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La ciencia de la filosofía jurídica

MarinahzApuntes30 de Noviembre de 2015

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  1. Ciencia de la Filosofía

¿Cuál es el papel de la filosofía jurídica en el fenómeno jurídico?

Concepto de filosofía:

  1. Ciencia: conjunto de realidades conceptuales, conjunto de conocimientos sistematizados y metódicos, conjunto de conocimientos comprobables con valor universal.
  2. Todo conocimiento que está en movimiento y observación, dicho conocimiento es el resultado del método. Dinámica, evolutiva, perfectible observación, experimentación y comprobación.

Estudia la realidad:

  1. Aspecto negativo: todo lo que no soy yo
  2. Aspecto positivo: todo lo que existe

Formas de existir:

  1. Material y tangible
  2. Conceptual e intangible
  • Ambas existen
  • Descartes: pienso luego existo
  • Si algo estorba existe
  • Si algo no existe no preocupa

Busca las últimas causas:

  • Lo más recóndito (¿xq? ¿xq? ¿xq?)
  • La ultima respuesta (relativa)
  • Causas primeras o causas ultimas (dependiendo del punto donde se vea)
  • No se puede buscar la verdad porque esta será relativa
  • No hay verdad absoluta

Tarea: verdad jurídica

Racionalidad del ser humano:

  1. Captar toda la realidad tangible e intangible. ENTENDER (capacidad de interactuar con el mundo externo)
  2. Aptitud que responde a algo que nos llama la atención. VOLUNTAD (expresión de libre albedrio, celebrado en entendimiento y manifestación de la voluntad)
  3. Memoria

Entendimiento: es una capacidad

  • Proceso de conocer.[pic 1][pic 2]

CONOCER (ACTIVIDAD)          CONOCIMIENTO (RESULTADO)[pic 3]

“NIL VOLITUM, QUIN PRAE COGNITUM”[pic 4]

LIBRE ALBEDRIO: Llevar a cabo la información cierta y convincente, toma de decisiones.[pic 5]

ASENTIMIENTO SEGURO: Aceptación (por fundamento) o Rechazo (con fundamento).[pic 6]

VOLUNTAD: Selección de alternativas[pic 7]

MEMORIA: Si se entiende algo y es atractivo, se guarda la información.

  1. Ciencia jurídica

Aquella que estudia el contenido del Derecho de un país determinado.

Disciplina que trata de conocer el Derecho desde el punto de vista normativo.

Ciencias/ Disciplinas:

  • Jurisprudencia sociológica
  • Historia del derecho
  • Historia de la ciencia jurídica
  • Derecho comparado: comparación de las técnicas jurídicas que utilizan sistemas jurídicos de diversos países para aplicar lo mejor de ellos a un caso concreto.
  • Teoría del derecho
  • Dogmática jurídica: i) antonomasia: excelencia, lo máximo ii) dogma: forma de pensar
  • Lógica jurídica: conexión de una idea con otra, se establece en lo básico y lo natural.
  • Axiología jurídica
  • Epistemología jurídica:

Epistémico: capacidad racional de cada ser humano

Epistemología: utilizar esa capacidad racional para entender la realidad. Estudio de la realidad tangible e intangible.

  • Filosofía jurídica: busca las ultimas causas del fenómeno jurídico.

Ciencias auxiliares:

  • Física
  • Psicología
  • Anatomía
  • Geografía
  • Geología
  • Economía
  • Contabilidad
  • Criminología
  • Administración
  • Medicina
  • Sociología
  • Química

  1. Sistemas jurídicos tradicionales

Familia jurídica: conjunto de sistemas jurídicos

Tradición jurídica: la manera, personal, en la que se percibe el sistema jurídico. Forma en que se aplica.

Sistema jurídico:

Iusnaturalismo:

  • El orden natural es el que le da origen a la norma civil.
  • Su validez aumenta en las cualidades humanas
  • La fuerza de las normas está en el orden natural

Etapas:

  1. Grecia: Buscar la interpretación de los fenómenos naturales

Filósofos:

  • Tales de Mileto[pic 8]
  • Pitágoras
  • Sócrates                       investigadores que descartaban la divinidad
  • Platón
  • Eraclito
  • Cicerón: traspasa las ideas de Grecia a Roma

  1. Roma: privilegios del ser humano explicándolo visto desde una manera natural.
  • San Agustín de Hipona: Pagano, da fundamento filosófico al cristianismo.
  • Santo Tomas de Aquino: 3 tipos de leyes, divina, humana y civil. (enseñanza ecleseastica)

Principios:

  1. Derechos humanos: por ser innatos a todos y cada uno de los seres humanos. Anteriores y superiores a las normas positivas.
  2. Los valores morales y éticos: están en la base de las normas jurídicas
  3. Los valores son conocibles para la vía de la razón.

