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Realismo Jurídico


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2014  •  1.072 Palabras (5 Páginas)  •  156 Visitas

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REALISMO

El realismo jurídico se desarrolla especialmente en el siglo XX, a raíz de la revuelta contra el formalismo conceptual que había caracterizado a la ciencia jurídica del siglo anterior.

Es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la eficacia normativa, con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales. Para los realistas jurídicos el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal.

El realismo jurídico consiste en observar la realidad social para que con base a ello se formulen teorías que mejoren el sistema jurídico y rijan a la comunidad, por ello cuando las normas se observen por los mismos se debe de sentir un vinculo ya que son normas de derecho que se encuentran relacionadas con personas determinadas; que permiten conducir al individuo en su comportamiento en sociedad y psicológicamente para poder dar respuesta a sus exigencias y a las mismas que requiere la sociedad para el comportamiento del individuo en la misma a través de normas efectivas, vigentes y validas.

Se entiende que la característica definitoria del Derecho es la eficacia. Se opone radicalmente a la opinión manifestada por el positivismo jurídico.

Para el realismo jurídico el núcleo fundamental del Derecho no son las leyes, sino los hechos, los comportamientos sociales efectivos, teniendo en cuenta principalmente los intereses, fines y alores que se ponen de manifiesto por el jurista intérprete y por el juez aplicar del derecho en relación con los casos y situaciones concretas que presenta la vida real.

El realismo jurídico entiende que la seguridad jurídica no puede lograrse a través de los métodos normativistas tradicionales, sino a través de la adecuación a las exigencias y aspiraciones de los ciudadanos que viven inmersos en una realidad social en constante cambio. De esta manera, un Derecho dinámico, flexible, adaptable a la realidad social de cada lugar y de cada momento puede proporcionar más seguridad que un conjunto de normas anquilosadas y petrificadas por la dificultad para su adecuación a las necesidades de cada momento.

Podemos distinguir 2 corrientes de este realismo jurídico:

REALISMO AMERICANO: Donde la base ere el pensamiento de que en el Derecho se contienen en las decisiones concretas de los jueces y funcionarios que resuelven los litigios y los fallos que se planteen. Se trata de un derecho judicial del caso concreto, donde el precedente judicial se convierte en la norma orientadora para posteriores decisiones judiciales.

REALISMO ESCANDINAVO: Que se refiere a que no existe otro Derecho que el que realmente aplican los jueces “de facto”, siempre que las reglas sean realmente vividas como obligatorias por los jueces.

Así, el Derecho vigente está compuesto por aquellas normas que operan en el espíritu del juez porque éste las vive como socialmente obligatorias y socialmente las obedece.

REALISMO DE LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA: Del francés Michel Troper, quien ha desarrollado una teoría realista según la cual la interpretación no es un acto de conocimiento de la ley, sino un acto de voluntad del juez.

OTRAS CARACTERÍSTICAS DEL REALISMO JURÍDICO

• Indeterminación del derecho.- Los realistas suelen creer que el derecho positivo (las leyes y los precedentes obligatorios) no determinan las verdaderas soluciones a los caso.

• Enfoque interdisciplinario.- Muchos realistas jurídicos se han interesado en los estudios estadísticos (Holmes), sociológicos (Ross), antropológicos (Llewellyn y su libro The Cheyenne Way), etcetera.

• Enfoque instrumentalista.- Los realistas creen

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