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Anulabilidad


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2012  •  898 Palabras (4 Páginas)  •  352 Visitas

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La ineficacia del acto jurídico.-

Los actos jurídicos son celebrados para que sean eficaces jurídicamente, sin embargo sucede que en muchos casos los actos jurídicos no son eficaces, porque:

• No llegan a producir los efectos jurídicos por haber nacido muertos o porque los efectos jurídicos que estaban produciendo llegan a desaparecer por un evento posterior a la celebración del acto jurídico,

• Por ser contrarios a las normas imperativas, el orden público y las buenas costumbres.

En estos supuestos estamos dentro de la doctrina de la ineficacia.

"Si el acto jurídico no produce sus efectos normales es calificado de ineficaz, al acto es ineficaz tanto cuando no se dan los efectos (sociales, económicos, etc.) perseguidos o cuando se hacen cesar, o los efectos no pueden hacerse valer frente a ciertas personas".

La razón de ser de esta categoría jurídica radica en el hecho que cuando se celebra un acto jurídico y este no cumple con algún requisito que establecen las normas jurídicas, cuando el contenido del acto jurídico no se ajusta a derecho o por contravenir principios del orden público, las buenas costumbres o las normas imperativas, cuando estos se encuentran viciados o cuando los actos jurídicos que han venido produciendo normalmente sus efectos, desde la fecha de su celebración dejan de producirlos; el ordenamiento jurídico reacciona en forma negativa estableciendo sanciones.

El sustento de la categoría genérica de la ineficacia de los actos jurídicos es la tutela del principio de legalidad en el ámbito de los actos de la autonomía privada, pues el objetivo del sistema jurídico es que los actos de la autonomía privada produzcan efectos jurídicos, siempre y cuando los mismos se ajusten a los requisitos de orden legal para que los actos jurídicos sean eficaces.

Los actos ineficaces son aquellos que nunca ha producido efectos jurídicos o que habiéndolos producido dejan de producirlos por una causal sobreviniente a la celebración del acto jurídico.

Dentro de la doctrina se han desarrollado diversas categorías jurídicas que sancionan el acto ineficaz, tenemos:

• La inexistencia jurídica que desarrollaremos mas adelante.

• Nulidad Absoluta, que desarrollaremos mas adelante.

• Nulidad Relativa, que desarrollaremos mas adelante.

• Imposibilidad, se produce en ciertos casos aún su pretender crear derechos y obligaciones para los terceros, pueden ser desconocidos o impugnados por ellos, por cuanto los efectos que se producen entre las partes lesionan indebidamente otros derechos, tenemos como ejemplos la acción pauliana, el acto simulatorio respecto a terceros.

Clases de ineficacia:

a. Ineficacia total, el acto jurídico no produce NINGUN efecto jurídico, por ejemplo la declaración de nulidad.

b. Ineficacia parcial, el acto produce una parte de sus efectos pero no los demás. El acto contiene una o mas estipulaciones ineficaces, junto a otras que son eficaces, por ejemplo en testamento produce los efectos queridos por el testador, menos las disposiciones a favor del notario o de los testigos.

c. Ineficacia inicial, donde el acto jurídico

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