ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

GACETA OFICIAL


Enviado por   •  27 de Marzo de 2014  •  Tesis  •  1.145 Palabras (5 Páginas)  •  357 Visitas

Página 1 de 5

GACETA OFICIAL

DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

Año LXV . Mes X Caracas: miércoles 4 de agosto de 1937 Número 19.330

LEY DE 23 DE MAYO DE 1928

Artículo 3° . La Gaceta Oficial creada por Decreto Ejecutivo de 11 de Octubre de 1872, continuará editándose

en la Imprenta Nacional y se denominará “Gaceta Oficial de los Estados Unidos de Venezuela”.

Artículo 4° . En la Gaceta Oficial se publicarán las leyes; los Decretos, Resoluciones y Actos Ejecutivos;

los documentos que se expidieren en ejercicio de los Poderes Federales, que requieran publicidad y cualesquiera

otros cuya publicación ordene el Ejecutivo Federal

Suscrición mensual anticipada, B 4. Número suelto, B 0,25

Eleazar López Contreras,

Presidente de los Estados Unidos de Venezuela.

Considerando:

Que en decreto ejecutivo de 17 de septiembre de 1936, se creó una Escuela para la preparación de agentes de seguridad pública, con el fin de formar un cuerpo de Seguridad Nacional, que con jurisdicción en todo el territorio de la República, presta su cooperación efectiva a las autoridades encarga-das de mantener el orden público y de evitar y reprimir la delincuencia;

Que igualmente necesaria en el país la formación científica de un organismo de prevención y estudio de la criminalidad;

Que los fines expresados anteriormente solo pueden obtenerse por medio de una organización de carácter y preparación profesionales que responde a las necesidades de nuestro esta-do actual de evolución social;

En ejercicio de la atribución 14 del artículo 100 de la constitución nacional, con la aprobación del consejo de ministros, y cumplidas las demás formalidades;

Decreta:

Artículo 1º. Se crea el Servicio Nacional de Seguridad, de-pendiente del Ministerio de Relaciones Interiores y a cargo de la Guardia Nacional y de las Oficinas de Investigación y de Identificación de Extranjeros.

Artículo 2º. Sin perjuicio de sus funciones civiles, la Guardia Nacional tendrá estructura militar y se regirá por las disposiciones de la presente Ley y sus Reglamentos; por las de la Ley Orgánica del Ejercito; por las del Código de Justicia Militar y por las del correspondiente Reglamento de Castigos Disciplinarios, en cuanto le sean aplicables.

Artículo 3º. La organización, armamento, instrucción militar y disciplina de la Guardia Nacional estará a cargo del Ministerio de Guerra y Marina; y su dirección y empleo corresponderá al Ministerio de Relaciones Interiores.

Artículo 4º. La Guardia Nacional se dividirá en Guardia Nacional Interna y Guardia Nacional de Fronteras.

Artículo 5º. La Guardia Nacional Interna tendrá las siguientes atribuciones:

a). Servicio Rural, destinado a la vigilancia de los campos y lugares desguarnecidos que la requieran;

b). Servicio Vial, encargado de prestar vigilancia en los ferrocarriles, carreteras, y en general en las vías públicas y empresas de transporte;

c). Servicio de Sanidad, destinado a cooperar con todas las autoridades encargadas de los ramos de higiene, salubridad, asistencia social y calamidades públicas;

d). Servicio Urbano, de carácter accidental, destinado a reforzar a las autoridades policiales de la nación, los estados y las municipalidades, cuando aquellas resulten in-suficientes; y solo con el objeto de mantener el orden público y de evitar o reprimir la delincuencia.

Parágrafo Único. La guardia nacional interna prestará además los otros servicios policiales o de seguridad que permanente o accidentalmente se le atribuyan.

Artículo

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com