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Maquiavelo


Enviado por   •  7 de Agosto de 2013  •  3.482 Palabras (14 Páginas)  •  330 Visitas

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POS REVOLUCION AL DERECHO CONTEMPORANEO

Las consecuencias inmediatas de la revolución fueron transitorias: el relajamiento de la moral pública, el hambre, el vandalismo, etc. Sin embargo, la herencia más importante que nos dejo la lucha de 1910 a 1920 ha sido de índole ideológica, en forma de un mayor permeabilidad a las ideas progresistas y de índole sociológicas, en forma de una mayor capitalización social. Pero después del asesinato de Venustiano Carranza se inició la fase, de 1920 a 1982, en la que se institucionalizaron muchos logros de la Revolución. Luego, en el otoño de 1982, se manifestó la profunda y larga “crisis mexicana”, con lo cual comenzó un nuevo capitulo en la historia de nuestro país. Pasaremos, rama por rama, por el derecho mexicano de los últimos sesenta y cinco años, señalando las principales innovaciones en cada una de ellas.

La base del derecho constitucional sigue siendo hasta la fecha la Constitución de 1917, las principales modificaciones en 1917 han sido: la añadidura de “garantías sociales” a las individuales en primer lugar, dentro del artículo 27; originalmente dedicado al derecho en beneficio de la comunidad. Allí se incorporó ahora la base de la reforma agraria. En segundo lugar, fuera del capitulo de las “garantías individuales”, se introdujeron otras garantías sociales mediante la añadidura del artículo 123, con las bases del nuevo derecho laboral.

Las garantías individuales fueron suspendidas provisionalmente, a causa de la guerra, en 1942,Muy importante para la modernización del marco administrativo que don Porfirio había dado al país fue el gobierno de Plutarco Elías calles, y la respectiva aleada de innovaciones continuó aún bajo la diarquía, hasta 1930.

Otras avalanchas de reformas y ampliaciones del derecho administrativo sobrevinieron durante la segunda posguerra, fenómeno general en el mundo occidental. Además del crecimiento del derecho administrativo, llamada la atención su penetración en campo de derecho privado mercantil, civil, como en los demás países modernos de las familias en sentido neoliberal.

Un grave problema relativo el derecho administrativo es siempre, además de la rapidez con la que suele modificarse su contenido, el hecho de que el jurista, para poder ser un buen especialista en esta rama del derecho, debe cambiar su conocimiento jurídico con cierto dominio de varios temas económicos y técnicos. En la búsqueda de un esquema satisfactoria para esta materia inmensa, en la que todo se relaciona con todo, es buscar la cuadratura del círculo. Sin embargo, debemos explicar el derecho administrativo de acuerdo con el presente esquema.

MAXIMATO

Período de la historia de México comprendido entre 1928 a 1934 en el cual la política mexicana fue dirigida por El General Plutarco Elías Calles, ahora convertido en el hombre fuerte y jefe indiscutible de la Revolución al morir Álvaro Obregón.

La característica principal que identifica al Maximato es la dualidad de poderes representada por el Presidente de la República y el jefe máximo de la Revolución, situación que retrasó el proyecto institucionalizador iniciado por el mismo Calles al promover la fundación del Partido Nacional Revolucionario en marzo de 1929.

Movimiento Obrero

El movimiento obrero se divide al desmoronarse la CROM resultado de las acusaciones que los obregonistas hicieron a Morones de ser partícipe en la muerte de Obregón. Ante este divisionismo surgen nuevas organizaciones sindicales como la CGOCM dirigida por Vicente Lombardo Toledano que se disputarán el control del movimiento obrero.

Factores que explican el establecimiento del Maximato Callista

1. La fuerza del PNR que permite a Calles centralizar la política nacional, situación que aprovecha para seleccionar a los candidatos más idóneos a sus propósitos (sin fuerza política) y poderlos manejar.

2. El apoyo del ejército ahora depurado tras la rebelión escobarista, que dio a Calles la oportunidad de deshacerse de aquellos militares colocados en puestos claves de quienes dudaba de su lealtad.

3. El control ejercido por los callistas en el Congreso, que permitió a Calles contrarrestar a grupos opositores, así como presionar y debilitar al presidente en turno, estableciendo la diarquía que caracterizó a este período.

PRESIDENCIALISMO

Presidencialismo es el sistema de organización política en que el presidente de la república es también jefe del poder ejecutivo, es unipersonal, aunque se auxilia de organismos para cumplir sus diversas funciones, tanto en la administración pública como en la gobernabilidad. Se otorga preponderancia de forma constitucional al poder ejecutivo, en detrimento de la división de poderes y autonomía de los órganos de gobierno, que debe imperar en México. Un ejecutivo fuerte no es en sí antidemocrático, siempre y cuando esté controlado, esté subordinado al sufragio universal y sus actos estén enmarcados dentro de la Ley Fundamental.

En los Estados Unidos Mexicanos, el gran problema del sistema presidencial, ha consistido en que el presidente debe contar aptitud y actitud política y administrativa para gobernar un país en vías de desarrollo, y por la otra, en que han de serle señaladas limitaciones para que no caiga en la arbitrariedad y se respeten las libertades de los individuos.

Clasificación de los sistemas presidenciales según Loewenstein.

1. Presidencialismo puro: Son aquellos que tienen las características distintivas del sistema mexicano, es decir el poder ejecutivo se encuentra por encima de los otros dos órganos de gobierno.

2. Presidencialismo atenuado: Son aquellos donde el poder se ejerce conjuntamente por el presidente y sus ministros, quienes están organizados como gabinete.

3. Presidencialismo endeble: Son aquellos donde se ha tratado de disminuir la influencia del ejecutivo, ya sea incorporándole elementos parlamentarios o admitiéndose el ejecutivo colegiado.El régimen presidencial se adopta por vez primera en la constitución de 1824, que se inspira, a su vez en dos fuentes principales: la Constitución Norteamericana de 1787 y la Constitución de Cádiz de 1812. De la Constitución de 1824 se conservan actualmente aspectos del sistema presidencial como el derecho de veto del presidente y la estructura bicameral del Congreso. "

Emilio Rabasa sostuvo desde 1912 que la dictadura del general Porfirio Díaz se había producido porque la Constitución de 1857 había dotado de poderes exorbitados al poder legislativo impidiendo que el ejecutivo gobernara, de modo que la solución que el propio presidente

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