordado con el Banco como parte del
Proyecto.
• Sistema Integrador Contable (6): A través de un mecanismo que deberá ser
acordado con el Banco como parte del Proyecto.
• Servidor de Autenticación (7): A través de un mecanismo que deberá ser acordado
con el Banco como parte del Proyecto.
• Usuarios Internos BCCH (8): A través de la Red corporativa del Banco Central de
Chile.
• Operadores Tecnológicos BCCH (9): A través de la Red corporativa del Banco
Central de Chile y de las herramientas de monitoreo que el Banco dispone.
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2 Especificación de Requerimientos de Productos Tecnológicos
3.1 Requerimientos de Infraestructura
Requerimiento Nº 1: Requerimientos de Infraestructura
Requisitos:
A. Arquitectura
La arquitectura de la Solución deberá considerar a lo menos tres capas lógicas:
Presentación, Aplicación y Datos. El Banco privilegiará las propuestas cuya
arquitectura considere la Capa de Datos en un equipamiento dedicado y no
compartida con otros componentes de la Solución.
El Banco privilegiará las propuestas compatibles con equipamiento IBM/Power
o SUN, de 64 bits.
B. La Solución deberá operar en un Sitio de procesamiento principal (SPP), y tener
la capacidad de conmutar a un sitio de Procesamiento Alterno (SPA).
La Solución deberá tener la capacidad de, en caso de contingencia o
alternancias de sitio programadas (desde el SPP al SPA, y viceversa), recuperar
todas las transacciones y mensajes procesados o en vías de procesar, sin perder
ni duplicar información.
En caso de contingencia, el tiempo del procedimiento de conmutación entre
sitios, no deberá superar los 30 minutos una vez que la plataforma se encuentre
activa en el sitio. En caso de alternancia, el tiempo del procedimiento de
conmutación entre sitios, podrá ser superior.
El Banco privilegiará las soluciones que permitan operar en sitios de
procesamiento principal y secundario físicamente distantes y pertenecientes a
redes independientes.
C. Ambiente Producción
El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura permita la operación, en
ambiente de Producción, sobre un cluster Veritas de a lo menos 2 nodos en el
SPP, y un segundo cluster de 2 nodos en el SPA, de tal forma que permita
minimizar los tiempos de recuperación ante fallas. La arquitectura de la
solución tanto para SPP como para SPA deberá ser idéntica.
La compra y renovación de licencias de cluster, más los servicios de
instalación, mantención y soporte deberán ser parte de la propuesta.
El equipamiento necesario para el funcionamiento de la Solución, en ambiente
de Producción, será proporcionado por el Banco Central de Chile, por lo tanto
no debe ser incluido en la propuesta, pero si debe ser especificado por el
proponente como parte de la Solución.
D. Ambiente de Pruebas
BANCO CENTRAL DE CHILE
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El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura, para el ambiente de
Pruebas, corresponda a una equivalente a la utilizada para el Sitio Principal de
Producción, dimensionada sólo para realizar esta función. Se deberá considerar
la menor capacidad posible requerida y necesaria para cubrir la función de
pruebas.
El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura permita la operación, en
ambiente de Pruebas, sobre un cluster Veritas de a lo menos 2 nodos en el
SPP. La compra y renovación de licencias de cluster, más los servicios de
instalación, mantención y soporte deberán ser parte de la propuesta.
El equipamiento necesario para el funcionamiento de la Solución, en ambiente
de Pruebas, será proporcionado por el Banco Central de Chile, por lo tanto no
debe ser incluido en la propuesta, pero si debe ser especificado por el
proponente como parte de la Solución.
A. Ambiente de Desarrollo
El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura, para el ambiente de
Desarrollo, corresponda a uno equivalente al utilizado para el ambiente de
Pruebas, dimensionado sólo para realizar esta función. Se deberá considerar la
menor capacidad posible requerida y necesaria para cubrir la función de
desarrollo.
La propuesta puede recomendar una arquitectura completa virtualizada para este
ambiente, la cual se privilegiará. El equipamiento necesario para el
funcionamiento de la Solución, en ambiente de Desarrollo, así como las
licencias VMware, en caso de ser necesarias, será proporcionado por el Banco
Central de Chile, por lo tanto no debe ser incluido en la propuesta, pero si debe
ser especificado por el proponente como parte de la Solución.
3.1 Requerimientos de Software Básico
Requerimiento Nº 2: Software Básico
Requisitos:
A. Sistema Operativo
El Banco privilegiará las propuestas de soluciones que operen bajo sistema
operativo AIX o SUN Solaris. Las licencias de Sistema Operativo necesarias
para el funcionamiento de la Solución serán proporcionadas por el Banco
Central de Chile, por lo tanto no deberán ser incluidas en la propuesta.
B. Soporte Integral de la Solución
La propuesta deberá incluir el soporte integral de la Solución, para los
ambientes de desarrollo, pruebas y producción.
C. Soporte Base de Datos
La propuesta deberá incluir el soporte integral de la Base de Datos, para los
ambientes de desarrollo, pruebas y producción. La Base de Datos a utilizar será
BANCO CENTRAL DE CHILE
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Oracle 10g o superior. Las licencias de Base de Datos necesarias para el
funcionamiento de la Solución serán proporcionadas por el Banco Central de
Chile, por lo tanto no debe ser incluido en la propuesta.
D. Compatibilidad Tivoli Storage Manager (TSM)
La Solución deberá permitir utilizar el mecanismo de respaldo TSM versión
5.4 como mínimo. Las licencias TSM necesarias para el funcionamiento de la
Solución serán proporcionadas por el Banco Central de Chile, por lo tanto no
debe ser incluido en la propuesta.
E. Compatibilidad PowerPath de EMC
El equipamiento que recomiende la empresa adjudicada, deberá permitir
conectarse al almacenamiento centralizado (SAN) utilizando software
PowerPath de EMC versión 5.2 como mínimo. Las licencias del software
PowerPath, serán proporcionadas por el Banco Central de Chile, por lo tanto no
deben ser incluidas en la propuesta.
3.3 Requerimientos de la Solución
Corresponde a todos los componentes de Software requeridos para el correcto
funcionamiento de la Solución.
Requerimiento Nº 3: Capa de Presentación
Requisitos:
A. Estaciones de Trabajo
Los usuarios de la Solución deberán poder acceder a las funcionalidades
proporcionadas a través de estaciones de trabajo del tipo Intel Core 2 Duo 2.0
GHz con 2 GB de memoria RAM, sistema operativo Microsoft Windows XP-7
Professional en español, y de ser necesario, compatible con MS Office 2003 o
superior en español, como software de escritorio.
B. Interfaz Usuaria
El Banco privilegiará las propuestas cuya interfaz usuaria, sea implementada
utilizando tecnología Web compatible con Internet Explorer 6.0 o superior.
C. La Solución deberá permitir que su capa de presentación sea accedida por
parte de las Instituciones Financieras participantes, utilizando la Red existente
para Operaciones Financieras, descrita en la sección 2 de las presentes Bases.
D. Servidor Web
El Banco privilegiará las soluciones que utilicen los siguientes servidores Web:
1) IIS, o 2) Oracle BEA Weblogic.
E. El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura contemple un balanceo de
carga para la capa de presentación.
Requerimiento Nº 4: Capa de aplicación
BANCO CENTRAL DE CHILE
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Requisitos:
A. Servidor de Aplicaciones
En el caso que la Solución utilice un componente Servidor de aplicaciones, el
Banco privilegiará las propuestas cuyas soluciones operen en un servidor de
aplicaciones Oracle BEA Weblogic.
B. Calendario de procesos
El Banco privilegiará las soluciones que proporcionen herramientas para
agendar la ejecución de procesos basada en reglas y eventos, cuya
administración sea centralizada y administrada desde la misma Solución.
C. Otras Licencias de Software
La propuesta deberá considerar la provisión de licencias de todos los
componentes de software necesarios para la correcta operación de la Solución,
excluyendo el Sistema Operativo y la Base de Datos, los cuales serán
provistos por el Banco Central de Chile, y para todos los ambientes
detallados en el requerimiento 1, puntos C, D y E.
D. El Banco privilegiará la Solución que no incluya componentes Open Source
como parte de ella.
E. El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura contemple un balanceo de
carga, para la capa de aplicación de la Solución.
F. Integridad transaccional
La Solución deberá garantizar la integridad de toda transacción, respetando
las reglas de transaccionalidad ACID (Atomicity, Consistency, Isolation and
Durability). El Banco Central de Chile privilegiará las soluciones que utilicen
un monitor transaccional estándar en el mercado.
Requerimiento Nº 5: Capa de Datos
Requisitos:
A. Limpieza de Información histórica
El Banco privilegiará las propuestas cuya Solución disponga de herramientas
que permitan realizar limpieza y archiving de la información histórica,
incluyendo herramientas para su recuperación, acceso y análisis.
B. La Solución deberá considerar mecanismos de replicación y sincronización de
datos, que aseguren su integridad en el almacenamiento centralizado en los
sitios SPP y SPA, utilizando mecanismos de replicación nativa en línea de Base
de Datos o del Sistema de Almacenamiento.
C. El Banco privilegiará la Solución cuya arquitectura contemple un balanceo de
carga, para la capa de datos de la Solución.
D. El proveedor deberá hacer entrega del diccionario de datos que soporta a la
Solución, detallando por ejemplo, nombre de las tablas, atributos, la
información que contiene, y el tipo de dato.
BANCO CENTRAL DE CHILE
84
Requerimiento Nº 6: Desempeño y Escalabilidad
Requisitos:
A. Desempeño
La Solución deberá asegurar un tiempo de respuesta, para las transacciones que
se realicen “en línea” no superior a los 5 segundos, y para las consultas e
informes Batch (fuera de línea) no más de 1 hora. En ambos casos, sin
considerar latencias producidas por elementos o componentes ajenos a la
Solución propiamente tal.
Los tiempos indicados, se deberán cumplir considerando la cantidad de usuarios
nombrados y volúmenes de datos, tanto para la cantidad inicial como las
proyectadas a 3 años de acuerdo a las siguientes tablas:
Tipo de Usuario Cantidad
Inicial
Proyección a 3
años
Cliente de Institución
Financiera
350 950
Usuario Funcional BCCH 40 50
Operador TI BCCH 5 10
Tabla 1: Tipos de Usuarios
Ítem Valor
Inicial
Proyección
a 3 años
Data en Línea 1.3 GB 5 GB
Data Histórica 1.3 GB 25 GB
Tabla 2: Dimensionamiento de Espacio
BANCO CENTRAL DE CHILE
85
Requerimiento Nº 7: Disponibilidad Requerida
Requisitos:
A. Disponibilidad
La Solución deberá permitir una disponibilidad mensual, en horario de
negocio, el cual está definido en el Ciclo Operativo Diario (COD), superior
al 99,50 %.
3.4 Requerimientos Seguridad y Auditoría
Requerimiento Nº 8: Seguridad
Descripción: La Solución deberá satisfacer las siguientes características de seguridad:
Requisitos:
A. Modelo de Seguridad
La Solución deberá utilizar un modelo integrado de seguridad para su
operación, el que incluya al menos, capacidad de limitar el acceso a
funcionalidades y datos, a usuarios no autorizados; adecuada segregación de
roles y responsabilidades, tanto en su aspecto funcional como técnico.
B. Identificación y Autentificación
La Solución deberá proveer los mecanismos que al conectarse, permitan
autenticar las identidades de usuarios y procesos, como requisito previo para
permitir el acceso y operación del sistema.
C. Auditoría
La Solución deberá proveer la información necesaria para la auditoría, de
manera que permita realizar el análisis, investigación y reportes de accesos
maliciosos, no autorizados o inapropiados, y asegurar que las acciones de los
usuarios en el sistema, pueden ser trazables sin ambigüedad.
D. Manejo de Identidades
Se privilegiará la Solución que se integre con Active Directory de Microsoft y
RSA ACE/Server a través de protocolo LDAP o Webservices.
E. Single Sign On
Se privilegiará la Solución que utilice Single Sign-On.
F. Comunicación Segura
Se privilegiarán las soluciones que utilicen protocolos de red seguros para la
comunicación interna entre las diferentes capas de la aplicación.
G. Chequeo de Seguridad
La empresa adjudicada deberá considerar antes del paso a producción del
sistema, una certificación de seguridad realizada por un tercero, que permita
validar que el sistema cumple con los estándares y mejores prácticas de
BANCO CENTRAL DE CHILE
86
seguridad reconocidas en el mercado (ISO 27002 y/o similares). La
certificación de seguridad tendrá como alcance el software básico, aplicativo y
en general todos los componentes que permiten la operación del sistema. El
Banco se reserva el derecho de revisar y aprobar el resultado de la
certificación. El costo del chequeo de seguridad será de cargo del BCCh.
H. Seguridad en los esquemas de Integración
El Banco privilegiará la Solución que provea mecanismos de seguridad para
los esquemas de integración de aplicaciones tales como Webservices,
Mensajería, archivos y otros.
3.5 Requerimientos de Integración
Requerimiento Nº 9: Integración con Depósito Central de Valores
Requisitos:
A. La Solución deberá utilizar la red SWIFT, actualmente en operación en el
Banco Central de Chile, para el intercambio de información con el Depósito
Central Valores, utilizando los mensajes según el estándar ISO15022.
Se privilegiará las soluciones que permitan integrarse a la red SWIFT con
Swift Alliance Access vía Websphere MQ Series.
Requerimiento Nº 10: Integración con CAS/LBTR
Requisitos:
A. La Solución deberá proveer de interfases WebSphere MQ Series para permitir
que el Sistema CAS/LBTR pueda integrarse a ella. El formato de la mensajería
a utilizar se proporcionará una vez adjudicada la propuesta al proponente. La
solución deberá proveer interfaces estándar. Las tareas adicionales para
implementar la integración serán realizadas por el Banco Central de Chile.
Requerimiento Nº 11: Integración con Sistemas ADMPAGAR y ADMTESO
(BackOffice)
Requisitos:
A. La Solución deberá proveer de interfases que permitan a los sistemas
ADMPAGAR y ADMTESO, ambos parte del Back Office, integrarse a la
Solución.
BANCO CENTRAL DE CHILE
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Se privilegiarán las soluciones que provean mecanismos estándar de
integración vía MQ Series o Web Service para este propósito. La solución
deberá proveer interfaces estándar. Las tareas adicionales para implementar la
integración serán realizadas por el Banco Central de Chile.
Requerimiento Nº 12: Integración con Integrador Contable
Requisitos:
A. La Solución deberá proveer de interfases que permitan al Sistema Integrador
Contable integrarse a la Solución. Se privilegiarán las soluciones que provean
mecanismos estándares de integración como MQ Series y/o Web Service para
éste propósito. La solución deberá proveer interfaces estándar. Las tareas
adicionales para implementar la integración serán realizadas por el Banco
Central de Chile.
3.6 Requerimientos para la Operación y Administración
Requerimiento Nº 13: Operación y Administración técnica de la Solución
Requisitos:
A. Administración técnica
La Solución deberá disponer de una interfaz gráfica GUI, preferentemente
accesible vía Browser, para realizar todas las labores técnicas necesarias para
una adecuada y segura operación y explotación.
A través de ésta interfaz GUI, la Solución deberá permitir realizar tareas
como: Housekeeping, alternancia entre sitios, monitoreos, archiving, inicio y
detención de la aplicación, activación y detención de procesos, manejo de
situaciones de excepción, etc. Esta funcionalidad (GUI) deberá contar con
controles de acceso, segregación de funciones y registro para auditorías.
Las tareas de Housekeeping o mantención periódica de la solución, deberán
ejecutarse en forma automática, sin la intervención de personal de la Gerencia
de Informática.
B. Capacidad de Operación
El Banco privilegiará las propuestas cuyo componente de monitoreo, incluya
la integración con alguna de las herramientas de monitoreo opere en forma
automática, incluyendo la integración con alguna de las herramientas de
monitoreo estándar de mercado que posea el BCCh. Se privilegiará además,
aquellas soluciones que dispongan de un “tablero de control” (dashboard) que
BANCO CENTRAL DE CHILE
88
permita el seguimiento del procesamiento de las transacciones, generando
alertas ante eventuales problemas en el funcionamiento de alguno de sus
componentes.
3.7 Requerimientos de licencias usuarias y técnicos
Requerimiento Nº 14: Licencias usuarias y técnicas
A. Licenciamiento para usuarios y técnicos
La propuesta deberá incluir el licenciamiento necesario para la correcta
operación de las cantidades iniciales de usuarios y técnicos, que se indican a
continuación, y señalar los valores unitarios adicionales por el incremento
proyectado a 3 años.
Tipo de Usuario Cantidad
Inicial
Proyección a
3 años
Cliente de Institución
Financiera
350 950
Usuario Funcional
BCCH
40 50
Operador TI BCCH 5 10
Tabla 3: Tipos de Usuarios
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3 Especificación de Requerimientos de Servicios Tecnológicos
A continuación se indican los requerimientos de servicios que la propuesta deberá incluir.
5.1 Servicios de Infraestructura
Requerimiento N° 15: Especificaciones del Equipamiento
A. Como una de las actividades iniciales del proyecto, el proveedor deberá
entregar los antecedentes y detalles técnicos necesarios, que le permitan al
Banco Central de Chile elaborar una RFP para la adquisición de la totalidad del
equipamiento para los tres ambientes en los cuales operará la Solución,
considerando todos los elementos que ésta requiera. La entrega de antecedentes
deberá incluir una estimación del dimensionamiento de espacio requerido por
la Solución, considerando las características del sistema de almacenamiento
que dispone el Banco.
5.2 Servicios de Software Básico
Requerimiento Nº 16: Instalación de Software Básico
A. Instrucciones para Configuración de Sistema Operativo
Como una de las actividades iniciales del proyecto, la propuesta deberá
considerar la entrega de los antecedentes y detalles técnicos necesarios, que le
permitan al Banco Central de Chile instalar y configurar a nivel de Sistema
Operativo, los ambientes de Producción (en ambos sitios), Pruebas y
Desarrollo, de manera de asegurar el correcto funcionamiento de la
Solución.
B. Base de Datos
La propuesta deberá incluir los servicios de instalación, configuración y
certificación del correcto funcionamiento de las Bases de Datos, en
dependencias del BCCh, para los ambientes de Producción (en ambos sitios),
Pruebas y Desarrollo
C. Documentación Software Básico
La propuesta deberá incluir la confección y entrega de toda la documentación
asociada a los procedimientos de instalación del software básico, la cual
deberá ser aceptada por el Banco, previa a la recepción conforme del servicio.
BANCO CENTRAL DE CHILE
90
5.3 Servicios de Instalación de la Solución
La propuesta deberá considerar la provisión de todos los servicios necesarios para la
implantación y funcionamiento de la Solución, para que cumpla con el marco de trabajo
CoBit, metodología ITIL y desarrollo de proyectos de acuerdo a estándar PMI.
Requerimiento N° 17: Desarrollo del proyecto
Requisitos:
A. Cronograma de trabajo
La propuesta deberá incluir un cronograma de trabajo detallado sugerido,
indicando cada una de las etapas del proyecto, su tiempo de duración y los
recursos involucrados, tanto por parte del proveedor como los que éste requiera
por parte del BCCh.
Además, deberá incluir como mínimo las siguientes actividades dentro del plan
de trabajo:
.. Instalación de SW Básico
.. Instalación de la Solución
.. Capacitación Técnica y Funcional
.. Plan de Pruebas Técnicas, incluyendo pruebas de Stress
.. Plan de Pruebas de Usuario
.. Plan de Certificación de Seguridad
.. Puesta en Producción
.. Marcha Blanca
.. Período de Garantía
B. Análisis de Requerimientos
La propuesta deberá considerar la revisión detallada de los requerimientos
técnicos especificados en estas bases, su validación y preparación de
documentación, la cual deberá ser validada y aprobada por el BCCh antes de
continuar con la etapa siguiente del proyecto de ser necesario.
C. Instalación de la Solución
La propuesta deberá incluir todas las actividades necesarias para dejar
operativa la Solución, en dependencias del BCCh, en a lo menos los ambientes
de producción, pruebas y desarrollo.
D. Configuración
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91
El Banco Central de Chile privilegiará la propuesta que considere todos los
servicios necesarios para configurar la Solución.
E. Certificación
La propuesta deberá incluir una certificación de la Solución que permita la
verificación de los requerimientos funcionales y técnicos por parte del BCCh.
Además, este proceso deberá considerar Pruebas de Estrés y certificación de
seguridad de la solución.
F. Paso a producción
La propuesta deberá considerar, como requisito previo al paso a producción, la
transferencia por parte de la empresa proponente al equipo técnico del Banco
Central de Chile, de todos los conocimientos necesarios para que sea el
equipo técnico del Banco Central de Chile, quién lleve a cabo las actividades
del traspaso a producción de la Solución.
G. Marcha Blanca
La propuesta deberá incluir un período de marcha blanca, posterior a la Puesta
en Producción (Go alive), de 2 meses de duración. Durante este período el
proveedor deberá brindar soporte en las dependencias del BCCh con un
profesional Senior, que cuente con conocimientos completos de la Solución, y
pueda efectuar ajustes en caso de ser necesarios.
Al finalizar este periodo, y cumplida la funcionalidad y entrega de todos los
requisitos solicitados, el BCCh dará por finalizado el proyecto e iniciada la
etapa de garantía.
H. Plan de Contingencia y Alternancia
La propuesta deberá considerar la elaboración de un plan y procedimientos de
contingencia de la Solución, que considere la conmutación y retorno entre los
sitios de procesamiento, garantizando la integridad y completitud de los datos
en el menor tiempo posible, en los siguientes escenarios:
• Inhabilitación del sitio operativo
• Falla de uno o más componentes de la solución
• Alternancia de Sitios
I. Capacitación técnica de la solución
La propuesta deberá considerar la capacitación sobre todos los ámbitos
funcionales y técnicos de la Solución, incluyendo administración,
mantenimiento, operación, monitoreo y respaldo, que certifiquen la
competencia del personal del BCCh que operará la solución.
La propuesta deberá considerar que toda la capacitación y entrenamiento en los
aspectos funcionales y tecnológicos, así como la documentación
BANCO CENTRAL DE CHILE
92
correspondiente, debe ser realizada preferentemente en idioma Español y en las
dependencias del Banco.
