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Teoria Egologica Del Derecho


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2012  •  2.077 Palabras (9 Páginas)  •  1.454 Visitas

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No puedo sino comenzar las presentes líneas adhiriéndome a la vieja teoría de que el hombre como un todo esta en una constante evolución y no solo una evolución física vista desde el punto de vista de nacer, crecer y morir, mas bien la evolución mas trascendental sin duda alguna es la del pensamiento, ya que nos permite a los seres humanos ir cada día modificando nuestro intelecto e incluso nuestros patrones de conocimiento y ver realidades que en lo anterior eran imposible de percibir así esta nos arrollara constantemente. Tal es el caso en lo personal que a sido para mi el estudio de la Teoría Egologica vista desde la óptica luminaria de Carlos Cossio, y sin duda alguna así como para mi el estudio de su teoría marca una evolución en mi pensamiento, tan bien en su momento Cossio sintió la necesidad de evolucionar y desarrollar una conducta del ser jurídico, y me aventurado a realizar esta afirmación después de entender que Cossio antes de ser un Egologista por llamarlo de una manera fue un gran seguidor de la Teoría pura de Kelsen.

Ahora bien no se puede tratar de entender o refutar una Teoría sin ni siquiera saber de donde viene su esencia, por eso partimos de definir según Cossio lo Egologico que no es mas que estudiar el “yo” de la conducta jurídica, ósea que el derecho es conducta en interferencia intersubjetiva de su sujeto y que las normas jurídicas conceptualizan esa conducta en interferencia intersubjetiva, todo esto para llegar a la conclusión que el derecho se interesa por todos los actos humanos, pero bien el presente ensayo en realidad tiene como finalidad definir y relacionar todos y cada uno de los elementos estudiados en las sesiones ordinarias de las clases en la materia Principios Generales del Procesos, en la cual hemos ido desarrollando los conceptos establecidos por el profesor Carlos Cossio en su obra “La Teoría Egologica del Derecho y el Concepto Jurídico de Libertad”, por lo tanto nos referiremos no solo a los conceptos plasmados por el precitado jurisconsulto como la definición de sentencia, de objeto o de los distintos tipos de objetos, sino que mas bien se tratara de plasmar la interrelación entre los elementos estudiados y su practicidad factica para hacer de esta manera a los maestrantes unos profesionales con una visión holistica de lo que es el derecho y no unos ciegos seguidores de las teorías puras del derecho o de un mal entendido derecho positivo, razones estas por las que Carlos Cossio comienzas sus consideraciones afirmando que la Teoría Egologica considera que la ciencia dogmática del derecho, es una ciencia de la realidad, por lo tanto una ciencia de experiencia, solo que de experiencia cultural o humana y no de experiencia natural. Entendiendo así pues que toda sentencia es individualizada ya que de una norma superior se crea esa inferior y ratificando o viendo al Juez como elemento sujetivo que es esencial para el ordenamiento jurídico, así pues que para Cossio, se debe entender la Sentencia como la conducta interferida del Juez con la conducta realizada por las partes, con el sentido axiológico verbalmente expresado por las normas procesales. Teniendo así pues como elementos esenciales de una sentencia el Ordenamiento Jurídico, el Juez, las Partes y la individualidad ya que su creación emana de una norma superior que va creando normas inferiores, ahora bien no pudiera haber la creación de una norma especifica, en el caso concreto una sentencia si no fuese por el hecho que el operador de Justicia, llámese Juez o funcionario Administrativo miran al Derecho desde dentro, con la lógica del Deber Ser, por lo tanto no como ya elaborado, concluso o hecho, sino mas bien como algo que se esta haciendo y constantemente rehaciendo y evolucionando como lo establecíamos al comienzo del ensayo, en su carácter de vida humana, este y no otro es el motivo por el cual se afirma que “el Juez esta dentro y no fuera del ordenamiento Jurídico”, además de eso seria un elemento contranatura pensar que un ser humano pudiera cumplir con una acción sea cuan sea estando al margen de las normas básicas necesarias que lo conllevarían a realizar su cometido.

Pero bien Cossio nos define su concepto de sentencia pero de igual manera nos ilustra en el sentido que seria impensable la no existencia de un “Objeto”, elemento este que define como todo aquello que puede ser colocado como sujeto de una proposición, razón por la cual nos distingue los diferentes tipos de objetos en cuatro categorías, teniendo asi pues; a) Los Objetos Ideales, b) Los Objetos Naturales, c) Los Objetos Culturales y d) Los Objetos Metafísicos. Entendiendo los primeros de ellos como aquellos que no tienen existencia, ya que solo consisten en esto o aquello, o que simplemente son de esta o aquella manera pero que al final de cuentas son irreales y por no estar en la experiencia son ajenos al tiempo, además de esto carecen de clasifican axiológica por lo tanto su valor es y será siempre neutro, así pues encontramos que este primer objeto se contrapone a los Objetos Naturales ya que estos si son reales, están en la experiencia por el hecho de estar en el tiempo, y a pesar de que su valor es neutro no conllevan a la misma connotación que la de los Objetos ideales, ya que en el caso de los Objetos naturales los objetos se verifican solo en su esencia sin ninguna otra apreciación. Los Objetos Culturales por su parte de alguna manera fueron creados por el hombre según sus valoraciones internas e individuales, razón por la cual no solo son reales y están en la experiencia por permanecer en el tiempo si no que además de eso tienen Valoración con signo positivo o negativo según sea el caso, pudiendo ser esta valoración como justo e injusto, útil o inútil, bonito o feo, teniendo como condición sine cuanon el hecho de que deberán tener por lo menos una de estas clasificaciones, por Cossio nos relata los Objetos Metafísicos que no están en la experiencia, pero son reales y que tienen una valoración positiva o negativa únicamente, y que con todo respeto quien suscribe los considera irrelevante para el accionar jurídico diario.

Ahora bien cada uno de los objetos ya mencionados por sus características propias tiene un

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