Etica Publicitaria
lbcantonio5 de Marzo de 2012
7.236 Palabras (29 Páginas)881 Visitas
1
2
CODIGO DE ETICA PUBLICITARIA DE
EL SALVADOR 2011
MISIÓN DE CNP
DEFENDER LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN COMERCIAL Y PROMOVER UNA CULTURA DE AUTO REGULACIÓN Y ÉTICA PUBLICITARIA, EN BENEFICIO DE LOS CONSUMIDORES Y QUE VELE POR LOS INTERESES DE SUS AGREMIADOS.
VISIÓN DEL CNP
SER EL ENTE RECTOR DE LA INDUSTRIA PUBLICITARIA FUNDAMENTADO EN LA AUTORREGULACIÓN Y LA ÉTICA, DEFENDIENDO LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN COMERCIAL.
José Antonio Lemus Zelaya (ASAP)
Presidente
Manuel Antonio Flores Pineda (AMPS)
Primer Vice-Presidente
Joaquín Rivas Boschma (ANAES)
Segundo Vice-Presidente
3
PRINCIPIOS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA PUBLICIDAD
✦La información es esencial para todos y ésta es sinónimo de comunicación y de expresión.
✦En una economía de mercado, beneficiosa para todos, la argumentación comercial, en otros términos, la publicidad, es un elemento esencial e irremplazable y debe estar revertida de las garantías de la libre expresión. Entendiéndose por libertad de expresión lo que se enmarca dentro de la moral, los deberes, obligaciones y leyes para con la comunidad.
✦La moral, los deberes y obligaciones para con la comunidad se traducen en normas de comportamiento que debemos aceptar voluntariamente en busca del bien común.
✦La publicidad dentro de este marco: a. Debe ser decente, honesta, verdadera y ajustarse a las normas legales. b. Debe practicarse sobre bases de responsabilidad social. c.El consumidor y la comunidad en general tienen el derecho de ser bien informados. d. Debe practicarse dentro de los principios básicos de competencia leal.
✦La aceptación voluntaria de reglas y principios y/o normas de comportamiento, por parte de un grupo de individuos, en nuestro caso, Anunciantes, Agencias de publicidad y Medios, definen en esencia la autorregulación.
✦La autorregulación funciona eficazmente sólo cuando todos los involucrados, es decir, los Anunciantes, las Agencias de publicidad y los Medios, participan activamente, tanto en en la OBSERVANCIA de las reglas, como cuando esta OBSERVANCIA se cumple en todas las etapas del proceso publicitario: Los requerimientos, la ejecución y la publicación.
✦Será objetivo esencial de la autorregulación vigilar la calidad de la información en la comunicación comercial y preservar el valor de la publicidad. De igual forma, es tarea de la autorregulación mantener, reales y operantes, los criterios publicitarios de : decencia, honestidad, legalidad, lealtad, veracidad y responsabilidad social.
INTRODUCCION
En El Salvador, el Consejo Nacional de la Publicidad fue creado en 1965 con el objeto de fomentar el desarrollo de la Industria Publicitaria, rigiendo en principio el uso y la
4
práctica de la misma de acuerdo a criterios publicitarios, tales como: legalidad, moralidad, honestidad y buenas costumbres.
Teniendo en cuenta la similitud de propósitos y el destino final de la actividad publicitaria, -el consumidor-, el Consejo Nacional de la Publicidad fue integrado por representantes de la Asociación Nacional de Anunciantes de El Salvador –ANAES-, de la Asociación de Medios Publicitarios Salvadoreños –AMPS-, y de la Asociación Salvadoreña de Agencias de Publicidad –ASAP-.
En 1980, ante la inminente necesidad de expresar de una manera común y uniforme los principios rectores de la Ética Publicitaria, el Consejo Nacional de la Publicidad acordó la creación de un Código de Ética Publicitaria para El Salvador y una Comisión Permanente de Ética, que velara por la correcta aplicación de dicho Código, así: El 16 de mayo de 1980, se aprobó el Código de Ética Publicitaria del Consejo Nacional de la Publicidad de El Salvador, el cual incluiría además de las normas básicas, un reglamento anexo al Código para su aplicación y un reglamento operativo para la Comisión Permanente de Ética.
En un afán de perfeccionar un marco normativo, después de nueve años de vigencia de este primer Código, el Consejo Nacional de la Publicidad consideró conveniente proceder a una actualización del mismo, para lo cual acordó conformar una comisión Revisora con la participación de las diferentes asociaciones integrantes del Consejo.
Para efectuar dicha revisión del Código Salvadoreño, ésta se nutrió de fuentes tales como: El Código Chileno de Ética Publicitaria, El Código de Ética Publicitaria de Costar Rica y el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria, el cual fue inspirado en el Código Brasileño, que a su vez tuvo como modelo el Código Internacional de la Práctica Publicitaria, proclamado por la Cámara de Comercio Internacional.
