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REALISMO JURIDICO


Enviado por   •  13 de Junio de 2013  •  1.662 Palabras (7 Páginas)  •  866 Visitas

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EL REALISMO JURIDICO COMO ALTERNATIVA AL NORMATIVISMO:

El Normativismo, es una designación de la sistemática científica que se aplica casi exclusivamente al derecho. El "normativísmo jurídico" o teoría normativa del derecho, como se lo llama a partir de los trabajos de Kelsen, es el que trata al derecho única y exclusivamente desde un ángulo normativo, sin calificarlo por su justicia ni descalificarlo por su injusticia; toma sólo la norma jurídica positiva, única expresión de lo jurídico, por otra parte, a la que conviene el nombre de derecho. El iniciador de este tipo de investigación jurídica fue Karl Binding (1841-1920), al que subsiguió su discípulo Thon. En el siglo presente Hans Kelsen (n. en 1881) desarrolló una teoría integral del derecho en su aspecto normativo, que, por despreocuparse del contenido concreto de las normas jurídicas para atender tan sólo a la norma en sí, llamó "teoría pura del derecho"

Normativo: Lo que es regulativo, lo que se considera desde el punto de vista de la regulación que impone y no de los hechos a que se refiere su contenido. En lo atinente al derecho, el método, criterio o punto de vista normativo es el que toma como, objeto la norma jurídico como tal, desinteresándose de su contenido sustancial concreto - como sería su grado de justicia, su origen histórico, la necesidad social que llena y estudiándola en su estructura.

El Realismo Jurídico comienza como una actitud opuesta al Formalismo ante las Normas, el cual sostiene que las normas se caracterizan por una serie de propiedades formales tales como la precisión, univocidad, coherencia, completitud etc. Esto quiere decir que el sistema jurídico es un sistema cerrado, perfecto, sin lagunas, que se sostiene por sí solo, el cual no admite que dos de sus normas se contrapongan o se contradigan. Las normas son autosuficientes, completas y coherentes que carecen de ambigüedad y vaguedad. El formalismo atiende también al principio de legalidad, el cual sostiene que la ley debe de ser obedecida por el simple hecho de ser ley. Según el formalista una norma es un concepto muy amplio y se considera positiva cuando es considerada como válida. Sólo por el hecho de ser justa es ley y cuando una norma se hace ley es entonces válida. Al formalista no le importa él porque si no el que decidió. El Realismo objeta que al formular normas jurídicas se debe recurrir a un lenguaje natural como el castellano, y es de esta forma que la norma adquiere todo tipo de imprecisiones debido a la ambigüedad y vaguedad de las palabras que la conforman. Como los legisladores no lo saben todo, no son capaces de preveer todas las combinaciones posibles que tiene una palabra, lo cual nos lleva a que las normas jurídicas adquieran imprecisión con el lenguaje ordinario. Por el otro lado los Realistas sostienen que existen casos en los que el jurista se topa con una laguna normativa o una situación en la que se contraponen dos o más normas jurídicas, lo que ocasiona que existan casos sin regular o situaciones en las cuales el juez entra en duda.

El realismo jurídico define el Derecho como el conjunto de normas jurídicas verdaderamente vigentes y observadas por la sociedad. A diferencia del positivismo en su concepción mayoritaria, que presenta como Derecho la ley escrita, el realismo se plantea si esa ley escrita se cumple de verdad. Por ejemplo, un realista nunca te dirá que la ley donde se impone respetar los semáforos es Derecho si la gente la incumple en la práctica de forma generalizada. A diferencia del iusnaturalismo, el realismo jurídico identifica el Derecho con lo que es (al igual que el positivismo) y nunca con lo que debe ser. La diferencia con el positivismo en su versión más extendida (algunos consideran que el realismo es una forma de positivismo) es que el realista identifica el Derecho con la norma que la gente cumple, y la mayoría de positivistas lo asocian con la norma dictada por la autoridad competente, sin preocuparse de su cumplimiento real.

El realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la eficacia normativa, el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal con una aceptación social previa

El normativismo es una teoría del derecho desarrollada por Hans Kelsen , que pretende "desnudarse" de cualquier pensamiento ideológico, y que establece un sistema jurídico basado en la Jerarquía de las normas

Son pues dos sistemas contrapuestos donde el realismo basa la eficacia de la norma en aquellos valores aceptados socialmente y el normativismo basa la eficacia de la norma en la propia norma y el poder del estado que la ha dictado.

La diferencia está en que el realismo valora la norma y la acata porque socialmente es correcta, el normativismo no se plantea nada, acata porque es ley y proviene del estado.

CARACTERISTCAS DEL REALISMO.

a) El derecho manifiesta un cambio constante.

b) El derecho es un medio para alcanzar fines sociales.

c) La sociedad cambia, incluso más rápidamente que el derecho.

d) El jurista debe analizar, sobre todo la actuación efectiva de los tribunales y de la gente.

e) Hay que desconfiar de que las normas jurídicas representan lo que los tribunales y los ciudadanos hacen efectivamente

f) Hay que desconfiar de que las normas jurídicas sean las que produzcan las decisiones

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