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Análisis de la Crisis del Antiguo Régimen 2ºbachillerato.


Enviado por   •  15 de Enero de 2017  •  Trabajos  •  1.948 Palabras (8 Páginas)  •  228 Visitas

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CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN.

  1. Identifica el tipo de fuentes que son.

El primer texto que nos encontramos es el discurso de Diego Muñoz Torrero en las Cortes de Cádiz el 29 de agosto de 1811, podemos decir que es una fuente primaria ya que nos encontramos un texto que no ha sido modificado ni interpretado posteriormente por terceras personas, por tanto diríamos que el texto es el original. También su fecha nos lo indica ya que la Constitución de Bayona (Estatuto de Bayona, mejor dicho) fue propuesta en 1808 aunque nunca llegó a entrar en vigor, pero vemos que el discurso es un poco posterior al acontecimiento del que habla por tanto no habrá podido ser modificada por nadie más.

Después encontramos un texto que pertenece a la Constitución de 1812 puesto que es un documento oficial, nadie puede modificarlo, por esta razón estaríamos hablando también de una fuente primaria.

  1. Expón las ideas principales de cada una de las fuentes y sitúalas en el bloque temático al que pertenezcan.

Ya que el tema del análisis es sobre la Crisis del Antiguo Régimen, ambos textos pertenecen al mismo bloque temático ya dicho. Es un período que se extiende desde 1808 hasta 1833.

Focalizándonos en la primera fuente, encontramos que es un texto de 1811 donde está redactado el discurso de Diego Muñoz Torrero enunciado por él mismo en las Cortes de Cádiz el 29 de agosto del mismo año. Dada la fecha en la cual está redactado nos indica que todavía estaba presente la ocupación francesa en España. Lo que pretende Muñoz con este discurso es hacer un llamamiento a defender los derechos que les otorgaba la Nación como componentes de ella y no dejar a un usurpador como Napoleón, así es como él lo llama, les imponga una Constitución (Estatuto de Bayona) no deseada además de cederle el trono a su hermano José Bonaparte. Este señor llamado Diego Muñoz Torrero  aparte de haber sido sacerdote y catedrático en Filosofía de la Universidad de Salamanca también fue uno de los políticos encargados en la elaboración de la Constitución española de 1812 y fue uno de los diputados en las Cortes de Cádiz. Dado que su papel fue bastante importante, sus palabras aún son más importantes y por eso tienen tanto peso ante la situación en la cual se encontraban.

El segundo texto tenemos el preámbulo y tres artículos de la Constitución de 1812. Aunque se trata de una Constitución promulgada por liberales todavía siguen estando muy unidos al catolicismo, ya que el número de eclesiásticos es muy superior a cualquier otro conjunto de diputados de las Cortes, que aún estaba muy presente en la España de la época, como podemos observar en las dos primeras líneas del preámbulo. Se sabe que esta Constitución fue muy avanzada en muchos otros aspectos y por eso sirvió de modelo para Constituciones posteriores de otros países, pero pese a su avance todavía no separaba a la Iglesia Católica de los quehaceres del país. Después de las dos líneas introductorias encontramos un tipo de reflexión sobre las antiguas leyes de la Monarquía, diciendo que ahora tendría que cumplirse que estas promovieran la gloria, la prosperidad y el bien de la Nación. Acto seguido se introducen los tres primeros artículos de Título I que tratan de la Nación Española. El Artículo 1 dice que la Nación española estaba formada por los españoles de ambos hemisferios, es decir, que la componían los españoles residentes en España y los que residían en el continente americano en las colonias españolas, todos aquellos que eran españoles o criollos. El Artículo 2 como bien dice, se refiere a que la Nación no puede pertenecer al rey absolutista o a su familia incluyéndolo a él también, como es lo que pasaba en los regímenes absolutistas anteriores a esta Constitución o por el contrario a los reyes impuestos por los países que pudieran invadir un país ajeno. Por último, el Artículo 3 dice que el derecho a voto reside en la Nación y por tanto a los componentes de la misma, conjuntamente y gracias al sufragio universal masculino el pueblo también podría votar las leyes que fueran más convenientes para ellos.

  1. Define los siguientes conceptos: SOBERANÍA NACIONAL y CARTA OTORGADA.
  • Soberanía nacional: poder que tiene el estado sobre su territorio donde ninguno es superior al mientras que, la identidad nacional son todos los elementos que conforman y le dan vida al mismo. La soberanía está enmarcada en nuestra constitución, esto le permite al país ser un territorio independiente e inviolable.
  • Carta otorgada: Texto político que recoge las concesiones y la participación en el régimen político, otorgadas por Luis XVIII al pueblo francés. Proclamada el 4 de julio de 1814, pone en funcionamiento un régimen que pretendía combinar la soberanía de la Corona, con la participación popular mediante convocatorias electorales restringidas para las cámaras legislativas.