Fueron conclusiones relevantes de la Comisión Revisora los siguientes requerimientos: Definir objetivos, definir un marco filosófico, estructurar un orden que facilitara la consulta y comprensión del Código y dotarlo en lo posible de referencia de orden legal, que permitieran dar al futuro Código una amplitud más universal y que funcionara como un Código de Ética Publicitaria de El Salvador, aceptado por todos los Anunciantes, Medios y Agencias de publicidad, aunque no estuvieran afiliados a una de las
5
asociaciones promotoras; solo así se podrá lograr un compromiso real de autorregulación que permitiera una aceptación total del “CODIGO DE ETICA PUBLICITARIA DE EL SALVADOR”.
Además del contenido filosófico y normativo, se consideró importante identificar, en forma separada, pero como parte del Código, categorías especiales de productos y servicios cuya comunicación requiere de un tratamiento delicado.
El establecimiento de normas de aplicación y creación de una Comisión Permanente de Ética con funciones y atribuciones de velar permanentemente por la adecuada práctica del Código, quedaron de igual forma incluidos dentro de la reforma revisión.
Posteriormente se realizó una nueva actualización en 2009, en la cual se incluyó un capitulo relacionado a las actividades vinculadas a la Defensoría del Consumidor, de la cual según la ley, el Consejo Nacional de la Publicidad es ente de consulta técnica.
Esta edición presenta la reforma más reciente, la del 2011, la cual ya incorpora conceptos más actualizados para temas relacionados al tabaco, licores, menores de edad, género y otros que cobran cada vez mas relevancia. Asimismo, esta reforma incorpora influencias de diferentes fuentes, incluyendo la Red Latinoamericana de Instituciones de Autorregulación Publicitaria (CONARED) de la cual El Salvador es fundadora. También las nuevas legislaciones han marcado procedimientos para lograr una mejor interacción de la industria publicitaria con las autoridades.
6
INTRODUCCIÒN
PRINCIPIOS DEL CONSEJO NACIONAL
DE LA PUBLICIDAD 3
INTRODUCCIÒN 3
CÒDIGO DE ETICA PUBLICITARIA
DE EL SALVADOR
ÌNDICE
TÍTULO I Disposiciones Generales
CAPÍTULO ÚNICO Disposiciones Generales 9
TÍTULO II Normas de Conducta Generales
CAPÌTULO I Respetabilidad 10
CAPÍTULO II Honestidad 10
CAPÌTULO III Moral, Decencia, Buenas Costumbres y Orden 11
CAPÍTULO IV Miedo, Superstición y Violencia. 11
CAPITULO V Argumentaciones 12
CAPÌTULO VI Información Científica
y Características Especiales
de los Productos y Servicios 12
CAPÌTULO VII Precio 13
CAPITULO VIII Uso de Expresiones Promocionales 13
CAPÌTULO IX Lenguaje Adecuado 14
CAPÌTULO X Testimoniales 14
CAPÌTULO XI Identificación Publicitaria 15
CAPÌTULO XII Publicidad Comparativa 15
CAPÌTULO XIII Seguridad y Accidentes 16
CAPÌTULO XIV Protección de la Intimidad 16
7
CAPÌTULO XV Protección del Medio Ambiente y
Aseveraciones de Tipo Ambiental 17
CAPÌTULO XVI Derecho de Autor y Plagio 17
CAPÌTULO XVII Competencia Desleal 18
TITULO III Normas de Conducta Especiales
CAPÌTULO I Menores de Edad 19
CAPITULO II Enfermos, Tratamientos, Dietas y
Productos Médicos 20
CAPÌTULO III Vinos y Licores 21
CAPÌTULO IV Bebidas de Moderación 22
CAPÌTULO V Cigarrillos y Tabacos 24
CAPÌTULO VI Préstamos, Seguros e Inversiones 24
CAPÌTULO VII Cursos de Enseñanza y Capacitación 25
CAPÌTULO VIII Planes de Trabajo en Casa y Venta
por Catálogo 25
CAPÌTULO IX Excursiones, Viajes, Tiempo Compartido
y Similares 26
TITULO IV Comisión Permanente de Ética 26
CAPITULO I Procedimiento 28
CAPÌTULO II Fallos 30
CAPÌTULO III Sanciones y Medidas Disciplinarias 31
CAPÌTULO IV Apelaciones 32
CAPÌTULO V Casos Especiales 33
CAPÌTULO VI Derechos de las Partes 34
8
TITULO V Consultas de la Defensoría
del Consumidor
y entidades del Estado
CAPÌTULO ÙNICO Consultas de la Defensoría
del Consumidor
y entidades del Estado 35
TITULO VI Derogatoria y Vigencia
CAPÌTULO ÙNICO Derogatoria y Vigencia 36
9
TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
Art. 1. ALCANCE. Las Normas éticas establecidas en este Código deben ser cumplidas por quienes participan en actividades publicitarias, ya se definan como Anunciantes, Agencias de Publicidad, Medios Publicitarios y cualquier otro actor que participe lucrativamente o no en la industria publicitaria.
El presente Código de autorregulación publicitaria será aplicado por el Consejo Nacional de la
...