El temario de esta capacitación deberá incluir al menos temas tales como:
Ámbito Técnico:
- Configuración e instalación: considerar software aplicativo, base datos,
swift, otros necesarios para el funcionamiento adecuado de la solución
- Parametrización
- Administración,
- Mantenimiento,
- Operación,
- Monitoreo,
- Respaldo
- Herramientas de apoyo al aplicativo
- Diagnósticos preliminares de eventuales fallas o problemas en la
operación
La capacitación deberá abarcar a lo menos a los roles y perfiles descritos en la
siguiente Tabla:
Tabla 1: Tipos de Usuarios concurrentes en la capacitación
Tipo de usuario Cantidad
Ingeniero Sistemas 2
Encargados Desarrollo 2
Arquitectura 2
Seguridad 2
Operadores 2
Control Calidad 2
TOTAL USUARIOS TÉCNICOS 12
Ámbito Funcional:
- Curso introductorio al sistema, que haga un barrido a alto nivel de las
principales funciones, (alrededor de 4 horas)
- Curso de administración de negocios. Dirigido a aquellos usuarios del
BCCh que deben configurar el sistema para sus operaciones diarias.
- Curso de Negociación. Dirigido a aquellos usuarios del BCCh que
operarán el sistema en horario de negocio.
- Curso de preparación de monitores. Dirigido a aquello funcionarios del
BCCH que tendrán la responsabilidad de capacitar a los usuarios
externos en el uso del sistema.
BANCO CENTRAL DE CHILE
93
J. Documentación
La propuesta deberá incluir la elaboración y entrega de documentación, previo
al paso a producción, con el contenido que exige el BCCh en Anexo
“Checklist para la entrega de sistemas a producción”, detallada en el punto
Anexo 7.
La propuesta deberá incluir la entrega de manuales y confección de todos los
procedimientos necesarios para operar la Solución, tanto en régimen como en
escenarios de contingencia. Los procedimientos deberán ser entregados en
formato digital, compatible con una herramienta de modelamiento de procesos
que se acuerde con el BCCh.. El alcance de la documentación a elaborar deberá
permitir, a lo menos, realizar la instalación, administración, explotación,
monitoreo, reporte de incidentes, mantenimiento, respaldo, contingencia,
alternancia y todas las otras labores necesarias para una correcta ejecución de
la Solución por parte del BCCH, y adaptados específicamente a las
instalaciones del Banco Central de Chile.
5.4 Generales
Requerimiento N° 18: Requisitos Generales
Descripción: La propuesta deberá cumplir con los requisitos generales que se
indican a continuación.
Requisitos:
A. Equipo de trabajo
La propuesta deberá detallar el equipo de profesionales con los cuales abordará
las etapas del proyecto, y los recursos que requiera por parte del BCCh.
B. Experiencia del equipo de trabajo
La propuesta deberá detallar el currículum de los miembros del equipo del
proyecto, incluyendo experiencia, cursos y certificaciones en aplicaciones
equivalentes.
C. Experiencia del Proveedor
La empresa oferente deberá indicar la siguiente información en la propuesta:
• Cantidad de contratos de mantención vigentes con la Solución.
• Cantidad total de proyectos desarrollados para Instituciones Financieras
con la Solución.
• Cantidad total de proyectos desarrollados para Bancos Centrales con la
Solución.
• Número de versiones liberadas de la Solución.
• Porcentaje de adaptación que requiere la versión estándar de la
Solución. para cubrir los requerimientos indicados en estas Bases.
BANCO CENTRAL DE CHILE
94
5.5 Servicios de Soporte y Mantención
La propuesta deberá considerar la suscripción de un contrato de Soporte y Mantención
para la Solución completa.
Requerimiento N° 19: Servicios de Soporte y Mantención de la Solución
Requisitos:
A. Actualización Tecnológica
La propuesta deberá incluir la entrega de upgrade de la Solución, cuando se
liberen nuevas versiones o bien ante cambios originados en la red Swift.
B. Soporte y mantención
El soporte y mantención deberá ser considerado sobre todas las componentes
de software de la solución, sean este software aplicativo estándar, desarrollos
especiales, y configuración de la base de datos.
C. Horario
La propuesta deberá considerar la prestación de Servicios de Soporte y
Mantención de la Solución entre las 07:00 a 20:00 horas en horario local CLT
y que debe considerar los cambios de hora en verano y en invierno referidos al
TZ Santiago Chile. Además, si el Banco comunicase una falla fuera del
horario mencionado, y solicitase a “la empresa” prestar los servicios de
soporte y mantención, la propuesta deberá considerar la prestación de dicho
servicio a una tarifa que se estipule en el contrato.
D. Servicio de Soporte y Niveles de Servicio Requeridos (SLA)
La propuesta deberá ofrecer un servicio (Help Desk) de soporte para la
administración de incidentes de la Solución, que incluya a lo menos:
1. Registro de los incidentes reportados y criticidad en la plataforma que la
empresa disponga, y asignar un número de referencia al Banco.
2. El Banco deberá recibir una respuesta del soporte técnico dentro de los
siguientes 30 minutos.
3. La empresa deberá resolver el incidente de acuerdo a los niveles de
servicios establecidos.
La siguiente tabla indica la criticidad de la falla y el SLA solicitado.
Criticidad
de la Falla
Descripción SLA
Crítico Falla en el sistema que no permite
realizar el proceso completo de
negocio.
4 horas
Muy Grave Es una falla del sistema que restringe
realizar el proceso completo de
negocio.
3 días
hábiles
BANCO CENTRAL DE CHILE
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Mediana
Gravedad
Es una falla del sistema que tiene leve
impacto sobre el proceso completo de
negocio.
10 días
hábiles
Tabla 4: Resumen Criticidad de falla
Software Aplicativo y de los Desarrollos
Requerimiento N° 20: Servicios de Asesoría Técnica
Descripción: La propuesta deberá incluir los servicios de asesoría técnica en el uso
de la Solución.
Requisitos:
A. Asesoría Técnica
La propuesta deberá considerar la provisión de servicios de consultoría
adicionales por parte proveedor, ya sean remotos o en terreno, a solicitud del
BCCh, indicando el valor por hora hombre de servicio. En caso que la asesoría
incluya servicios en terreno, deberá indicar los valores de todos los costos
asociados (Ej.: viáticos, pasajes, hotel, etc.)
5.6 Garantías
Requerimiento N° 21: Garantía a la Solución
Descripción: La propuesta deberá considerar todas las garantías de los productos y
servicios que componen la Solución, las cuales regirán al término de la marcha
blanca y recepción conforme del BCCh.
Requisitos:
A. Garantía a la Solución
La propuesta deberá considerar un periodo de 120 días corridos de garantía
por los productos y servicios que componen la Solución, sin costo adicional
para el BCCh.
La garantía será renovada sucesivamente por períodos similares al original, en
caso de fallas en la Solución durante su período de vigencia.
Durante la garantía el proveedor deberá disponer de los mecanismos
especificados en el requerimiento “Servicios de Soporte y Mantención de la
Solución” para hacerla efectiva.
BANCO CENTRAL DE CHILE
96
4 Glosario
1. ADMPAGAR, ADMTESO: Corresponden a los sistemas que cumplen la función e
Back Office, administrando la deuda emitida tanto directamente por el Banco Central de
Chile como la emitida a nombre de la Tesorería General de la República.
2. CAS/LBTR: Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real, administra el sistema de
cuentas corrientes de los bancos en el BANCO, en inglés Real Time Gross Settlement
(RTGS).
3. COD: Corresponde al horario del Ciclo Operativo Diario en el cual el Sistema llevará a
cabo sus operaciones, y que puede cambiar durante la jornada de operación por
condiciones del mercado.
4. Integrador Contable: sistema encargado de recibir información desde SOMA para su
posterior imputación al sistema general contable del Banco Central de Chile
5. SOMA (Sistema de Operaciones de Mercado Abierto): Corresponde a la Solución
World Class que el Banco Central de Chile desea adquirir.
6. Sistemas BackOffice: corresponden a sistemas legacy del Banco Central de Chile, se les
conoce con el nombre de ADMPAGAR y ADMTESO. Estos sistemas recibirán
información desde SOMA, relativa a los resultados de las operaciones realizadas.
Dichos sistemas registran y administran la deuda.
7. SOMA Ventas: Sistema que permite realizar las ventas de instrumentos, de propia
emisión así como a nombre de la Tesorería General de la República.
8. SOMA Compras: Sistema que permite realizar operaciones de compras con pacto: repos
ventanilla, Facilidad de Liquidez Intradía (FLI), y compras definitivas.
9. SPP: Sitio de Procesamiento Principal, corresponde al sitio de procesamiento principal.
10. SPA: Sitio de Procesamiento Alterno, corresponde al sitio de contingencia del ambiente
de producción y que se utiliza ante fallas generales en el sitio de procesamiento on-line.
BANCO CENTRAL DE CHILE
97
Anexo 1: Checklist para entrega de Sistemas a Producción
A continuación se indica la documentación que debe proporcionar para pasar un sistema a
Producción.
• Documentación Software Aplicativo
Descripción General del Sistema
Software, Versiones, Release y Plataforma
Licencias, certificados de licenciamiento
Descripción detallada del diccionario de datos que soporta al aplicativo.
• Resultado de Pruebas de Aceptación
• Procedimientos para la Manipulación de Datos
• Procedimiento de Instalación, Desinstalación del software.
• Procedimientos para restablecer una versión anterior
• Procedimientos de Operación
Habilitación del servicio y cada uno de sus componentes
Deshabilitación del servicio y cada uno de sus componentes
Tiempos estimados de procesos de Habilitación y Deshabilitación
Horarios de Servicio (Sin uso, Bajo, Medio y Crítico)
Uso de Casillas FTP
Uso de Servicios de datos
Procedimientos de Respaldo
Procedimientos de Recuperación
Sistemas relacionados
Procedimientos de Explotación
Flujo del proceso
Pautas del Proceso
Pautas de Reproceso
Mensajes del Sistema, Alarmas y Cursos de Acción
Normas Especiales de Explotación
Respaldos de Explotación
• Procedimientos para la administración de Seguridad
• Procedimiento de Administración de Perfiles de Usuarios
• Procedimientos automáticos de Monitoreo
Monitoreo Interno Procesos de Carga
Monitoreo de Hardware
Monitoreo de RED
Monitoreo de Software
Monitoreo Externo de Utilización de Recursos del servidor.
Disponibilidad
Tiempos de respuesta
Problemas Conocidos
• Procedimientos de Contingencia y Alternancia
• Manuales y Pautas
Manual de operación para Usuarios finales
Procedimientos de Ayuda Funcional y Técnico
Procedimientos de Apoyo para la Mesa de Ayuda
Procedimientos de Apoyo para el área de Soporte
BANCO CENTRAL DE CHILE
98
ANEXO C
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
LICITACIÓN
Sistema Operaciones de Mercado Abierto
SOMA
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GERENCIA DE SERVICIOS LOGÍSTICOS
BANCO CENTRAL DE CHILE
99
ANEXO C
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
LICITACIÓN Sistema Operaciones de Mercados Abiertos
La presentación de las ofertas deberá efectuarse según lo descrito en el numeral 6 de las
presentes Bases, en dos sobres cerrados, cuyo contenido será el que se indica a
continuación. Todos los antecedentes solicitados en el presente Anexo, se consideran de
carácter obligatorio y formarán parte de la evaluación de ofertas. Además, se requiere que
en la presentación de los referidos documentos se consideren las siguientes formalidades:
• Que el orden de su presentación sea idéntico al señalado en este Anexo.
• Que cada documentación sea precedida del número y nombre del antecedente al
cual corresponde, conforme al listado señalado a continuación.
• Que la totalidad de la propuesta se presente en una carpeta simple o archivador (no
utilizar sistema de anillado o empastado).
• Que además de lo anterior, la totalidad de los antecedentes técnicos señalados en el
punto 8 de la Sección N°1 de este Anexo, se presenten en un CD-ROM o DVD
ROM (sólo lectura, no se acepta pendrives), utilizando cuando corresponda la
plantilla que el Banco proporcione.
SECCIÓN N°1: CONTENIDO DEL SOBRE N° 1 "OFERTA TÉCNICA”
1. ANTECEDENTES DEL OFERENTE
a) Nombre Legal de la Empresa ...............................................................................................
b) N° de Registro........................................................................................................................
c) Dirección comercial...............................................................................................................
d) Teléfonos y Fax ....................................................................................................................
e) Nombre, Teléfono, Email del representante ante la propuesta..............................................
f) Nombre del(los) Representante(s) Legal(s) (quien(es) suscribirá(n) el contrato)................
2. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
A fin de garantizar la seriedad de la oferta, la Empresa deberá adjuntar a su Oferta Técnica
una garantía por la suma de US$90.000.- (noventa mil dólares americanos) en las
condiciones establecidas en la letra a) del numeral 7 de las Bases de Licitación, documento
que deberá tener una vigencia mínima de 8 meses corridos, contados desde la fecha
máxima para la presentación de las ofertas señalada en el Anexo A. La glosa de esta
garantía deberá señalar que se extiende “para garantizar la seriedad de la oferta”.
BANCO CENTRAL DE CHILE
100
3. REQUISITOS FINANCIEROS
Informes contables correspondientes a los años 2008 y 2009, que reflejen apropiadamente
la situación financiera de la Empresa, tales como Balance General y Estados de Resultados,
debidamente auditados o certificados. Si a juicio del Banco, los Estados Financieros de la
Empresa no demuestran solvencia, el Banco tendrá la facultad de no considerar la
propuesta presentada por el oferente.
4. ANTECEDENTES LEGALES Y PODERES ESPECIALES.
Todos los antecedentes que acrediten la existencia legal de la Empresa y la representación
de mandatarios deberán presentarse debidamente legalizados, en los términos que se
señalan en la letra a) del numeral 11.2 de las Bases de Licitación.
4.1 Antecedentes legales que acrediten la existencia y condición jurídica de la
Empresa.
4.2 Personería: La Empresa deberá acreditar la personería de sus representantes, los
que deberán tener, al menos, las facultades necesarias para la suscripción de los
contratos, en representación de la Empresa. Si lo estima del caso, la Empresa
podrá otorgar mandatos especiales para estos contratos, utilizando el formato de
mandato que se consigna en el Anexo C.3.
4.3 Estructura Societaria de la Empresa: La Empresa deberá declarar los nombres de
los socios que la conforman, indicando sus respectivos porcentajes de
participación.
5. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
La Empresa deberá presentar su Declaración de Confidencialidad en el formulario
adjunto en la siguiente página, el cual no deberá ser modificado.
6. DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES
La Empresa deberá presentar su declaración de Conflicto de Intereses en el formulario
adjunto en la página subsiguiente, el cual no deberá ser modificado.
BANCO CENTRAL DE CHILE
101
5. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
Queda expresamente establecido que todos los documentos e información proporcionada a la Empresa o de la
que tome conocimiento ésta, con ocasión del suministro de bienes o de la prestación de sus servicios materia
de la Licitación efectuada, con excepción de lo que publique el Banco en su sitio Web, por la naturaleza legal
de la misma, tienen el carácter de confidencial y reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros
en ninguna forma, obligándose por lo tanto la Empresa, a mantener bajo reserva y usar dicha información
sólo para los fines previstos para la ejecución del suministro o la prestación de los servicios, y a no imprimir,
transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de cualquiera otra
manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de Chile. La
Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del Banco Central de
Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro antecedente o
información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios, investigaciones o
proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente declaración.
De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente
referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del suministro de
bienes o la prestación del servicio llegare a conocer, entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del
concepto “Información Confidencial o Reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes
que dejen de tener este carácter por haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá aún
después de finalizada la relación de suministro de bienes o prestación del servicio entre las partes.
La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus trabajadores o de las
personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el proceso de Licitación, durante el período de
vigencia del Contrato y por el plazo de cinco años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque
tales personas observen la obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las
instrucciones y adoptando todas las medidas que fueren necesarias.
Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta
contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su
política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con
cualquier otra norma legal. La Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y
al Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las
ofertas recibidas y del Contrato que se suscriba, según corresponda.
EMPRESA: …………………………………………………………………………
REPRESENTANTE DE LA EMPRESA: ……………………..…………………
FIRMA: ………………………………………………
FECHA: ………………………………………………
BANCO CENTRAL DE CHILE
102
6. DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES
De acuerdo a lo señalado en las Bases de Licitación, la Empresa deberá declarar si tiene o no
conflicto de intereses para participar en esta licitación del Banco. Se presume que existe
conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que intervenga un
funcionario del Banco, su cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o
afinidad, o las sociedades o empresas en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a
través de otras personas naturales o jurídicas de un 5% o más de su capital o las sociedades o
empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea director o dueño directo o
indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del Banco actúe
como representante. Sin perjuicio de la presunción referida, la Empresa deberá indicar la
existencia de otras situaciones que igualmente puedan considerarse como constitutivas de
conflicto de intereses para participar en esta licitación.
En caso que exista conflicto de intereses, en el sentido señalado precedentemente, la Empresa
podrá optar igualmente por participar en esta licitación, declarando dicha situación, con la
especificación correspondiente, al momento de presentar su oferta. En este caso, el Banco se
reserva el derecho de evaluar las circunstancias específicas y determinar si se considerará o no
elegible la oferta de la Empresa.
Conforme a lo señalado en los párrafos precedentes, la Empresa deberá responder en alguno
de los siguientes recuadros, según corresponda:
NO La Empresa declara no tener conflictos de intereses.
SI La Empresa declara tener conflictos de intereses. En este caso, especificar en el
siguiente recuadro la naturaleza del conflicto de intereses:
EMPRESA: ……………………………………………….…………………………………
REPRESENTANTE ANTE LA PROPUESTA: …………………………………………
FIRMA: ………………………………………………
FECHA:……………………………………………….
BANCO CENTRAL DE CHILE
103
7. COMPROMISO DE INCORPORAR LAS ADECUACIONES AL PRODUCTO
BASE A LA SOLUCIÓN
Si la empresa debe desarrollar nuevas funcionalidades para cumplir con los
requerimientos del Banco, deberá declarar formalmente su compromiso de incorporar
estas nuevas funcionalidades a la solución y su compromiso a mantenerlas en las nuevas
versiones del producto que se liberen sin costo adicional para el Banco.
Conforme a lo anterior, la Empresa deberá confirmar en el siguiente recuadro, la
condición antedicha:
Confirmación de la Empresa
(SI/NO)
La Empresa se compromete a que, si desarrolla nuevas
funcionalidades para cumplir con los requerimientos del Banco,
estas nuevas funcionalidades serán consideradas como parte de
la Solución implementada para el Banco, y en consecuencia,
serán mantenidas en las nuevas versiones del producto que se
liberen, sin costo adicional para el Banco. La misma condición
aplicará para todos aquellos desarrollos adicionales o mejoras
que a futuro el Banco requiera realizar a la Solución.
8. PROPUESTA TÉCNICA
La Empresa deberá incluir una descripción detallada de su propuesta técnica, que incluye
aspectos funcionales y tecnológicos, para proveer la Solución objeto de este proceso de
Licitación, detallando la forma en que su propuesta cumple cada uno de los Requerimientos
que se señalan en el Anexo B “Especificaciones Técnicas”. Para apoyar la propuesta
técnica, la empresa puede utilizar diagramas y en general toda aquella información
adicional, que considere necesaria para apoyar y clarificar su propuesta.
8.1) Detalle no valorizado de los Productos y Servicios que componen la Solución
La Empresa deberá indicar, sin valorizar, el detalle resumido de los Productos de Software
y servicios considerados en la Solución propuesta, ajustándose a lo señalado en el Anexo B,
utilizando para ello los formularios que se proveen a continuación, referenciando si es
necesario, a la página, capítulo o sección de la Oferta Técnica en que se encuentra un
mayor detalle.
BANCO CENTRAL DE CHILE
104
Tabla N°1: Productos de Software
Ítem Descripción del componente Cantida
d
Referencia
1 Software Aplicativo_Componente 1 x
2 Software Aplicativo_Componente 2 y
3 Software Aplicativo_Componente 3 z
n …Software Aplicativo_Componente n
Otros componentes de software como por ejemplo;
Monitor de transacciones, Servidor de Aplicaciones,
Cluster, etc.
Tabla N°2: Servicios
Ítem Descripción del componente Referenci
a
1 Servicios de provisión e implementacion
2 Servicios de capacitación
3 Servicios de Soporte y Mantención de la Solución
4 Servicios de Asesoría Técnica
8.2) Del Licenciamiento de la Solución
a) Licencias de Software: Respecto de las Licencias de Software Aplicativo propuesto
para la Solución, la propuesta deberá indicar, a lo menos, la siguiente información:
• Identificación y versión del producto.
• Breve descripción del producto.
• Formas de licenciamiento. Especificando claramente la forma de licenciamiento del
o los Software(s) propuesto(s) y la modalidad de su actualización.
• Alternativas de idioma del producto y su documentación.
• Identificación y documentación de la empresa fabricante. En el caso de tratarse de
una tercera empresa, además se deberá especificar claramente la relación del
fabricante con la Empresa.
La información solicitada, deberá estructurarse de acuerdo al siguiente formato:
BANCO CENTRAL DE CHILE
105
Item Descripción
Identificación y Versión
Descripción
Fabricante
Forma de Licenciamiento
Idioma producto
Datos Fabricante
La Empresa, puede agregar información adicional, si lo estima necesario.
b) Otras Licencias de Software: Si corresponde, la propuesta deberá incluir otras
licencias de software necesarias para la correcta operación de la Solución. En este caso,
en la propuesta se deberán especificar, de acuerdo a la información señalada en el punto
anterior.
8.3) Cronograma y Plazos de Entrega comprometidos
a) La Empresa deberá confirmar en el siguiente recuadro el plazo comprometido para la
entrega de los Productos y Servicios asociados:
Componentes de la Solución Plazo de entrega (1)
comprometido por la Empresa
Servicios de Provisión e Implementación de la Solución
Nota (1): días corridos contados desde la suscripción del contrato correspondiente, hasta la recepción
conforme.
b) Además de lo anterior, la Empresa deberá presentar un cronograma de actividades de
instalación, de desarrollo y de capacitación, detallando claramente las actividades a
realizar y el plazo comprometido para la ejecución de cada una de ellas, considerando
además de las actividades, los roles y responsabilidades, tanto de la Empresa como del
Banco. Este programa deberá considerar un plazo mínimo de 5 días hábiles bancarios
para las actividades de aceptación que deba realizar el Banco en cada etapa del proyecto
y un plazo de 3 meses para el periodo de pruebas.
