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Etica Publicitaria


Enviado por   •  5 de Marzo de 2012  •  7.236 Palabras (29 Páginas)  •  814 Visitas

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CODIGO DE ETICA PUBLICITARIA DE

EL SALVADOR 2011

MISIÓN DE CNP

DEFENDER LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN COMERCIAL Y PROMOVER UNA CULTURA DE AUTO REGULACIÓN Y ÉTICA PUBLICITARIA, EN BENEFICIO DE LOS CONSUMIDORES Y QUE VELE POR LOS INTERESES DE SUS AGREMIADOS.

VISIÓN DEL CNP

SER EL ENTE RECTOR DE LA INDUSTRIA PUBLICITARIA FUNDAMENTADO EN LA AUTORREGULACIÓN Y LA ÉTICA, DEFENDIENDO LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN COMERCIAL.

José Antonio Lemus Zelaya (ASAP)

Presidente

Manuel Antonio Flores Pineda (AMPS)

Primer Vice-Presidente

Joaquín Rivas Boschma (ANAES)

Segundo Vice-Presidente

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PRINCIPIOS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA PUBLICIDAD

✦La información es esencial para todos y ésta es sinónimo de comunicación y de expresión.

✦En una economía de mercado, beneficiosa para todos, la argumentación comercial, en otros términos, la publicidad, es un elemento esencial e irremplazable y debe estar revertida de las garantías de la libre expresión. Entendiéndose por libertad de expresión lo que se enmarca dentro de la moral, los deberes, obligaciones y leyes para con la comunidad.

✦La moral, los deberes y obligaciones para con la comunidad se traducen en normas de comportamiento que debemos aceptar voluntariamente en busca del bien común.

✦La publicidad dentro de este marco: a. Debe ser decente, honesta, verdadera y ajustarse a las normas legales. b. Debe practicarse sobre bases de responsabilidad social. c.El consumidor y la comunidad en general tienen el derecho de ser bien informados. d. Debe practicarse dentro de los principios básicos de competencia leal.

✦La aceptación voluntaria de reglas y principios y/o normas de comportamiento, por parte de un grupo de individuos, en nuestro caso, Anunciantes, Agencias de publicidad y Medios, definen en esencia la autorregulación.

✦La autorregulación funciona eficazmente sólo cuando todos los involucrados, es decir, los Anunciantes, las Agencias de publicidad y los Medios, participan activamente, tanto en en la OBSERVANCIA de las reglas, como cuando esta OBSERVANCIA se cumple en todas las etapas del proceso publicitario: Los requerimientos, la ejecución y la publicación.

✦Será objetivo esencial de la autorregulación vigilar la calidad de la información en la comunicación comercial y preservar el valor de la publicidad. De igual forma, es tarea de la autorregulación mantener, reales y operantes, los criterios publicitarios de : decencia, honestidad, legalidad, lealtad, veracidad y responsabilidad social.

INTRODUCCION

En El Salvador, el Consejo Nacional de la Publicidad fue creado en 1965 con el objeto de fomentar el desarrollo de la Industria Publicitaria, rigiendo en principio el uso y la

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práctica de la misma de acuerdo a criterios publicitarios, tales como: legalidad, moralidad, honestidad y buenas costumbres.

Teniendo en cuenta la similitud de propósitos y el destino final de la actividad publicitaria, -el consumidor-, el Consejo Nacional de la Publicidad fue integrado por representantes de la Asociación Nacional de Anunciantes de El Salvador –ANAES-, de la Asociación de Medios Publicitarios Salvadoreños –AMPS-, y de la Asociación Salvadoreña de Agencias de Publicidad –ASAP-.

En 1980, ante la inminente necesidad de expresar de una manera común y uniforme los principios rectores de la Ética Publicitaria, el Consejo Nacional de la Publicidad acordó la creación de un Código de Ética Publicitaria para El Salvador y una Comisión Permanente de Ética, que velara por la correcta aplicación de dicho Código, así: El 16 de mayo de 1980, se aprobó el Código de Ética Publicitaria del Consejo Nacional de la Publicidad de El Salvador, el cual incluiría además de las normas básicas, un reglamento anexo al Código para su aplicación y un reglamento operativo para la Comisión Permanente de Ética.

En un afán de perfeccionar un marco normativo, después de nueve años de vigencia de este primer Código, el Consejo Nacional de la Publicidad consideró conveniente proceder a una actualización del mismo, para lo cual acordó conformar una comisión Revisora con la participación de las diferentes asociaciones integrantes del Consejo.

Para efectuar dicha revisión del Código Salvadoreño, ésta se nutrió de fuentes tales como: El Código Chileno de Ética Publicitaria, El Código de Ética Publicitaria de Costar Rica y el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria, el cual fue inspirado en el Código Brasileño, que a su vez tuvo como modelo el Código Internacional de la Práctica Publicitaria, proclamado por la Cámara de Comercio Internacional.

Fueron conclusiones relevantes de la Comisión Revisora los siguientes requerimientos: Definir objetivos, definir un marco filosófico, estructurar un orden que facilitara la consulta y comprensión del Código y dotarlo en lo posible de referencia de orden legal, que permitieran dar al futuro Código una amplitud más universal y que funcionara como un Código de Ética Publicitaria de El Salvador, aceptado por todos los Anunciantes, Medios y Agencias de publicidad, aunque no estuvieran afiliados a una de las

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asociaciones promotoras; solo así se podrá lograr un compromiso real de autorregulación que permitiera una aceptación total del “CODIGO DE ETICA PUBLICITARIA DE EL SALVADOR”.

Además del contenido filosófico y normativo, se consideró importante identificar, en forma separada, pero como parte del Código, categorías especiales de productos y servicios cuya comunicación requiere de un tratamiento delicado.

El establecimiento de normas de aplicación y creación de una Comisión Permanente de Ética con funciones y atribuciones de velar permanentemente por la adecuada práctica del Código, quedaron de igual forma incluidos dentro de la reforma revisión.

Posteriormente se realizó una nueva actualización en 2009, en la cual se incluyó un capitulo relacionado a las actividades vinculadas a la Defensoría del Consumidor, de la cual según la ley, el Consejo Nacional de la Publicidad es ente de consulta técnica.

Esta edición presenta la reforma más reciente,

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