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DERECHO INDIANO DOMINICANO


Enviado por   •  14 de Julio de 2014  •  1.846 Palabras (8 Páginas)  •  1.268 Visitas

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DERECHO INDIANO DOMINICANO

Derecho publico

La parte este de la isla española o República Dominicana estuvo bajo la dominación y leyes de España en un periodo que abarca desde 1493 hasta 1801 es decir 37 años durante esta etapa, nuestra leyes vinieron de España, nuestro sistema jurídico fue de las leyes de indias.

La historia del derecho imperial en nuestro país durante ese periodo es de suma importancia para los dominicanos aunque nuestros derechos no están basados en el derecho indiano.

Si fuimos una de América también nuestros sueldos fue laboratorio donde se ensayaron por primera vez en el nuevo mundo las grandes instituciones políticas y jurídicas que luego rigieron en toda la indias hispana durante 3 siglos.

El Gobierno

La parte este de la Isla Española, hoy República Dominicana, estuvo bajo la dominación y las leyes de España durante un período continuo que abarca desde 1493 hasta 1801; es decir, 307 años. Durante esta larga etapa nuestras leyes vinieron de España, nuestro sistema jurídico fue el de las Leyes de Indias y el mecanismo gubernativo fue el que se nos imponía desde la metrópoli.

La historia del derecho imperante en nuestro país durante ese período es de suma importancia para los dominicanos. Aunque en la actualidad nuestro derecho no está basado en el Derecho Indiano, nos atrevemos a asegurar que mucha de la idiosincrasia del pueblo dominicano tiene sus raíces en aquel período y que sólo conociendo bien el derecho de esa época estaremos en condiciones de apreciar claramente los problemas y las luchas presentes.

EL GOBERNADOR

El gobernador de la Isla española fue siempre asignado por los monarcas como la máxima autoridad política en santo domingo.

Al principio debía ser escogida de una terna sometidas al rey por el consejo de india, duraban sus funciones un terminó de 8 años y en el caso del gobernador VÍA TAN DE VIAMONTE, nombrado en 1637, las principales funciones del gobernador eran administrativas y militares, pero se le atribuyo también por él, para dictar disposiciones con carácter de leyes de aplicación local, llamada por ordenanza o bondad en muchos casos el gobernador era también presidente de la real audiencia pero solo fungía como juez de dicho tribunal si era abogada.

De todas maneras podemos decir que las funciones principales del gobernador de la isla española fueron: a) el mantenimiento del orden público en la colonia, b) disponer todo lo relativo al sofoca miento de insurrecciones y alzamientos de indios, esclavos negros

y de los propios españoles rebeldes, c) ordenarla expulsión de herejes y extranjeros que estuvieran en la Isla sin autorización, d) ejecutar las disposiciones reales sobre la fundación, cambio y destrucción de ciudades y villas, e) supervisar la recaudación de los impuestos y otros ingresos de la Corona percibidos y manejados por los Oficiales Reales y revisar anualmente e (junto con los Oidores de la Real Audiencia) los libros de ingresos y egresos fiscales, f) imponer tributos ("sisas") con la previa autorización del Rey, g) ) velar por el cumplimiento de las

Leyes y otras disposiciones reales sobre el repartimiento y trato de los indios (mientras hubo nativos en nuestra Isla, o sea, hasta mitad del Siglo XVI) así como disponer todo lo relativo a la venta, distribución y trato de los negros esclavos llegados a la Isla, h) llenar interinamente los cargos vacantes en la burocracia colonial, hasta tanto el Rey designara el sustituto o confirmara el provisional, i) como Capitán General de la Colonia, tocaba al Gobernador dotar y mantener las fortalezas y puestos de vigilancia en los lugares estratégicos de la Isla, misión importante durante los largos períodos conflictivos con los corsarios y las naciones europeas en guerra contra España siendo a la vez Comandante de la pequeña milicia local y teniendo como subalternos al Sargento Mayor, al Cabo ya los Alcaides de las Fortalezas; j) en este aspecto militar, el Gobernador fue Juez de Primera Instancia en los asuntos que envolvían disciplina y asuntos militares, existiendo una apelación ante la "Junta de Guerra", que formaba parte del Real Consejo de Indias con sede en Sevilla, k) controlar la entrada y salida de españoles s a la Isla, encargo de suma importancia para evitarla total despoblación de ella durante los años en que las recién halla das riquezas de México y Perú incitaron a una emigración masiva de los españoles abdicados en Las Antillas.

La Justicia

El sistema judicial creado por España para sus colonias en Las Indias s fue un reflejo bastante fiel del que existía en la metrópoli a partir del reinado de los Reyes Católicos y que fue ya someramente descrito en un capitulo anterior.

La primera "Justicia" en la Isla Española estuvo a cargo del Almirante Cristóbal Colón, como Juez único, en virtud de las Capitulaciones de Santa Fe, pero estos poderes pronto le fueron quitados y la jurisdicción en primer grado, tanto civil como penal, pasó a manos de los Alcaldes Mayores de las ciudades,

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