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Manuel Atienza y La Nueva Teoría de la Argumentación Jurídica.


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2013  •  Ensayos  •  1.031 Palabras (5 Páginas)  •  717 Visitas

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Manuel Atienza y La Nueva Teoría de la Argumentación Jurídica[editar • editar fuente]

En el Derecho Europeo Continental[editar • editar fuente]

MANUEL ATIENZA: El derecho como argumentación. Ariel Derecho, Barcelona, 2006 (pp. 316).

Manuel Atienza es uno de los más célebres filósofos del derecho españoles y con su obra ha contribuido poderosamente a renovar los estudios de teoría y filosofía jurídica en el mundo hispano parlante.

A sus obras ya bien conocidas (Las razones del derecho, 1991, Tras la justicia, 1993, Las piezas del derecho, 1996, El sentido del derecho, 2004), se suma ahora este importante trabajo en el cual Atienza plantea, siguiendo las grandes tradiciones anglosajonas, y también las innovaciones de la teoría jurídica continental, una concepción diferente del derecho: considera que el derecho es fundamentalmente una actividad argumentativa que tiene que ver con el lenguaje, con la lógica y con otras formas de argumentación un tanto soslayadas en la cultura jurídica contemporánea, como la tópica, la retórica, y la dialéctica, disciplinas todas que tienen su origen en el mundo antiguo y, sobre todo, en la obra de Aristóteles.

La idea que ha constituido un paradigma, en el mundo contemporáneo, a partir de la influencia de Kelsen, de que la esencia del derecho reside en la norma, o que el derecho consiste en ciertas acciones subjetivas y difícilmente racionalizables del juzgador, han sido poco a poco desplazadas por las nuevas teorías, de fundamento filosófico que muestran más bien que el derecho es una actividad práctica, incluso más, una especie dentro del género amplio de la argumentación práctica, tal como se da especialmente en el discurso ético y moral.

En su trabajo se da a la tarea de analizar con detención las distintas concepciones clásicas del derecho para demostrar que todas ellas han sido superadas, no en el sentido de haber sido abandonadas, sino más bien en el sentido hegeliano –que considera que en la síntesis se incorporan elementos de diversas posturas y se rechazan otros y de este modo la síntesis resulta fructífera y novedosa.

Los autores que tiene a la vista y con los cuales dialoga Atienza son fundamentalmente Alexy, MacCormick, Peczenik, Arnio, Dworkin, Summer, Raz, Toulmin, Taruffo, Prieto Sanchís, Pérez Lledó, Moreso, Vega, Ruiz Manero, Aguiló y algunos otros.

Atienza sostiene, razonablemente, que la argumentación jurídica ha pasado a tener en la cultura jurídica contemporánea un valor singular gracias a varios factores que tomados conjuntamente ofrecen una explicación satisfactoria. En primer lugar observa que las concepciones del derecho características del siglo XX no han tomado en consideración que el derecho es una actividad, en el sentido de Wittgenstein y que como tal es lenguaje en acción, lenguaje destinado a persuadir y convencer con el fin de establecer una cierta pretensión, en el caso del derecho, de justicia y de verdad.

Otro factor es de carácter práctico lo que salta más a la vista del observador, es el derecho como una actividad en la que los actores que intervienen deben dedicar un esfuerzo significativo a argumentar; esto se ve con evidencia en el juicio oral y es característico de los actuales estados constitucionales de derecho.

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