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NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 19


Enviado por   •  8 de Agosto de 2014  •  Tesis  •  6.200 Palabras (25 Páginas)  •  418 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Estos Fundamentos de las Conclusiones resumen las consideraciones efectuadas por el

Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, para llegar a las conclusiones de la NIC 19 Beneficios a los Empleados. Cada uno de los miembros individuales del Consejo sopesó de diferente forma los distintos factores.

En febrero de 1998. En mayo de 1999 la NIC 19 fue modificada por la NIC 10 (revisada en 1999) hechos ocurridos después de la fecha del estado de situación financiera, y fue modificado otras vez en 2000.

En abril de 2001 en concejo de normas internacionales de contabilidad (IASB) decidió que todas las normas e interpretaciones emitidas bajo constituciones anteriores continuaran siendo aplicables a menos y hasta que fueran modificados o retirados OBJETIVO:

Es establecer el tratamiento contable, en cuanto a su reconocimiento, medición y revelación de los beneficios de los empleados. Esta norma requiere el reconocimiento de:

 Gasto.

Cuando la entidad ha consumido el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado.

 Pasivo.

Cuando la entidad ha consumido el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado.

ALCANCES:

1. Esta norma se aplicara por los empleadores al contabilizar todo las retribuciones de los empleados, excepto aquellas a las que sea de aplicación la NIIF 2pagos basados en acciones.

2. Esta Norma no trata de la información que deben suministrar los planes de beneficios a los empleados.

3. BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS:

En primer lugar, resulta básico establecer el significado del término Beneficios a los empleados, para lo cual la propia NIC en su párrafo 7 se encarga por señalar cualquier retribución que una empresa proporciona a sus trabajadores por los servicios que brindan inclusive los provenientes de los hechos señalados en el párrafo 3 que a continuación se detallan:

(a) planes u otro tipo de acuerdos formales celebrados entre una entidad y sus empleados, ya sea individualmente, con grupos particulares de empleados o con sus representantes;

(b) exigencias legales o acuerdos tomados en determinados sectores industriales, por virtud de los cuales las entidades se ven obligadas a realizar aportaciones a planes nacionales, provinciales, sectoriales u otros de carácter multi-patronal; o

(c) prácticas no formalizadas que dan lugar, no obstante, a obligaciones de pago implícitas por la entidad. Las prácticas no formalizadas dan lugar a obligaciones de pago implícitas, cuando la entidad no tiene más alternativa que hacer frente a los pagos derivados de los beneficios comprometidos. Un ejemplo de la existencia de una obligación implícita es cuando un eventual cambio en las prácticas no formalizadas de la entidad puede causar un daño inaceptable en las relaciones que la misma mantiene con sus empleados.

4. Los beneficios a los empleados comprenden los siguientes:

 Beneficios a corto plazo a los empleados actuales.  Beneficios A Los Empleados Retirados (Pos Empleo )  Beneficios a los empleados a largo plazo.

 Beneficios por terminación.

A) BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A CORTO PLAZO

a) Monetarios: Remuneraciones propiamente dichas, las contribuciones a la seguridad social (Ley Nº 27056), ausencias remuneradas por enfermedad, participación en las utilidades de la empresa (en nuestro país reguladas por el D. Leg. N 677 y D. Leg. N 892)

b) No Monetarias: Disfrute de departamentos, casas, autos o entrega de bienes o servicios subvencionados o gratuitos.

 sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social

 ausencias remuneradas anuales, ausencias remuneradas por enfermedad

 participación en ganancias e incentivos si se pagan dentro de los doce meses siguientes al final del periodo.

 beneficios no monetarios tales como atención médica, vivienda automóviles y bienes o servicios subvencionados o gratuitos.

Reconocimiento y medición

Todos los beneficios a corto plazo

 Cuando un empleado haya prestado sus servicios a una entidad durante el periodo contable, ésta reconocerá el importe (sin descontar) de los beneficios a corto plazo que ha de pagar por tales servicios:

a) como un pasivo (gasto devengado), después de deducir cualquier importe ya satisfecho. Si el importe pagado es superior al importe sin descontar de los beneficios, la entidad reconocerá la diferencia como un activo (pago anticipado de un gasto), en la medida que el pago por adelantado vaya a dar lugar, por ejemplo, a una reducción en los pagos a efectuar en el futuro o a un ree bolso en efectivo; y

b) como un gasto, a menos que otra Norma requiera o permita la inclusión de los mencionados beneficios en el costo de un activo (ver, por ejemplo la NIC 2 Inventarios, y la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo). En los párrafos 11, 14 y 17 se explica cómo aplicará una entidad este requerimiento a los beneficios a corto plazo, concedidos a los empleados, que consistan en ausencias retribuidas, participación en ganancias y planes de incentivos.

Ausencias retribuidas a corto plazo.

 Una entidad reconocerá el costo esperado de los beneficios a corto plazo a los empleados en forma de ausencias remuneradas, aplicando el párrafo 10 anterior de la siguiente manera:

(a) en el caso de ausencias remuneradas cuyos derechos se van acumulando, a medida que los empleados prestan los servicios que les permiten disfrutar

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