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La constitución política del Perú tiene su origen histórico a partir de la vida independiente iniciada el 28 de julio de 1821.


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2015  •  Monografías  •  2.283 Palabras (10 Páginas)  •  513 Visitas

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PRÓLOGO

La constitución política del Perú tiene su origen histórico a partir de la vida independiente iniciada el 28 de julio de 1821.

Se sabe que a lo largo de su vida independiente el estado peruano ha poseído diversas constituciones las mismas que se han ido adecuando a las nuevas situaciones políticas, sociales y económicas.

Pero… ¿qué es la constitución política del Perú?...pues es la norma suprema de nuestro país, que es un estado soberano u organización, la cual está establecida o aceptada para regirlo.

Asimismo, determina los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan.

Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades, así como la regulación de estos, mediante las sanciones respectivas en caso de abusar de las libertades y cometer delitos.

Entonces a continuación brindare un análisis de las constituciones políticas de nuestro país, con las ideas más destacadas e importantes.

Vianca Maria Panduro Murrieta (2015) IQUITOS-PERU.

Análisis de las Constituciones políticas del Perú

Se conoce como Cortes de Cádiz a la Asamblea constituyente inaugurada en San Fernando el 24 de septiembre de 1810 y posteriormente trasladada a Cádiz (Andalucía) hasta 1814 durante la Guerra de la Independencia Española.

A inicios de la Guerra de la Independencia (1808-1814) las revueltas populares se acompañan de la creación de Juntas provinciales y locales de defensa, pues a pesar de que legislativamente el traspaso de la corona era irreprochable, los españoles no reconocían a José I Bonaparte como su rey, aquellas juntas tenían como objetivo defenderse de la invasión francesa y llenar el vacío de poder, compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores. En septiembre ceden su poder a la Junta Central Suprema Gubernativa del Reino la cual se va a encargar del gobierno del país; de dirigir la defensa frente a los franceses.

El 19 de noviembre de 1809 las tropas imperiales derrotaron al ejército de la Junta Central en Ocaña, y los franceses tuvieron el paso franco hacia Andalucía. La Junta se retiró a Cádiz y el 29 de enero de 1810, desacreditada por la derrota militar y dividida por la forma en la que llevaron a cabo determinadas cuestiones de gobierno, se reunieron por primera vez en Cádiz, en la Isla de León, el 24 de septiembre de 1810.

En los primeros pasos del parlamentarismo aún no existían los partidos políticos, pero la mayoría de los diputados convocados en Cádiz se acomodaban en tres corrientes. Los absolutistas también eran llamados por los liberales los "serviles" por su sumisión a la corona, estos querían que la soberanía radicara exclusivamente en el Monarca. Los moderados o también llamados jovellanistas, aquel nombre proviene del político y pensador ilustrado Gaspar Melchor de Jovellanos, abogaban por una soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Pensaban que las Cortes debían ser bicamerales, aceptaban la división de poderes y asumían buena parte del programa reformista de la Ilustración. El tercer grupo era el de los liberales. No eran muchos, pero formaban un equipo unido, con notable formación intelectual y capacidad de iniciativa.

El 24 de septiembre de 1810, en su primer decreto, las Cortes informaron que poseían el poder de la Nación y que, por tanto, se conocía como poder constituyente, aquel principio fue plasmado también en el artículo tercero de la Constitución de 1812: "La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales". Dicha proclamación entrañaba la creación de un orden jurídico y político nuevo. También establecía un nuevo orden económico y social.

La teoría política de los liberales se inspiraba en distintas fuentes: Montesquieu y la escuela de derecho natural del Siglo XVIII.

 Constitución Política de la Monarquía Española (Virreinato del Perú) – 1812

Aprobada por las Cortes de Cádiz. En representación del Perú participaron en su debate y aprobación los diputados Vicente Morales Duárez, Dionisio Inca Yupanqui, Antonio Zuazo, José Lorenzo Bermúdez, Ramón Feliú, Pedro García Coronel, Blas Ostolaza, Francisco Salazar y José Antonio Navarrete.se llevo a cabo en España y sus colonias.

 Constitución Política de la República Peruana – 1823

Fue sancionada por el primer congreso Constituyente el día 12 de noviembre de 1823 en aquel entonces ejercía en la presidencia don José Bernardo Torre Tagle. Esta constitución posee una gran importancia porque en ella se liquidó el proyecto monárquico de San Martin y se consagro la instauración del sistema republicano.

Su contenido estipulo la organización del Estado en tres poderes: Ejecutivo, representada por el Presidente de la Republica, el Poder Legislativo, conformado por el congreso y una Cámara de Senadores, y por último el Poder Judiciario.

Inspirada en la democracia individual y el liberalismo. Se prohibió la reelección presidencial inmediata.

Esta constitución no entro en vigencia ya que un día antes de su promulgación se suspendió el cumplimiento de sus artículos.

 Constitución para la República Peruana – 1826

A esta ley fundamental se le conoce con el nombre de constitución vitalicia de Bolívar, jurada el 9 de diciembre de 1826 a pesar de que no fue admitida mucho menos estudiada y votada por el congreso peruano. Fue promulgada por el Consejo de Gobierno de la Republica Peruana el 30 de noviembre de 1826.

La organización del Estado fue la siguiente: el poder ejecutivo, representada por un presidente vitalicio denominando a bolívar como el primero, este era responsable por sus decisiones y nombraba al vicepresidente quien tenía acciones de primer ministro, el poder legislativo; constituido por un congreso con tres cámaras, la de los tribunos, los cenadores y los censores; el poder judicial, constituido por los tribunales.

 Constitución Política de la República Peruana – 1828

Llamada madre de las constituciones, tuvo una tendencia liberal, concedía el sufragio a todos los hombres libres, mayores de 21 años.

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