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Titulos Y Valores Derecho Comercial


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  6.102 Palabras (25 Páginas)  •  327 Visitas

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GENESIS MERCANTIL. Antecedente histórico de los Títulos Valores

China

1. El uso de papel moneda y métodos contables le dieron fluidez al comercio

2. Wu-ti estableció la nivelación que consistía cuando había abundancia de un genero, los agentes de gobierno cobraban grandes cantidades para evitar su depreciación, vendiéndolo después; permitiendo a las provincias que producían gran abundancia de algunas cosechas, pagar sus impuestos en ella, para venderla en donde fuera escasa.

Babilonia

a) Origen de comercio a través del intercambio de cosas mercantiles o comerciales entre un pueblo y otros que se daban principalmente en Mesopotámica.

b) La utilización de la plata y el oro como medidas de cambio que se distinguían como signo de cambio.

c) Las rutas mercantiles aparecen como factores capitales del progreso

d) La navegación aparece como elemento importante del progreso, los mares y los ríos determinaban el cambio de productos

e) El rey Amurabi codifica las costumbres del comercio (“El código de Amurabi”), donde se ven contratos de sociedad, préstamo con intereses, contratos de comisión, el depósito, etc.

Roma

a) Origen y nacimiento del derecho mercantil como disciplina sistemática.

b) Se conocen los términos del comerciante, mercancías, etc.

c) Surgen algunas normas o reglas de responsabilidad sobre el comercio.

d) Se aplican disposiciones como la obligación de llenar libros a cierto tipo de comerciantes como los argentari (antecedentes de los banqueros)

e) No existe el derecho mercantil solo el derecho de gentes.

Ordenanzas de Colbert. Fue el autor de la Ordenanza Marítima, quien inicia una nueva época en la historia económica de Francia. En efecto, por lo que a nuestra materia se refiere, es a este estadista a quien se debe la creación de la marina francesa mercante y de guerra, que era incipiente antes del siglo XVII. Cuando Colbert inicia su gestión administrativa las unidades navales de Francia no pasaban de seiscientos navíos, y la flota de guerra se componía de solamente treinta naves. Durante su gestión se construyeron los arsenales de Dunquerque, Brest, El Havre y Tolón. Mediante el pago de primas a los armadores, logró elevar la marina de guerra, en un término de veinte años, de treinta a ciento sesenta buques.

En el aspecto legislativo su labor es valiosísima por lo que al derecho marítimo se refiere, toda vez que la Ordenanza Marítima de 1681 reglamenta en forma muy precisa una serie de instituciones relativas al mar, siendo tanta su importancia que llegó a proyectarse hasta en el Código Napoleónico.

Burgos. En las postrimerías del siglo XV y mediados del XVI, se promulgaron las Ordenanzas de Burgos, que al igual que las de Bilbao, reglamentan el contrato de fletamento, la avería y el seguro marítimo, presentando además la importancia de ser fuentes supletorias del derecho indiano, de acuerdo a lo ordenado en la Recopilación de Indias.

Sevilla. Desde la antigüedad los ordenamientos locales y recopilaciones de leyes no reglamentaron separadamente el derecho público y el derecho privado ni tampoco distinguieron el derecho común del comerciar. Sevilla en 1664 junto con Burgos crea una casa de contratación para las indias, que era un centro para fomentar el trabajo de la corona en indias, debía recoger en sus almacenes mercancías y abastos de toda clase requeridos por el tráfico Americano y recibir en ellos todo lo que se trajera en cambio a España.

Bilbao. Las Ordenanzas de Bilbao de 1737 constituyen el primer cuerpo de Derecho Mercantil español que abraza el comercio terrestre y el marítimo; se propusieron evitar, en lo posible, dudas, diferencias y pleitos; están redactadas con claridad y acierto, y algunas de sus disposiciones pueden considerarse como las primeras que de su clase se dictaron en España, como sucede tratándose de contabilidad mercantil y compañías comerciales. Alcanzaron tal autoridad que, como escribe Pardessus, "tuvieron, desde que se publicaron, una especie de prioridad y universalidad", (20) rigiendo por costumbre como ley general de la monarquía.

Guía de negociantes. La guía de negociaciones fue escrita por José Maria Quirós en 1809. La guía de negociantes fue escrita para cubrir dos finalidades esenciales.

a) Se suponía la confección de una recopilación de la legislación mercantil de su época, por lo que debe encajarse dentro de un movimiento general de codificación, se puede decir de ámbito internacional.

b) Estaba dirigida a solucionar las necesidades regionales de Veracruz.

CÓDIGOS DE COMERCIO. Código de comercio Español. El primer código español creado por Saine de Andino y es del año de 1829, este código pretende acentuar el carácter objetivo del derecho comercial, se basa en el acto de comercio, aunque sin enumerar aquellos a los que atribuye tal carácter. Había sufrido diversas modificaciones para darle carácter sistemático, en diversas ocasiones se había intentado una revisión general, los diversos trabajos realizados no tuvieron consagración legislativa si no hasta el 22 de agosto de 1885 en que se promulgo un nuevo código que habría de entrar en vigor en todos los territorios de España el primero de 1886.

Código de comercio Alemán. Entro en vigor en el año de 1900 y este se encarga de regir a los comerciantes: por lo que se hace predominante el carácter subjetivo que había tenido en sus principios el derecho mercantil.

Código de comercio Francés. Para iniciar, el Código de Comercio de Napoleón fue la primera legislación que dio una denominación a los papeles en estudio. Para entonces se le conoció con el nombre de “efectos o papeles de comercio”. Sabido es que este código se traslado a muchas legislaciones que lo acogieron como modelo.

Con la promulgación por Napoleón del Código del Comercio francés, que entro en vigor en el año de 1808. Con este código se vuelve predominante objetivo el de realizar actos de comercio, y no la cualidad de comerciante, lo que termina la competencia de los tribunales mercantiles y la aplicación del código, pero el elemento subjetivo no deja de influir en cuanto se presumen mercantiles los actos realizados por un comerciante.

a) Toda compra de víveres y mercancías para revenderlos, sea en su estado natural, sea después de haberlos trabajado

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