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DERECHO PROCESAL CIVIL II Medios de impugnación


Enviado por   •  4 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  754 Palabras (4 Páginas)  •  382 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL II

  1. Medios de impugnación

Concepto: Para Alcalá – Zamora, los medios de impugnación “ son actos procesales de las partes dirigidos a obtener un nuevo examen, total o limitado a determinados extremos, y un nuevo proveimiento acerca de una resolución judicial que el impugnador no estima apegada a Derecho, en el fondo o en la forma, o que reputa errónea en cuento a la fijación de los hechos”.

Ahora  el concepto que se encuentra de “impugnar”, nos señala que es luchar, combatir o atacar. A lo que el concepto de medios de impugnación   nos alude de igual manera a luchar, pero en este caso en contra de una resolución judicial, es decir, combatir su validez o su legalidad. Con la finalidad de cambiar los efectos de cierta clase de actos jurídicos. (Concepto de Alberto Pino Huesca).

  1. Condiciones de los medios de impugnación

Según el autor  Briseño Sierra nos indica que la idea de condicionalidad en el Derecho Procesal comprende tres aspectos: los supuestos, los requisitos y los presupuestos.

Los supuestos, que son condiciones previas, se caracterizan por anteceder al acto de que se trate; son su antecedente necesario.                                       Los requisitos, son condiciones actuales, auxilian a la regular aparición del acto, le acompañan en su presente de su manifestación.                                             Los presupuestos, son condiciones inminentes, son el cúmulo de datos que deben estar previstos, que deben consignarse normativamente de antemano para que el acto consiga su efectividad.

  1. Resoluciones impugnables

Por regla general, las resoluciones judiciales son supuestos de impugnación. Sin embargo, algún as resoluciones no pueden ser impugnadas, por lo que no pueden aparecer como supuestos de impugnación:

  • Las sentencias definitivas dictadas en juicio de menos cuantía.
  • Las sentencias definitivas dictadas en segunda instancia.
  • Las sentencias interlocutorias que resuelven una queja o una cuestión de competencia.
  • Los autos que expresamente el CPC considere impugnables o irrecurribles.

  1. Clasificación de los medios de impugnación

Podemos clasificar los medios de impugnación de acuerdo a diversos criterios:

  1. La especifiad de los supuestos que pueden combatir, es decir: pueden ser ordinarios, especiales o excepcionales.
  2. La identidad o diversidad entre el órgano que dictó la resolución impugnada y el que decidirá la impugnación. Es decir: desde un punto de vista, se considera que hay medios de impugnación  verticales y horizontales.
  1. Recursos

En el titulo decimosegundo del CPC, se reglamentan los siguientes recursos:

  • La revocación y la reposición
  • La queja y
  • La apelación
  1. Apelación

La apelación es un recurso ordinario y vertical, por el cual una de las partes o ambas solicitan al tribunal de segundo grado ( juez ad quem) un nuevo examen sobre una resolución dictada por un juzgado de primera instancia  (juez ad quo), con la finalidad de que aquél la modifique o revoque.

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