Realismo Juridico
victoriaannie23 de Octubre de 2013
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Índice
Introducción_______________________________________________3
Capítulo I
Aspectos Generales del Realismo Jurídico _______________________4-6
Capítulo II
Realismo Jurídico Escandinavo _________________________________ 7
Personajes importantes ____________________________________ 7-10
Capítulo III
Realismo Jurídico Norteamericano ______________________________11
Personajes importantes____________________________________11-13
Conclusión ____________________________________________14-15
Bibliografía ______________________________________________16
Introducción
El derecho surge por la necesidad del hombre de controlar el caos, de regular a la sociedad y de poner una mano firme para cumplir con la justicia. Diferentes definiciones se le han otorgado al derecho a lo largo de la historia. Se observan los diferentes puntos de vista que distintos autores, filósofos y renombrados han dado sobre el derecho.
El siguiente ensayo centrará su atención en el derecho como un hecho social, basándose meramente en una realidad palpable y visible. Reglas que se imponen al observar los acontecimientos que se dan día con día, los problemas que surgen de la realidad histórica, la práctica, los avances y novedades que van transformando a la sociedad.
El realismo jurídico viene a contrastar y a criticar el exagerado positivismo que se estaba viviendo en el siglo XX y demuestra que el verdadero derecho debe de recaer en algo mas fuerte que en la norma en sí.
Se presentaran las posturas de diferentes autores, como Olivecrona, Ross, Holmes, entre otros; para explicar las distintas aplicaciones y perspectivas que le dieron al derecho en su tiempo.
Se espera demostrar que el realismo jurídico fue un proceso muy revolucionario para la época, y que comparándolo con corrientes previas a esta, se entienda que este paso en la historia del derecho fue de vital importancia para llegar al sistema jurídico con el que contamos en la actualidad.
Aspectos generales del realismo jurídico
Tema controvertido en el momento de encontrar una simple definición, ya que muchos autores han sido involucrados en el desenvolvimiento de este concepto. En este caso se presentará al realismo jurídico con sus posturas, autores e ideas.
Muy cercano a lo que se llega entender es que el realismo jurídico es aquella corriente filosófica que se desarrolla en el campo jurídico, que es vigente y tiene una competencia dentro de la sociedad, esto logrado mediante la observación de aquellas reglas que son efectivas en el Estado.
El realismo jurídico viene en contrapeso del derecho positivo, se debe de entender la diferencia que existe entre ellos , para poder comprender porqué se dio esta transformación ; el positivo es un conjunto de normas jurídicas escritas abarcando toda la creación jurídica del legislados, ya sea vigente o no sea vigente, este solo se impone y no busca que sea apto para la sociedad del momento, a diferencia del realismo jurídico que busca ser competente dentro de la sociedad, un derecho que se basa en la realidad.
El realismo jurídico surge a mediados del siglo XX empieza a ganar fuerza paralelamente al momento en el cual el positivismo empieza a perder su fuerza. A lo largo de la historia se ha visto que cuando nace una corriente filosófica en contraste de otra es porque se tenía una crítica a la misma, en este caso, se llega a una inconformidad con el exceso de idealismo que había en las normas dictadas y con la cual las mismas podrían causar injusticias.
Los realistas jurídicos no están dispuestos a tomar como base lo ideal, lo que debería de ser obligatorio, si no que se ponen a la tarea de investigar a la sociedad y centrar su atención en la misma con el fin de lograr entender la evolución del derecho.
El realismo jurídico rechaza la postulación metafísica de un ideal de justicia radicando en un supuesto mundo distinto de la realidad social observable
Esto último se podría entender como un derecho que no abarca únicamente las normas del legislador, sino que basa su observancia en los comportamientos que se suscitan en la sociedad. Se puede observar como se retoma un empirismo, al realismo jurídico se le atribuye busca flexibilizar al derecho positivo, un derecho que evoluciona, que cambia a la par de la sociedad, que sea vigente.
Como Villoro inteligente menciona “El derecho se da en la realidad, porque es en la realidad donde se manifiestan sus exigencias de cumplimiento” la norma por sí sola no tiene validez en una sociedad que no concuerda con lo establecida en ésta.
De cierta forma lo que se busca con el realismo jurídico es acercarse mas a la justicia, basándose en la costumbre, la experiencia y contribuye mas certeramente al orden en la sociedad.
Se entiende por lo tanto que el derecho es un instrumento para alcanzar fines sociales, donde el comportamiento de los individuos se manifiesta con un cambio constante de conducta, una sociedad cambiante por lo tanto una evolución del derecho. Se habla de un jurista que tiene como tarea analizar que los tribunales y la gente actúen de manera eficaz. se habla de una ventaja en la agrupación de casos y situaciones jurídicas para así aumentar el numero de conceptos. Se habla de realistas jurídicos que dudan del derecho positivo, que critican una mente cerrada basada en la norma solamente, no creen en las leyes obligatorias como soluciones a los casos concretos.
El movimiento de realismo jurídico se muestra por la enciclopedia jurídica mostrando los siguientes elementos; consistir en reglas concernientes al ejercicio de la fuerza (ya sea una sanción que sea necesaria para lograr una conducta deseada) y el no consistir solamente en normas de conducta, sino también en normas de competencia que son las que establecen el conjunto de autoridades públicas establecidas para ordenar el ejercicio de la fuerza.
(pág. 117) lo anteriormente mencionado habla de una concretización de la ley por medio de la coacción, de una ley viviente, reguladora de la sociedad, imponiendo justicia por el medio de la sanción.
Por contraparte, había personas que criticaban al realismo jurídico ya que se basa meramente en lo social (estudios sociológicos) y por restarle importancia a la norma en sí.
Surge Giovanni Tarello como mayor representante de la escuela de Génova, y es quien esquematiza el realismo jurídico basándose en sus características, él es quien da la definición de derecho como se conoce hoy en día. Estas teorías incluyen: la definición del concepto, la interpretación del derecho, teoría sobre la naturaleza de fenómenos e instituciones jurídicas particulares.
Consecuentemente a Tarello van apareciendo nuevos expositores del tema como Paolo Comanducci y Pierluigi Chiassoni quienes defendían el esceptismo interpretativo, la separación entre derecho y moral, el carácter sistemático del derecho como variable dependiente de la labor de la doctrina.
Existen dos tipos principales de realismo jurídico, los cuales son el realismo jurídico Escandinavo y el Norteamericano, éstos difieren en la época en la que surgieron, los expositores que hay en cada uno de ellos y los ideales que traían consigo. A continuación se presentaran ampliamente.
Escuela Escandinava
Surge en Europa, en los países escandinavos, muchos son los autores participes en este tema, pero quizá el mas importante es Ross, discípulo de Kelsen.
El derecho escandinavo, está hecho para una realidad específica, es una alternativa al debate entre el iusnaturalismo y positivismo. En este caso el labor de los juristas es el de saber aplicar la ley a la realidad natural por medio de los ritos jurídicos, para así lograr una interpretación de los hechos mediante una observación empírica.
Después de la Segunda Guerra Mundial el realismo escandinavo fue de fundamental importancia para la reorientación del positivismo en los autores europeos, como por ejemplo Kelsen. Por lo tanto se convierte de vital importancia para poder entender y analizar el pensamiento jurídico occidental del siglo XX.
El realismo escandinavo busca que se tenga un sistema basado en la norma que recaiga en las ciencias sociales que puedan ser adaptables a la realidad. Además rechaza totalmente la norma basada en la metafísica y a la norma basada en lo ideal, busca que se haga una observación empírica
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