CONTRATO DE TRABAJO
ROSAMARY2226 de Febrero de 2014
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CONTRATO DE TRABAJO
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Artículo 55. El contrato de trabajo, es aquel mediante el
cual se establecen las condiciones en las que una persona
presta sus servicios en el proceso social de trabajo bajo
dependencia, a cambio de un salario justo, equitativo y
conforme a las disposiciones de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y esta Ley.
Elemnetios:
1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
d) La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
e) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de ordenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y,
f) Un salario como retribución del servicio.
2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen”.
Características del Contrato individual de trabajo
• Es un contrato nominado, ya que se encuentra reglamentado en la ley laboral.
• Es un contrato dirigido, esto altera la regla contractual por cuanto el Estadofija los límites mínimos o máximos del contrato (jornada, remuneración, etc.), esto con el objeto de nivelar la desigualdad entre las partes.
• Es un contrato bilateral, ya que produce obligaciones para ambas partes.
• Es un contrato oneroso, porque ambas partes esperan y obtienen una ventaja económica (utilidad) de la prestación de la contraparte.
• Es un contrato conmutativo, debido a que las prestaciones se miran como equivalentes
• Es un contrato de tracto sucesivo, ya que las obligaciones de las partes se cumplen sucesivamente a lo largo de la duración del contrato.
• Es un contrato consensualya que basta con la voluntad de las partes para que este se realice.
• Es un contrato normado, porque gran parte de su contenido proviene de fuentes externas, es decir, de leyes, convenios colectivos, disposiciones administrativas, etc.
• Es un contrato intuito persona o contrato personalísimorespecto del trabajador.
• No es un contrato de adhesión, ya que permite que las dos partes incluyan clausulas.
LOS SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
A) EMPLEADOR:
Concepto: Empleador es, en un contrato de trabajo, la parte que provee un puesto de trabajo a una persona física para que preste un servicio personal bajo su dependencia, a cambio del pago de una remuneración o salario.
El término empleador está originado en la relación de trabajo. El empleador es aquel que crea uno o varios puestos de trabajo y los ofrece con el fin de que sean ocupados por trabajadores bajo su mando, y a través de un contrato de trabajo.
En algunas ocasiones se confunde "empleador" con "empresa", aunque estrictamente los términos difieren considerablemente, porque la empresa también está integrada por los trabajadores que pertenecen a ella, a la vez que la expresión incluye los activos de la misma y empleados jerárquico (gerentes y directores) que no son empleadores.
El término "empleador" también se identifica con "capitalista" o "inversor". Sin embargo ambos también registran diferencias notables, desde el momento que un capitalista o un inversor, suelen no conocer en detalle la gestión de las empresas en las que invierten, e incluso pueden ser personas sin capacidad jurídica (niños, inhabilitados, etc.).
El empleador, a diferencia del trabajador, puede ser tanto una persona física como una persona jurídica.
DENOMINACION:
Cualquier persona física que pueda prestar servicio en una institución como jefe y que tenga a cargo el manejo y reclutamiento del personal activo de la empresa.
PERSONA FISICA O PERSONA MORAL
PERSONA FISICA: Se le denomina al hombre o mujer mayor de 18 años sujetos de derechos y obligaciones.
PERSONA MORAL: Se le denomina así a las sociedades constituidas por un mínimo de 2 personas físicas.
INTEMEDIARIO CONOCIDO MANDATARIO DEL JEFE:
Es aquella persona que denomina el jefe para ejecutar funciones dentro de la empresa o institución, como si fuera el mismo.
INTERMEDIARIO NO CONOCIDO JEFE APARENTE:
Es aquel en que una persona sin ser empleador se comporta como tal, para ocultar su calidad de representante del empleador. Trabaja para una empresa física que contrata y dirige sus empleadores, pero actúa en beneficio de la persona moral que representa.
REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR:
Son representante de los empleadores los directores, gerentes administrativos, capitanes de barco, y en general, las personas que a su nombre de sus principales ejercen funciones de dirección y administración, aun sin tener poder escrito y suficiente según el derecho común.
