La revolución busca el cambio para el bienestar general
Ingrid PeraltaApuntes21 de Noviembre de 2017
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Teoría de la Constitución
Fernando la Salle, Qué es una constitución.
Constitución positiva: contiene factores reales de poder.
Constitución de papel: no refleja las ambiciones del pueblo.
*Los problemas no son de Derecho, sino del poder.
La revolución busca el cambio para el bienestar general.
Georges Bourdeau
Para él la constitución significa el estatuto del poder, ya que por medio de este estatuto el poder se institucionaliza y el Estado mismo cobra existencia, además la constitución vincula al poder a la idea de Derecho, imponiéndole directivas y exigencias para su acción, de esta manera la idea del Derecho se convierte en la idea de obrar de la institución estatal en la que el poder encuentra su justificación y su inspiración.
En otras palabras el Estado se somete al propio derecho, el derecho emana del Estado y para que éste tenga validez debe ajustarse a lo jurídico.
Burdeau nos dice que el Estado se rige o basa en la Constitución.
El Estado necesita del Derecho para existir y viceversa.
Maurice Hauriou
La constitución de un Estado es el conjunto de reglas relativas a un gobierno y a la vida de la comunidad estatal considerada desde el punto de vista de la existencia fundamental de ésta; para el autor este conjunto de reglas comprenden primero las relativas a la organización social esencial, es decir al orden individualista y a las libertades individuales. Segundo las relativas a la organización política y al funcionamiento del gobierno.
García Pelayo
Tiene las mismas ideas que Hauriou, sin embargo escribe así: Parte orgánica y quizás una parte de garantías del hombre, debido a que la constitución es la parte orgánica, es decir que organiza y estructura el Estado.
En conclusión:
Parte dogmática: es un catálogo de derechos.
Parte orgánica: es la estructura de la Constitución.
Sin parte orgánica no hay constitución.
Clasificación de las Constituciones
La constitución de cada país es diferente, debido a que estas se crean a través de los factores reales de poder, es decir su historia, cultura y revolución, sin embargo hay similitudes entre ellas.
Según su forma jurídica:
a) Dispersas o no escritas.
(Inglaterra, Nueva Zelanda, Escocia).
Su forma de organización se deposita en diversos textos jurídicos, no hay constitución: jurisprudencia.
b) Codificadas o escritas.
En una constitución se encuentran las facultades de los diferentes órganos de gobierno, es decir está inmersa en un código escrito.
Según su estructura (conformidad):
a) Constituciones flexibles: no requieren ningún procedimiento para ser reformadas, cualquier ley secundaria puede hacerlo. Ejemplo: Inglaterra, Nueva Zelanda, Escocia.
b) Constituciones rígidas: necesita de un procedimiento para modificarse, la idea es que no se reforme.
*Hay más reformas en las rígidas.
Según su nacimiento u orígen:
a) Otorgada: son las que impone el rey, por lo tanto él está por encima de la ley.
*Espurias es lo mismo que ilegítimas.
*La única fuente de legitimidad de el pueblo.
b) Impuesta: emanan de la voluntad del pueblo.
c) Pactada o contractuales: el pueblo renuncia a sus facultades para entregárselas a un Estado y que éste limite sus facultades para vivir en sociedad. Producto de un acuerdo social.
d) Ratificadas: un órgano crea la constitución y los demás tienen que aceptarla.
Fuentes del Derecho Constitucional
El carácter inmediato:
1. Constitución política 1917.
La corriente política que dominaba el mundo era el individualismo, éste consiste en el absolutismo de la propiedad (nadie te puede quitar lo que tienes), la mayoría eran pobres y sólo tenían su fuerza de trabajo, trabajan mucho en condiciones precarias y ganaban NADA. En la nueva constitución que se creó fue social.
2. Constitución 5 feb 1857. Se rescataron muchos de sus artículos.
Constituciones mediatas
1. "Constitución de Apatzingan", Decreto constitucional para la libertad de la América mexicana (1814). No tuvo vigencia.
2. Derecho Internacional.
Libro: El estado en la mundialización.
a) Primera generación de los Derechos del hombre: Declaración francesa universal de los derechos del hombre y del ciudadano.
En 1824 fue la primera constitución federal mexicana
La mundialización gobierna.
Nuestra constitución, rígida e impuesta.
Aprobación por las dos terceras partes de las cámaras para ser reformada más la mayoría de las legislaturas estatales. Artículo: 135 Constitucional.
Pregunta de examen: ¿Por qué la constitución rígida y escrita?
Es escrita para que todos los funcionarios públicos y particulares se ajuste de manera expresa y puntual a lo que señala la constitución.
Es rígida para que la autoridad en turno no pueda cambiarla en sus intereses particulares.
124 Constitucional: las facultades son aquellas que confieren a los funcionarios federales, pero los estatales se ajustan las suyas. Es algo EXPRESO (LITERAL). Las facultades que no cedieron los estados se entienden reservadas a los estados.
Jurisprudencia (fuente)
5 resoluciones en el mismo sentido. Se puede decir que es una norma a la que se tienen que ajustar o un derecho.
8 votos necesita la corte para decidir una controversia para que sea jurisprudencia.
Artículo 105: sobre las controversias entre los órganos del poder. Si hay 8 resoluciones a favor esta es general. Si son 7 solo afecta a las partes.
Fuente: La costumbre
Nace del pueblo.
Normalmente la costumbre se vuelve ley.
Artículo: Usos y Costumbres.
Fuente: Leyes y reglamentos
Fuente: La doctrina
Las obras de Derecho son doctrina, las interpretaciones sobre la ley, todo lo que se hace en clase es doctrina. Todo lo que hace referencia de acuerdo al Derecho.
Algunas reglas del sistema político
Ejemplo: código federal electoral.
¿Qué es la Constitución?
Muchas veces el origen de la constitución es el nacimiento de un Estado, un golpe de estado o una revolución (esta debido a que la constitución ya no responde a los anhelos de éste).
La soberanía reside en el pueblo, sin embargo éste no puede crear su constitución.
1. El pueblo designa de manera GENUINA una asamblea constituyente.
2. El pueblo crea un órgano que se ocupe de la revisión constucional.
3. Se crea la constitución y una vez creado, desaparece el órgano y la asamblea constituyente.
Soberanía es a poder constituyente: es el poder absoluto que permite por ningún motivo que exista algún otro poder heterónomo por encima de él.
Poder constituyente (creador) y poderes constituidos(consecuencia). Es decir al crear la constitución nacen los poderes constituidos.
La soberanía NO se delega, al crear el constituyente se busca interpretar la voluntad del pueblo.
1917-Primera constitución social en el mundo.
Asamblea constituyente: es la representación plural del pueblo.
Atributos de la Soberanía
*Indivisible
*Inenajenable
*Imprescriptible
*La soberanía es suprema.
Por encima de la constitución está la soberanía nacional.
Artículo 39: Soberanía nacional (Siellez) reside originalmente (esencialmente) en el pueblo (Rousseau).
Todo poder público emana del pueblo y se busca en beneficio de éste.
Rousseau:
Poder que revisa: congreso de la unión, más las legislaturas de los estados.
135: La constitución puede ser adicionada o reformada.
Quorum: mínimo que se necesita para reformar la constitución. (2/3 partes).
Discusión y Aprobación de una ley :
En las dos cámaras tienen que ser las 2/3 partes.
Ya aprobada se envía a las legislaturas estatales. La mayoría tienen que aprobar la reforma.
Hay dos vías: senado representación de los Estados de manera indirecta. Para las reformas tienen que seré de manera directa, más de la mitad de los estados aprobarlas.
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