Este Plan de Entrega e Instalación, deberá considerar como mínimo las siguientes
actividades:
.. Validación requerimientos
.. Instalación de la Solución
.. Configuración
.. Plan de Pruebas Técnicas, incluyendo pruebas de Stress
.. Plan de Pruebas de Usuario
BANCO CENTRAL DE CHILE
106
.. Plan de Certificación de Seguridad
.. Capacitación Técnica y Funcional
.. Puesta en Producción
.. Periodo de Pruebas (3 meses) a realizar por el Banco
.. Marcha Blanca (2 meses)
.. Período de Garantía (120 días corridos)
La empresa deberá considerar dentro de su Plan de Entrega un plazo de al menos tres
(3) meses después de la firma del contrato, para que el Banco adquiera el equipamiento
necesario para el funcionamiento de la Solución, según lo especificado en
requerimiento Tecnológico Nº 1
El programa presentado por la Empresa finalmente adjudicada, se utilizará como
referente para establecer el “Plan de Entrega e Instalación de la Solución”, el que
deberá ser revisado, convenido y aceptado entre ambas partes, en forma previa al inicio
del Proyecto.
8.4) Experiencia de la Empresa
La Empresa deberá acreditar experiencia en implementaciones similares, de preferencia en
Bancos Centrales y otras instituciones financieras, detallando lo siguiente:
• Cantidad total de proyectos desarrollados para Bancos Centrales con la Solución
• Cantidad total de proyectos desarrollados para instituciones financieras con la
Solución
• Cantidad de contratos de mantención vigentes con la Solución
• Número de versiones liberadas de la Solución.
• Porcentaje de adaptación que requiere la versión estándar de la Solución, para
cubrir los requerimientos indicados en estas Bases.
Nombre del
Cliente
Giro o
Rubro
Fecha de inicio y
término del
proyecto
Contrato
vigente? (SI/NO)
Datos de
contacto
para
referencias
Breve
descripción
del Proyecto
Funcionalidades
implementadas
El Banco se reserva el derecho de solicitar referencias, efectuar consultas a los contactos
indicados y coordinar visitas en terreno que permitan validar la información contenida en la
oferta. Para estos efectos, el Banco seleccionará a los clientes a visitar del listado de clientes
BANCO CENTRAL DE CHILE
107
presentados en las Ofertas Técnicas, y el Oferente deberá coordinar con los clientes
seleccionados las correspondientes visitas. Los gastos del personal del Banco asociados a
estas visitas (pasajes aéreos, estadías, alimentación, etc.) serán de cargo exclusivo del
Banco. Será opcional para el Oferente participar o no de la visita in situ, no obstante, si
decide participar deberá correr con los gastos asociados a su personal.
Adicionalmente el Banco podrá visitar las casas matrices de los proveedores donde podrá
solicitar demostraciones de los productos ofrecidos en la solución, o una descripción del
funcionamiento del módulo a desarrollar, si no está actualmente instalado en algún cliente.
8.5) Del Personal de la Empresa
La Empresa deberá entregar la siguiente información respecto al equipo de trabajo
propuesto:
a) Equipo de trabajo
Detallar el equipo de profesionales con los cuales abordará las etapas del
proyecto, y los recursos que requiera por parte del BCCh.
b) Experiencia del equipo de trabajo
Detallar el currículum de los miembros del equipo del proyecto, incluyendo
experiencia, cursos y certificaciones en aplicaciones equivalentes.
BANCO CENTRAL DE CHILE
108
8.6) Procedimiento para la prestación de servicios de mantención y soporte.
La Empresa deberá describir el procedimiento que utilizará para la prestación de los
servicios de mantención y soporte de la Solución, así como para la contratación de
asesorías y/o desarrollo de mejoras que el banco requiera realizar a futuro, mientras se
encuentre vigente el contrato de mantención y soporte. Este detalle constituirá el ANEXO
E.5 del modelo de contrato del Anexo E por los Servicios de Mantención y Soporte de la
Solución.
8.7) Propuesta de Custodia de Código Fuente
Tal como se establece en la Cláusula Decimoséptima del Anexo D y cláusula
Decimonovena del Anexo E el Banco requiere que la Empresa mantenga bajo custodia el
código fuente del software de aplicación licenciado en el Banco. Para estos efectos, la
Empresa deberá indicar, el nombre de la Empresa, dirección y datos de contacto, que ha
considerado en su propuesta para cubrir esta necesidad.
8.8) Propuesta de Plan de Capacitación
La Empresa deberá detallar el Plan de Capacitación considerado en su oferta, el cual debe
ajustarse a las condiciones establecidas en el Requerimiento N°17 letra I del Anexo B.2
8.9) Confirmación de cumplimiento técnico
La Empresa deberá confirmar en la forma tabular de la Tabla que se provee a continuación,
el nivel de cumplimiento de su oferta con respecto a la totalidad de las especificaciones
técnicas y demás condiciones indicadas en las presentes bases, referenciando cada
condición señalada en esta Tabla, a la página, capítulo o sección de la oferta técnica en que
se detalla. Para estos efectos, en la tercera columna de la siguiente Tabla, la Empresa
deberá indicar “SI”, si los Servicios propuestos proveen totalmente y sin modificaciones la
funcionalidad solicitada por el Banco, o “NO” si no la provee, si ofrece desarrollarla, o si
ofrece una solución alternativa. En este último caso, el Banco evaluará y resolverá a su
juicio exclusivo, si considera la solución alternativa como técnicamente elegible o no. En la
cuarta columna de esta Tabla, la Empresa debe referenciar el número de página, capítulo o
sección de la propuesta en la que se encuentra la descripción detallada del concepto
evaluado. Todo antecedente adicional que desee incluir, deberá ser referenciado
adecuadamente.
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Requisito Técnico N° Descripción
(Se refiere a los Requerimientos Técnicos descritos en el Anexo B de las Bases)
Cumple(*)
(SI/NO) Referencia
REQUERIMIENTOS FUNCIONALES
01 Compras de Títulos de Crédito con pacto de retroventa (REPO)
01.A ¿El sistema permite la compra de títulos de crédito con pacto de
retroventa por ventanilla? Explique detalladamente
01.B ¿El sistema permite la compra de títulos de crédito con pacto de
retroventa por licitación?
01.C ¿El sistema permite sustitución de colaterales? Explique
01.D ¿El sistema permite sustitución de la obligación por otra (rollover)?
Explique
02 Facilidad de Liquidez Intradía (FLI)
02.A ¿El sistema permite proveer liquidez intradía a los participantes?
Explique detalladamente
02.B ¿El sistema permite la devolución anticipada de la operación por
parte del participante?
02.C ¿El sistema permite el cumplimiento alternativo (rollover) a
operaciones overnight (FPL)?
02.D ¿El sistema genera automáticamente al final del día un proceso de
liquidación automática de operaciones FLI vigentes?
02.E
¿El sistema provee un mecanismo para la devolución de todas las
operaciones pendientes, en caso de no haber fondos suficientes?
Explique el mecanismo utilizado.
02.F ¿El sistema permite a los participantes la carga masiva de
colaterales?
03 Facilidad Permanente de Liquidez (FPL)
03.A ¿El sistema permite proveer liquidez overnight a los participantes
contra entrega de colaterales (FPL)? Explique detalladamente
03.B ¿El sistema genera automáticamente a la fecha del vencimiento el
proceso de devolución de operaciones FPL?
03.C
¿El sistema provee un mecanismo en caso de no haber fondos
suficientes para la devolución de las operaciones pendientes?
Explicar.
04 Facilidad Permanente de Depósito (FPD)
04.A ¿El sistema ofrece un mecanismo de recepción de depósitos
overnight? Explique detalladamente.
04.B ¿El sistema permite la liquidación automática de las operaciones
FPD, al día de su vencimiento?
05 Depósito de Liquidez (DL)
05.A ¿El sistema ofrece un mecanismo de recepción de depósitos a plazo?
Explique detalladamente
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110
05.B ¿El sistema permite la liquidación automática de las operaciones DL,
al día de su vencimiento?
06 Venta de Títulos de Deuda
06.A ¿El sistema ofrece la venta de títulos de deuda por licitación
competitiva? Explique detalladamente.
06.B ¿El sistema ofrece la venta de títulos de deuda por ventanilla?
06.C
¿El sistema permite distinguir las operaciones que se hacen por
cuenta propia de las que se hacen a nombre de la Tesorería General
de la República?
07 Compra definitiva de títulos de deuda
07.A ¿El sistema ofrece la compra definitiva de títulos de deuda a través
de licitaciones competitivas? Explicar detalladamente
08 Compra/Venta Swaps de Divisas
08.A ¿El sistema ofrece la realización de operaciones de Compra/Venta
Swaps de Divisas? Explicar detalladamente
08.B
¿El sistema genera las instrucciones de pago al sistema LBTR, con
la indicación que deben ser pagadas en modalidad Payment versus
Payment?
09 Compra/Venta de Moneda Extranjera
09.A ¿El sistema ofrece la realización de operaciones de Compra/Venta
de Moneda Extranjera? Explicar detalladamente
09.B
¿El Sistema genera las instrucciones de pago al sistema LBTR, con
la indicación que deben ser pagadas en modalidad Payment versus
Payment?
10 Constitución de Línea de Crédito de Garantía Prendaria (LCGP)
10.A ¿El sistema ofrece la constitución de una LCGP? Explicar
detalladamente
10.B ¿Cómo registra el sistema la constitución de prendas?
10.C ¿Cómo registra el sistema el alzamiento de prendas?
10.D ¿Cómo se implementa la utilización de la LGCP, por parte del
sistema? Explicar.
10.E ¿El sistema realiza valorizaciones periódicas de los títulos de la
LCGP? Explique
11 Publicación o difusión
11.A ¿El sistema permite la difusión de la realización de una operación
financiera?
11.B ¿El sistema permite la publicación de las condiciones financieras de
la operación?
11.C ¿El sistema permite la publicación de los participantes invitados a la
operación financiera?
12 Postulación
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111
12.A ¿El sistema presenta una interfaz a los participantes para el ingreso
de las postulaciones u ofertas?
12.B ¿El sistema presenta la pantalla de ingreso solamente a aquellos
participantes autorizados?
12.C ¿El sistema ofrece el acceso a todas las operaciones financieras
vigentes autorizadas?
12.D ¿El sistema ofrece a los usuarios ver sus ofertas ingresadas?
12.E ¿El sistema ofrece la posibilidad de mejorar las ofertas ya
ingresadas, de acuerdo con las condiciones financieras?
12.F ¿El sistema permite a los usuarios confirmar la operación?
13 Verificación
13.A ¿El sistema verifica que la postulación cumple con las condiciones
financieras especificadas?
13.B ¿El sistema rechaza las ofertas que no cumplen con las condiciones
financieras?
13.C Si se produce un rechazo, ¿éste es reflejado en la interfaz del usuario
y del BCCh, indicando el motivo del rechazo?
14 Valorización de instrumentos
14.A ¿El sistema valoriza todos los títulos de crédito ofrecidos como
colaterales, de acuerdo a tasas y precios de mercado?
14.B Explique en forma detallada cómo valoriza el sistema los títulos
entregados como colaterales.
14.C ¿El sistema valoriza los títulos, incluyendo la aplicación del haircut
o margen, según las características del título y su categoría de riesgo
14.D
Explique cómo resuelve el sistema la valorización de títulos que
tienen flujos de capital e intereses, para el caso de transferencia
efectiva de propiedad y para el caso de constituirse prenda sobre
ellos.
14.E
¿El sistema valoriza los títulos de deuda colocados por el Banco
Central de Chile o la Tesorería General de la República de acuerdo a
sus características y el resultado del proceso de licitación? Explique
detalladamente.
14.F
¿El sistema valoriza los títulos de deuda comprados anticipadamente
por el Banco Central de Chile de acuerdo a sus características y el
resultado del proceso de licitación? Explique detalladamente.
14.G
¿En las operaciones de compra/venta swaps de divisas, el sistema
calcula el monto en moneda extranjera que se compra o vende al
participante, de acuerdo al monto adjudicado y la tasa de cambio
spot?
14.H ¿Para las operaciones de compra/venta swaps de divisas, el sistema
calcula el monto final de la operación, a su vencimiento? Explique
14.I ¿El sistema permite valorizar las operaciones de compra/venta de
divisas?
14.J ¿El sistema calcula los intereses a cobrar o pagar por los préstamos o
depósitos respectivos?
15 Adjudicación
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112
15.A ¿El sistema permite efectuar licitaciones tradicionales?
15.B ¿El sistema permite efectuar licitaciones interactivas?
15.C ¿El sistema permite la ejecución de operaciones de compra o venta
por ventanilla?
15.D ¿El sistema permite la adjudicación por modalidad inglesa o precio
múltiple?
15.E ¿El sistema permite la adjudicación por modalidad holandesa o
precio único?
15.F ¿El sistema permite la adjudicación de las postulaciones, de acuerdo
al tipo de postulación y modalidad de adjudicación?
15.G ¿El sistema permite declarar desierta una licitación?
15.H ¿La acción de dejar desierta una licitación requiere de doble
autorización?
15.I ¿El sistema ofrece al usuario del BCCh, debidamente autorizado,
modificar el monto total a adjudicar?
15.J ¿El sistema ofrece limitar la variación del monto total a adjudicar a
un porcentaje, predefinido en un parámetro?
15.K ¿El sistema provee facilidades para informar a los participantes el
resultado de sus postulaciones?
15.L
¿El sistema provee facilidades para informar a todos los
participantes el resultado general de la licitación incluyendo el
monto total ofertado, el monto requerido, el monto adjudicado y la
tasa o precio de corte?
16 Pago al sistema LBTR
16.A
¿El sistema posee la facilidad para generar una instrucción de pago
al sistema LBTR, para el pago de las obligaciones de compra o
venta de títulos de crédito, o producto de las facilidades
permanentes?
16.B
¿El sistema se asegura que los pagos han sido efectivamente
liquidados en el sistema LBTR, en el caso de la venta de títulos?
Explique como lo hace.
16.C
¿El sistema permite la anulación de una operación, en caso que una
instrucción de pago no se liquide dentro de un plazo definido?
Explique como lo hace. ¿Se asegura el rollback completo de la
operación?
16.D
¿El sistema permite registrar la correcta liquidación de un pago en
contingencia del LBTR, para continuar el flujo del proceso en forma
normal? Explique
16.E
¿El sistema provee un mecanismo para efectuar las liquidaciones en
el LBTR en forma manual y continuar con el proceso de las
operaciones? Explique
16.F ¿El sistema ofrece que el DCV inicie la instrucción de pago,
utilizando mensajes propietarios MT298?
16.G ¿El sistema ofrece que el DCV inicie la instrucción de pago,
utilizando mensajes SWIFT MT207?
17 Anular Operación
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113
17.A ¿El sistema posee la facilidad para anular una operación por no pago
oportuno, o por otras condiciones que defina el BCCh?
17.B ¿La anulación de operaciones es una facultad exclusiva de los
operadores del BCCh?
17.C ¿La anulación de operaciones, exige la concurrencia de dos
operadores, uno que anula y otro que autoriza?
18 Instruir transferencia de títulos al DCV
18.A
¿El sistema genera mensajes SWIFT de acuerdo al estándar ISO
15022, para la relación con el DCV? Entregue ejemplos de todos los
mensajes utilizados.
18.B
¿El sistema ofrece la generación de mensajes libres de pago (Free of
Payment) MT540 y MT542 para la instrucción de traspaso de
posiciones en el DCV?
18.C
¿El sistema ofrece el ingreso de ambas puntas de la operación de
traspaso de posiciones en el DCV, actuando el BCCh como
mandante del participante?
18.D ¿El sistema ofrece que el envío de ambas puntas sea una opción a
nivel de participante y tipo de operación?
18.E
¿El sistema ofrece generar los mensajes SWIFT para el registro
inicial automático de los títulos de crédito vendidos por el Banco
Central?
18.F ¿El sistema ofrece la captura y proceso de los mensajes SWIFT
MT544 y MT546 de confirmación de traspaso en el DCV?
18.G
¿El sistema es capaz de generar y procesar mensajes SWIFT MT5xx
de manejo de situaciones de excepción, tales como no pareo de
mensajes en el DCV, no recepción de una de las puntas y otras
similares?
18.H
¿El sistema provee mecanismos de contingencia, que permitan
instruir el traspaso de posiciones en el DCV, si éste no está
habilitado para recibir mensajes ISO15022? Explique el mecanismo.
18.I
¿El sistema permite registrar la correcta operación de un traspaso de
posiciones en contingencia en el DCV, para continuar el flujo del
proceso en forma normal? Explique
19 Informar al Sistema de Back Office las operaciones de deuda y
compras definitivas
19.A ¿El sistema informa al sistema de Back Office los datos de la venta
de títulos?
19.B
¿El sistema genera información para su envío al sistema de Back
Office que administra el registro y servicio de deuda, por los títulos
de deuda emitidos por el BCCh o la Tesorería General de la
República?
19.C
¿El sistema genera la información necesaria para que el sistema de
Back Office pueda contabilizar la operación de venta de títulos de
crédito? Detalle la información que entrega.
19.D ¿El sistema ofrece generar la información de las compras definitivas,
para que el sistema del Back Office pueda dar de baja los títulos?
19.E ¿El sistema genera la información necesaria para la contabilización
de las operaciones de compras definitivas?
20 Administración de las Operaciones a Plazo
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20.A ¿El sistema calcula y registra la fecha de vencimiento de las
operaciones con pacto?
20.B ¿El sistema inicia las actividades de cierre de las operaciones a la
fecha de vencimiento de ellas?
20.C
¿El sistema ofrece al operador del BCCh visualizar las operaciones
que están agendadas, ordenadas por operación, fecha de vencimiento
o participante?
20.D ¿El sistema ofrece a los participantes visualizar los vencimientos de
las operaciones a plazo?
20.E ¿El sistema provee un mecanismo para avisar a los participantes el
próximo cumplimiento del plazo de una operación financiera?
20.F ¿El aviso del próximo cumplimiento puede ser administrado por un
parámetro, que indica el número de días?
21 Generar información para el registro contable
21.A ¿El sistema ofrece generar información para ser entregado al sistema
integrador contable?
21.B
¿El sistema entrega información al sistema integrador contable,
dependiendo del tipo de operación financiera de que se trate,
incluyendo tasas de interés, diferencias de valor, montos liquidados
en el sistema LBTR, montos valorizados de colaterales? Detalle la
información entregada.
22 Flexibilidad en la administración
22.A
¿El sistema ofrece distinguir entre parámetros dinámicos (que se
actualizan inmediatamente), parámetros estáticos (que se actualizan
al siguiente día de operación) y parámetros de sistema (que se
definen en la etapa de instalación)?
22.B ¿El sistema provee facilidades para la generación, actualización y
eliminación de parámetros dinámicos?
22.C ¿El sistema provee flexibilidad para definir, en etapa de instalación,
cuáles parámetros serán dinámicos?
22.D ¿La definición de participantes es dinámica?
22.E ¿La definición de usuarios es dinámica?
22.F ¿La definición de actas de resultado es dinámica?
22.G ¿La configuración de instrumentos es dinámica?
22.H ¿El sistema es flexible en la definición de acciones que exigen doble
autorización?
23 Implementación de reglas de negocio
23.A ¿El sistema permite implementar reglas de negocio particulares para
las distintas operaciones?
24 Capas de presentación
2.4A
¿El sistema permite la implementación de diferentes capas de
presentación para el BCCh como para las instituciones
participantes?
BANCO CENTRAL DE CHILE
115
24.B
¿El sistema permite la implementación de capas de presentación con
reglas de negocio distintas, dependiendo de los usuarios que la
utilicen?
24.C ¿El sistema ofrece capas de presentación amigables para el usuario?
25 Definición y Administración de Participantes
25.A ¿El sistema ofrece la definición de participantes?
25.B ¿El sistema provee facilidades para la eliminación y modificación de
los participantes?
25.C ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y
modificación de participantes?
25.D ¿El sistema ofrece registrar el BIC para los participantes bancos y el
BIC y cuenta corriente para los participantes no bancos?
26 Definición y Administración de usuarios
26.A ¿El sistema ofrece una opción de definición de usuarios?
26.B ¿El sistema ofrece definir perfiles a los usuarios?
26.C ¿El sistema ofrece la definición de perfiles genéricos, que luego
puedan ser aplicados a los usuarios?
26.D ¿El sistema ofrece la modificación de perfiles genéricos, agregando
o quitando funciones?
26.E ¿El sistema ofrece asignar un perfil genérico a un usuario,
modificando alguna de sus características?
26.F
¿El nivel de flexibilidad de la asignación de privilegios a los
usuarios, es a nivel de funciones particulares, o es por grupo de
funciones?
26.G ¿El sistema ofrece definir funciones que requieren doble
autorización?
26.H ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y
modificación de usuarios?
27 Definición y Administración de Grupo
27.A ¿El sistema ofrece la definición de grupos de participantes?
27.B ¿El sistema ofrece la modificación de los grupos de participantes?
27.C ¿El sistema ofrece la generación de nuevos grupos a partir de los
grupos existentes?
27.D ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y
modificación de grupos de participantes?
27.E ¿El sistema ofrece la inclusión de un participante en más de un
grupo?
28 Definición de Instrumentos o Títulos de Deuda
28.A
¿Ofrece la creación, modificación y eliminación de títulos de deuda
en un registro del sistema?
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116
28.B ¿Ofrece la identificación de un titulo de deuda, tanto por su ISIN
como por su nemotécnico?
28.C Indique qué parámetros de los títulos de deuda se registran en el
sistema
28.D ¿El sistema ofrece determinar el nemotécnico de un título a través de
su ISIN?
28.E ¿El sistema ofrece determinar el ISIN de un título a través de su
nemotécnico?
29 Definición de calendario de operaciones
29.A ¿El sistema cuenta con un calendario de operación, que permita la
definición de los días y horas de operación?
29.B ¿Los calendarios de operación, permiten modificaciones por parte
del administrador del sistema?
29.C
¿Los calendarios de operación pueden ser modificados por parte
del administrador del sistema, cancelando operaciones, modificando
horarios, fechas y condiciones e incorporando nuevas operaciones?
29.D ¿El sistema requiere doble autorización para la definición y
modificación de calendario de operaciones?
30 Envío de mensajería a usuarios
30.A ¿El sistema ofrece configurar y enviar mensajes a los participantes?
30.B ¿El envío de mensajes es flexible, en el sentido de mandar el mismo
mensaje a varios participantes o grupo de participantes?
31 Publicación de bases y resultados de licitación
31.A
¿El sistema permite publicar las Bases y Resultados de Licitación en
un formato por acordar (se sugiere .pdf), de manera que los
participantes pueden acceder a dicha información a través de su
interfaz?
32 Consultas Generales
32.A ¿El sistema ofrece la generación de informes en formato texto, Excel
o XML?
32.B ¿El sistema dispone de herramientas que permitan consultar por los
parámetros generales del sistema, en un formato flexible?
