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HISTORIA DEL DERECHO PENAL BOLIVIANO


Enviado por   •  21 de Junio de 2021  •  Resúmenes  •  1.833 Palabras (8 Páginas)  •  540 Visitas

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                                                                                                                      2021

                            HISTORIA DEL DERECHO PENAL BOLIVIANO

3.1.- ANTECEDENTES.- El sistema penal boliviano respecto de los datos históricos existentes al respecto,  se tiene las investigaciones realizadas por: William Prescott, Louis Baudin. Horacio Urteaga, Hernan Trimborn Sarmiento de Gamboa, Garcilazo de la Vega Pedro Cieza de León y Jeronimo Roman, concluyen afirmando que la cultura aymara y quechua tenían su propio sistema penal para regular las conductas de sus comunidades con sanciones severas para los individuos en caso de infringir las leyes impuestas por sus máximas autoridades, inclusive las penas alcanzaban a las comunidades a las que pertenecían.

El penalista Ricardo Tola con relación a la organización de los aymaras refiere que estaba conformado por suyus con un jefe a la cabeza el Qhari, luego las comarcas denominadas también marcas gobernados por el mallcu y finalmente los grupos de labranza conformado por familias asentados en sus propios ayllus a la cabeza del Jilacata. De este contexto político, social y económico se puede deducir las instituciones penales, debido a su organización tribal o familiar, por ello recurrían generalmente a la composición que consistía en arreglar o conciliar entre las partes el conflicto, pero por desconocimiento del dinero se usaba las especies, pactando directamente las partes. Los sinchis que eran autoridades ejecutivas solo intervenían en el caso más grave. (Miguel, 2003:51).

En la cultura aymara los delitos más graves y sancionados con pena de muerte y despeñamiento fueron el robo de ganado y de productos agrícolas, pero también para el rebelde, el holgazán, el mentiroso, el ladrón, el estuprador.  

La cultura quechua en cuanto a su organización fue de carácter teocrático a la cabeza del inca considerado hijo del sol, divinidad que gozaba de todos los privilegios. El quebrantamiento a las leyes del inca era considerado de gravedad, asimismo  existían delitos de orden público considerados graves cuya pena era la muerte, así se contemplaba  los delitos de: traición a la patria, asesinato a un miembro de la familia real, relaciones con la mujer del inca, traición militar, parricidio,  el aborto, el adulterio, el incesto, como afirmaba Garcilazo de la Vega respecto a las penas impuestas por el inca eran severas, drásticas, no porque se hubiese afectado un bien ajeno,  sino por haber quebrantado la palabra del inca que era considerado una divinidad, por tal razón las penas eran duras y severas.

Sus prescripciones penales estaban basadas en la trilogía: AMA SUA, AMA KELLA, AMA LLULLA, (no seas ladrón, no seas mentiroso, no seas flojo), las responsabilidades penales inclusive tenían carácter colectivo, porque la sanción se imponía tanto al infractor, a su familia e inclusive a la comunidad. La mayoría de los autores considera que el derecho penal quechua fue el más avanzado porque se identificaba al autor, se conocía agravantes en determinadas conductas como la reincidencia en el hurto, la embriaguez, luego atenuantes en caso de muerte a la mujer por su marido, adulterio del marido simplemente era sancionado con un destierro temporal.

Entre los delitos más graves sublevación contra el inca, parricidio, homicidio, el aborto, el incesto, apropiación de un bien del Estado, traición militar, traición religiosa, la pena era de muerte a  los autores que eran descuartizados, lapidados,  ahorcados o enterrados con vida, se conocía también dos tipos de prisiones: los zancay para los traidores y las pinas para delincuentes menores

Conductas consideradas delictivas, pero de menor gravedad y sancionados con azotes estaban las siguientes: no trabajar la tierra para el inca, matanza de vicuñas, uso de la hoja de coca sin autorización del inca.  

 

3.2.- DERECHO PENAL COLONIAL. - El Derecho penal colonial fue un sistema impuesto con el descubrimiento de américa con la conquista de los Españoles a los incas (aymaras y quechuas) que, no obstante de contar con una organización política y un ordenamiento jurídico para regular las conductas en sus comunidades o ayllus se impusieron las normas jurídicas españolas. El Derecho penal indiano estuvo integrado por el siguiente cuadro de fuentes:1) Derecho territorial indiano, contenido en la recopilación de 1680, en cedulas, provisiones, Ordenanzas, y demás disposiciones reales posteriores; 2)Derecho territorial castellano, formado en su mayor parte del ordenamiento y pragmáticas reales recogidas  en la Nueva Recopilación de Felipe II, 3) El Código de las Siete Partidas, especialmente la partida VII que contenía desposesiones pertinente al Derecho penal; 4) Las leyes de Indias, constituyen la compilación elaborada a lo largo de más de cien años consecutivos por los diferentes colaboradores del consejo de las indias, 5) Derecho local, que constituían los autos acordados de las Audiencias, los Bandos de los Virreyes y Gobernadores y las ordenanzas de los Cabildos.( Villamor, 2003:38)    

Al margen de estas disposiciones legales, se tenía también el Derecho Común y General de España, en caso de  no existir un ordenamiento jurídico preciso en dichas normas  para regular otros aspectos en las colonias españolas se aplicaría este ordenamiento con carácter supletorio y estaba constituido por: El Fuero juzgo, las Siete Partidas de Alfonso X el sabio en la que se distingue la inimputabilidad, el homicidio doloso del culposo, la tentativa, la complicidad, la instigación, el principio non bis in ídem, el Ordenamiento de Alcala,  las Leyes de Toro, la Nueva Recopilación, la novísima recopilación.

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