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Economía Regional


Enviado por   •  10 de Abril de 2015  •  899 Palabras (4 Páginas)  •  183 Visitas

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Relación Jurídica Comercial

Una relación jurídica implica que hay una obligación, un vínculo. ¿Entre quiénes? Entre dos sujetos: uno Activo, el titular del derecho o acreedor y el Pasivo, que será el obligado o deudor.

Los elementos que integran la relación jurídica comercial son:

· Sujetos.- Que se dividen en dos; comerciantes, que pueden ser colaboradores

dependientes y los colaboradores independientes; y los que accidentalmente

realizan actos de comercio. Aclaración: Son sujetos de las relaciones mercantiles todas las personas que intervienen en la realización de un acto de comercio absoluto( sujetos ocasionales), y también consideramos en especial a los comerciantes como categoría especifica de sujetos de otra categoría de actos(sujetos mercantiles propiamente)

· Objeto.- Mercantiles por su esencia y los mercantiles por su naturaleza.

· Vínculo jurídico.- Acto de comercio.

2.1Sujeto: El comerciante empresario

Son aquellos que realizan actos de comercio y para que jurídicamente los individuos sean considerados comerciantes es necesario que reúnan dos requisitos fundamentales: la capacidad y el ejercicio ordinario del comercio

Requisitos comerciales para ser considerado comerciante

Capacidad: es la facultad que tienen las personas para adquirir derechos y obligaciones. Para que una persona tenga plena capacidad legal es menester que por si solo pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones Artículo 5º del comercio. Los incapaces de acuerdo a la legislación civil también lo serán como comerciantes, si realizan algún acto de comercio deberán hacerlo por medio de sus representantes (padres o tutores)

El ejercicio ordinario del comercio: en virtud de que el comercio en esencia es una actividad de intercambio de satisfactores, bienes o servicios, con propósito de especulación o lucro, el ejercicio ordinario de esta actividad implica que el individuo que la realiza lo hace de manera sistemática y permanente o durable, de tal forma que lo convierte en su ocupación profesional. Aquellos que realicen actos comerciales de manera aislada no serán considerados comerciantes.

La personalidad del comerciante

Personalidad jurídica de un comerciante o de cualquier ciudadano: significa el dominio o conocimiento pleno de las leyes para hacer valer sus derechos y el ejercicio del comercio como actividad ordinaria (común) que puede apegarse a lo que marca la constitución en lo relacionado a que cada ciudadano puede dedicarse a cualquier actividad siempre y cuando sea licita.

Ejercicio del comercio como actividad ordinaria es algo que se realiza en forma similar a cualquier otra labor, dentro de la realización de una actividad que permita sobrevivir.

Las sociedades mercantiles (las empresas y sus elementos)

De acuerdo con el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo vigente, se entiende por empresa “la unidad económica de producción o distribución de bienes y servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante

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