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Contrato Colectivo


Enviado por   •  13 de Mayo de 2015  •  2.079 Palabras (9 Páginas)  •  241 Visitas

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INTRODUCCION

En el presente informe daremos a conocer un tema muy importante como lo es el derecho consular, conoceremos el ámbito de regulación de este Derecho, como un poco de antecedentes en la antigüedad, edad media, edad moderna y contemporánea.

Así como presupuestos de esta relación y también su respectivo presupuesto jurídicos, también explicaremos sobre el objeto de regulación del Derecho Consular.

Definiremos el contenido normativo y sus respectivas funciones en el ámbito internacional, así como las respectivas misiones y actividades de la misión consular, así como cuáles son las funciones consulares, características y clasificación.

Tomaremos como primer elemento básico la personalidad jurídica internacional esta necesaria para el establecimiento de relaciones Consulares, así como sus diversas funciones en distintas ramas del Derecho en General.

CONSULADO

CAPITULO PRIMERO

LA INSTITUCION CONSULAR

1.1 ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA INSTITUCIÓN CONSULAR.

1.1.1 LA INSTITUCION CONSULAR EN LA ACTUALIDAD

<<El origen de la institución consular – dice ZOUREK – es debido a la necesidad de proteger a los mercaderes y a los navegantes que habían abandonado su tribu, clan, ciudad o providencia para establecerse en países lejanos completamente diferentes por sus hábitos, su lengua, sus costumbres y su civilización, a fin de ejercer allí el trueque primero y el comercio después>>. Por otra parte en cuanto, a su carácter de institución permanente, que tiene desde sus orígenes, precede en buen número de siglos a la aparición de la diplomacia permanente, siendo así la primera institución estable en el exterior.

El mismo proceso evolutivo de la sociedad internacional desde 1945, con profundas transformaciones de orden político, económico, tecnológico y la radical ampliación de la propia sociedad debida a la descolonización, va a incidir de modo particular en el modo de ser de las relaciones consulares, y, por ende, en la institución consular.

El consulado occidental, al que se reconduce la forma de ser de la institución, desaparecidos los exorbitantes regímenes orientales, vera en buena medida modificado su alcance. La importancia determinante que adquieren los interés económicos en las relaciones internacionales elevando al máximo la interdependencia de los Estados, debido a la mundialización y regulación internacional del comercio, a las nuevas formas de financiamiento internacional, y a la acción de las grandes empresas multinacionales, sitúan los asuntos económicos en el primer plano de la política exterior de los Estados, como consecuencia de ello y por la complejidad de los problemas que al respecto se suscitan, los estados se ven obligados a confiar la salvaguardia de sus intereses económicos a la actividad diplomática, comenzando, en el ámbito bilateral, por incorporar en sus misiones diplomáticas funcionarios con especial cualificación en la materia o establecer específicamente representantes comerciales. Por ello los consulados solo ejercen en aspectos de menor relevancia y como auxiliares de las misiones diplomáticas, actuando de intermediarios entre estas o las representaciones comerciales y las autoridades de circunscripción consular, así como entre esas mismas y los propios agentes para la información comercial y estudio de mercados.

Por otra parte el consulado va a ver amplias sus funciones y a ser el órgano más adecuado para la cooperación en ciertos ámbitos como el científico, el cultural, el social, el educativo, el deportivo. Adquirirá competencia en nuevos campos como la navegación aérea y recuperara, en cierta mediad, funciones de carácter general o político, reconocidas, al menos por el convenio de Viena de 1963 sobre relaciones consulares, como son la protección de los intereses del estado, la información al mismo, y el fomento de las relaciones entre este y el receptor y sobre todo aunque dentro de las condiciones que establece el artículo 17, el cónsul podrá realizar actos diplomáticos y actuar como representante ante organizaciones intergubernamentales.

Pero la institución consular se, afianzara, en definitiva y tiene su razón de ser, principalmente como órgano para la atención de sus connacionales y acercar a ellos, en tanto administración del Estado en el exterior, esa misma administraciones general, así como el propio ordenamiento jurídico ejerciendo, por ello, a su favor, funciones de orden administrativo y de derecho privado, en tanto le son atribuidas por el Estado enviante y en la medida, cuando así sea necesario, que las consienta el Estado receptor.

1.1.2 DEFINICION

Las definiciones más recientes de cónsul o institución consular reflejan todavía una variedad de concepciones, en cierta medida, incluso, contrapuestas. Así, por una parte principalmente, la doctrina soviética mantenía el carácter representativo del cónsul, se considera que el cónsul tiende a ser representante del estado en el Estado de residencia o calificándolo fundamentalmente como funcionario oficial sin carácter diplomático, su carácter representativo no puede ser excluido.

Por otra parte de rechaza expresamente el carácter representativo del cónsul, aun afirmándose su cualidad publica, oficial, protegida por el derecho de gentes o se les considera representantes no se sus países, sino de los pueblos de los estados enviantes.

Podemos decir que el cónsul es un funcionario en el exterior que continúa más allá de las fronteras de su Estado una peculiar organización política y administrativa y que los cónsules son funcionaros que representan a un Estado pero no en cuanto a un poder político sino en cuanto a estructura concreta a través de un sistema administrativo y político del que son órganos.

1.2 EL CARÁCTER DE LAS NORMAS DE DERECHO CONSULAR Y SU CODIFICACIÓN.

1.2.1 LAS NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL

En cuanto a las normas de derecho internacional hay que hacer las siguientes precisiones respecto al valor e incidencia de sus fuentes en el derecho diplomático y consular:

a) La costumbre. No es tan importante como el derecho diplomático ya que el consular desde sus orígenes y en la formación del derecho que la regula serán principalmente relevantes, hasta codificación, las normas convencionales y otros textos de aceptación y aplicación internacional.

b) Los tratados. Determinar

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