Iuspositivismo:

  • Sistema jurídico
  • La validez de las normas se fundamenta en la voluntad de la autoridad.
  • Valen por que las emite el legislativo, son promulgadas y publicadas.

Derecho Positivo: basado en el positivismo

  • Corriente filosófica
  • Augusto Comte (fundador)
  • Valor de la experiencia:

Positivo: real

Abstracto: no real

Positivización:

  • Orden jurídico presentado a través de códigos
  • Vigentes o no vigentes

Pincipios:

Thomas Hobbes – Leviatan, capitulo XXVI

  • El único que puede hacer las leyes es el soberano
  • El único que puede lo que es justo o no justo es el soberano
  • El único que puede dejar de cumplir sus normas es el soberano
  • Los sentimientos ( valores) solo son buenos deseos de la población

Los valores no son característicos del iuspositivismo

Formalismo = lo que la norma dice

  • La justicia no es el equilibrio de las partes

Autores:

Jeremy Bentham: Padre del Iuspositivismo                 radicales defensores[pic 9]

Hans Kelsen: teoría pura del derecho

Gustav Rodbruch: 1° en enfrentarse a Kelsen

Herbert Hart: crítica; “el iuspositivismo actual está herido de muerte”. La validez está en los PGD (art. 14 const)

  1. Ordenes normativos previos al orden jurídico

  1. Convencionalismos sociales: control de la conducta que busca Uniformidad.

Acciones consensadas (consentimiento)

  1. Usos: se refiere a una conducta repetitiva con carácter de habito.

Se transmiten de manera generacional

Son discrecionales (si se quiere se hace)

Acuerdo de voluntades (para practicarse)

Grupal

  1. Costumbre: conducta o comportamiento repetitiva y habitual.

Continua y obligatoria

Grupal

  1. Moral: conducta individual e innata

Jamás habrá dos iguales

Criterio de conducta que distingue el bien o el mal buscando nuestra perfección.

El resultado: es la base de la moral.

Norma moral: unilateral, interna, autónoma e incoercible.

  1. Religión y asociaciones religiosas:

RELIGIÓN

Partiendo del ser humano como alguien que tiene elementos; biológicos; psicológicos; sociológicos y espirituales.

Según Aristóteles, el ser humano está hecho de:

  1. Materia: cuerpo, órganos.

Sujeta a las leyes de la física

Mutable

Elemento mortal

Tangible

|-------------------------------------------|

  1. Forma: que le da existencia a la materia

Energía que hace que los elementos se mantengan unidos

No se sujeta a las leyes de la física

Es inmutable (principio de identidad)

Trasciende en el tiempo

Elemento inmortal

Intangible

                      |--------------------------------->

Lo que se busca en la religión es que al morir la forma se une a lo eterno.

                  <--------------------------------sumo ente----------------------------> (perfección)

Religión: relación que tiene el ser humano con el sumo ente a través de la forma. (Personalísima)

  • Con la muerte la forma consigue la perfección, volviéndose eterna.

Elementos del Ser humano:

  • Innato
  • Inmortal
  • Nos lleva a la perfección eterna/interna

Norma religiosa:

  • Unilateral
  • Interna
  • Autónoma
  • Incoercible

ASOCIACIÓN RELIGIOSA

  • Grupo en el que coinciden en sus creencias (principio que justifica nuestra unión)
  • Existen una serie de normas jurídicas/religiosas (especiales)
  • Dogma: conjunto de creencias fundamentales, se encuentran en el Código de Derecho Canónico
  • Culto: actos mediante los cuales se le rinde homenaje a la divinidad ya sean públicos o privados
  • Iglesia: grupo de personas
  • Templo: lugar donde se rinde el culto

6.  Ética: partiendo de la filosofía en sus 2 etapas:

Especulativa:

  • Lógica, metafísica, psicología, teurisea
  • Serie de conceptos desde el punto de vista folosofico
  • Cosas tangibles, la mayoría de las veces

Practica:

  • Dirigida a la conducta
  • Los valores se transmiten mas no se enseñan

  • Promover el ejercicio profesional de la carrera, es la finalidad de la ética en el ámbito jurídico.

Greco-esp/latin-esp: Estos = costumbre

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