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Barrios Altos


Enviado por   •  2 de Febrero de 2014  •  2.693 Palabras (11 Páginas)  •  318 Visitas

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“…33.El 14 de marzo de 2001 se celebró la audiencia pública sobre el presente caso.

……VI / Allanamiento

Alegatos del Estado

34.En su escrito de 19 de febrero de 2001 y en la audiencia pública de 14 de marzo de 2001, el Perú reconoció su responsabilidad internacional en el presente caso (supra párr. 31).

35.En el curso de la audiencia pública el Agente del Estado expresó que el Gobierno [peruano] enfrenta una agenda en materia de derechos humanos en extremo compleja[; como parte de ella,] el restablecimiento y normalización de las relaciones con la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido, es y será una prioridad esencial…

… [E]l Estado peruano… formuló un allanamiento mediante escrito del 19 de febrero, en el cual se reconocía responsabilidad internacional por los hechos ocurridos el 3 de noviembre de 1991…

…[L]a estrategia gubernamental en materia de derechos humanos parte de reconocer responsabilidades, pero más que nada de proponer fórmulas integrales de atención a las víctimas en relación a tres elementos fundamentales: el derecho a la verdad, el derecho a la justicia y el derecho a obtener una justa reparación.

[En cuanto al] caso Barrios Altos[, …] se han tomado pasos sustanciales para asegurar que la justicia penal tenga un pronunciamiento rápido sobre el tema. Sin embargo, enfrentamos … un obstáculo, … nos referimos a las leyes de amnistía. Las leyes de amnistía … implicaban directamente una vulneración al derecho de toda víctima a obtener no sólo justicia sino verdad. … Por eso es que el Gobierno del Perú planteó a los peticionarios originales, es decir, a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, la posibilidad de avanzar en soluciones amistosas, que implicaran respuestas eficaces a este obstáculo procesal…

El Estado propuso a los peticionarios la suscripción de un acuerdo marco de solución amistosa en el caso de Barrios Altos… El acuerdo marco proponía el reconocimiento explícito de responsabilidad internacional sobre artículos concretos de la Convención Americana. En ese sentido se propuso poner por escrito, en un acuerdo suscrito por la Comisión, el Estado y los peticionarios, que el Estado reconocía la responsabilidad internacional por la violación del derecho a la vida, consagrado en el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por la muerte de Placentina Marcela Chumbipuma Aguirre, Luis Alberto Díaz Astovilca, Octavio Benigno Huamanyauri Nolazco, Luis Antonio León Borja, Filomeno León León, Máximo León León, Lucio Quispe Huanaco, Tito Ricardo Ramírez Alberto, Teobaldo Ríos Lira, Manuel Isaías Ríos Pérez, Javier Manuel Ríos Rojas, Alejandro Rosales Alejandro, Nelly María Rubina Arquiñigo, Odar Mender Sifuentes Nuñez y Benedicta Yanque Churo. Asimismo, el Estado propuso reconocer, mediante este acuerdo marco, responsabilidad internacional por la violación del derecho a la integridad personal, consagrado en el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por las graves lesiones producidas a Natividad Condorcahuana Chicaña, Felipe León León, Tomás Livias Ortega y Alfonso Rodas Alvítez. Finalmente, el Estado reconocería responsabilidad internacional por la violación del derecho a la protección judicial y a las garantías judiciales, consagrados en los artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, con ocasión de haber omitido realizar una investigación exhaustiva de los hechos y de no haber sancionado debidamente a los responsables de los crímenes cometidos en agravio de las personas mencionadas....

Con base en este reconocimiento de responsabilidades … se planteaba que las partes expresaran a la Corte su disposición a iniciar un diálogo directo para arribar a un acuerdo de solución amistosa que busque satisfacer las pretensiones planteadas en relación con las reparaciones. Dicho acuerdo, como es obvio, por mandato de la Convención y del Reglamento de la Corte, sería presentado a la Honorable Corte para su homologación. … Se propuso, además, una agenda preliminar que tuviera que ver con tres puntos substanciales: identificación de mecanismos para el esclarecimiento pleno de los hechos materia de la denuncia, incluyendo la identificación de los autores materiales e intelectuales del crimen, viabilidad de las sanciones penales y administrativas a todos aquellos que resulten responsables, y propuestas y acuerdos específicos relacionados con los asuntos vinculados a las reparaciones.

…Para tal efecto el Estado propuso que las partes solicitaran a la Corte Interamericana la emisión de sentencia de fondo inmediatamente, teniendo en cuenta el escrito de allanamiento presentado, en donde se estableciera la responsabilidad internacional que la Corte tuviera a bien determinar. Asimismo, se proponía que las partes sugirieran a la Corte que se suspendiera el pronunciamiento sobre el inicio del procedimiento reparatorio, por los plazos que las propias partes establecerían y que sean considerados conformes por la Corte. Vencido el plazo sin que se perfeccione el acuerdo, las partes se comprometían a solicitar la emisión de la sentencia correspondiente, así como a acatarla y ejecutarla en todos sus extremos.

…[E]l Estado reitera su disposición de poder iniciar un diálogo directo para llegar a una solución eficaz … para atacar la validez de los obstáculos procesales que impiden la investigación y sanción de aquéllos que resulten responsables en el caso materia de la presente audiencia, en particular me refiero a las denominadas leyes de amnistía.

…La fórmula de dejar sin efecto las medidas adoptadas dentro del marco de la impunidad de este caso, es en nuestra opinión una fórmula suficiente para impulsar un procedimiento serio y responsable de remoción de todos los obstáculos procesales vinculados a estos hechos y, sobre todo, la fórmula que permite, y es este nuestro interés, reivindicar las posibilidades procesales y judiciales de responder conforme a la ley a los mecanismos de impunidad que se implementaron en el Perú en el pasado reciente, y abre la posibilidad… de poder provocar en el derecho interno una resolución de homologación de la Corte Suprema, que permita que los esfuerzos que… *se* están haciendo para impulsar … esos casos, se puedan cumplir…

Alegatos de la Comisión

36. Al respecto, el Delegado de la Comisión Interamericana comenzó su intervención

felicitando al Gobierno del Perú por su actitud ante el sistema, por su actitud

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