32.C ¿El sistema permite consultar por los perfiles de los usuarios y las
acciones que tiene autorizadas?
32.D ¿Es posible generar informes y consulta a partir de cualquier dato
registrado en la base de datos del sistema?
32.E
¿El sistema ofrece al usuario de un participante, verificar los
usuarios que hay definidos para ese participante y las acciones que
tiene autorizadas?
32.F
¿El sistema ofrece al usuario del BCCh consultar las características
de todas las ofertas ingresadas a una operación financiera? Explique
que nivel de detalle se puede obtener con esta consulta.
BANCO CENTRAL DE CHILE
117
Preguntas Tecnológicas Operaciones de mercado abierto (SOMA)
Requisito
Técnico N°:
Descripción
(Se refiere a las ESPECIFICACIONES TECNOLÓGICAS DEL
ANEXO B.2
LICITACIÓN SOLUCIÓN SOMA)
Cumple(*)
(SI/NO) Referencia
3 Requerimientos Productos Tecnológicos
3 1 Requerimientos de Infraestructura
3.1
Requerimiento
Nº 1 - A
¿La propuesta considera a lo menos tres capas lógicas:
Presentación, Aplicación y Datos?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - A
¿La arquitectura de la solución considera la Capa de Datos en un
equipamiento dedicado y no compartida con otros componentes de
ella?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - A
¿La propuesta de solución es compatible con equipamiento
IBM/Power o SUN, de 64 bits?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - B
¿Permite la solución conmutar desde un Sitio de Procesamiento
Principal (SPP) a un Sitio de Procesamiento Alterno (SPA) en un
Tiempo no superior a 30 minutos una vez que la plataforma se
encuentre activa en el sitio?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - B
¿Permite la solución operar en sitios de procesamiento principal y
secundario físicamente distantes, y pertenecientes a redes
independientes?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - B
¿Incluye la propuesta las especificaciones técnicas detalladas del
equipamiento necesario para que la aplicación opere adecuadamente
en los ambientes de: producción, pruebas y desarrollo?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - C
¿La propuesta de la solución opera sobre un cluster Veritas de a lo
menos 2 nodos en el SPP, y un segundo cluster de 2 nodos en el
SPA?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - C
¿La propuesta considera que la arquitectura de la solución tanto
para SPP como para SPA deberá ser idéntica?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - D
¿La arquitectura de la solución, para el ambiente de Pruebas,
corresponde a una equivalente a la utilizada para el Sitio Principal
de Producción?
BANCO CENTRAL DE CHILE
118
3.1
Requerimiento
Nº 1 - D
¿La propuesta de la solución opera, en ambiente de pruebas, sobre
un cluster Veritas de a lo menos 2 nodos en el SPP?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - E
¿La arquitectura de la solución, para el ambiente de desarrollo,
corresponde a una equivalente a la utilizada para ambiente de
pruebas, dimensionado sólo para realizar esta función?
3.1
Requerimiento
Nº 1 - E
¿La propuesta recomienda, en detalle, una arquitectura completa
virtualizada para este ambiente (desarrollo)?
3.2 Requerimientos de Software Básico
3.2
Requerimiento
Nº 2 - A
La solución propuesta opera bajo un Sistema Operativo AIX o SUN
SOLARIS?
3.2
Requerimiento
Nº 2 - B
¿La propuesta considera el soporte integral de la Solución, para los
ambientes de desarrollo, pruebas y producción?
3.2
Requerimiento
Nº 2 -C
¿La propuesta considera el soporte integral de la Base de Datos,
para los ambientes de desarrollo, pruebas y producción? La
propuesta señala que la Base de Datos a utilizar será Oracle 10g o
superior.
3.2
Requerimiento
Nº 2 – D
¿La solución permite utilizar el mecanismo de respaldo TSM
versión 5.4 como mínimo?
3.2
Requerimiento
Nº 2 - E
¿El equipamiento recomendado permite conectarse al
almacenamiento centralizado (SAN), utilizando software
PowerPath de EMC versión 5.2 como mínimo?
3.3 Requerimientos de la Solución
3.3
Requerimiento
Nº 3 - A
¿La propuesta considera utilizar estaciones de trabajo del tipo Intel
Core 2 Duo 2.0 GHz con 2 GB de memoria RAM, sistema
operativo Microsoft Windows XP-7 Professional en español, y de
ser necesario, compatible con MS Office 2003 o superior en
español, como software de escritorio?
3.3
Requerimiento
Nº 3 - B
¿La interfaz usuaria propuesta por la solución, utiliza tecnología
Web utilizando Internet Explorer v6 o superior?
3.3
Requerimiento
Nº 3 - C
¿La solución permite el acceso a su capa de presentación, utilizando
la Red existente de Operaciones Financieras descrita en las Bases
Técnicas?
BANCO CENTRAL DE CHILE
119
3.3
Requerimiento
Nº 3 - D
¿La solución utiliza alguno de los siguientes servidores Web: 1)
IIS, o 2) Oracle BEA Weblogic?
3.3
Requerimiento
Nº 3 - E
¿La solución contempla un balanceo de carga para la capa de
presentación?
3.3
Requerimiento
Nº 4 - A
¿La solución contempla un servidor de aplicaciones Oracle BEA
Weblogic?
3.3
Requerimiento
Nº 4 - B
¿La solución contempla herramientas para agendar procesos,
basadas en reglas y eventos, cuya administración sea centralizada y
administrada desde la misma Solución?
3.3
Requerimiento
Nº 4 - C
¿La propuesta considera la provisión de licencias de todos los
componentes de software necesarios para la correcta operación de la
Solución, a excepción de Base de Datos y S.O. los que serán
provistos por el Banco Central de Chile, para los ambientes de
producción, pruebas, y desarrollo?
3.3
Requerimiento
Nº 4 -D
¿Se incluyen en la solución uno o más componentes Open Source
como parte de ella?
3.3
Requerimiento
Nº 4 - E
¿La solución contempla un balanceo de carga para la capa de
aplicación?
3.3
Requerimiento
Nº 4 - F
¿La solución garantiza la integridad de toda transacción efectuada
en ella?
3.3
Requerimiento
Nº 4 - F
¿La solución utiliza un monitor transaccional estándar en el
mercado?
3.3
Requerimiento
Nº 5 - A
¿La solución dispone de herramientas que permitan realizar
limpieza y archiving de la información histórica, incluyendo
herramientas para su recuperación, acceso y análisis?
3.3
Requerimiento
Nº 5 - B
¿Considera la solución mecanismos de replicación y sincronización
de datos, que aseguren la integridad de ellos en el almacenamiento
centralizado en los sitios SPP y SPA, utilizando mecanismos de
replicación nativa en línea de base de datos o del sistema de
almacenamiento?
3.3
Requerimiento
¿La solución contempla un balanceo de carga para la capa de datos
de la solución?
BANCO CENTRAL DE CHILE
120
Nº 5 - C
3.3
Requerimiento
Nº 5 - D
¿El proveedor entrega en la propuesta el diccionario de datos que
soporta a la Solución, detallando por ejemplo, nombre de las tablas,
atributos, la información que contiene, y el tipo de dato?
3.3
Requerimiento
Nº 6 - A
¿La propuesta de solución asegura un tiempo de respuesta para que
las transacciones, que se realicen “en línea”, no superen los 5
segundos, y para las consultas e informes Batch (fuera de línea) no
demoren más de 1 hora, teniendo en consideración las cifras
detallada en tabla 1 y tabla 2?
3.3
Requerimiento
Nº 7 - A
¿La propuesta considera una disponibilidad mensual esperada, en
horario de negocio definido en el Ciclo Operativo Diario (COD),
superior al 99,50 %?
3.4 Requerimiento de Seguridad y Auditoria
3.4
Requerimiento
Nº 8 - A
¿La solución utiliza un modelo integrado de seguridad para su
operación, el que incluya al menos, capacidad de limitar el acceso a
funcionalidades y datos, a usuarios no autorizados; adecuada
segregación de roles y responsabilidades, tanto en su aspecto
funcional como técnico?
3.4
Requerimiento
Nº 8 - B
¿La solución provee mecanismos para conectarse que permita
autenticar las identidades de usuarios y procesos, como requisito
previo para operar en el sistema?
3.4
Requerimiento
Nº 8 - C
¿La solución provee la información necesaria para la auditoria,
permitiendo realizar el análisis, investigación y reportes de accesos
maliciosos, no autorizados o inapropiados, y asegurar que las
acciones de los usuarios en el sistema, puedan ser trazables sin
ambigüedad?
3.4
Requerimiento
Nº 8 - D
¿La solución se integra con Active Directory de Microsoft y RSA
ACE/Server a través de protocolo LDAP o Webservices?
3.4
Requerimiento
Nº 8 - E
¿La solución utiliza Single Sign-On?
3.4
Requerimiento
Nº 8 - F
¿La solución utiliza protocolos de red seguros para la
comunicación interna entre las diferentes capas de la aplicación?
3.4
Requerimiento
Nº 8 - G
¿La empresa adjudicada acepta que antes del paso a producción
del sistema, se efectué una certificación de seguridad que autoriza
su paso a producción, realizada por un tercero, que valida que la
solución cumple con los estándares y mejores prácticas de seguridad
reconocidas en el mercado?
BANCO CENTRAL DE CHILE
121
3.4
Requerimiento
Nº 8 - H
¿La Solución provee mecanismos de seguridad para los esquemas
de integración de aplicaciones tales como Webservices, Mensajería,
archivos y otros?
3.5 Requerimientos de Integración
3.5
Requerimiento
Nº 9 - A
¿Para el intercambio de información con el Depósito Central
Valores, la Solución utiliza la red SWIFT, utilizando los mensajes
según el estándar ISO15022?
3.5
Requerimiento
Nº 9 - A
¿La Solución permite integrarse a la red SWIFT con Swift Alliance
Access vía Websphere MQ Series?
3.5
Requerimiento
Nº 10 - A
¿La Solución provee de interfaces IBM WebSphere MQ Series;
capa de transporte, para permitir integrarse con el Sistema
CAS/LBTR, proveyendo interfaces estándar?
3.5
Requerimiento
Nº 11 - A
¿La Solución provee de interfaces IBM WebSphere MQ Series;
capa de transporte, para permitir a los sistemas ADMPAGAR y
ADMTESO, ambos parte del Back Office, integrarse a ella y
proveyendo interfaces estándar?
3.5
Requerimiento
Nº 12 - A
¿La Solución provee de interfaces IBM WebSphere MQ Series;
capa de transporte para permitir integrase con el sistema Integrador
Contable y proveyendo interfaces estándar?
3.6 Requerimientos para la Operación y Administración.
3.6
Requerimiento
Nº 13 - A
¿La Solución dispone de una interfaz gráfica GUI, preferentemente
accesible vía Browser, para realizar todas labores técnicas
necesarias para una adecuada y segura operación y explotación?
3.6
Requerimiento
Nº 13 - A
¿Esta interfaz GUI, permite a la Solución realizar tareas como:
Housekeeping, alternancia entre sitios, monitoreos, archiving, inicio
y detención de la aplicación, activación y detención de procesos,
manejo de situaciones de excepción, etc?
3.6
Requerimiento
Nº 13 - A
¿Cuenta esta funcionalidad (GUI) con controles de acceso,
segregación de funciones, y registro para auditorias?
3.6
Requerimiento
Nº 13 - A
¿Las tareas de Housekeeping o mantención periódica de la solución,
se ejecutan en forma automática, sin la intervención de personal de
la Gerencia de Informática?
3.6
Requerimiento
Nº 13 - B
El componente de monitoreo de la Solución, opera en forma
automática incluyendo la integración con alguna de las herramientas
de monitoreo estándar de mercado que posea el Banco Central de
Chile?
BANCO CENTRAL DE CHILE
122
3.6
Requerimiento
Nº 13 - B
¿Dispone la solución de un “tablero de control” (dashboard) que
permita el seguimiento del procesamiento de las transacciones,
generando alertas ante eventuales problemas en el funcionamiento
de alguno de sus componentes?
3.7 Requerimientos de Licencias Usuarias y Técnicos
3.7
Requerimiento
Nº 14 - A
¿Incluye la propuesta el licenciamiento necesario para la correcta
operación de las cantidades de usuarios, que se indican en la
propuesta?
4 Requerimientos Servicios Tecnológicos
4.1 Servicios de Infraestructura
4.1
Requerimiento
15 –A
¿La propuesta incluye, como una de las actividades iniciales del
proyecto, la entrega por parte del proveedor de los antecedentes y
detalles técnicos necesarios, que le permitan al Banco Central de
Chile elaborar una RFP para la adquisición de la totalidad del
equipamiento para los tres ambientes en la cual operará la Solución,
considerando todos los elementos que ésta requiera?
4.1
Requerimiento
15 -A
¿En la propuesta, viene incluida una estimación del
dimensionamiento de espacio requerido por la Solución,
considerando las características del sistema de almacenamiento que
dispone el Banco?
4.2 Servicios de Software Básico
4.2
Requerimiento
16 -A
¿La propuesta considera como una de las actividades iniciales del
proyecto, la entrega por parte del proveedor de los antecedentes y
detalles técnicos necesarios, que le permitan al Banco Central de
Chile instalar y configurar a nivel de Sistema Operativo, los
ambientes de Producción (en ambos sitios), Pruebas y Desarrollo,
de manera de asegurar el correcto funcionamiento de la Solución?
4.2
Requerimiento
16 -B
¿Incluye la propuesta todos los servicios de instalación,
configuración y certificación del correcto funcionamiento de las
bases de datos, en dependencias del Banco Central de Chile, para
los ambientes de Producción (en ambos sitios), Pruebas y
Desarrollo?
4.2
Requerimiento
16 -C
¿Incluye la propuesta la confección y entrega de toda la
documentación asociada a los procedimientos de instalación del
software básico, la cual deberá ser aceptada por el Banco, previa a
la recepción conforme del servicio?
4.3 Servicios de Instalación de la Solución
BANCO CENTRAL DE CHILE
123
4.3
Requerimiento
17 -A
¿Incluye la propuesta un cronograma de trabajo detallado,
indicando cada una de las etapas del proyecto, su tiempo de
duración y los recursos involucrados, tanto por parte del proveedor
como los que éste requiera por parte del Banco Central de Chile,
detallando como mínimo las siguientes actividades dentro del plan
de trabajo:
Instalación de SW Básico
Instalación de la Solución
Capacitación Técnica y Funcional
Plan de Pruebas Técnicas, incluyendo pruebas de Stress
Plan de Pruebas de Usuario
Plan de Certificación de Seguridad
Puesta en Producción
Marcha Blanca
Período de Garantía
4.3
Requerimiento
17 -B
¿Incluye la propuesta la revisión detallada de los requerimientos
técnicos especificados en estas bases, su validación y preparación
de documentación, la cual deberá ser validada y aprobada por el
Banco Central de Chile antes de continuar con la etapa siguiente del
proyecto de ser necesario?
4.3
Requerimiento
17 - C
¿Incluye la propuesta todas las actividades necesarias para dejar
operativa la Solución, en dependencias del Banco Central de Chile,
en a lo menos los ambientes de producción, pruebas y desarrollo?
4.3
Requerimiento
17 - D
¿Incluye la propuesta todos los servicios necesarios para
configurar la Solución?
4.3
Requerimiento
17 - E
¿Incluye la propuesta una certificación de la Solución que permita
la verificación de los requerimientos funcionales y técnicos por
parte del Banco Central de Chile, incluyendo las Pruebas de Estrés
y certificación de seguridad de la solución?
4.3
Requerimiento
17 - F
¿La propuesta considera como requisito previo al paso a
producción, la transferencia por parte de la empresa proponente al
equipo técnico del Banco Central de Chile, de todos los
conocimientos necesarios para que sea el equipo técnico del Banco
Central de Chile, quién lleve a cabo las actividades del traspaso a
producción de la Solución?
BANCO CENTRAL DE CHILE
124
4.3
Requerimiento
17 - G
¿Incluye la propuesta un período de marcha blanca, posterior a la
Puesta en Producción (Go alive), de 2 meses de duración?
4.3
Requerimiento
17 - G
¿Durante el período de marcha blanca, brinda el proveedor soporte
en las dependencias del Banco Central de Chile con un profesional
Senior, que cuente con conocimientos completos de la Solución, y
pueda efectuar ajustes en caso de ser necesarios?
4.3
Requerimiento
17 - G
¿Incluye además soporte remoto durante este periodo de marcha
blanca?
4.3
Requerimiento
17 - H
¿Incluye la propuesta la elaboración de un plan y procedimientos
de contingencia de la Solución, que considere la conmutación y
retorno entre los sitios de procesamiento, y que garantice la
integridad y completitud de los datos en el menor tiempo posible, en
los siguientes escenarios:
• Inhabilitación del sitio operativo
• Falla de uno o más componentes de la solución
• Alternancia de Sitios?
4.3
Requerimiento
17 - I
¿Considera la propuesta la capacitación sobre todos los ámbitos
técnicos de la Solución, incluyendo administración, mantenimiento,
operación, monitoreo y respaldo, que certifiquen la competencia
del personal del Banco Central de Chile que operará la solución?
4.3
Requerimiento
17 - I
¿Considera la propuesta que toda la capacitación y entrenamiento
en los aspectos funcionales y tecnológicos, así como la
documentación correspondiente, debe ser realizada preferentemente
en idioma Español y en las dependencias del Banco?
4.3
Requerimiento
17 - I
¿Considera la propuesta que el temario de esta capacitación deberá
incluir al menos temas tales como:
Ámbito Técnico:
Configuración e instalación: considerar software
aplicativo, base datos, swift, otros necesarios para el
funcionamiento adecuado de la solución
Parametrización
Administración,
Mantenimiento,
BANCO CENTRAL DE CHILE
125
Operación,
Monitoreo,
Respaldo
Herramientas de apoyo al aplicativo
Diagnósticos preliminares de eventuales fallas o
problemas en la operación
4.3
Requerimiento
17 - I
¿Considera la propuesta que la capacitación deberá abarcar a lo
menos a los roles y perfiles descritos en la siguiente Tabla:
Tabla 1: Tipos de Usuarios concurrentes en la capacitación
Tipo de usuario Cantidad
Ingeniero Sistemas 2
Encargados Desarrollo 2
Arquitectura 2
Seguridad 2
Operadores 2
Control Calidad 2
TOTAL USUARIOS
TÉCNICOS 12
4.3
Requerimiento
17 - I
¿Considera la propuesta que la capacitación deberá abarcar en el:
Ámbito Funcional, al menos los siguientes puntos:
- Curso introductorio al sistema, que haga un
barrido a alto nivel de las principales funciones,
(alrededor de 4 horas)
- Curso de administración de negocios. Dirigido a
aquellos usuarios del BCCh que deben configurar
el sistema para sus operaciones diarias.
- Curso de Negociación. Dirigido a aquellos
usuarios del BCCh que operarán el sistema en
horario de negocio.
4.3
Requerimiento
17 - J
¿Considera la propuesta la elaboración y entrega de
documentación, previo al paso a producción, con el contenido que
exige el Banco Central de Chile en Anexo “Checklist para la
entrega de sistemas a producción”, detallada en el punto Anexo 7 de
las bases?
4.3
Requerimiento
¿Incluye también la entrega de manuales y confección de todos los
procedimientos necesarios para operar la Solución, tanto en régimen
BANCO CENTRAL DE CHILE
126
17 - J como en escenarios de contingencia?
4.3
Requerimiento
17 - J
¿Se detalla en la propuesta que los procedimientos serán
entregados en formato digital, compatible con una herramienta de
modelamiento de procesos que se acuerde con el Banco Central de
Chile?
4.4 Servicios Generales
4.4
Requerimiento
18 - A
¿Incluye la propuesta el detalle del equipo de profesionales con
los cuales abordará las etapas del proyecto, y los recursos que
requiera por parte del Banco Central de Chile?
4.4
Requerimiento
18 - B
¿Incluye la propuesta el currículum de los miembros del equipo
del proyecto, incluyendo experiencia, cursos y certificaciones en
aplicaciones equivalentes?
4.4
Requerimiento
18 - C
¿Incluye la propuesta la siguiente información:
• Cantidad de contratos de mantención vigentes con la Solución
• Cantidad total de proyectos desarrollados para instituciones
financieras con la Solución
• Cantidad total de proyectos desarrollados para Bancos Centrales
con la Solución
• Número de versiones liberadas de la Solución.
• Porcentaje de adaptación que requiere la versión estándar de la
Solución, para cubrir los requerimientos indicados en estas Bases?
4.5 Servicios de Soporte y Mantención
4.5
Requerimiento
19 - A
¿Incluye la propuesta la entrega de upgrade de la Solución, cuando
se liberen nuevas versiones y/o ante cambios originados en la red
Swift?
4.5
Requerimiento
19 - B
¿Incluye la propuesta el soporte y mantención sobre todas las
componentes de software de la solución, sean este software
aplicativo estándar, desarrollos especiales, y configuración de la
base de datos?
4.5
Requerimiento
19 - C
¿Considera la propuesta que deberá considerar la prestación de
Servicios de Soporte y Mantención de la Solución entre las 07:00 a
20:00 horas en horario local CLT y que debe considerar los
cambios de hora en verano y en invierno referidos al TZ Santiago
Chile.?
4.5
Requerimiento
¿Considera la propuesta que si el Banco comunicase una falla fuera
del horario mencionado, y solicitase a “la empresa” prestar los
BANCO CENTRAL DE CHILE
127
19 - C servicios de soporte y mantención, la propuesta deberá considerar la
prestación de dicho servicio a una tarifa que se estipule en el
contrato?
4.5
Requerimiento
19 - D
¿Considera la propuesta un servicio (Help Desk) de soporte para la
administración de incidentes de la Solución, que incluya a lo menos:
1. Registrar los incidentes reportados y su criticidad en la
plataforma que la empresa disponga, asignando un número de
referencia al Banco.
2. Que el Banco reciba una respuesta del soporte técnico dentro de
los siguientes 30 minutos de reportado el incidente.
3. Que la empresa resuelva el incidente de acuerdo a los niveles de
servicios establecidos y detallados en la Tabla 2: Resumen
Criticidad de falla que forma parte de las bases?
4.5
Requerimiento
20 - A
¿Considera la propuesta. la provisión de servicios de consultoría
adicionales por parte proveedor, ya sean remotos o en terreno, a
solicitud del Banco Central de Chile, indicando el valor por hora
hombre de servicio, y en caso que la asesoría incluya servicios en
terreno, ¿se indican los valores de todos los costos asociados (Ej.:
viáticos, pasajes, hotel, etc.)?
