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Resumen Fayol Y Taylor


Enviado por   •  28 de Enero de 2013  •  3.136 Palabras (13 Páginas)  •  661 Visitas

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PODER EJECUTIVO NACIONAL

INTEGRACIÓN:

El Poder Ejecutivo Nacional es representado por el Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente o Vicepresidenta de la República, los Ministros o Ministras de Estado y el Procurador o Procuradora de la República. Todos los cargos anteriores, con excepción del procurador, son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República

FUNCIONES:

Presidente de la República

El presidente de la República es el Máximo órgano del poder Ejecutivo y cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, primer representante al exterior y jefe de la Administración Pública Nacional

Es elegido a su cargo por un período de 6 años; aparte, puede ser reelecto de manera continua para periodos adicionales, en elecciones generales, universales, secretas y directas.

Vicepresidente de la República

Órgano de Estado, nombrado por el presidente del República. Entre sus funciones está la de colaborar con el mismo en actos de importancia para el país, asumir el cargo de presidente de la República en caso de así ser necesario y en casos previstos por la ley. Es además el órgano que preside el Consejo de Estado

El Cargo de Vicepresidente de la República es de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República

Ministros

Los Ministros o Ministras son órganos directos del Presidente o Presidenta de la República, y reunidos conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, integran el Consejo de Ministros

El Presidente de la República podrá nombrar Ministros de Estado, los y las cuales, además de participar en el Consejo de Ministros, asesoraran al Presidente de la República y al Vicepresidente Ejecutivo en los asuntos que les fueren asignados. Los ministros deberán rendir cuenta a la Asamblea Nacional de manera semestral.

PODER LEGISLATIVO

INTEGRACIÓN

La Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional (artículo 186 de la CRBV), estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.

Funciones

El Poder Legislativo es unicameral y reside en la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Además le está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.

Universidades Nacionales en pleno.

PODER CIUDADANO

INTEGRACIÓN

El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela.

Funciones

Los órganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo, de conformidad con la Constitución Bolivariana y con la ley, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado; e, igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

PODER ELECTORAL

INTEGRACIÓN

El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector; y son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva.

Funciones del Poder Electoral (Artículo 293 CRBV)

1. Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan.

2. Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrará autónomamente.

3. Dictar directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas.

4. Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.

5. La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.

6. Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Así mismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de éstas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios.

7. Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral.

8. Organizar la inscripción y registro de las organizaciones con fines políticos y velar porque éstas cumplan las disposiciones sobre su régimen establecidas en la Constitución y en la ley. En especial, decidirá sobre las solicitudes de constitución, renovación y cancelación de organizaciones con fines políticos, la determinación de sus autoridades legítimas y sus denominaciones provisionales, colores y símbolos.

9. Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines políticos.

10. Las demás que determine la ley

Los

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