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TEORIAS QUE DEFINEN LA NATURALEZA JURIDICA DEL CONCEBIDO


Enviado por   •  7 de Octubre de 2013  •  1.203 Palabras (5 Páginas)  •  668 Visitas

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2. TEORIAS QUE DEFINEN LA NATURALEZA JURIDICA DEL CONCEBIDO

El concebido a lo largo de la historia de la doctrina jurídica ha sido considerado de diversas maneras.

A) TEORIA DE LA PORTIO MULLERIS

En esta posición surge del derecho romano en el cual el concebido era considerado como un órgano , parte o porción de la madre.

Ullpiano expresaba “partus astequam edatur mulleris portio est vel viscerum “ lo que traducido al castellano quiere decir “antes del nacimiento el feto es parte de la mujer o de sus entrañas “ antes del alumbramiento el feto es parte de la mujer o de sus entrañas “ esto expresaba la condición fisiológica del concebido fuera de las cosas humanas , dentro del cuerpo de la madre , y en consecuencia , la falta de personalidad o capacidad .

En la actualidad , esta teoría no es mas que una noticia histórica , sin embargo hay autores que las siguen sosteniendo como por ejemplo Ruggiero , valencia Zea , entre otros.

B) TEORIA DE LA FICCION.

Esta teoría somete a la existencia del concebido a una condición suspensiva,lo reputan innecesariamente nacido para atribuirle una serie de derechos , en la mayoría patrimoniales en las que se adscribe siempre y cuando nazca vivo .

La calidad de ser humano no se adquiere de un momento a otro , en un día determinado de la existencia .La vida aparece en el ,momento de la concepción y constituye un proceso ininterrumpido hasta la muerte

Es así que el concebido se le considera una esperanza de vida , tal como lo menciona el corpus iuris civilis romanorum “Partus dum in ventre portatur speratur” El feto mientras este el vientre materno , se espera que llegue a ser hombre.

Esta posición tiene fuertes raíces romanistas. Peor a pesar de que de ellos se ha sido adoptado por la mayoría de los códigos civiles. Incluso los contemporáneos .Ampliando un principio jurídico :”En cuanto a el le beneficie el concebido se tiene por nacido”.

C) TEORIA DE LA PERSONALIDAD

Desde el concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas;y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos . Esos derechos quedan irrevocablemente adquiridos si los concebidos en el seno materno nacieran con vida.

Según esta teoría se le da la cualificación de persona al, concebido transfiriéndole toda la titularidad de sus derechos civiles. Aunque no se le da al concebido calidad de persona. Los derechos que puede adquirir son actuales y no en potencia, aunque sometidos a una condición resolutoria .Son derechos existentes pero condicionales.

De todo esto se destacan 4 nociones:

1. El concebido es persona antes del nacimiento.

2. Con la vida intrauterina del concebido surge la capacidad para ser titular de

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