4.6 Garantías
4.6
Requerimiento
21 - A
¿Considera la propuesta un periodo de 120 días corridos de
garantía, contados desde el término de la marcha blanca, por todos
los productos y servicios que componen la Solución, sin costo
adicional para el BCCh?
4.6
Requerimiento
21 - A
¿La propuesta confirma que la garantía deberá ser renovada
sucesivamente por períodos similares al original, en caso de fallas
en la Solución durante su período de vigencia?
BANCO CENTRAL DE CHILE
128
ANEXO C.3
MODELO DE PODER ESPECIAL PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
PODER ESPECIAL
LIMITED POWER OF ATTORNEY
En [lugar de otorgamiento], en la fecha
indicada más abajo y ante el Notario que
autoriza este instrumento, comparece don
[nombre del representante], pasaporte de
[país] número [número de pasaporte], en
representación de [compañía], una
sociedad constituida y válidamente
existente bajo las leyes de [país], en
adelante el "Mandante", domiciliado en
[dirección], quien expone:
In [place of execution], on the date indicated
hereinbelow and before the Notary Public
who certifies this instrument, there appears
Mr. [name of representative] passport from
[country] number [number of passport], on
behalf of [company], a company duly
established and validly existing under the
laws of [country], hereinafter the
"Principal", domiciled at [Address], who
states:
Que por el presente instrumento designa
como mandatarios y otorga poder especial
al [los] señor[es] [ ], en adelante
conjuntamente referidos como el [los]
"Mandatario[s]", a fin de que éste [éstos],
actuando [en forma conjunta o] individual
[y separadamente], lo ejercite[n] a nombre
y en representación del Mandante, en la
República de Chile, con las siguientes
facultades:
Suscribir todos los instrumentos públicos o
privados y celebrar todos los contratos que
sean necesarios y sus modificaciones, en
Chile o para producir efectos en Chile,
relacionados con la cotización privada
efectuada por el Banco Central de Chile.
El mandato incluye la facultad de celebrar
contratos de transacción sobre todos los
derechos y obligaciones que puedan
emanar respecto del mandante de la
cotización privada antedicha.
That he hereby constitutes and appoints as
the Principal's true and lawful attorneys and
confer this special power of attorney to Mr.
[Messrs.] [_______________], hereinafter
jointly referred to as the "Attorney[s]", in
order for [him/her] [each of them], acting
[jointly or] severally and independently [of
the other], in the name and on behalf of the
Principal, may exercise it in the Republic of
Chile with the following authorities:
Execute all public or private instruments and
enter into all agreements necessary and its
amendments in Chile or to have effect in
Chile, regarding the Central Bank of Chile’s
private invitation to tender. It also empowers
the Attorney[s] to execute settlement
agreements regarding rights and duties
arising out of the referred private invitation
to tender.
El Mandante declara y garantiza que es
una entidad debidamente constituida y
válidamente existente de acuerdo con las
leyes de su lugar de constitución, con la
autoridad que se requiere para designar a
los Mandatarios y que el ejecutivo
The Principal hereby delivering this power
of attorney represents and warrants that it is
duly established and validly existing
pursuant to the laws of its place of
organization, with the authority required to
appoint the Attorneys, and that the corporate
BANCO CENTRAL DE CHILE
129
corporativo cuya firma aparece a
continuación está debidamente autorizado
para formalizar este poder especial.
executive whose signature appears below is
duly authorized to execute this limited
power of attorney.
Fecha de otorgamiento:
Date of execution:
_____________________________
Por
[_________________]
____________________________
on behalf of
[__________________]
************************
************************
El Notario que autoriza el presente poder
certifica que ha tenido a la vista los
documentos que acreditan que la sociedad
otorgante del presente poder se encuentra
debidamente constituida y actualmente
vigente de acuerdo con las leyes de su
lugar de constitución, y que su
representante que comparece tiene
autoridad suficiente para otorgar el
presente mandato.
The undersigned Notary certifies that he has
reviewed corporate documents that evidence
that the company delivering this power of
attorney is duly established and validly
existing in accordance with the laws of its
place of organization, and that its appearing
representative has the appropriate authorities
to execute and deliver this power of
attorney.
___________________________________________________
Firma / Signature
Notario Público / Notary Public
Fecha / Date: __________________________________________
Lugar / Place: __________________________________________
BANCO CENTRAL DE CHILE
130
ANEXO C.4
MODELO DE PODER ESPECIAL PARA LA EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO
DEL CONTRATO
PODER ESPECIAL
LIMITED POWER OF ATTORNEY
En [lugar de otorgamiento], en la fecha
indicada más abajo y ante el Notario que
autoriza este instrumento, comparece don
[nombre del representante], pasaporte de
[país] número [número de pasaporte], en
representación de [compañía], una
sociedad constituida y válidamente
existente bajo las leyes de [país], en
adelante el "Mandante", domiciliado en
[dirección], quien expone:
In [place of execution], on the date indicated
hereinbelow and before the Notary Public
who certifies this instrument, there appears
Mr. [name of representative] passport from
[country] number [number of passport], on
behalf of [company], a company duly
established and validly existing under the
laws of [country], hereinafter the
"Principal", domiciled at [Address], who
states:
Que por el presente instrumento designa
como mandatarios y otorga poder especial
al [los] señor[es] [_______________],
domiciliado(s) en [_________], Santiago
de Chile, en adelante conjuntamente
referidos como el [los] "Mandatario[s]", a
fin de que éste [éstos], actuando [en forma
conjunta o] individual [y separadamente],
lo ejercite[n] a nombre y en representación
del Mandante, en la República de Chile,
con las siguientes facultades:
1. Representar al Mandante con amplias
facultades para los efectos de ser
emplazado por cuenta del Mandante en
todo juicio, litigio, disputa o controversia
de cualquier clase y naturaleza con el
Banco Central de Chile.
That he hereby constitutes and appoints as
the Principal's true and lawful attorneys and
confer this special power of attorney to Mr.
[Messrs.] [_______________], domiciled in
[___________], Santiago de Chile,
hereinafter jointly referred to as the
"Attorney[s]", in order for [him/her] [each of
them], acting [jointly or] severally and
independently [of the other], in the name and
on behalf of the Principal, may exercise it in
the Republic of Chile with the following
authorities:
1. To represent with broad authorities, for
service of process on behalf of the Principal,
with regard to any lawsuit, claim, dispute or
controversy of any type and nature with the
Central Bank of Chile.
2. El Mandante deja expresa constancia
que el poder para que el [los]
Mandatario[s] lo represente[n] ante el
Banco Central de Chile es irrevocable a
menos que el Banco Central de Chile
autorice la sustitución del apoderado.
2. The Principal expressly states that the
power of attorney hereby granted in order to
be represented before the Central Bank of
Chile is irrevocable unless the Central Bank
of Chile authorizes the substitution of the
attorney.
3. El Mandante declara y garantiza que es
una entidad debidamente constituida y
válidamente existente de acuerdo con las
3. The Principal hereby delivering this power of
attorney represents and warrants that it is duly
established and validly existing pursuant to the
BANCO CENTRAL DE CHILE
131
leyes de su lugar de constitución, con la
autoridad que se requiere para designar a
los Mandatarios y que el ejecutivo
corporativo cuya firma aparece a
continuación está debidamente autorizado
para formalizar este poder especial.
laws of its place of organization, with the
authority required to appoint the Attorneys, and
that the corporate executive whose signature
appears below is duly authorized to execute this
limited power of attorney.
4. En caso que el presente mandato
termine por cualquier causa legal válida en
la República de Chile, el Mandante se
obliga a designar un nuevo Mandatario
quien tendrá las mismas facultades del
presente mandato. La nueva designación
deberá ser comunicada al Banco Central
de Chile y no se le será oponible en tanto
no se le acredite la aceptación del nuevo
Mandatario otorgada ante Notario Público.
4. If the power of attorney terminates for any
legal reason in the Republic of Chile, the
Principal shall appoint a new Attorney with
the same authorities herein. The new
appointment shall be informed to the Central
Bank of Chile; and such appointment may
not be enforced against the Central Bank of
Chile until such appointment, granted before
a Public Notary, it is evidenced before the
Bank.
Fecha de otorgamiento:
Date of execution:
_____________________________
Por
[_________________]
____________________________
on behalf of
[__________________]
************************
************************
El Notario que autoriza el presente poder
certifica que ha tenido a la vista los
documentos que acreditan que la sociedad
otorgante del presente poder se encuentra
debidamente constituida y actualmente
vigente de acuerdo con las leyes de su
lugar de constitución, y que su
representante que comparece tiene
autoridad suficiente para otorgar el
presente mandato.
The undersigned Notary certifies that he has
reviewed corporate documents that evidence
that the company delivering this power of
attorney is duly established and validly
existing in accordance with the laws of its
place of organization, and that its appearing
representative has the appropriate authorities
to execute and deliver this power of
attorney.
Firma / Signature
Notario Público / Notary Public
Fecha / Date: __________________________________________
Lugar / Place: __________________________________________
BANCO CENTRAL DE CHILE
132
SECCION N° 2. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2 “OFERTA ECONÓMICA”
El precio ofertado por los Productos y Servicios que componen la Solución, deberá
presentarse de acuerdo a lo requerido en el numeral 6 de la Bases de Licitación y ajustarse
estrictamente al siguiente formato tipo de presentación de la Oferta Económica. La Oferta
Económica deberá ser PURA y SIMPLE, de tal manera que sólo se indique el precio
ofertado por los productos detallados, sin incorporar observaciones o condiciones
adicionales respecto de la oferta presentada.
Los valores presentados en la Oferta Económica deberán ser expresados en dólares
americanos
Tabla N°1: Productos de Software
Ítem Descripción del componente Cantidad
Precio
Unitario
US$
Precio
Total
US$
Licencias de Software Aplicativo para los ambientes de
Producción, Pruebas y Desarrollo (considera su
actualización para el primer año)
Otras: detallar si corresponde.
Tabla N°2: Servicios de Implementación
Ítem Descripción del componente
Precio
Total US$
Servicios de Implementación de la Solución. Incluye:
instalación, configuración, desarrollo, marcha blanca,
garantía y capacitación.
Tabla N°3: Servicios de Soporte y Mantención
Ítem Descripción del componente Precio Mensual US$
Valor mensual de los Servicios de Soporte y Matención de la
SOLUCIÓN (incluye Actualización de Licencias y desarrollos)
Valor mensual de los Servicios de Soporte y Matención aplicable
para cada mejora o desarrollo adicional futuro (expresado en
términos porcentuales sobre el valor de desarrollo de cada mejora)
____%
BANCO CENTRAL DE CHILE
133
VALORES UNITARIOS POR PRODUCTOS O SERVICIOS ADICIONALES:
Tabla N°4: Productos de Software Aplicativo
Para efectos de eventuales modificaciones que signifiquen adquirir licencias adicionales en
el transcurso de la implementación o durante la vigencia del contrato de soporte y
mantención, se utilizarán los siguientes valores unitarios de las licencias:
Ítem Descripción del componente Cant.
Precio
Unitario
US$
Precio
Total US$
Licencia adicional de Software Aplicativo 1
Actualización anual para licencia adicional 1
Tabla N°5: Servicios de Asesoría
Para efectos de eventuales mejoras, desarrollos adicionales o modificaciones que sean
necesarias realizar en el transcurso de la implementación de la Solución o durante la
vigencia del contrato de mantención y soporte, se utilizarán los siguientes valores unitarios
de las horas de ingeniería:
Ítem Descripción del componente Cant.
Precio
Unitario
US$
Precio
Total US$
Valor por hora hombre de asesoría en el uso
del Software Aplicativo y desarrollo de
mejoras
1
hora
Los siguientes valores se informarán en forma referencial y serán los que el Banco considerará
en caso de necesitar servicios adicionales o futuros por parte de la Empresa en las dependencias
del Banco.
Descripción de los Servicios Valor de los
Servicios US$
Tarifa por día/consultor
Pasajes aéreos por Consultor
Costos de estadía por consultor/día
Notas:
1) Los precios ofertados por la Empresa comprenden todo impuesto, derecho, arancel,
permiso, comisión, remuneración, estipendio u honorario y, en general, toda suma o gasto
que sea necesaria para proveer los Productos y Servicios al Banco, en el interior de sus
recintos y en las fechas que éste indique, de forma tal que ninguna otra suma deba ser
pagada por el Banco por el suministro de los Productos y Servicios a que este proceso de
licitación se refiere. Serán de cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y
pagaderos en Chile.
BANCO CENTRAL DE CHILE
134
2) La oferta Económica considera todas las condiciones técnicas y administrativas señaladas
en las Bases de Licitación y sus Anexos, y en particular, todas las condiciones señaladas en
el Anexo B de las Bases de Licitación.
EMPRESA: ……………………………………………….…………………………………
REPRESENTANTE ANTE LA PROPUESTA: …………………………………………
FIRMA: ……………………… FECHA: ………………………
BANCO CENTRAL DE CHILE
135
ANEXO D
CONTRATO
PROVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA SOLUCIÓN
En Santiago de Chile, a entre el BANCO CENTRAL DE CHILE, organismo autónomo de
derecho público, RUT 97.029.000-1, en adelante el “Banco”, representado en este acto por doña MARIA
INES URBINA DE LUIGGI, Gerente de Servicios Logísticos y don [……………….], Gerente de
[…………..], todos domiciliados en Agustinas N°1180, Santiago, por una parte, y por la otra, la empresa
[…………….], domiciliada en […………….], en adelante la “Empresa”, representada en este acto por su
apoderado don [……………….], ambos domiciliados, para estos efectos, en [……………….], Santiago,
Chile, se ha convenido el siguiente contrato:
PRIMERO : Objeto del Contrato.
Por el presente instrumento el Banco contrata con la Empresa la provisión e implementación de la Solución
[………………]. En adelante, los productos de software asociados a esta Solución, se mencionarán como
“los Productos”, los servicios de horas hombre de asesoría necesarios para su implementación (instalación,
configuración, desarrollo, integración, etc.) y capacitación, como “los Servicios” y al conjunto de Productos
y Servicios, como “la Solución”.
Los Productos y Servicios se proveerán de acuerdo a las condiciones que se establecen en las cláusulas
siguientes; en las bases de licitación de fecha […………………]; en el proceso de consultas de fecha
[……………]; en la oferta de fecha [……………….] presentada por la Empresa conforme ésta fue aceptada
por el Banco; y en los Anexos que a continuación se detallan, los que debidamente firmados por las partes, se
consideran formar parte integrante del presente Contrato, para todos los efectos legales:
Anexo D.1: Precios y Tarifas de los Productos y Servicios
Anexo D.2: Especificaciones Técnicas
Anexo D.3: Carta Gantt
Anexo D.4: Estructura Societaria de la Empresa
Anexo D.5: Proceso de Recepción Conforme
Anexo D.6 Condiciones de Seguridad para Empresas Externas y su Personal
SEGUNDO : Precios de los Productos y Servicios.
El Banco pagará a la Empresa por la provisión de los Productos y la prestación de los Servicios los precios y
tarifas que se detallan en el Anexo D.1 de este contrato.
Cualquier variación en el precio de los Servicios estará sujeta a las modificaciones que se acuerden entre las
partes, respecto de las especificaciones de los Servicios establecidas en el Anexo D.2. En todo caso, cualquier
aumento en el precio de los Servicios no podrá exceder de la tarifa por honorarios por día/consultor de [……]
establecida para este proyecto.
Los precios comprenden todo impuesto, derecho, arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u
honorario y, en general, toda suma o gasto que sea necesaria para proveer los Productos y Servicios al
Banco, en el interior de sus recintos y en las fechas acordadas, de forma tal que ninguna otra suma deba ser
pagada por el Banco por el suministro de los Productos y Servicios a que este Contrato se refiere. Serán de
cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile por concepto del presente
contrato.
BANCO CENTRAL DE CHILE
136
TERCERO : Forma de pago
El Banco pagará el valor de los Servicios y Productos señalados en la cláusula precedente, de acuerdo al
siguiente detalle:
[detalle de la forma de pago, según lo establecido en el numeral 12.1 de las bases de licitación]
Para los efectos de los pagos señalados precedentemente, la Empresa deberá enviar al Banco la factura
correspondiente, una vez que éste otorgue su recepción conforme a los productos recibidos y/o Servicios
ejecutados, de conformidad a lo dispuesto en la cláusula sexta “Recepción Conforme”. Dicha factura deberá
enviarse a la siguiente dirección:
Señores
Banco Central de Chile
Morandé N°115, Piso 3°
Santiago
Chile.
Una vez recibida y aprobada la factura por parte del Banco, ésta será pagada dentro de los 15 días corridos
siguientes a la fecha de su aprobación, mediante un depósito o transferencia bancaria a la cuenta que la
Empresa haya especificado para estos efectos.
CUARTO : Especificaciones técnicas de los Servicios y Productos
La Empresa se obliga a proveer los Productos y prestar los Servicios objeto del presente contrato, conforme a
las características y especificaciones técnicas y funcionales establecidas en el Anexos A.2 del presente
documento.
QUINTO : Plazos de ejecución y multas o deducciones
La Empresa deberá proveer, implantar y habilitar la Solución de acuerdo con las modalidades y condiciones
establecidas en el presente contrato, y deberá ejecutarse conforme con los plazos máximos comprometidos
por la Empresa y conforme a las actividades definidas en la Carta Gantt acordada, la cual se detalla en el
Anexo D.3 del presente Contrato. En todo caso, y por razones fundadas, dichos plazos podrán ser
modificados de común acuerdo entre las partes, dejándose constancia escrita de toda modificación que se
acuerde.
Hasta la Recepción Conforme, la Empresa deberá entregar al Banco mensualmente informes sobre el avance
de los servicios y el cumplimiento de los plazos convenidos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco estará facultado para aplicar a la Empresa una multa del 0,5% del Precio
Total del contrato de Provisión e Implementación de la Solución por cada siete días corridos de atraso, por
causas imputables a la Empresa, respecto de los plazos comprometidos para el término de cada uno de los
hitos definidos para la provisión, implantación y habilitación de la Solución. Estas multas constituirán la
única y total indemnización a que tendrá derecho el Banco por atrasos imputables a la Empresa. En el caso
que la Empresa haya incurrido en atrasos en el cumplimiento de algún hito y que este tiempo de atraso haya
sido recuperado en hitos posteriores, el Banco rebajará, proporcionalmente al tiempo recuperado, la multa
determinada. En todo caso, las multas, si las hubiere, sólo se harán efectivas en forma no acumulativa, por el
atraso que subsista al momento de completar el correspondiente hito, debiendo descontarse del respectivo
valor a pagar por el Banco a la Empresa, el monto equivalente a las multas que procedan. Asimismo, si la
Empresa cumpliere oportunamente el hito de Recepción Conforme y el hito del término del período de
BANCO CENTRAL DE CHILE
137
garantía de 120 días y sus prorrogas si las hubiere (contado desde el día en que efectivamente se dio término
exitoso al periodo de marcha blanca) , respectivamente, el Banco no aplicará multa alguna a la Empresa.
El presente Contrato se mantendrá vigente mientras permanezcan pendientes de cumplimiento las
obligaciones contenidas en éste y sus anexos, obligaciones que se darán por cumplidas una vez que el Banco
haya comunicado la Recepción Conforme Final de los Servicios, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula
octava de término anticipado.
SEXTO : De la Recepción Conforme
La entrega en el Banco de cada uno de los componentes que conforman la Solución, debe ser realizada
dejándose constancia escrita de ello, y se entenderá finalizada cuando el Banco exprese por escrito su
conformidad a la recepción de éstos, una vez revisados y aceptados todos los componentes que conforman la
Solución y la documentación asociada según corresponda. En el Anexo D.5 se detalla el Proceso de
Recepción Conforme que se aplicará a la Empresa para otorgar la correspondiente conformidad por parte del
Banco.
SÉPTIMO : Garantía por fiel cumplimiento de Contrato
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente Contrato, la Empresa
hace entrega en este acto de [una Boleta de Garantía Bancaria emitida a favor del Banco Central de Chile,
pagadera a la vista o Carta de Crédito (Standby Letter of Credit)….] por la suma de [….], equivalente al
15% del valor total del presente contrato, con vencimiento superior en 30 días corridos a la fecha de término
efectivo de la garantía técnica de la Solución comprometida por la Empresa, o de sus prórrogas si las hubiere,
obligándose a prorrogarla, renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las oportunidades que sea
necesario, mientras no se extingan las obligaciones establecidas en el presente contrato. Esta prórroga,
renovación o reemplazo, deberá efectuarse en los mismos términos de la garantía anterior y con al menos 15
días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento de la garantía en poder del Banco. En el evento que la
Empresa no presente la garantía en el plazo señalado, el Banco podrá hacer efectiva la garantía que mantiene
en ese momento en su poder.
En caso que el cronograma de actividades se modifique de común acuerdo entre las partes, y ello derive en
una prórroga, renovación o reemplazo, de la garantía vigente, el monto de esta garantía podrá ser reducido a
una proporción equivalente al 15% del total del valor de la provisión y/o servicios pendientes de entrega. No
obstante, se hace presente que el Banco no devolverá la garantía vigente, en tanto la Empresa no entregue la
nueva garantía.
Una vez otorgada la Recepción Conforme Final de la Solución, entrará en vigencia el contrato de Mantención
y Soporte de la Solución. Al menos con 15 días corridos de anticipación a la entrada en vigencia de dicho
contrato, fecha que será formalizada mediante carta suscrita por la Gerente de Servicios Logísticos del Banco
la Empresa deberá entregar la garantía respectiva por cumplimiento de contrato. En caso de incumplimiento
de esta obligación, el Banco podrá hacer efectiva la garantía a que se refiere el presente numeral, sin perjuicio
de las indemnizaciones a que tenga derecho, que deriven de perjuicios causados por el incumplimiento de la
Empresa.
En caso de incumplimiento de la Empresa de las obligaciones establecidas en este Contrato y en los demás
instrumentos que se entienden formar parte de él, el Banco podrá hacer efectiva la respectiva Garantía, previo
aviso remitido a la Empresa con al menos veinticuatro horas de anticipación.
OCTAVO : Término anticipado del Contrato
BANCO CENTRAL DE CHILE
138
Notificada la ocurrencia de un evento de incumplimiento o falta grave de la Empresa de las obligaciones que
el presente Contrato le impone, y transcurridos tres días hábiles bancarios sin que la Empresa los haya
subsanado a juicio exclusivo del Banco, este último se reserva el derecho a resolver el presente Contrato, y
sin derecho a indemnización a favor de la Empresa.
