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La Proteccion Interdictal


Enviado por   •  8 de Enero de 2013  •  999 Palabras (4 Páginas)  •  1.069 Visitas

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LA PROTECCIÓN INTERDICTAL

Los medios con que en nuestro derecho es defendida la posesión son los llamados interdictos, que tienden a proteger al poseedor contra los actos que le perturben en la posesión o lo desposean y persiguen la cesación de tales perturbaciones o a la readquisición de la posesión. Pero no se agota su campo de aplicación en el restablecimiento del orden jurídico transgredido, porque también se extienden a situaciones aún no ocurridas, pero que se teme que en caso que sucedan cause un daño a las cosas que se poseen.

En este sentido, cuando una obra nueva o una obra vieja puedan ocasionar un daño a la posesión, puede el poseedor denunciar tales obras, a fin de que, en el primer caso se paralice la continuación de las mismas; y, en el segundo, que se tomen las medidas necesarias a evitar el daño.

TEORÍA DOMINANTE ABSOLUTA

Considera que el fundamento de la protección posesoria está en la inviolabilidad de la voluntad. La posesión es la voluntad incorporada a la materia; la voluntad particular contiene en sí algo sustancial y merece defensa; tener la cosa por efecto de la voluntad particular y de la voluntad universal (Ley) constituye la propiedad, mientras que tenerla tan solo por voluntad particular es la posesión.

TEORÍA RELATIVA

En su primera posición, funda la posesión en la necesidad de impedir la violencia, considerando los interdictos posesorios como acciones nacidas del delito o perturbación cometido contra el poseedor o como medidas de policía encaminadas a mantener el orden público, funda la posesión en la propiedad, considerando la protección posesoria como un complemento necesario de la protección de la propiedad.

TEORÍA MIXTA

Señala que la protección a la posesión tiene un doble fundamento práctico: en primer lugar, es manifestación de aquel principio por virtud de la cual se respeta la apariencia del derecho, o lo que es igual se presume, por el hecho del ejercicio de un derecho, la cualidad de titular en quien ejercita el derecho mismo. En segundo lugar, está ligada al principio del respeto al orden constituido, según el cual, para que no quede turbada la paz social, no se puede modificar una situación, jurídica o de hecho, sin intervención judicial.

INTERDICTO E AMPARO (ACCIÓN DE MANTENIMIENTO)

El interdicto de amparo se encuentra regulado expresamente en el artículo 782 del Código Civil, que en su encabezamiento dispone:

(Art 782) quien encontrándose por más de un año en la posesión legitima de un inmueble, de un derecho real, o de una universalidad de bienes muebles, es perturbado en ella, puede, dentro del año, a contar la perturbación pedir que se le mantenga en dicha posesión.

Del análisis del artículo parcialmente transcrito se evidencia que la finalidad del interdicto de amparo es mantener al querellante en la posesión de la cosa o del derecho real; pero, además nos señala cuáles son los requisitos necesarios para que proceda la acción:

 El querellante debe ser un poseedor legítimo.

 Debe tener más de un año en dicha posesión.

 Los bienes protegidos son los inmuebles, derechos

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