  1. Explica cómo la ocupación francesa provocará una situación revolucionaria en España que llevará a la abolición del Antiguo Régimen. Desarrolla brevemente el absolutismo en el primer tercio del s. XIX relacionándolo con los acontecimientos de la Europa del momento así como los de la América hispana.

La invasión napoleónica de 1808 precipitó la crisis del Antiguo Régimen y abrió las puertas a la introducción en España del liberalismo. Hubo diversos factores tanto internos como externos que facilitaron la llegada del liberalismo a las Cortes de Cádiz y por su consiguiente la promulgación de la Constitución de 1812. Los factores externos fueron a grandes rasgos el impacto que tuvo la Revolución francesa en la monarquía española en 1789 más tarde, cuando ya Napoleón subió al poder Carlos IV que era el vigente rey decidió aliarse con Francia lo que les llevo a la guerra contra Gran Bretaña de la cual no salieron muy bien parados ninguno de los dos países. La situación de España todavía empeoró más cuando se firmó el Tratado de Fontainebleau (1807) que autorizaba a los ejércitos franceses a atravesar España para llegar a Portugal, ingenuos de ellos no se dieron cuenta que era la situación perfecta para ocupar España y así lo hicieron.  Tras varios acontecimientos y revueltas llegó la Guerra de la Independencia cuando Napoleón ya había invadido varias ciudades importantes y había impuesto a su hermano como rey. Las tropas francesas se fueron debilitando a causa de la invasión de Rusia y gracias a las tropas comandadas por el general Wellington ganaron a los franceses, los cuales se vieron obligados a irse y se restableció la monarquía de Fernando VII. Con la Guerra de la Independencia se crearon las Juntas, se declaró la soberanía nacional, se creó la primera Constitución española en 1812 y se abolió por primera vez el Antiguo Régimen. Esto trajo un régimen liberal al Estado que hizo una serie de mejoras como la abolición del régimen señorial y toda la población dejó de estar sometida a la jurisdicción privada. Pasados dos años desde la abolición del Antiguo Régimen, Fernando VII volvió y restableció el Antiguo Régimen, declaró nula la Constitución y los decretos de Cádiz e inició la persecución de liberales y afrancesados. La población estaba en descontento dado que el regreso de Fernando VII no fue para mejorar la situación sino que la empeoró mucho más lo que favoreció a la reivindicación liberal y constitucional y estimulaba los pronunciamientos militares. Desde 1814 se produjeron diversos pronunciamientos pero no fue hasta 1820 que el coronel Riego realizó el definitivo. Esto obligó al rey a aceptar la Constitución de 1812 y se formó un nuevo gobierno el cual tenía como objetivo volver a abolir el Antiguo Régimen. Pasados tres años y una serie de reformas hechas por el Trienio Liberal, los países que formaban la Santa Alianza ayudaron a Fernando VII a volver a España para restablecer el régimen absolutista. Tras la ocupación de Madrid se nombró un Consejo de Regencia y un gobierno absolutista que liquidó el Trienio. Fernando VII de nuevo volvió al trono e implantó un régimen de terror. A partir de aquí empieza la denominada Década Ominosa lo que dio retorno al inmovilismo político ya que el rey no realizaba las reformas que se requerían. La pérdida de las colonias americanas agravó la crisis. A partir de 1825 el rey buscó el apoyo de la burguesía moderada para recaudar más impuestos haciendo pagar a los sectores privilegiados, lo que hizo que aumentara el descontento hacia el monarca de esos sectores por no ejercer como un rey absolutista propiamente dicho. En 1827 algunos realistas impulsaron alzamientos denunciando una influencia revolucionaria, lo que puso en acción a su hermano Carlos. Entonces empezó a influir la cuestión sucesoria, Fernando VII se casó con Mª Cristina de Borbón y Dos Sicilias con la cual tuvo una hija llamada Isabel. Aquí viene el problema, hasta entonces había estado en vigor la Ley Sálica, que prohibía que las mujeres reinaran, pero Fernando VII ya al borde de la muerte y sin tener posibilidad a obtener un hijo varón se vio en la obligación de que si quería que su hija reinase tendría que imponer una nueva ley. Esta ley fue la Pragmática Sanción que daba derecho a las mujeres a reinar y derogaba por tanto la Ley Sálica. Hasta la mayoría de edad de Isabel reinará su madre Mª Cristina.

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