Se entenderá que dicho evento ha ocurrido, entre otros casos, especialmente cuando la Empresa no ha
cumplido las obligaciones que ha asumido, como también por el incumplimiento de las Especificaciones
establecidas en el Anexo D.2, respecto de los Productos y Servicios que se contrata por el presente
instrumento.
Asimismo, el Banco podrá resolver el Contrato en el evento que la Empresa sea declarada en quiebra, o
presente proposiciones de convenio judicial preventivo, solicite la designación de un Experto Facilitador, se
someta al arbitraje de que tratan los artículos 180 y 184 del Libro IV del Código de Comercio, y cualquier
otra situación que evidencie la notoria insolvencia de la Empresa, se disolviere por cualquier causa legal,
registrare documentos protestados, se encontrare en cesación de pagos, si alguno de sus socios, Directores o
Gerentes fuere sometido a proceso o formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si la Empresa
no diera cumplimiento a las obligaciones previsionales y de seguridad social, laborales y tributarias, en
relación con sus trabajadores destinados a la prestación de los Servicios.
También será considerada como causa de término de contrato, la inexactitud u omisión de las declaraciones
de Confidencialidad y/o de Conflicto de Intereses, señaladas en las Cláusulas respectivas del presente
documento.
La resolución del contrato tendrá efecto ipso facto, para lo cual bastará el despacho por el Banco de una
comunicación escrita, señalando la ocurrencia del evento de incumplimiento y dejando constancia de su
voluntad de resolver el Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco se reserva el derecho de poner término anticipado al Contrato, sin
expresión de causa en cualquier momento, previo aviso por escrito con a lo menos 30 días corridos de
anticipación a la fecha de término deseada, sin derecho a indemnización o retribución alguna. En este caso el
Banco pagará sólo el costo devengado por los Servicios ejecutados y por gastos de viajes y estadías
incurridos por la Empresa hasta la fecha de término dispuesta por el Banco, costo que será determinado de
común acuerdo entre las partes.
En ningún caso, el aviso escrito de término de contrato, libera a la Empresa de su obligación de proveer los
servicios hasta la fecha efectiva de su término.
No obstante lo anterior, todas las obligaciones estipuladas bajo deber de confidencialidad de este contrato
permanecerán vigentes una vez terminado el Contrato por cualquier causa.
NOVENO : Interlocutores
Por el Banco participará un profesional designado por la Gerencia de Informática, quien deberá ser
considerado como Interlocutor Válido en los aspectos técnicos de este contrato. Por otra parte, para los
aspectos funcionales, el Banco designará un profesional de la Gerencia de Mercados Financieros Nacionales.
Asimismo, la Empresa nombrará a un profesional como Interlocutor Válido, quien será considerado como
contraparte técnica válida ante el Banco. Los nombres de los interlocutores se estipulan a continuación, no
obstante, por necesidades operativas del trabajo, para parte o totalidad de los temas de este Contrato, las
partes podrán nombrar en su reemplazo a otros profesionales que cumplan esta labor técnica, para lo cual
sólo bastará una comunicación por escrito de la contraparte, no siendo necesaria la modificación del presente
contrato.
BANCO CENTRAL DE CHILE
139
NOMBRES EN REPRESENTACIÓN DE
Don:
Don:
BANCO CENTRAL DE CHILE
Don: [……………..] EMPRESA
DÉCIMO : Del Personal
La Empresa se compromete a emplear solamente personal que sea plenamente competente y capacitado para
el debido cumplimiento de sus funciones conforme al presente Contrato.
La Empresa ejecutará los Servicios con trabajadores de su dependencia y, por lo tanto, será de su exclusivo
cargo y responsabilidad el cumplimiento estricto de las leyes tributarias, laborales, previsionales y de
seguridad social, especialmente en lo que se refiere al pago de las remuneraciones, gratificaciones, horas
extraordinarias, imposiciones previsionales, seguros de accidentes del trabajo, riesgos por daños a terceros y a
cualquier otra prestación que ésta deba pagar a sus dependientes. La Empresa, contando con la previa
autorización del Banco, podrá prestar los servicios mediante personal externo subcontratado y, en este caso,
será también de su exclusivo cargo y responsabilidad respecto de dicho personal el cumplimiento de las
obligaciones anteriormente referidas respecto del personal de su dependencia.
En el evento que el Banco fuera demandado, multado o sancionado en relación o por causa de algún trabajador
de la Empresa, por algún organismo laboral, previsional o judicial, la Empresa deberá pagar inmediatamente el
monto reclamado e indemnizar al Banco por el valor equivalente al total demandado, multado o sancionado, y
por los costos de su defensa judicial o administrativa, pudiendo el Banco deducir las sumas adeudadas por este
concepto del valor de cualquier pago de los Servicios.
Cuando corresponda, los antecedentes del personal que la Empresa destine a la ejecución de los Servicios en
dependencias del Banco, deberá ser informado en forma previa de la Gerencia de Seguridad del Banco,
evento que deberá ser coordinado a través del Interlocutor Válido del Banco. En estos eventos, en todo lo
relacionado al personal, instalaciones y servicios computacionales, es obligación de la Empresa, que las
partes elevan al carácter de esencial, dar cumplimiento a las Condiciones de Seguridad para Empresas
Externas y su Personal que se adjuntan en el Anexo D.6 de este Contrato.
Toda designación o cambio en el personal asignado a los Servicios deberá ser previamente aprobado por el
Banco, para lo cual la Empresa deberá justificar e informar por escrito con a lo menos 15 días corridos de
anticipación de los cambios que desea realizar a la conformación del equipo de trabajo a cargo del Servicio.
En todo caso el Banco se reserva el derecho de pedir la sustitución del personal asignado sin expresión de
causa, como asimismo impedir su reemplazo sin su consentimiento, en cualquier instante mientras se
encuentre vigente el Contrato.
UNDÉCIMO : Confidencialidad
El artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional que rige al Banco Centra de Chile establece la obligación de
reserva aplicable a esta Institución. Por consiguiente, queda expresamente establecido que todos los
documentos e información proporcionada a la Empresa o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la
ejecución del presente Contrato, por la naturaleza legal de la misma, tienen el carácter de confidencial y
reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose por lo tanto la
Empresa a mantener bajo reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos en este Contrato, y a
no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de
BANCO CENTRAL DE CHILE
140
cualquiera otra manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de
Chile. La Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del Banco
Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro
antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios,
investigaciones o proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente
declaración.
De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente
referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del Contrato llegare
a conocer, entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del concepto “información confidencial o
reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que dejen de tener este carácter por
haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá entre las partes, aún después de finalizada la
ejecución de los Servicios y por un plazo de 4 años contado desde dicha fecha.
La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus trabajadores o de las
personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el período de vigencia del Contrato y por el
plazo de cinco años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque tales personas observen la
obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las instrucciones y adoptando
todas las medidas que fueren necesarias.
Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta
contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su
política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con
cualquier norma legal. La Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al
Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las ofertas
recibidas y de la Orden de Compra o Contrato que se suscriba, según corresponda.
Finalmente, en caso que un tercero solicite información proporcionada por la Empresa al Banco, este último
notificará a la Empresa tal requerimiento en los términos y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20
de la Ley N° 20.285.
DUODÉCIMO : Cumplimiento de Leyes, Ordenanzas y Disposiciones
La Empresa será responsable de cumplir con todas las leyes, ordenanzas y disposiciones gubernamentales
vigentes y liberará al Banco de todas las responsabilidades y daños que pueda producir el incumplimiento de
las mismas.
DECIMOTERCERO : Responsabilidad por Violaciones de Patentes y/o Derechos de Autor
La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de propiedad intelectual y/o
industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este Contrato, y de los productos
y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones
que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los subcontratistas empleados; se
extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos
otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco)
años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.
En caso que el Banco sea notificado de cualquier demanda, acción o reclamación a los derechos referidos en
el párrafo anterior, el Banco notificará prontamente tal circunstancia a la Empresa a fin de que ésta pueda
intervenir en el proceso respectivo en el carácter de tercero coadyuvante. En todo caso, cualquier transacción
que pueda convenir el Banco con el demandante o reclamante y cuyo pago, en definitiva, deba ser soportado
por la Empresa, deberá contar previamente con el acuerdo de esta última.
BANCO CENTRAL DE CHILE
141
DECIMOCUARTO : Conflicto de Intereses
La Empresa declara que no tiene otros intereses comprometidos en la prestación de los servicios motivo de
este Contrato, como tampoco personas dependientes de la Empresa relacionadas con el Banco, por lo que
asume las responsabilidades legales consecuentes, en caso de inexactitud de tal declaración. Dicha declaración
es considerada por el Banco una condición esencial y determinante en la celebración del presente Contrato y su
infracción producirá la resolución ipso facto del mismo.
Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que
intervenga o actúe, directa o indirectamente, en representación de la Empresa, un funcionario del Banco, su
cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o Empresas
en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un
5% o más de su capital o las sociedades o Empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea
director o dueño directo o indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del
Banco actúe como representante, o cualquier otra situación que igualmente pueda considerarse como
constitutiva de conflicto de intereses para el presente Contrato, entendiéndose por tales todas aquéllas que
pudieron haber influido en la decisión del proceso de cotización del cual deriva el presente Contrato. De
igual manera, se considera que existe conflicto de intereses si en la prestación del Servicio se desempeñaran
ex funcionarios o ejecutivos del Banco, o personas vinculadas a éstos en la forma antes indicada respecto de
funcionarios en actual desempeño, obligación que tendrá aplicación respecto de aquellas personas que hayan
dejado de prestar servicios dentro del plazo mínimo de 5 años contado desde el otorgamiento de la presente
declaración.
La Empresa se obliga a declarar por escrito al Banco cualquier conflicto de intereses que se presente con
posterioridad a la fecha de otorgamiento del presente Contrato; y acepta que, ante dicha situación, el Banco
evalúe las circunstancias que configuren el conflicto de intereses respectivo, pudiendo a su arbitrio poner
término anticipado al Contrato o perseverar en él.
DECIMOQUINTO : Otorgamiento de la licencia y derechos sobre el Producto
Por el presente acto, la Empresa otorga al Banco licencias intransferibles y no exclusivas para utilizar la
versión actual ejecutable de los Productos, en una configuración que permita un adecuado funcionamiento en
los equipos de producción, respaldo y entrenamiento del Banco. Asimismo, la Empresa se obliga a entregar al
Banco la Documentación necesaria para la adecuada utilización del Producto y le confiere además al Banco el
derecho de utilizar, imprimir y copiar dicha Documentación.
La licencia que se otorga por el presente Contrato es necesaria para el uso de la versión actual del Producto y
de sus futuras actualizaciones, como asimismo para la utilización de la Documentación y para proceder con la
capacitación, implementación, pruebas, respaldo y con los fines productivos establecidos en este contrato y en
sus Anexos.
El Banco no podrá vender, otorgar sublicencias ni conceder a terceros ningún derecho sobre el Producto, la
Documentación o cualquier información relativa al Producto. Salvo los derechos que por el presente contrato
se otorgan al Banco para utilizar el Producto y la Documentación, la Empresa no transfiere al Banco ningún
derecho sobre el Producto o la Documentación tales como derechos de propiedad, derechos de autor, patentes
ni ningún otro derecho de propiedad intelectual.
DECIMOSEXTO : Garantías
BANCO CENTRAL DE CHILE
142
A. Garantía del Producto. La Empresa garantiza que el Producto, así como las actualizaciones y nuevas
versiones del mismo que la Empresa entregue al Banco en virtud del presente contrato, desempeñarán en todos sus
aspectos las funciones esenciales para las cuales son provistos y que se especifican en el Anexo E.1, siempre que
éste sea operado de conformidad con la Documentación y en una Plataforma Idónea. Esta garantía exigirá que la
Empresa corrija todos los errores del Producto reproducibles por el Banco u otorgue una solución alternativa
provisoria, en tanto corrija en forma definitiva el error.
B. Garantía de los medios. La Empresa garantiza que los medios en los que entregue el Producto al Banco
estarán libres de defectos de materiales y de mano de obra, por un plazo de 90 días corridos contados desde la
puesta en producción del Producto, siempre que dichos medios se utilicen adecuadamente. Esta garantía exige que
la Empresa sustituya los medios defectuosos.
C. Garantía contra virus e inhabilitación de códigos. La Empresa garantiza que hará uso de medios técnicos
razonables para detectar cualquier virus informático. La Empresa también garantiza que el Producto entregado no
contiene ningún virus ni ningún código, rutina o dispositivo informático (que no sean los establecidos en la
Documentación) destinado a desactivar, dañar, dificultar, borrar, inhabilitar o recuperar electrónicamente los
Programas o cualquier otro programa de computación o dato informático. Esta garantía exigirá que la Empresa
sustituya las copias afectadas del Producto que estén en poder del Banco por copias que no contengan dichos virus
o código inhabilitante. Asimismo, la Empresa deberá eliminar los efectos de dichos virus, si los hubiere, en el
Producto.
D. Garantías de algunos Programas Adicionales. El Banco podrá utilizar las garantías de los contratos de
servicios e indemnizaciones por infracción de terceros respecto de Programas Adicionales desarrollados por
terceros distintos de la Empresa, en los términos establecidos en dichas garantías. En caso de que los Programas
Adicionales impidan que el Producto desempeñe las funciones descritas en la Documentación, cuando funcione en
una Plataforma Idónea, la Empresa deberá brindar al Banco una solución, que podrá incluir, de común acuerdo
entre las partes, la sustitución, sin cargo adicional para el Banco, de los Programas Adicionales por Programas
Adicionales sustitutivos que tengan una funcionalidad sustancialmente equivalente.
E. Garantías de la Propiedad Intelectual. La Empresa declara y garantiza que tiene el derecho de otorgar
licencias para la utilización del Producto. La Empresa también declara y garantiza que, a su leal saber y entender,
el presente Contrato no constituye una infracción de ninguna patente, derecho de autor, secreto comercial u otro
derecho de propiedad de un tercero.
En virtud de lo anterior, la Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de
propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este
Contrato, y de los productos y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad
comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los
subcontratistas empleados; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de
indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas
violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco) años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.
DECIMOSÉPTIMO : Custodia de Código Fuente
Las partes convienen mantener bajo custodia de [ ], sin costo para el Banco, una copia del código fuente
del software de aplicación licenciado en el Banco. Para ello, previo a la Recepción Conforme, se suscribirá un
Acuerdo de Custodia con [ ], que señale que el Banco podrá acceder al código fuente, solamente en el
caso que la Empresa no provea el Servicio de Mantención del Sistema, en la medida requerida por el Banco
para su funcionamiento, por las razones invocadas en el Acuerdo de Custodia indicado, y bajo las
condiciones de confidencialidad fijadas en este contrato. Ante la ocurrencia de alguno de estos hechos, se
libera al Banco de acciones legales que pudiesen iniciarse en su contra por el uso de la propiedad intelectual
del código fuente.
BANCO CENTRAL DE CHILE
143
El Banco se obliga a utilizar cualquier código fuente de los Productos bajo licencia únicamente para mantener
los Productos bajo licencia y no de otro modo y con pleno cumplimiento a las obligaciones de
confidencialidad y demás restricciones que el Contrato impone al Banco.
DECIMOCTAVO : Responsabilidad de la Empresa.
La Empresa se compromete a responder ante el Banco de todo daño, perjuicio, deterioro, pérdida o extravío
de artículos y equipos del Banco, que se originen en las dependencias del Banco y que ocurran en horas en
que la Empresa presta los Servicios y que sean debidamente comprobados de responsabilidad de su personal,
originados por cualquier razón o motivo.
DECIMONOVENO : Cesión del contrato y Subcontratación.
La Empresa no podrá ceder o traspasar el presente Contrato o sus obligaciones bajo forma o título alguno, ni
tampoco subcontratar, salvo que el Banco consienta en ello expresamente y por escrito.
VIGÉSIMO : Modificación de Condiciones
El Banco y la Empresa, acuerdan que toda intención de modificación a los Servicios comprometidos y a los
términos señalados en las cláusulas del presente contrato y sus anexos, deberán comunicarse por escrito, todo
esto, como requisito preliminar para convenir por las partes un eventual cambio de las condiciones pactadas
en el presente contrato.
VIGÉSIMO PRIMERO : Cambio Estructura Societaria
Durante la vigencia del presente contrato, la Empresa se obliga a informar al Banco, cualquier cambio en la
estructura societaria o de propiedad de la Empresa, lo cual deberá informarlo, en un plazo no superior a los
30 días corridos siguientes a la fecha en que se haya formalizado el respectivo cambio debiendo acreditarlo
mediante la documentación legal correspondiente, actualizando la información declarada en el Anexo D.4.
VIGÉSIMO SEGUNDO : Legislación Aplicable y Domicilio.
El presente Contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos
legales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de Santiago.
VIGÉSIMO TERCERO : Arbitraje
Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación, interpretación,
cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución del presente Contrato, será resuelta en forma breve y
sumaria por un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de Derecho en cuanto al fallo,
en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a excepción del recurso de queja y el de
casación en la forma por ultrapetita e incompetencia del Tribunal. Dicho árbitro mixto será designado
actuando las partes de común acuerdo. En caso de no producirse acuerdo, su designación, en calidad de
árbitro de Derecho y de única instancia, será efectuada por la Justicia Ordinaria, debiendo tal designación
recaer en un abogado que, en calidad de profesor titular o adjunto, haya desempeñado la cátedra de Derecho
Civil o Derecho Comercial por al menos cinco años consecutivos, ya sea en la Pontificia Universidad
Católica de Chile o en la Universidad de Chile, o se haya desempeñado como abogado integrante en al
menos dos períodos completos en la Excelentísima Corte Suprema.
En todo caso y sin perjuicio de las provisiones de fondos que puedan efectuarse, los gastos ocasionados por
los honorarios del árbitro, mixto o de Derecho, y los del Tribunal, como así también las costas procesales y
BANCO CENTRAL DE CHILE
144
personales causadas en el juicio, serán, invariablemente, de cargo de la parte que resulte vencida, sin que
deba atenderse a la plausibilidad de su defensa.
VIGÉSIMO CUARTO : Representación
La personería de doña María Inés Urbina para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha
15 de noviembre de 2004, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco
Hormazábal, Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago que las partes declaran conocer. La
personería de don […………….] para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha
[…………], otorgada ante el Notario Público de Santiago don [………………], Titular de la […………]
Notaría de Santiago que las partes declaran conocer.
La personería de don [….] para representar a la Empresa consta en escritura pública de fecha [………..]
otorgada ante el Notario Público, don […….], titular de la Notaría […….] que las partes declaran conocer.
VIGÉSIMO QUINTO : Idioma y Ejemplares
El presente Contrato y sus anexos se otorgan en dos ejemplares del mismo tenor y forma, quedando uno en
poder de cada parte. El idioma aplicable al presente Contrato será el español.
MARIA INES URBINA _______________________________
Gerente de Servicios Logísticos Gerente de [_____________]
BANCO CENTRAL DE CHILE BANCO CENTRAL DE CHILE
___________________________________
EMPRESA
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145
ANEXO D.1
PRECIO DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS
[Este Anexo lo conforman los precios y tarifas de los Productos y Servicios de la Solución acordados por las
partes, de acuerdo a los valores ofertados por la Empresa]
ANEXO D.2
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA SOLUCIÓN
[Este Anexo lo conforman las especificaciones técnicas en conformidad al Anexo B de las bases de
licitación]
ANEXO D.3
CARTA GANTT
[Este Anexo lo conforma la Carta Gantt acordada entre las partes]
ANEXO D.4
ESTRUCTURA SOCIETARIA
[Este Anexo lo conforma la estructura societaria declarada por la Empresa]
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ANEXO D.5
PROCESO RECEPCIÓN CONFORME
Generalidades
La Recepción Conforme se entiende como la comunicación escrita y formal de parte del
Banco a la Empresa, dejando constancia que la Empresa cumplió satisfactoriamente con los
servicios que le fueron contratados. El Certificado de Recepción Conforme será emitido por
el Banco una vez que: 1) el Banco verifique sin observación el cumplimiento de los ciclos
de pruebas acordados entre la empresa y el Banco; 2) que se haya cumplido
satisfactoriamente con la Auditoría de Seguridad contratada por el Banco a un tercero a su
elección (en el caso que el Banco hubiere decidido realizarla); 3) que se haya realizado la
capacitación; y 4) que la Empresa haya suscrito el Acuerdo de Custodia correspondiente.
Este requisito de Recepción Conforme, será necesario para proceder con el pago asociado a
este hito de actividad.
Las actividades asociadas a la Recepción Conforme, deberán ser previamente planificadas
y acordadas entre las partes, para lo cual la Empresa deberá avisar al Banco por escrito con
quince (15) días corridos de anticipación (o aquel otro plazo de notificación que pudiera
convenirse por escrito) la fecha en que se iniciarán las Pruebas de Recepción en el Banco.
Propósito
Probar la correcta instalación y operación de la Solución en ambiente de pruebas del Banco
Central.
Las Pruebas de Recepción comprenderán la realización de análisis y verificaciones
destinadas a establecer el correcto funcionamiento de la Solución considerando su
implantación y habilitación.
Alcance
Los componentes bajo prueba son:
- Software SOMA
- Comunicación de Software SOMA con Depósito de Valores a través de Red SWIFT
- Comunicación de Software SOMA con sistemas internos BCCh
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- Documentación Software SOMA
Las pruebas serán ejecutadas con la participación de cuatro Instituciones Financieras y el
Banco comunicándose vía redes de prueba y entrenamiento SWIFT y Red privada BCCh.
Criterio
Los ciclos de prueba a ejecutar serán acordados y documentados entre la empresa y el
Banco Central, previo al inicio de la etapa de Recepción conforme. El Banco ejecutará las
plantillas de pruebas acordadas previamente con la empresa, y una vez finalizada su
ejecución con resultado exitoso, el Banco otorgará a la empresa la recepción conforme.
Si en cualquier Prueba de Recepción, la Solución no cumpliera con los criterios de
aceptación acordados para esas Pruebas de Recepción, el Banco deberá notificar por escrito
a la Empresa dentro de diez (10) días corridos contados desde el final de esa Prueba de
Recepción, especificando los problemas que haya detectado. En este caso, la Empresa
deberá corregir esos problemas y repetir las Pruebas de Recepción. Este procedimiento se
prolongará hasta que la Empresa haya cumplido con los criterios para la aceptación de cada
Prueba de Recepción. Lo anterior es sin perjuicio de las multas establecidas para el caso en
que el plazo comprometido para obtener la Recepción Conforme no sea cumplido
oportunamente, por causas atribuibles directamente a la Empresa.