El empleado y sus representantes serán solidariamente responsables en sus relaciones con el trabajador.
LA INTERMEDIACION:
Es la persona que contrata empleados para ser utilizados en la empresa de otro. Es también la persona que sin ser representante conocido del empleador le contrata los servicios de uno o varios trabajadores representantes.
EL ESTADO EMPLEADOR:
Si la calidad del empleador depende de la existencia del contrato de trabajo, el Estado no puede ostentar esta calidad, pues entre este y el servidor publico hay una relación estatuaria por el derecho administrativo.
B) EL TRABAJADOR PUBLICO:
El código de trabajo de 1992 extiende sus disposiciones a las personas que prestan servicios en las empresas del Estado y en sus organismos oficiales autónomos de carácter industrial, comercial financiero o de transporte.
NUEVA CONTRTACION COLECTIVA:
La nueva contratación implicará no sólo el incremento de salario sino la protección social de los educadores y su núcleo familiar en materia de vivienda, alimentación, salud, recreación y formación permanente.
El Gobierno Nacional realizó las negociaciones del contrato colectivo con ocho organizaciones sindicales, y la misma beneficiará a 530.000 educadores venezolanos.
Por su parte, Maryann Hanson calificó de “maravillosa” la firma del contrato colectivo, por lo que detalló que ha estado en 3 de las cinco convenciones firmadas en la gestión del expresidente Hugo Chávez y ahora por la actual administración de Nicolás Maduro.
En el evento, la Ministra anunció que desde el primero de noviembre comenzarán a “honrar” los compromisos adquiridos con el magisterio venezolano. En materia educativa, Hanson reconoció que se debe continuar con el “mejoramiento de la calidad”.
Seguidamente, el Presidente Nicolás Maduro quien se encuentra en el estado Vargas en un acto con la Fuerza Armada, informó que se está “evaluando” a los maestros que pertenecen a algunas gobernaciones, para que, de acuerdo a sus condiciones colectivas, se puedan “hacer los ajustes necesarios” para que se integren a esta convención. Ante el anuncio, pidió a los docentes que, mientras se concreta, “tengan la tranquilidad porque aquí hay un Gobierno revolucionario que responde también por ustedes”.
El Jefe de estado, concluyó al manifestar que hay algunos maestros “abandonados a su suerte” como es el caso del estado Miranda.
La nueva convención colectiva contempla el aumento de primas universales, la de transporte y el aumento en el bono mensual de medicina, recreación y alimentación.
También se refiere al bono navideño, al margen de las utilidades y otro bono que se otorgará en Semana Santa, entre otros beneficios.
ncremento salarial de hasta 75% reciben todos los trabajadores del sector salud como parte de los principales beneficios contractuales tras la aprobación de la nueva contratación colectiva, firmada el 8 de agosto pasado por la ministra para la Salud, Isabel Iturria.
La información fue suministrada este miércoles por el presidente de Fenasirtrasalud, Octavio Solórzano, quien aclaró que dicho incremento está vigente desde el 1º de julio pasado y ya ha sido cancelado a los trabajadores del Instituto Nacional de los Seguros Sociales (IVSS) con sus respectivos retroactivos.
Durante una reunión con los presidentes de los 42 sindicatos que conforman la Federación, con quienes se discuten los alcances y beneficios de la contratación, Solórzano resaltó que la misma favorece a unos 315.000 trabajadores del sector, al homologar en beneficios a los del IVSS, Ministerio de Salud, Instituto de Previsión y Asistencia Social de Trabajadores del Ministerio de Educación (Ipasme), Barrio Adentro y gremios relacionados.
Además, resaltó que de manera integral los trabajadores del sector salud perciben este año un incremento de 110%, aproximadamente.
"El aumento aprobado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, fue para el sector de 46% en promedio. 20% el 1º de mayo, otro 10% en septiembre
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