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Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo


Enviado por   •  27 de Octubre de 2014  •  Síntesis  •  1.278 Palabras (6 Páginas)  •  244 Visitas

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EY DE SEGURIDAD Y SAUD EN EL TRABAJO

Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

Oscar Panibra Flores

Es de conocimiento general que en materia de seguridad y salud ocupacional en nuestro país se encuentra vigente desde el año 2011 la Ley Nº 29783 denominada Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, reglamentada mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR. Uno de sus aspectos de mayor importancia constituye la obligación de los empleadores de implementar en sus empresas una serie de requisitos; entre otros, cito a continuación los siguientes:

Establecer una política y objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Realizar la identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control.

Elaborar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Contar con el mapa de riesgo de las actividades realizadas por la empresa.

La planificación de la actividad preventiva.

Cumplir con el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Otra de sus novedades está referida a las implicancias derivadas de su incumplimiento, las mismas que además de disponer sanciones pecuniarias e indemnizaciones en favor de las víctimas y/o sus deudos, incorporó una nueva tipificación delictuosa en materia penal (artículo 168-A del Código Penal) estableciendo que aquél que infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de cinco años. Igualmente, si producto de una inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente de trabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves para los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad será no menor de cinco años ni mayor de diez años.

A propósito, el último fin de semana el diario El Comercio publicó un ameno e interesante resumen relacionado con la fiscalización del cumplimiento de estas obligaciones, que gloso a continuación:

http://aptitus.clasificados.pe/blog/informes/aptinforme-cuando-lleguen-los-inspectores/

APTiNFORME: Cuando lleguen los inspectores

Por info, el 14 de junio de 2013 a las 2:02 pm

La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo alcanza su punto álgido durante la fiscalización. ¿Qué hacer cuando esto suceda?

A estas alturas de la carrera, su empresa, sin importar si es grande, mediana o pequeña, ya debería tener implementados todas las medidas primarias que requiere la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (LSST). Sin embargo, cumplir con todas estas exigencias no será del todo determinante hasta que, finalmente, llegue el momento de recibir a los inspectores que llegarán a fiscalizar cómo han venido haciendo este trabajo y multar a los resultados de ser necesario.

Papel manda

Los inspectores no avisarán día ni hora de llegada por lo que el representante legal y los miembros del comité paritario deberán estar preparados para entregarles lo que necesitan.

El IPER: documento donde han sido identificados todos los riesgos posibles dentro de las instalaciones de la empresa. Este es un trabajo del comité, sin embargo, no serán los únicos consultados. “El sistema de gestión de los inspectores les da poder para hacer preguntas a la gente que no pertenece al comité”, explica Enney González, gerente de riesgo de Rimac Seguros, por lo que recomienda trasmitir los resultados a los trabajadores. “Es preciso hacer un registro donde no queda duda de que los trabajadores fueron informados, ya que esto también funciona como blindaje jurídico para la empresa”, afirma.

El reglamento de higiene y seguridad: Este es otro documento que debe ser estudiado, aprobado y divulgado. “Y yo diría, más que solo divulgarlo, es recomendable que todos los trabajadores lo conozcan y lo sepan interpretar”, explica el ejecutivo.

Los programas de capacitaciones: Con un mínimo de cuatro capacitaciones al año, es importante que los representantes tengan un registro de los talleres que ya se han realizado (con firmas del 100% de su planilla) así como el plan de ejecución del resto de capacitaciones futuras.

Actas de reunión del comité paritario. A decir de González, este es

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