Responsabilidad
La Empresa y el Banco planificarán y prepararán los ciclos de prueba de Recepción
Conforme, siendo el Banco quien las ejecutará. El Banco procurará la disponibilidad de los
Bancos participantes, de la Red Swift y de la Red privada BCCh. Una vez finalizados los
ciclos de prueba, el Banco analizará los resultados y otorgará su conformidad por escrito
si cumplen con los criterios de aceptación definidos en la plantillas de los casos de pruebas
acordados.
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ANEXO D.6
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EMPRESAS EXTERNAS Y SU PERSONAL
Es obligación de la Empresa dar cumplimiento a las normas que a continuación se señalan, para cuyos efectos
informará a su personal asignado a la prestación del Servicio. Se entiende que la Empresa ha informado
debidamente de las siguientes disposiciones a dicho personal por el solo hecho de incluirlo en una nómina de
personal informada al Banco de conformidad a lo establecido en la cláusula octava del Contrato:
a) Salvo autorización expresa y específica del Banco no se encuentra permitido el ingreso de dispositivos de
grabación magnética, óptica o cualquier otro similar, como Disketeras externas, Pen-Drives, grabadores
de CD Externos, grabadoras, filmadoras, equipos de video, computadores de cualquier tipo, etc.
b) Salvo autorización expresa y específica del Banco no se encuentra permitido el ingreso con bolsos,
maletas, maletines o cualquier medio para transporte de especies.
c) Salvo autorización expresa y específica del Banco no se encuentra permitido operar, intervenir, activar o
desactivar maquinarias, equipos o sistemas.
d) Si el Banco proporcionara cuentas de correos electrónicos individuales y/o acceso a Internet a la Empresa
para el otorgamiento del Servicio, éstas serán destinadas exclusivamente a facilitar el desempeño de las
labores asociadas al Servicio. El Banco prohíbe expresamente utilizar dichos correos electrónicos para
cualquier comunicación no relacionada en forma directa con el desempeño y cumplimiento del Servicio.
e) No se encuentra permitido a las Empresa externas y a su personal utilizar el nombre del Banco, en
cualquier actividad de tipo particular que se lleve a cabo en cualquier medio, escrito u oral.
f) Entre otros hechos se considerará incumplimiento grave de las obligaciones de la empresa alterar o
destruir libros o documentos de importancia, o causar daño o alteraciones de datos, en archivos
magnéticos y sistemas computacionales.
g) Si la Empresa debe ejecutar los trabajos o servicios contratados por el Banco mediante personal que
concurra para ello a los recintos de éste, de acuerdo a lo establecido en la cláusula décima del Contrato
deberá informar las nóminas de personal, con 7 días corridos de anticipación, a través de la Unidad
Usuaria responsable del Servicio o trabajo.
Las nóminas de personal de la empresa deberán individualizarlos e identificarlos con los siguientes datos:
- Todos los nombres y apellidos
- Cédula de identidad
- Dirección
- Profesión u oficio
Las nóminas aprobadas tendrán una vigencia de 90 días corridos, las que deberán ser actualizadas antes
de su vencimiento. La renovación de la aprobación deberá ser solicitada por la Empresa con 15 días
corridos de anticipación. En el caso de las empresas de mantención, con contrato anual renovable, la
renovación de la aprobación deberá obtenerse por la Empresa cada 365 días corridos.
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h) Al personal de la Empresa que deba concurrir al Banco para la prestación del Servicio se le entregará una
credencial de acceso, emitida por la Gerencia de Seguridad, que incluirá fotografía, nombre, apellidos,
cédula de identidad y nombre de la empresa a la cual pertenece el trabajador, de carácter personal e
intransferible y que deberá portar en un lugar visible de su vestimenta durante su permanencia en los
recintos del Banco. Dicho personal deberá ingresar por la puerta de calle Morande N°153, a efecto de
llevar un registro efectivo y actualizado de todos los ingresos por este concepto.
El personal de la Empresa que ingrese o se retire de las propiedades del Banco será controlado por
funcionarios de Seguridad que operan en los accesos. El personal de la Empresa deberá facilitar las
inspecciones y/o revisiones de rutina.
La Gerencia de Seguridad podrá revisar las pertenencias del personal de la Empresa cuando éste se retire
del Banco. Se podrá autorizar a la Empresa para que un supervisor de ésta presencie el proceso de revisión.
Toda persona que deba trabajar en horario nocturno, no podrá salir de los recintos del Banco entre las
00:00 y las 6:00 horas para volver a ingresar en ese lapso; es decir, cualquier trabajador que se retire en ese
período no podrá volver a ingresar hasta después de las 6:00 horas, salvo emergencias calificadas.
En el evento que el personal de la Empresa no cumpla las presentes normas internas de seguridad y
prevención de riesgo exigidas por esta Institución, el Banco estará facultado para suspender
transitoriamente, y mediante comunicación escrita, la ejecución de los servicios hasta que la Empresa
cumpla la norma que haya infringido. En este caso, la Empresa no podrá utilizar como razón de no
cumplimiento del plazo comprometido para ejecutar los servicios, el haber sido paralizada temporalmente
dicha ejecución por incumplimiento de alguna norma de seguridad.
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ANEXO E
MODELO DE CONTRATO POR EL SERVICIO DE
MANTENCIÓN Y SOPORTE DE LA SOLUCIÓN
En Santiago de Chile, a entre el BANCO CENTRAL DE CHILE, organismo autónomo de
derecho público, RUT 97.029.000-1, en adelante el “Banco”, representado en este acto por doña MARIA
INES URBINA DE LUIGGI, Gerente de Servicios Logísticos y don [……………….], Gerente de
[…………..], todos domiciliados en Agustinas N°1180, Santiago, por una parte, y por la otra, la empresa
[…………….], domiciliada en […………….], en adelante la “Empresa”, representada en este acto por su
apoderado don [……………….], ambos domiciliados, para estos efectos, en [……………….], Santiago,
Chile, se ha convenido el siguiente contrato:
PRIMERO: Antecedentes
Con fecha …….., el Banco y la Empresa suscribieron un contrato denominado “Contrato de Provisión e
Implementación del Sistema Operaciones de Mercado Abierto (SOMA)”. Para todos los efectos se entenderá
que el contrato señalado en el presente numeral formará parte integral del presente Contrato, en todo lo que
fuere pertinente.
SEGUNDO: Objeto del Contrato.
Por el presente instrumento el Banco contrata a la Empresa la prestación de los servicios de soporte
mantención y actualización para el software asociado a la Solución [………SOMA………] implementada
por la Empresa en el Banco y cuya descripción se detalla en el anexo E2., además de los servicios de asesoría
técnica que el Banco eventualmente requiera para mejorar dicha Solución. En adelante la actualización de las
licencias asociadas a la Solución se mencionará como “los Productos”, los servicios de mantención, soporte
y asesoría técnica, como “los Servicios”. Se entenderá por “Solución” a la aplicación implementada por la
Empresa y que incluye las componentes de Software y todos aquellos desarrollos que hayan sido necesarios
de realizar por parte de la Empresa, para adaptar una solución estándar a los requerimientos específicos del
Banco, los cuales se estipularon en las Bases de Licitación de la cual deriva este contrato.
Los Productos y Servicios, se proveerán de acuerdo a las condiciones que se establecen en las cláusulas
siguientes; en las Bases de Licitación de fecha [………………]; en la oferta de fecha [……………….]
presentada por la Empresa conforme ésta fue aceptada por el Banco mediante carta N° XXX de fecha XXX;
y en los Anexos que a continuación se detallan, los que debidamente firmados por las partes, se consideran
formar parte integrante del presente Contrato, para todos los efectos legales:
Anexo E.1: Tarifas de los Productos y Servicios
Anexo E.2: Especificaciones Técnicas de los Productos y Servicios.
Anexo E.3: Condiciones de Seguridad para Empresas Externas y su Personal
Anexo E.4: Estructura Societaria de la Empresa
Anexo E.5: Procedimiento para la prestación de servicios de mantención.
TERCERO: Precio de los Productos y Servicios.
El Banco pagará a la Empresa por la provisión de los Productos y prestación de los Servicios, las tarifas que
se detallan en el Anexo E.1 de este contrato.
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Tratándose de los servicios de Asesoría técnica, las partes acordarán las tarifas a aplicar, las que en todo caso,
no podrán exceder de la tarifa por honorarios por día/consultor de [……] y gastos de viaje y estadía
detallados en el Anexo E.1.
Los precios comprenden todo impuesto, derecho, arancel, permiso, comisión, remuneración, estipendio u
honorario y, en general, toda suma o gasto que sea necesaria para proveer los Productos y Servicios al
Banco, en el interior de sus recintos y en las fechas acordadas, de forma tal que ninguna otra suma deba ser
pagada por el Banco por el suministro de los Productos y Servicios a que este Contrato se refiere. Serán de
cargo del Banco exclusivamente los impuestos devengados y pagaderos en Chile por concepto del presente
contrato.
CUARTO: Forma de pago
1. La Mantención y Soporte de Licencias (incluye actualización de licencias, servicio de soporte y corrección
de fallas): serán pagadas en cuotas mensuales vencidas, previa recepción por parte del Banco de la factura
correspondiente, y será aplicable a partir del segundo año de contrato, considerando que el valor de compra
de cada licencia incluye su mantención durante el primer año.
2. Asesoría técnica: Si durante la vigencia del presente contrato, el Banco solicitara a la Empresa Servicios de
asesoría técnica para realizar mejoras a la Solución, dichos Servicios se cotizarán previamente y se pagarán
en forma separada e independiente a la Mantención y Soporte, conforme a la tarifa por hora/consultor y
gastos de viaje y estadía establecidos, si estos corresponden y según lo convenido en el correspondiente
proceso de cotización. En ningún caso, el Banco considerará pagos anticipados por estos Servicios, salvo
contra entrega de una Garantía por la suma equivalente al monto anticipado. En este caso, previo a la
facturación, la Empresa deberá contar con la recepción conforme de los Servicios correspondientes, por parte
del Banco. Las condiciones que la Empresa deberá cumplir para recibir la recepción conforme por parte del
Banco, serán convenidas entre las partes, durante el proceso de cotización, previo a su contratación.
Para los efectos de los pagos señalados precedentemente, la Empresa enviará al Banco la factura
correspondiente, a la siguiente dirección:
Señores
Banco Central de Chile
Morandé N°115, Piso 3°
Santiago
Chile.
Una vez recibida la factura por parte del Banco, ésta será pagada dentro de los 15 días corridos siguientes a la
fecha de su aprobación de los servicios prestados, por parte de la Gerencia de Informática del Banco,
mediante un depósito o transferencia bancaria a la cuenta que la Empresa haya especificado para estos
efectos.
QUINTO: Especificaciones técnicas de los Servicios y Productos
5.1 De los Productos y Servicios contrataos
La Empresa se obliga a proveer los Servicios y Productos objeto del presente contrato, conforme a las
características y especificaciones técnicas establecidas en el Anexo E.2 del presente documento.
5.2 Ámbito o alcance del servicio de mantención del software de aplicación.
a) La Empresa prestará los servicios de mantención correctiva del software que se detalla en el Anexo E.2,
BANCO CENTRAL DE CHILE
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servicio que comprenderá la resolución de fallas, entendiéndose por éstas, errores en el Software que
conforma la Solución, con respecto a las especificaciones contenidas en las Especificaciones
Funcionales. .
b) La Empresa deberá actualizar el software que se detalla en Anexo E.2 del presente Contrato, cada vez
que se genere una nueva versión del software de aplicación. Las nuevas versiones podrán incorporar:
i. Correcciones de fallas
ii. Mejoras en el funcionamiento y/o el rendimiento
iii. Los adelantos necesarios para mantener la compatibilidad con las nuevas versiones del
fabricante de hardware, software de bases de datos y otro software asociado a la solución, y
los cambios obligatorios de SWIFT.
iv. Las mejoras para cumplir con la legislación nacional o la normativa del gobierno.
v. Las mejoras y perfeccionamiento de la documentación relacionada, cuando corresponda.
Las versiones que incorporen por lo menos algunos cambios del tipo ii), iii) o iv) se denominarán
Versiones Importantes. Las otras versiones se llamarán Versiones Menores. Las Versiones Importantes
incluirán todas las correcciones al Software de Aplicación que se hayan realizado antes de la fecha tope
de la nueva versión. Las nuevas versiones no significarán eliminar las funciones que ya se habían
entregado al Banco salvo acuerdo de éste.
La Empresa deberá seguir prestando Servicios de Mantención respecto de las Versiones Importantes
anteriores del Software de Aplicación y seguir corrigiendo las fallas de las Versiones Importantes del
Software de Aplicación anteriores, durante un plazo de por lo menos dieciocho (18) meses después que
la Empresa haya producido una nueva Versión Importante.
Si el Banco exigiera que la Empresa preste un servicio de mantención o corrija fallas en una Versión
Importante anterior del Software de Aplicación, después del período de dieciocho (18) meses de la
producción de una nueva Versión Importante, entonces la Empresa estará autorizada a efectuar un cobro
adicional por ese Servicio de Mantención.
La Empresa deberá entregar todas estas versiones en las oficinas del Banco en Santiago, Chile. Las
versiones irán acompañadas por la documentación respectiva en idioma español, que contendrá detalles
de:
i. Las fallas corregidas en la versión
ii. Las nuevas funciones introducidas o modificadas en la versión
iii. Plan de pruebas y certificación
iv. Cualquier otra información necesaria para el uso adecuado de la versión.
5.3 Tipificación de fallas y nivel de servicio
Con objeto de asegurar el nivel de servicio en la atención y respuesta a fallas, se realizará la tipificación de
fallas del Sistema que se indica a continuación:
Crítico: Falla en el sistema que no permite realizar el proceso completo de negocio.
Muy Grave: Es una falla del sistema que restringe realizar el proceso completo de negocio.
Mediana Gravedad: Es una falla del sistema que tiene leve impacto sobre el proceso completo de negocio
Criticidad de
la Falla
Descripción SLA
Crítico
Falla en el sistema que no permite
realizar el proceso completo de
negocio.
4 horas
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Muy Grave
Es una falla del sistema que
restringe realizar el proceso
completo de negocio.
3 días
hábiles
Mediana
Gravedad
Es una falla del sistema que tiene
leve impacto sobre el proceso
completo de negocio.
10 días
hábiles
5.4 Prestación de los Servicios de Mantención y Soporte de Software
Las partes convienen que el procedimiento, los plazos para la toma de conocimiento de la falla reportada y
condiciones para el requerimiento de servicios por parte de “el Banco” y de recepción y atención de los
mismos por parte de “la empresa” (Mantención Correctiva), serán los que da cuenta el Anexo E.5
denominado “Procedimiento para la prestación de servicios de mantención” del presente contrato.
La Empresa deberá considerar la prestación de Servicios de Soporte y Mantención de la Solución entre las
07:00 a 20:00 horas en horario local CLT y que debe considerar los cambios de hora en verano y en
invierno referidos al TZ Santiago Chile. Además, si el Banco comunicase una falla fuera del horario
mencionado, y solicitase a la Empresa prestar los Servicios, la Empresa deberá considerar la prestación de
dicho servicio a la tarifa que se estipule en el contrato, incluyendo además, los desarrollos o mantenciones
futuras que el Banco solicite realizar durante la vigencia de este contrato.
5.5 De las modificaciones y Mejoras a la Solución
Durante la vigencia del presente contrato, el Banco podrá solicitar modificaciones, mejoras o nuevos
desarrollos sobre la Solución implementada por la Empresa, con el objeto de incorporar mejoras funcionales
y/o tecnológicas. Estas modificaciones, mejoras o nuevos desarrollos que el Banco requiera ejecutar deberán
ser dimensionados, en plazo y costo de ejecución, previamente por la Empresa en conformidad con las
tarifas de Horas Hombre de Asesoría técnica pactada para estos efectos. El Banco manifestará por escrito su
conformidad, rechazo o reconsideración al dimensionamiento por parte de la Empresa. Si la propuesta de la
Empresa es rechazada por el Banco, se entenderá que la solicitud ha sido retirada, sin ulterior
responsabilidad para ninguna de las partes.
Cualquier modificación, mejora o nuevo desarrollo que se incorpore a la Solución pasará a formar parte del
presente contrato de manera automática, sin necesidad de suscribir una Adenda al contrato y siendo aplicable
a cada una de estas mejoras todas las condiciones que regulan el presente contrato.
Las partes convienen expresamente que en el evento de incorporar mejoras o nuevos desarrollos a la
Solución, ello implicará un incremento del costo anual del Servicio de Mantención y Soporte de la Solución,
equivalente al [___]% del valor de la mejora o nuevo desarrollo. Este incremento, entrará en vigencia una
vez expirado el periodo de garantía establecido en las condiciones generales de la respectiva solicitud a
través de cual el Banco especifica la mejora o nuevo desarrollo y solicita la propuesta a la Empresa.
SEXTO: Multas
6.1. Conforme a lo establecido en la cláusula 14, punto 2, de la Bases Administrativas se aplicarán multas en
caso que por causas imputables a la Empresa el Servicio no esté disponible, existiendo un período de gracia
de 4 horas.
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6.2. La aplicación de multas se sujetará a la siguiente estructura:
Tramo 1:
La multa corresponderá al 1% del precio mensual del Servicio, por cada período completo de 30
minutos que transcurra a contar del período de 4 horas de gracia en que el Servicio no esté
disponible. Por ende, lo anterior implica que no se aplicará la multa si el problema es resuelto con
anticipación a las primeras 4 horas con 30 minutos, contadas desde que el Banco informe la
ocurrencia de la falla.
Tramo 2: Adicionalmente a lo anterior, entre las 12 y 36 horas posteriores a la interrupción del
Servicio:
La multa corresponderá al 2% del precio mensual del Servicio, por cada período completo de 30
minutos que transcurra a contar de las 12 horas sin disponibilidad del Servicio.
Tramo 3: Adicionalmente a lo anterior, a partir de las 36 horas sin disponibilidad del Servicio,
contadas desde su interrupción:
La multa corresponderá al 3% del precio mensual del Servicio, por cada período completo de 30
minutos que transcurra a contar de las 36 horas sin disponibilidad del Servicio.
Las multas antes señaladas, solo se aplicarán en caso de fallas consideradas para el Banco como críticas.
No se considerarán como fallas, las ocasiones en que se suspenda el Servicio para realizar trabajos de
mantención, siempre que éstos hayan sido acordados previamente con el Banco.
La Empresa no podrá, bajo ninguna circunstancia, discriminar sobre el grado de criticidad que el Banco le
otorgue a un problema o falla.
6.3. Las multas se aplicarán considerando el precio de mantención mensual del software de aplicación.
6.4. Las multas tendrán un límite anual correspondiente al precio anual de los Servicios. En el caso de llegar
al límite anual y que se produzcan nuevas fallas, el Banco no podrá seguir multando a la Empresa, la que en
todo caso, subsanará todas las fallas que se produzcan y seguirá otorgando los Servicios, y cumpliendo con
los niveles de servicio comprometidos en este Contrato.
Esta limitación, no obsta al ejercicio, por parte del Banco, de todos los derechos que le asistan en relación al
respectivo incumplimiento contractual que se derive de la ocurrencia o reiteración de acciones u omisiones
que no den lugar a la aplicación de multas.
6.5. El monto que resulte de aplicar la multa estipulada, se imputará al precio establecido para el Servicio en
el mes correspondiente, para lo cual, la Empresa enviará junto a la factura la Nota de Crédito pertinente. En
caso que la multa exceda la remuneración a pagar del período, el saldo se aplicará en la remuneración de los
períodos siguientes.
SÉPTIMO: Vigencia
El presente contrato tendrá una duración de un año, contado desde la recepción conforme de la Provisión e
Implementación de la Solución, es decir, desde el día ___________, fecha que se especifica en la carta
suscrita por la Gerente de Servicios Logísticos del Banco y que, una vez remitida a la Empresa constituirá,
para todos los efectos legales, el Anexo E.6 de este Contrato.
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Al término del período de 1 año desde la entrada en vigencia del contrato, éste se renovará automáticamente
por otro período de igual duración, con un máximo de nueve renovaciones, a menos que una de las partes
comunique a la otra su intención de no renovarlo, aviso que debe enviarse por escrito con a lo menos 60 días
de anticipación a la fecha de término de su vigencia inicial, o de alguna de sus prórrogas, según corresponda.
OCTAVO: Término anticipado del Contrato
Notificada la ocurrencia de un evento de incumplimiento o falta grave de la Empresa de las obligaciones que
el presente Contrato le impone, y transcurridos tres días hábiles sin que la Empresa los haya subsanado a
juicio exclusivo del Banco, este último se reserva el derecho a resolver el presente Contrato, y sin derecho a
indemnización a favor de la Empresa.
Se entenderá que dicho evento ha ocurrido, entre otros casos, especialmente cuando la Empresa no ha
cumplido las obligaciones que ha asumido, como también por el incumplimiento de las Especificaciones
Técnicas establecidas en los Anexos E.2 y E.5, respecto del servicio que se contrata por el presente
instrumento.
Asimismo, el Banco podrá resolver el Contrato en el evento que la Empresa sea declarada en quiebra, o
presente proposiciones de convenio judicial preventivo, solicite la designación de un Experto Facilitador, se
someta al arbitraje de que tratan los artículos 180 y 184 del Libro IV del Código de Comercio, y cualquier
otra situación que evidencie la notoria insolvencia de la Empresa, se disolviere por cualquier causa legal,
registrare documentos protestados, se encontrare en cesación de pagos o en notoria insolvencia, si alguno de
sus socios, Directores o Gerentes fuere sometido a proceso o formalizado por algún delito que merezca pena
aflictiva, o si la Empresa no diera cumplimiento a las obligaciones previsionales y de seguridad social,
laborales y tributarias, en relación con sus trabajadores destinados a la prestación de los Servicios.
También será considerada como causa de término de contrato, la inexactitud u omisión de la declaración de
Conflicto de Intereses y de Confidencialidad, señaladas en las cláusulas respectivas del presente documento.
La resolución del contrato tendrá efecto ipso facto, para lo cual bastará la remisión por el Banco de una
comunicación escrita, señalando la ocurrencia del evento de incumplimiento y dejando constancia de su
voluntad de resolver el contrato.
No obstante lo anterior, el Banco se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, sin expresión
de causa en cualquier momento, previo aviso por escrito remitido con a lo menos 60 días corridos de
anticipación a la fecha de término deseada, sin derecho a indemnización o retribución alguna.
En ningún caso, el aviso escrito de término de contrato, libera a la Empresa de su obligación de proveer los
servicios hasta la fecha efectiva de su término. No obstante lo anterior, todas las obligaciones estipuladas
bajo deber de confidencialidad de este contrato permanecerán vigentes una vez terminado el Contrato por
cualquier causa.
NOVENO: Garantía por fiel cumplimiento de Contrato
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente Contrato, y con al menos
15 días corridos a su entrada en vigencia, la Empresa se obliga a entregar al Banco una [Boleta de Garantía
Bancaria emitida a favor del Banco Central de Chile, pagadera a la vista o Carta de Crédito (Standby Setter of
Credit)] por la suma de [….], equivalente al 10% del valor anual del contrato, con vencimiento superior en 30
días corridos al término de la vigencia del contrato o de su prórroga, según corresponda, obligándose a
prorrogarla, renovarla o reemplazarla, según sea el caso, en todas las oportunidades que sea necesario,
mientras se encuentren pendientes de cumplimiento obligaciones derivadas del presente contrato. Esta
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prórroga, renovación o reemplazo, deberá ser efectuada por la Empresa con no menos de 15 días corridos de
anticipación a la fecha de vencimiento de la Garantía en poder del Banco. Para los efectos indicados, la glosa
de esta garantía deberá señalar que ella se extiende para “garantizar el fiel cumplimiento de contrato”.
Por otra parte, en el evento que la Empresa no presente la garantía por cumplimiento de contrato señalada en
el párrafo precedente para su período de vigencia inicial, el Banco podrá hacer efectiva la garantía por
cumplimiento de obligaciones del contrato por los Servicios de Provisión e Implementación de la Solución.
La mencionada Garantía caucionará, en especial, la cabal ejecución de los Servicios en los términos y
condiciones establecidas en este contrato y sus Anexos.
En caso de incumplimiento del contrato de la Empresa a las condiciones establecidas en el presente Contrato
y en los demás instrumentos que se entiendes formar parte de él, el Banco podrá hacer efectiva la Garantía,
previo aviso remitido a la Empresa con al menos veinticuatro horas de anticipación.
DÉCIMO: Interlocutores
Por el Banco participará un profesional designado por la Gerencia de Informática, quien deberá ser
considerado como Interlocutor Válido en los aspectos técnicos de este contrato. Por otra parte, para los
aspectos funcionales, el Banco designará un profesional de la Gerencia de Mercados Financieros Nacionales.
Asimismo, la Empresa nombrará a un profesional como Interlocutor Válido, quien será considerado como
contraparte técnica válida ante el Banco. Los nombres de los interlocutores se estipulan a continuación, no
obstante, por necesidades operativas del trabajo, para parte o totalidad de los temas de este Contrato, las
partes podrán nombrar en su reemplazo a otros profesionales que cumplan esta labor técnica, para lo cual
sólo bastará una comunicación por escrito de la contraparte, no siendo necesaria la modificación del presente
contrato. Lo anterior es sin perjuicio que los requerimientos de servicio del Banco serán atendidos por el
profesional de la empresa que se encuentre disponible dentro del horario contratado.
NOMBRES EN REPRESENTACIÓN DE
Don:
Don:
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Don: [……………..] EMPRESA
UNDÉCIMO: Del Personal
La Empresa se compromete a emplear solamente personal que sea plenamente competente y capacitado para
el debido cumplimiento de sus funciones conforme al presente Contrato.
La Empresa ejecutará los Servicios con trabajadores de su dependencia y, por lo tanto, será de su exclusivo
cargo y responsabilidad el cumplimiento estricto de las leyes tributarias, laborales, previsionales y de
seguridad social, especialmente en lo que se refiere al pago de las remuneraciones, gratificaciones, horas
extraordinarias, imposiciones previsionales, seguros de accidentes del trabajo, riesgos por daños a terceros y a
cualquier otra prestación que ésta deba pagar a sus dependientes. La Empresa podrá prestar los servicios
mediante personal externo subcontratado, previa autorización del Banco y, en este caso, será también de su
exclusivo cargo y responsabilidad respecto de dicho personal el cumplimiento de las obligaciones
anteriormente referidas respecto del personal de su dependencia.
En el evento que el Banco fuera demandado, multado o sancionado en relación o por causa de algún trabajador
de la Empresa, por algún organismo laboral, previsional o judicial, la Empresa deberá pagar inmediatamente el
monto reclamado e indemnizar al Banco por el valor equivalente al total demandado, multado o sancionado, y
por los costos de su defensa judicial o administrativa pudiendo el Banco deducir las sumas adeudadas por este
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concepto del valor de cualquier pago de los Servicios.
Cuando corresponda, los antecedentes del personal que la Empresa destine a la ejecución de los Servicios en
dependencias del Banco, deberán ser informados en forma previa a la Gerencia de Seguridad del Banco,
evento que deberá ser coordinado a través del Interlocutor Válido del Banco. En estos eventos, en todo lo
relacionado al personal, instalaciones y servicios computacionales, es obligación de la Empresa, que las
partes elevan al carácter de esencial, dar cumplimiento a las Condiciones de Seguridad para Empresas
Externas y su Personal que se adjuntan en el Anexo E.3 de este Contrato. Toda designación o cambio en el
personal asignado a los Servicios deberá ser previamente aprobado por el Banco, para lo cual la Empresa
deberá justificar e informar por escrito con a lo menos 15 días corridos de anticipación de los cambios que
desea realizar a la conformación del equipo de trabajo a cargo del Servicio. En todo caso el Banco se reserva
el derecho de pedir la sustitución del personal asignado sin expresión de causa, como asimismo impedir su
reemplazo sin su consentimiento, en cualquier instante mientras se encuentre vigente el Contrato.
DUODÉCIMO: Otorgamiento de la licencia y derechos sobre el Producto
Por el presente acto, la Empresa otorga al Banco licencias intransferibles y no exclusivas para utilizar la versión
actual ejecutable de los Productos, en una configuración de instalación única. Asimismo, la Empresa se obliga a
entregar al Banco la Documentación necesaria para la adecuada utilización del Producto y le confiere además al
Banco el derecho de utilizar, imprimir y copiar dicha Documentación.
La licencia que se otorga por el presente Contrato es necesaria para el uso de la versión actual del Producto y de
sus futuras actualizaciones, como asimismo para la utilización de la Documentación y para proceder con la
capacitación, implementación, pruebas, respaldo y con los fines productivos establecidos en este contrato y en sus
Anexos.
El Banco no podrá vender, otorgar sublicencias ni conceder a terceros ningún derecho sobre el Producto, la
Documentación o cualquier información relativa al Producto. Salvo los derechos que por el presente contrato se
otorgan al Banco para utilizar el Producto y la Documentación, la Empresa no transfiere al Banco ningún derecho
sobre el Producto o la Documentación tales como derechos de propiedad, derechos de autor, patentes ni ningún
otro derecho de propiedad intelectual.
Salvo que ello sea expresamente permitido por la legislación aplicable sobre derechos de autor, el Banco no
deberá en ningún caso disponer o permitir ingeniería inversa o que se desmonte, descompile, traduzca o
adapte el Producto sin el previo consentimiento por escrito de la Empresa.
DECIMOTERCERO: Garantías
A. Garantía del Producto. La Empresa garantiza que el Producto, así como las actualizaciones y nuevas
versiones del mismo que la Empresa entregue al Banco en virtud del presente contrato, desempeñarán en todos sus
aspectos las funciones esenciales para las cuales con provisto y que se especifican en el Anexo E.1, siempre que
éste sea operado de conformidad con la Documentación y en una Plataforma Idónea. Esta garantía exige que la
Empresa corrija todos los errores del Producto reproducibles por el Banco u otorgue una solución alternativa
provisoria, en tanto corrija en forma definitiva el error.
B. Garantía de los medios. La Empresa garantiza que los medios en los que entregue el Producto al Banco
estarán libres de defectos de materiales y de mano de obra, por un plazo de 90 días corridos contados desde la
puesta en producción del Producto, siempre que dichos medios se utilicen adecuadamente. Esta garantía exige que
la Empresa sustituya los medios defectuosos.
C. Garantía contra virus e inhabilitación de códigos. La Empresa garantiza que hará uso de medios técnicos
razonables para detectar cualquier virus informático. La Empresa también garantiza que el Producto entregado no
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contiene ningún virus ni ningún código, rutina o dispositivo informático (que no sean los establecidos en la
Documentación) destinado a desactivar, dañar, dificultar, borrar, inhabilitar o recuperar electrónicamente los
Programas o cualquier otro programa de computación o dato informático. Esta garantía exigirá que la Empresa
sustituya las copias afectadas del Producto que estén en poder del Banco por copias que no contengan dichos virus
o código inhabilitante. Asimismo, la Empresa deberá eliminar los efectos de dichos virus, si los hubiere, en el
Producto.
D. Garantías de algunos Programas Adicionales. El Banco podrá utilizar las garantías de los contratos de
servicios e indemnizaciones por infracción de terceros respecto de Programas Adicionales desarrollados por
terceros distintos de la Empresa, en los términos establecidos en dichas garantías. En caso de que los Programas
Adicionales impidan que el Producto desempeñe las funciones descritas en la Documentación, cuando funcione en
una Plataforma Idónea, la Empresa deberá brindar al Banco una solución, que podrá incluir, de común acuerdo
entre las partes, la sustitución, sin cargo adicional para el Banco, de los Programas Adicionales por Programas
Adicionales sustitutivos que tengan una funcionalidad sustancialmente equivalente.
E. Garantías de la Propiedad Intelectual. La Empresa declara y garantiza que tiene el derecho de otorgar
licencias para la utilización del Producto. La Empresa también declara y garantiza que, a su leal saber y entender,
el presente Contrato no constituye una infracción de ninguna patente, derecho de autor, secreto comercial u otro
derecho de propiedad de un tercero.
En virtud de lo anterior, la Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de
propiedad intelectual y/o industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este
Contrato, y de los productos y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad
comprende aquellas violaciones que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los
subcontratistas empleados; se extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de
indemnizaciones y multas, así como a todos otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas
violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco) años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.
DECIMOCUARTO: Confidencialidad
El artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional que rige al Banco Centra de Chile establece la obligación de
reserva aplicable a esta Institución. Por consiguiente, queda expresamente establecido que todos los
documentos e información proporcionada a la Empresa o de la que tome conocimiento ésta, con ocasión de la
ejecución del presente Contrato, por la naturaleza legal de la misma, tienen el carácter de confidencial y
reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose por lo tanto la
Empresa a mantener bajo reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos en este Contrato, y a
no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de
cualquiera otra manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada del Banco Central de
Chile. La Empresa declara tener conocimiento que “Información Confidencial o Reservada” del Banco
Central de Chile, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro
antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios,
investigaciones o proyectos del Banco y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere la presente
declaración.
De acuerdo con lo anterior, la Empresa deberá mantener absoluta reserva de las materias precedentemente
referidas que, directa o indirectamente, se relacionen con el Banco y que por la ejecución del Contrato llegare
a conocer, entendiendo la Empresa que se exceptúa únicamente del concepto “información confidencial o
reservada” del Banco Central de Chile, la información o antecedentes que dejen de tener este carácter por
haber pasado al conocimiento público. Esta obligación subsistirá entre las partes, aún después de finalizada la
ejecución de los Servicios y hasta por 4 años contado desde dicha fecha.
La Empresa será responsable directa de la aplicación de esta cláusula por parte de sus trabajadores o de las
personas que presten servicios a ésta a cualquier título, durante el período de vigencia del Contrato y por el
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plazo de cinco años después de finalizado el mismo, debiendo velar porque tales personas observen la
obligación de confidencialidad contenida en esta cláusula, impartiendo todas las instrucciones y adoptando
todas las medidas que fueren necesarias.
Por su parte, el Banco estará facultado para divulgar, en todo o en parte, los términos y condiciones de esta
contratación, según corresponda, en la medida que ello se contemple como parte de los requerimientos de su
política de transparencia institucional o que, de otro modo, ello se le demande o requiera de conformidad con
cualquier norma legal. La Empresa faculta desde ya al Banco para informar al Ministerio de Hacienda y al
Congreso Nacional, a petición de éstos, sobre los aspectos esenciales del proceso de licitación, de las ofertas
recibidas y de la Orden de Compra o Contrato que se suscriba, según corresponda.
Finalmente, en caso que un tercero solicite información proporcionada por la Empresa al Banco, este último
notificará a la Empresa tal requerimiento en los términos y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20
de la Ley N° 20.285.
DECIMOQUINTO: Cumplimiento de Leyes, Ordenanzas y Disposiciones
La Empresa será responsable de cumplir con todas las leyes, ordenanzas y disposiciones gubernamentales
vigentes y liberará al Banco de todas las responsabilidades y daños que pueda producir el incumplimiento de
las mismas.
DECIMOSEXTO: Responsabilidad por Violaciones de Patentes y/o Derechos de Autor
La Empresa se hace exclusivamente responsable de toda violación a derechos de propiedad intelectual y/o
industrial legalmente constituidos, que sea resultante de su participación en este Contrato, y de los productos
y/o Servicios que por esta vía vende o provee al Banco. Esta responsabilidad comprende aquellas violaciones
que sean cometidas por la propia Empresa, el personal a su cargo o los subcontratistas empleados; se
extenderá a todos los pagos que deban ser realizados en razón de indemnizaciones y multas, así como a todos
otros gastos o costos resultantes; y comprenderá todas aquellas violaciones cometidas dentro de los 5 (cinco)
años siguientes al término de la vigencia del presente Contrato.
En caso que el Banco sea notificado de cualquier demanda, acción o reclamación a los derechos referidos en
el párrafo anterior, el Banco notificará prontamente tal circunstancia a la Empresa a fin de que ésta pueda
intervenir en el proceso respectivo en el carácter de tercero coadyuvante. En todo caso, cualquier transacción
que pueda convenir el Banco con el demandante o reclamante y cuyo pago, en definitiva, deba ser soportado
por la Empresa, deberá contar previamente con el acuerdo de esta última.
DECIMOSÉPTIMO: Conflicto de Intereses
La Empresa declara que no tiene otros intereses comprometidos en la prestación de los servicios motivo de
este Contrato, como tampoco personas dependientes de la Empresa relacionadas con el Banco, por lo que
asume las responsabilidades legales consecuentes, en caso de inexactitud de tal declaración. Dicha declaración
es considerada por el Banco una condición esencial y determinante en la celebración del presente Contrato y su
infracción producirá la resolución ipso facto del mismo.
Se presume que existe conflicto de intereses en toda negociación, acto, contrato u operación en que
intervenga o actúe, directa o indirectamente, en representación de la Empresa, un funcionario del Banco, su
cónyuge o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o las sociedades o Empresas
en las cuales sea director, ejecutivo, o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un
5% o más de su capital o las sociedades o Empresas en las que alguna de las personas antes mencionadas, sea
director o dueño directo o indirecto del 5% o más de su capital; y las personas por quien el funcionario del
Banco actúe como representante, o cualquier otra situación que igualmente pueda considerarse como
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constitutiva de conflicto de intereses para el presente Contrato, entendiéndose por tales todas aquéllas que
pudieron haber influido en la decisión del proceso de cotización del cual deriva el presente Contrato. De
igual manera, se considera que existe conflicto de intereses si en la prestación del Servicio se desempeñaran
ex funcionarios o ejecutivos del Banco, o personas vinculadas a éstos en la forma antes indicada respecto de
funcionarios en actual desempeño, obligación que tendrá aplicación respecto de aquellas personas que hayan
dejado de prestar servicios dentro del plazo mínimo de 5 años contado desde el otorgamiento de la presente
declaración.
La Empresa se obliga a declarar por escrito al Banco cualquier conflicto de intereses que se presente con
posterioridad a la fecha de otorgamiento del presente Contrato; y acepta que, ante dicha situación, el Banco
evalúe las circunstancias que configuren el conflicto de intereses respectivo, pudiendo a su arbitrio poner
término anticipado al Contrato o perseverar en él.
DECIMOCTAVO: Responsabilidad de la Empresa.
La Empresa se compromete a responder ante el Banco de todo daño, perjuicio, deterioro, pérdida o extravío
de artículos y equipos del Banco, que se originen en las dependencias del Banco y que ocurran en horas en
que la Empresa presta los Servicios y que sean debidamente comprobados de responsabilidad de su personal,
originados por cualquier razón o motivo.
En todo caso, las partes acuerdan que el monto de la responsabilidad de la Empresa por daños directos
ocasionados por cualquier incumplimiento del presente Contrato se limitará a la suma equivalente a 12 de
meses del precio o tarifa pactado. Sin perjuicio de lo anterior, dicha limitación no será aplicable en caso de
daños a bienes corporales muebles o inmuebles de propiedad del Banco o de daños físicos a su personal, y que
sean de responsabilidad de la Empresa.
DECIMONOVENO: Custodia de Código Fuente
Las partes convienen mantener bajo custodia de [ ], sin costo para el Banco, una copia del código fuente
del software de aplicación licenciado en el Banco. Para ello, previo a la Recepción Conforme, se suscribirá un
Acuerdo de Custodia con [ ], que señale que el Banco podrá acceder al código fuente, solamente en el
caso que la Empresa no provea el Servicio de Mantención del Sistema, en la medida requerida por el Banco
para su funcionamiento, por las razones invocadas en el Acuerdo de Custodia indicado, y bajo las
condiciones de confidencialidad fijadas en este contrato. Ante la ocurrencia de alguno de estos hechos, se
libera al Banco de acciones legales que pudiesen iniciarse en su contra por el uso de la propiedad intelectual
del código fuente.
El Banco se obliga a utilizar cualquier código fuente de los Productos bajo licencia únicamente para mantener
los Productos bajo licencia y no de otro modo y con pleno cumplimiento a las obligaciones de
confidencialidad y demás restricciones que el Contrato impone al Banco.
VIGÉSIMO: Cesión del contrato y Subcontratación.
La Empresa no podrá ceder o traspasar el presente Contrato o obligaciones bajo forma o título alguno, ni
tampoco subcontratar, salvo que el Banco consienta en ello expresamente y por escrito.
VIGÉSIMO PRIMERO: Modificación de Condiciones
El Banco y la Empresa, acuerdan que toda intención de modificación a los Servicios comprometidos y a los
términos señalados en las cláusulas del presente contrato y sus anexos, deberán comunicarse por escrito, todo
esto, como requisito preliminar para convenir por las partes un eventual cambio de las condiciones pactadas
en el presente contrato.
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VIGÉSIMO SEGUNDO: Cambio Estructura Societaria
Durante la vigencia del presente contrato, la Empresa se obliga a informar al Banco, cualquier cambio en la
estructura societaria o de propiedad de la Empresa, lo cual deberá informarlo, en un plazo no superior a los
30 días corridos siguientes a la fecha en que se haya formalizado el respectivo cambio debiendo acreditarlo
mediante la documentación legal correspondiente, actualizando la información declarada en el Anexo E.4.
VIGÉSIMO TERCERO: Legislación Aplicable y Domicilio.
El presente Contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Chile. Para todos los efectos
legales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan su domicilio especial en la comuna de Santiago.
VIGÉSIMO CUARTO: Arbitraje
Cualquier dificultad que pudiera producirse entre las partes con motivo de la aplicación, interpretación,
cumplimiento, incumplimiento, validez o resolución del presente Contrato, será resuelta en forma breve y
sumaria por un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de Derecho en cuanto al fallo,
en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno, a excepción del recurso de queja y el de
casación en la forma por ultrapetita e incompetencia del Tribunal. Dicho árbitro mixto será designado
actuando las partes de común acuerdo. En caso de no producirse acuerdo, su designación, en calidad de
árbitro de Derecho y de única instancia, será efectuada por la Justicia Ordinaria, debiendo tal designación
recaer en un abogado que, en calidad de profesor titular o adjunto, haya desempeñado la cátedra de Derecho
Civil o Derecho Comercial por al menos cinco años consecutivos, ya sea en la Pontificia Universidad
Católica de Chile o en la Universidad de Chile, o se haya desempeñado como abogado integrante en al
menos dos períodos completos en la Excelentísima Corte Suprema.
En todo caso y sin perjuicio de las provisiones de fondos que puedan efectuarse, los gastos ocasionados por
los honorarios del árbitro, mixto o de Derecho, y los del Tribunal, como así también las costas procesales y
personales causadas en el juicio, serán, invariablemente, de cargo de la parte que resulte vencida, sin que
deba atenderse a la plausibilidad de su defensa.
VIGÉSIMO QUINTO: Representación
La personería de doña María Inés Urbina para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha
15 de noviembre de 2004, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco
Hormazábal, Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago que las partes declaran conocer. La
personería de don Leonardo Jadue Jadue para representar al Banco, consta en la escritura pública de fecha
[…………], otorgada ante el Notario Público de Santiago don [………………], Titular de la […………]
Notaría de Santiago que las partes declaran conocer.
La personería de don [……] para representar a la Empresa consta en escritura pública de fecha [………..]
otorgada ante el Notario Público, don […….], titular de la Notaría […….] que las partes declaran conocer.
VIGÉSIMO SEXTO: Idioma y Ejemplares
El presente Contrato y sus anexos se otorgan en dos ejemplares del mismo tenor y forma, quedando uno en
poder de cada parte. El idioma aplicable al presente Contrato será el español.
MARIA INES URBINA LEONARDO JADUE J.
Gerente de Servicios Logísticos Gerente de Informática
BANCO CENTRAL DE CHILE
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BANCO CENTRAL DE CHILE BANCO CENTRAL DE CHILE
…………………………
EMPRESA
BANCO CENTRAL DE CHILE
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ANEXO E.1
TARIFAS DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS
[Este Anexo lo conforman los valores y forma de pago de los Productos acordados por las
partes, de acuerdo a los valores ofertados por la Empresa]
ANEXO E.2
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS
[Este Anexo lo conforma la descripción de los Productos contenida en la oferta de la
Empresa]
ANEXO E.3
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EMPRESAS EXTERNAS Y SU
PERSONAL
[Este Anexo es idéntico al Anexo D.5 del presente documento]
ANEXO E.4
ESTRUCTURA SOCIETARIA
[Este Anexo lo conforma la estructura societaria declarada por la Empresa]
ANEXO E.5
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE MANTENCIÓN
[Este Anexo lo conforma el procedimiento para prestar los servicios de mantención y
corrección de fallas por parte de la empresa]
ANEXO E.6
CARTA DE FORMALIZACIÓN DE FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS
[Este Anexo corresponderá a la carta mediante la cual la Gerente de Servicios Logísticos,
una vez efectuada la Recepción Conforme de la Provisión e Implementación de la
Solución, señalará a la Empresa la fecha de inicio de los Servicios de Soporte de la
misma]
...